REUNIÓN DE ESPECIALISTAS EN PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES

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Transcripción de la presentación:

REUNIÓN DE ESPECIALISTAS EN PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES Eugenia Ma. Zamora Chavarría, Magistrada Vicepresidenta, Tribunal Supremo de Elecciones Costa Rica Ciudad de Panamá, 14 y 15 de abril de 2010

Obstáculos del sistema político Bloque 2. Viejos obstáculos en torno a la participación política de las mujeres ¿qué hay de nuevo? Obstáculos del sistema político

Sistemas electorales Conjunto de principios, normas y procedimientos técnicos, relacionados entre si establecidos legalmente, por intermedio de los cuales los electores expresan su voluntad política en votos que, a su vez, se convierten en escaños o poder público.

Este conjunto de principios, normas y procedimientos técnicos definen, grosso modo: los sujetos del proceso electoral y sus derechos, entre ellos los requisitos para ser elector y la privación del derecho del voto, los requisitos para candidaturas a cargos de elección popular y su registro, Las organizaciones políticas y su régimen (el partido político: monopartidismo, partido dominante, bipartidismo rígido y flexible, Sistema dos y medio, Pluripartidismo),

Este diseño electoral incluye, por ejemplo, la fórmula electoral empleada: Pluralidad, Mayoría, Representación Proporcional (personalizado o por listas), Sistemas semi proporcionales (voto único no transferible, sistemas paralelos, sistemas de voto limitado)

La fórmula matemática para calcular la distribución de los votos: magnitud del distrito (cuántos diputados elige), la distritación electoral, la nominación de candidatos, el Registro Electoral, la administración electoral, el diseño de papeletas, el escrutinio de votos, la justicia electoral, etc …

Estado regido por el Bloque de Legalidad: Condiciones para el funcionamiento del sistema de cuota/paridad (Criterios basados en: Bareiro, Torrres et al) 1. Estado de Derecho. Estado regido por el Bloque de Legalidad: a. Existencia de un orden jurídico que contiene los principios jurídicos universales (Principio de seguridad jurídica, acceso a la justicia, tribunales comunes, principio del debido proceso, etc…)-nadie está por encima de la ley.

1. Vigencia del Estado de Derecho b. Definición de derechos y deberes c. Régimen Judicial independiente y que funcione d. Vigencia de los derechos fundamentales

Vigencia del Estado de Derecho e. Existencia de un organismo electoral fuerte y con visión de género f. Necesario relacionamiento de este organismo, los mecanismos de la mujer, los partidos políticos y la jurisdicción electoral g. Justicia electoral especializada*

2. Ciudadanía activa de las mujeres Existencia de una política nacional de igualdad de género Mecanismos institucionales de la mujer Integración de los instrumentos internacionales jurídicos de derechos humanos, particularmente de los que regulan derechos políticos de las mujeres Organizaciones de mujeres de la sociedad civil

3. Opinión pública favorable a las mujeres en la representación Necesidad de crear una conciencia alerta acerca de los derechos políticos de la mujeres Conciencia de la necesidad de mujeres con representación política. Que esa representación tenga cabida dentro de los partidos políticos Necesidad de partidos políticos fuertes, con conciencia de género y con estructuras democráticas.

4. Mecanismos adecuados al sistema electoral Las normas deben tener la capacidad de articularse dentro del sistema electoral que pretenden mejorar, variar o aplicar

Justicia electoral* 1. Necesidad de una justicia electoral especializada, sin perjuicio de donde se ubique. Necesidad de normas jurídicas específicas sobre los derechos políticos de la mujer y mecanismos jurídicos de aplicación. Existencia de mecanismos de impugnación claros, de conocimiento de la justicia electoral.

Justicia electoral 4. Necesidad de una justicia electoral especializada, sin perjuicio de donde se ubique. 5. Necesidad de normas jurídicas específicas sobre los derechos políticos de la mujer y mecanismos jurídicos de aplicación. 6. Existencia de mecanismos de impugnación claros, de conocimiento de la justicia electoral.