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TESIS X: CAUSAS DE SUSPENSION Y TERMINACION DE LA RELACION LABORAL

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Presentación del tema: "TESIS X: CAUSAS DE SUSPENSION Y TERMINACION DE LA RELACION LABORAL"— Transcripción de la presentación:

1 TESIS X: CAUSAS DE SUSPENSION Y TERMINACION DE LA RELACION LABORAL
Causas de terminación del contrato de trabajo con responsabilidad patronal. Artículos 83 y 84 del Código de Trabajo.

2 La falta de pago del salario.
“Artículo 83.- Son causas justas que facultan al trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo: a) Cuando el patrono no le pague el salario completo que le corresponda, en la fecha y lugar convenidos o acostumbrados. Quedan a salvo las deducciones autorizadas por la ley;”

3 Las ofensas, la injuria, la calumnia y las vías de hecho.
Contra quién se comete la falta: a) trabajador Quién comete la falta: a) el patrono b) el representante patronal b) un dependiente de éste o alguien que viva en casa de éste con su autorización expresa o tácita Cuándo se comete la falta: a) en horas de trabajo b) fuera de horas de trabajo Dónde se comete la falta: a) en el centro de trabajo b) fuera del centro de trabajo

4 Las ofensas, la injuria, la calumnia y las vías de hecho.
“Art. 83: Son causas justas que facultan al trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo: b) Cuando el patrono incurra durante el trabajo en falta de probidad u honradez, o se conduzca en forma reñida con la moral o acuda a la injuria, a la calumnia o a las vías de hecho contra el trabajador.”

5 Las ofensas, la injuria, la calumnia y las vías de hecho.
c) Cuando un dependiente del patrono o una de las personas que viven en casa de éste, cometa, con su autorización expresa o tácita, alguno de los actos enumerados en el inciso anterior contra el trabajador. … e) Cuando el patrono o su representante en la dirección de las labores acuda a la injuria, a la calumnia o a las vías de hecho contra el trabajador fuera del lugar donde se ejecuten las faenas y en horas que no sean de trabajo, siempre que dichos actos no hayan sido provocados y que como consecuencia de ellos se haga imposible la convivencia y armonía para el cumplimiento del contrato;”

6 La injuria y la calumnia.
Injuria: toda ofensa de palabra o de hecho dirigida contra la dignidad o el decoro (del patrono, sus representantes o compañeros de trabajo), sea que se le diga en su presencia al ofendido o por medio de comunicación enviada a él. Calumnia: es la imputación falsa contra cualquiera de ellos, de haber cometido un delito.

7 La injuria, la calumnia y las vías de hecho.
En ambos casos, se trata de una conducta que ofende la dignidad o el honor aún cuando no se dieren todos los elementos necesarios para que se configure el delito en sentido penal. Lo importante a tener en cuenta es que la falta podría quedar excluida como justa causa de despido, si de los hechos que la configuran no se desprende un propósito realmente ofensivo. Las vías de hecho: se refieren a la agresión física., siempre que no haya sido provocada.

8 Daño malicioso en las herramientas o útiles de trabajo del trabajador.
“Art. 83: Son causas justas que facultan al trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo: d) Cuando el patrono directamente o por medio de sus familiares o dependientes, cause maliciosamente un perjuicio material en las herramientas o útiles de trabajo del trabajador;”

9 Existencia de enfermedades contagiosas.
“Art. 83: Son causas justas que facultan al trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo: F) Cuando el patrono, un miembro de su familia, o su representante en la dirección de las labores u otro trabajador esté atacado por alguna enfermedad contagiosa, siempre que el trabajador deba permanecer en contacto inmediato con la persona de que se trate;”

10 Peligro para la vida o salud del trabajador y su familia.
“Art. 83: Son causas justas que facultan al trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo: … g) Cuando exista peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia, ya sea por carecer de condiciones higiénicas el lugar de trabajo, por la excesiva insalubridad de la región o porque el patrono no cumpla las medidas de prevención y seguridad que las disposiciones legales establezcan;”

11 Inseguridad en el centro de trabajo.
“Art. 83: Son causas justas que facultan al trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo: … h) Cuando el patrono comprometa con su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del lugar donde se realicen las labores o de las personas que allí se encuentren;”

12 Violación del artículo 70 del Código de Trabajo.
“Art. 83: Son causas justas que facultan al trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo: … i) Cuando el patrono viole alguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 70; …”

13 Violación del artículo 70 del Código de Trabajo.
“Art. 70: Queda absolutamente prohibido a los patronos: a) Inducir o exigir a sus trabajadores a que compren sus artículos de consumo a determinados establecimientos o personas; b) Exigir o aceptar dinero de los trabajadores como gratificación para que se les admita en el trabajo o por cualquier otra concesión o privilegio que se relacione con las condiciones de trabajo en general; c) Obligar a los trabajadores, cualquiera que sea el medio que se adopte, a retirarse de los sindicatos o grupos legales a que pertenezcan, o influir en sus decisiones políticas o convicciones religiosas;

14 Violación del artículo 70 del Código de Trabajo.
d) Retener por su sola voluntad las herramientas u objetos del trabajador sea a título de indemnización, garantía o de cualquier otro no traslativo de propiedad; e) Hacer colectas o suscripciones obligatorias en los establecimientos de trabajo; f) Portar armas en los lugares de trabajo, excepto en los casos especiales autorizados debidamente por la Ley. …

15 Violación del artículo 70 del Código de Trabajo.
g) Dirigir los trabajos en estado de embriaguez, o bajo cualquier otra condición análoga; h) Omitir, en tratándose de fincas rurales el plazo de que habla el artículo 445, párrafo final, del Código Procesal Civil, en caso de desalojamiento por cesación del contrato de trabajo u otro motivo; i) Ejecutar cualquier acto que restrinja los derechos que el trabajador tiene conforme a la ley. …”

16 Falta grave del patrono.
Art. 83: Son causas justas que facultan al trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo: … j) Cuando el patrono incurra en cualquier otra falta grave a las obligaciones que le imponga el contrato.”

17 Las consecuencias de la comisión de las faltas del artículo 83.
“Art. 84: Por cualquiera de las causas que enumera el artículo anterior podrá el trabajador separarse de su trabajo, conservando su derecho a las indemnizaciones y prestaciones legales. Tampoco incurrirá en responsabilidad alguna, salvo la de pagar el importe del preaviso y la de carácter civil que le corresponda, si posteriormente surgiere contención y se le probare que abandonó sus labores sin justa causa.”


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