Trata de personas y su relación con la protección de refugiados

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Transcripción de la presentación:

Trata de personas y su relación con la protección de refugiados Delegación del ACNUR en España Trata de personas y su relación con la protección de refugiados

Mandato del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados Mandato del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados. ACNUR Protección y asistencia a los refugiados y búsqueda de soluciones a sus problemas desde 1951. Rol en el procedimiento de asilo español. Ley 12/2009 Interés en el ámbito de la trata: Prevenir: personas bajo el mandato de ACNUR acaben siendo víctimas de trata. Caso de Marruecos. Proteger: garantizar que las necesidades de protección internacional de las víctimas de trata o en riesgo de serlo sean identificadas (y reconocidas)‏

Aproximación desde la perspectiva de Derechos Humanos. Contexto VdT = sujeto de DH Trata = violación grave de DH Esclavitud, trabajos forzados, tortura.... Muy vulnerables mujeres y niños. Los flujos mixtos: migrantes por motivos económicos, refugiados, víctimas de trata, menores no acompañados. Mafias: Explotación y abuso.... Del tráfico a la trata

Definición de Refugiado Artículo 1A.2 de la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados: …debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país… * Ley Española 12/2009: Protección Subsidiaria

Principio de No - Devolución Requisitos Temor fundado de persecución/violación DH Por motivos de Raza Nacionalidad Religión Pertenencia a grupo social determinado Opiniones Políticas No puede acogerse a la protección de sus autoridades = Falta de protección estatal efectiva Requiere el cruce de fronteras Principio de No - Devolución 5

¿Puede ser refugiada una víctima de trata (o en riesgo de serlo)? Sí, si cumplen con la definición, por cualquiera de los motivos, en particular por pertenencia a grupo social determinado: género/edad. Salvaguardas en materia de asilo: Protocolo de Palermo: art. 14 Convenio del CJ de Europa: arts. 14.5 y 40 Dva. UE 2011/36: art 11.6 medidas de apoyo y asistencia VdT: información sobre P.I. Ley de Asilo española (12/2009) incluye persecución por motivos de género y atención especial a solicitantes vulnerables: víctimas de trata.

Directrices del ACNUR Directrices sobre persecución por motivos de género, 2002 Directrices sobre Aplicación del art. 1A.2 de la CG a víctimas de trata y en riesgo de serlo, 2006 Directrices sobre solicitudes de asilo de niñ@s, 2009 Comentario conjunto de las NNUU a la Dva UE 2011/36 de prevención y luecha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas, 2011: art 11.4 (identificación) y 11.6 (PI)‏

Situaciones en las que la trata puede dar lugar al reconocimiento condición de refugiado Persona tratada, o con temor a serlo, que se encuentra fuera del país de origen, escapa y busca protección internacional en el Estado donde se encuentra Persona tratada dentro de su país de origen, escapa y huye a otro Estado en busca de protección internacional. Persona que todavía no ha sido tratada pero tiene miedo a acabar siéndolo y huye a otro país en busca de protección. …. Tener en cuenta abusos en países de tránsito

Aspectos particulares Actos persecutorios temidos si son devueltas: Trata o re-trata o sometimiento a otros daños graves Represalias contra víctima o familia: si denuncian o escapan Estigmatización social, ostracismo, discriminación o el castigo por parte de su familia, su comunidad local y, en algunas circunstancias, de las autoridades, falta de protección

Aspectos particulares II No necesario persecución pasada; sí temor fundado Agentes de persecución: Agentes no estatales: si son tolerados, condonados o apoyados… Capacidad de protección del Estado Ver leyes, mecanismos y funcionamiento práctico, magnitud del problema… Aún cuando haya habido acto único e irrepetible de trata Podría ser refugiada: razones imperiosas derivadas de persecución anterior/trauma/no se puede exigir que vuelva

Detección de posibles casos de protección En cualquier asesoramiento o atención Pistas clave: origen, edad, viaje, abusos/violencia sex. y persecución pasada, razones para abandonar país de origen, si tiene miedo, sit. física y psicológica, control/llamadas, ¿deudas?, sit. de su familia…¿Por qué no puedes regresar a tu país de origen? Contactar con organizaciones expertas en temas de trata y de asilo y con otros profesionales, psicólogos, médicos, trabajadores sociales que hayan tenido relación con la persona Recabar informes e información de país de origen. Informar al interesado sobre la posibilidad de solicitar Protección Internacional. No crear falsas expectativas. Garantías de confidencialidad. Respetar tiempos. Información a intermediarios (intérpretes)‏

Otros aspectos Tener en cuenta desconfianza, trauma, vergüenza, culpabilización, miedo, amenazas, instrucciones… también prejuicios Acceso al procedimiento y problemas de identificación Víctimas de trata no se ven a sí mismas como refugiadas Es posible que intenten contar una historia “de refugiado” y no la real (pj. casos de mujeres nigerianas)‏ Entrevista sensible a la situación vivida: respetar tiempos. Confidencialidad Credibilidad: En muchos casos están traumatizadas, son sobrevivientes de tortura… Otras veces: historias «estereotipadas»

Aspectos Fundamentales Detección temprana Identificación: Caso Rantsev c. Chipre y Rusia, TEDH 2010: Principio de Diligencia debida Conv. de Varsovia: «indicios razonables» = umbral bajo. No certeza absoluta Indicadores de trata de personas, UNODC… etc Adecuada derivación: servicios especializados + sistema Protección más adecuado Asistencia integral: jurídica, médica, psicológica...

