PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES El trabajo docente y la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia. Graciela.

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Transcripción de la presentación:

PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES El trabajo docente y la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia. Graciela Lombardi

“Los derechos de los niños implican obligaciones de los adultos”

Los educadores y un delicado equilibrio ¿cuál es nuestro trabajo: enseñar o qué?

Nuestro trabajo consiste en desarrollar un tipo de intervención adulta que:  Es intencional y sistemática y posibilita la promoción de derechos, la participación, los vínculos democráticos entre las generaciones y la resolución pacífica de los conflictos.  Es institucional y se enmarca en una política de cuidado de los derechos de todos y todas (niños, niñas, adolescentes, jóvenes, docentes y otros adultos) quienes participan de la vida escolar.  Es eminentemente educativa, y diferente de las intervenciones de otros actores externos a la vida de la escuela, que corresponde que intervengan en situaciones específicas de conflicto (por ejemplo, personal de salud, de la justicia o de fuerzas de seguridad según el conflicto en cuestión)

La intervención adulta CEREBRO CORAZÓN

El trabajo de proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes Básicamente a través de dos tipos de intervenciones: 1- Actuación o intervención pedagógica preventiva, promotora del cuidado de los derechos, a través de acciones planificadas y regularmente desarrolladas. 2- Actuación o intervención en situaciones disruptivas de lo cotidiano, puntuales para las cuales se sugieren acciones antes, durante y después.

Una nueva propuesta federal  Resolución CFE Nª217/2014 Guía Federal de Orientaciones para la Intervención Educativa en situaciones complejas relacionadas a la vida escolar

¿Qué criterios inspiran esta propuesta?  Considerar a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos aplicando el principio rector de interés superior del niño.  Propone la construcción de vínculos que favorezcan el respeto, la aceptación de las diferencias, la no discriminación, la inclusión, la participación y la resolución pacífica de conflictos.  Contribuir desde el ámbito educativo con los Sistemas de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.  Pensar los temas que aborda la Guía fomentando el potencial de aprendizaje cuya consideración implica.

Enseñar para cuidar y prevenir  Acciones de enseñanza que resulten preventivas, pensadas institucional y colectivamente ante la posible vulneración de derechos.  Disponibilidad adulta para la intervención temprana y a tiempo.  La escucha y el diálogo como instrumentos privilegiados para la educación.  Vínculos de ayuda y circuitos con otras instituciones responsables de la protección integral de derechos. Poner límites con un sentido pedagógico es una forma de cuidado.

Antes de un conflicto, preguntarse: Numerosas respuestas violentas de los alumnos y alumnas, se desarrollan:  Porque se “suprime” o “niega” el conflicto,  Por la falta de reconocimiento de las posibilidades de los estudiantes( no se fortalece la autoestima),  Por la ausencia de proyectos o de sentido de lo que se hace,  Por la falta de intervención de los adultos. ¿En qué condiciones algunos estudiantes pasan a ser objeto de agresiones o agresores de sus propio pares?

Antes de un conflicto, preguntarse:  ¿Qué condiciones se brindan para que alumnos y alumnas puedan ser reconocidos en su singularidad por los adultos de la escuela y, a la vez, por sus propios pares?  ¿Qué dispositivos favorecen la inclusión de alumnos y alumnas?¿Los ponemos en juego en la escuela?  ¿Qué escenas escolares son significativas y deben ser atendidas por el adulto e incluidas en las estrategias de cuidado y prevención?

Durante un conflicto  Nuestra mirada e intervención ¿se sostiene en el carácter contextual y complejo del conflicto? O ¿creemos que la problemática de la violencia se explica simplemente por la existencia de individuos patológicos (sujetos violentos y sujetos pasibles de ser victimizados)? Este segundo enfoque colabora con la estigmatización y anula el potencial transformador de la educación y de nuestro propio trabajo.  ¿Todos colaboran para disminuir la tensión entre los actores del conflicto?  ¿Estamos atentos ante el peligro de la “espectacularización” del conflicto y la vulneración de derechos?

Después de un conflicto  Analizar los conflictos desde su inserción en una trama compleja de relaciones de poder, esto es, comprenderlos en sus dimensiones políticas, sociales y culturales.  Superar una mirada simplificadora, individualista o patologizante del conflicto y de quienes participaron. Las respuestas al conflicto siempre se construyen colectivamente.

La guía de orientaciones contiene:  Marco legal de protección de los derechos de los niños/as y adolescentes  Orientaciones ante :  El maltrato infantil, en todas sus formas.  El abuso sexual.  Conflictos de hostigamiento entre pares, por diversas causas incluida la orientación sexual; hostigamiento en las redes sociales.  Conflictos de violencia de género como en el noviazgo; situaciones de violencia adulto- alumno, alumno-adulto, adulto-adulto  Situaciones de intento o de suicidio  Situaciones de trata  Extravío de personas  Relación con los medios de comunicación.

“Los derechos de los niños implican obligaciones de los adultos”