Medios privados de los que dispone la persona mayor para complementar sus ingresos y financiar sus cuidados.
I.Necesidad de instrumentos privados complementarios. II.Previsión privada complementaria. III.Ayuda Económica procedente de sus familiares u otros parientes cercanos IV.Inversión de recursos propios, inmobiliarios. ÍNDICE
I.Necesidad de instrumentos privados complementarios - Insuficiencia de las pensiones. - Práctica inexistencia de prestaciones de la Seguridad Social y sanitarias destinadas a este fin. - Insuficiencia de los servicios sociales a nivel asistencial. - Estancamiento de la Ley de dependencia: no se crean nuevos servicios y falta presupuesto para financiar los existentes. Los agentes políticos y sociales hablan la necesidad de desarrollar la vía privada.
II. Previsión privada complementaria FIN CAPITALIZACIÓN FUTURA PLANES DE PENSIONES SEGUROS 1.Seguro de vida. 2.Seguro de dependencia. 1.Fondos de pensiones. 2.Planes de pensiones. 3.Previsión social empresarial.
I.III. Ingresos procedentes de familiares cercanos A.Vía obligatoria - a través de la obligación legal de alimentos: - Artículos 142 a 153 CC. - Escasa trascendencia civil. - Colisión con las prestaciones sociales. B. Vía Voluntaria – crisis del sistema informal de cuidados - Patrimonio Protegido. - Contrato de alimentos (¿?)
I.IV. Inversión de recursos propios Productos de conversión de activos inmobiliarios o Equity Release: “Ricos en patrimonio, pobres en liquidez” 1.Contrato de renta vitalicia : -Art CC. -Aleatoriedad: capital a cambio de una renta vitalicia. -Escasa aplicación práctica. 2.Hipoteca inversa: - Origen anglosajón. - Préstamo con garantía hipotecaria - Sujetos (perfil e información) y Objeto (vivienda habitual) - Extinción (principal e interese muy elevados)
FIN