Perfiles Mujeres jóvenes, MENAS… De origen subsahariano: Nigeria, Camerún, RDC, Congo, Gambia, Mali… etc Analfabetas o con estudios primarios Sin hijos, embarazadas, algunas acompañadas de bebés/menores… Transitado previamente por otros países: Mauritania, Senegal, Nigeria, Argelia, Marruecos, Turquía, Rusia… CIE o territorio: segundas peticiones

Principales retos Identificación de las VdT (con posibles necesidades de Protección Internacional)‏ Por aeropuertos y CIE: Procedimiento carácter acelerado: instalaciones – nec de asistencia integral urgente y acceso organización especializada: artículo 46 Ley 12/2009 Activación del Protocolo Marco por OAR/Policía de frontera (¿criterios?)‏ Entrevistas por UCRIF: ¿desarrollo y contenido? ¿uso de indicadores? ¿centradas información relevante y voluntad de cooperar o en la sit de la IC como posible VdT? ¿participación del abogado? ¿ONG especializada? Entradas por «periodo de reflexión» Situación especial de los menores

Llegadas por otras vías: Tránsito por Marruecos con gran actividad de captación y explotación por parte de las redes (Nador y Oujda) muy graves Traslado por las redes desde puntos de entrada como Ceuta, Melilla y costas andaluzas: acceso al procedimiento de asilo y problemas en Ceuta, Melilla y CIE de Algeciras 16

Principales retos en España Necesidad de una interpretación desde un enfoque de DH/género y edad de las solicitudes presentadas por VdT o posibles VdT Denegadas = delito (cometido en España); no persecución país de origen; sistema de protección específico vía extranjería; no cabida C.G 51... Problemas: solicitudes presentadas en frontera y CIES Riesgo en caso de retorno: Principio de No - Devolución 17

Otros retos Necesidad de una mayor coordinación entre el sistema de PI y el sistema específico de protección a VdT Formación y sensibilización todos los agentes implicados Mayor coordinación y cooperación entre las autoridades y las ONG Atención a situaciones específicas: Mujeres con bebés/embarazo muy avanzado Menores acompañados y no acompañados Personas con problemas mentales/graves traumas

Protocolo de Identificación y Derivación: propuestas Informar sobre el derecho a solicitar asilo y obtener PI Principio de no-devolución Equipos multidisciplinares: activa participación ONG especializadas Asistencia jurídica a lo largo de todo el proceso Protocolos concretos para aeropuertos, CIE, CETIS y acceso organizaciones Evaluación integral necesidades de la víctima Evaluación del riesgo individual en caso de retorno 19

Peace Bebé: MGF, huérfana vive con abuela 17: su tío la quiere casar. Negativa: malos tratos Huye de esta situación con la ayuda del novio de una amiga (luego: primo viviendo en Italia le ofrece “ayuda”)‏ Benin, Níger, Argelia... Marruecos: 3 años: graves abusos, violencia sexual, abortos; vudú, deuda de 45.000, abuela amenazada en el país de origen 2005: Melilla: muy enferma, embarazada, solicita asilo con otra identidad/nacionalidad, consigue PdR Madrid/Barcelona: de nuevo con la red Entra en contacto con una organización/gravemente enferma: solicita PI: 2010 20

Mariamma Guinea Conakri. Llega al Prat: dice ser menor de edad (17 años), analfabeta, indocumentada, pruebas de edad... Mala entrevista: vivía con un tío = matrimonio forzoso, MGF, malos tratos, ébola... Un conocido le ayuda con doc, billetes... no tiene q dar nada a cambio; contactar cd llegara… Familia en Europa: tío en Barcelona y madre en Bélgica Abogado turno de oficio: primer asilo... contacto permanente con ACNUR ACNUR: contacta con SICAR (no acceso a la IC)‏ Activación del Protocolo: no se detectaron indicios Denegación solicitud de asilo Cautelarísimas AN: suspende el retorno y acceso a territorio

Fatoumata Norte de Mali 23 años, analfabeta, hija pequeña, VIH Asesinato del marido a manos de los tuareg; violada/golpeada Huye con su hija a Mauritania Viaja con grupo de mujeres; hija se queda en Mauritania Marruecos = gran sufrimiento: abusos, violencia sexual... Dice no tener que pagar nada por el trayecto (¿?)‏ Solicitud CIE Algeciras: asistencia jca de 2 abogados No acceso a una organización / No activación Protocolo I+D Denegación: dudas sobre nacionalidad (a pesar información ACNUR Marruecos + Posición ACNUR retornos a Mali, mayo 2012). ¿Posible VdT?

¡GRACIAS! ACNUR. Avenida General Perón, 32. Madrid - 28020 Teléfono: 91 556 35 03 Fax: 91 417 53 45 Mail: spama@unhcr.org Página Web ACNUR: www.acnur.org www.unhcr.org