Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario

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Transcripción de la presentación:

Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario NORMAS REFERIDAS A LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS R.S. 234-2006/SUNAT JORGE DE VELAZCO BORDA Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario Enero 2007

LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS Marco legal Objetivos de la RS 234-2006/SUNAT Procedimientos de autorización Formas de llevado Pérdida o destrucción de libros Contabilidad Completa Contabilidad Simplificada Plazos máximo de atraso Formatos Resumen

UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: MARCO LEGAL UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

MARCO LEGAL General Código de Comercio (año 1,902). Ley N° 24680 y el DS N° 019-89-EF: Ley del Sistema Nacional de Contabilidad. D. Ley. N° 26002: Ley del Notariado. Ley 26887: Ley General de Sociedades. Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad. Resoluciones de CONASEV, SBS, etc. Ley N° 28951: Ley de actualización de la Ley N° 13253 de profesionalización del CPC y creación de los Colegios de CP. General

MARCO LEGAL Código Tributario Art. 87° num.4: llevar los libros de acuerdo a lo establecido en las normas pertinentes. Art. 87° num.7: conservar los libros y registros, llevados en sistema manual, mecanizado o electrónico, mientras el tributo no esté prescrito y comunicar a la AT (15 días) su pérdida, o destrucción por siniestro, asaltos y otros. Art. 62° num. 16: La SUNAT mediante RS establecerá el procedimiento de autorización y señalará los requisitos, formas, condiciones y demás aspectos en que deberán ser llevados, así como los plazos máximos para su registro. Art. 175° num. 5: constituye infracción el llevar libros y registros con atraso. Código Tributario

MARCO LEGAL Impuesto A la Renta IGV Art. 21° inc. j) y art. 22° Inc. f) de la Ley y el art. 35° Inc. h) de su Reglamento: facultan a la SUNAT a establecer los requisitos, características, contenido, forma y condiciones en que deberá ser llevados el “Libro de Retenciones incisos e) y f) del Art. 34° LlR”, el Registro de Activos Fijos, el Registro de Costos, el Registro de Inventario Permanente en Unid. Físicas y el Registro de Inventario Permanente Valorizado. Impuesto A la Renta Art. 10° num. 1 del Reglamento: faculta a la SUNAT a través de una RS, a establecer otros requisitos del Registro de Consignaciones, Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras, cuya inobservancia no acarreará la pérdida del crédito fiscal. IGV

OBJETIVOS DE LA RS 234-2006/SUNAT UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

OBJETIVOS DE LA RS 234-2006/SUNAT Los objetivos son regular en un solo cuerpo legal: El procedimiento de autorización de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios. Las normas referidas a los plazos máximos de atraso y la pérdida o destrucción de los mismos. La forma en que deberán ser llevados, la información mínima y formatos que los integran. Las normas que regulen los libros y registros exigidos por la Ley del Impuesto a la Renta. Establecer otros requisitos de los Registros de Consignaciones, de Ventas e Ingresos y de Compras.

EQUIPO DE TRABAJO SUNAT- GREMIOS Trabajo previo: Trabajo final: SUNAT: Intendencias a nivel nacional ENTIDADES DEL ESTADO: Superintendencia de Banca y Seguros - SBS Contaduría de la Nación Comisión Nacional de Valores - CONASEV ENTIDADES PRIVADAS: Asociación Peruana de Productores de Software - APESOFT Club de usuarios del SAP Asociación Peruana de Seguros EQUIPO DE TRABAJO SUNAT-GREMIOS: ASBANC Cámara de Comercio de Lima Sociedad Nacional de Minería Sociedad Nacional de Industrias CONFIEP Perú Cámaras Sociedad Nacional de Pesquería COMEX Perú Asociación de Exportadores Junta de Decanos de Colegios de CP del Perú

EQUIPO DE TRABAJO SUNAT- GREMIOS AÑO 2005: 1° Reunión: 22 de Julio 2° Reunión: 02 de Agosto 3° Reunión : 19 de agosto 4° Reunión: 26 de Agosto 5° Reunión : 07 de Setiembre 6° Reunión : 16 de Setiembre 7° Reunión : 28 de Setiembre 8° Reunión : 12 de Octubre 9° Reunión : 21 de Octubre 10° Reunión : 28 de Octubre 11° Reunión : 14 de Noviembre 12° Reunión : 18 de Noviembre 13° Reunión : 23 de Noviembre 14° Reunión : 30 de Noviembre 15° Reunión : 07 de Diciembre 16° Reunión : 14 de Diciembre AÑO 2006: 17° Reunión : 20 de Enero 18° Reunión : 09 de Febrero 19° Reunión : 21 de Febrero 20° Reunión : 30 de marzo

OBJETIVOS DE LA RS 234-2006/SUNAT Se logró con una sola norma, regular todos los aspectos formales y simplificar las obligaciones de las MYPEs: 2007 Capitulo I: Definiciones Capitulo II: Del procedimiento de autorización Capitulo III: De la forma que deben ser llevados Capitulo IV: De los plazos máximos de atraso Capitulo V: De la pérdida o destrucción 2008 Capitulo VI: De la Contabilidad Completa Capitulo VII: De la información mínima - Formatos Anexos, Tablas y Formatos

PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACIÓN UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Legalización de libros y registros: Serán legalizados por los notarios o, a falta de éstos, por los jueces de paz letrados o jueces de paz, cuando corresponda. Se legaliza en la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario. Tratándose de las provincias de Lima y Callao, la legalización podrá ser efectuada por los notarios o jueces de cualquiera de dichas provincias. Los notarios o jueces colocarán una constancia en la primera hoja de los mismos y sellará todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente foliadas, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Legalización de libros y registros: En ningún caso el número de legalización, folios o de registros podrá contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras. Los libros y registros deberán ser legalizados antes de su uso, incluso cuando sean llevados en hojas sueltas o continuas . Tratándose del libro de planillas, la legalización se regirá por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-98-TR y normas modificatorias. El Registro de Trabajadores, Prestadores de Servicios – RTPS se regirá por lo dispuesto por el DS 014-2006-TR y la RM 003-2007-TR. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Legalización de segundo y siguientes libros y registros: Tratándose de libros o registros que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas, se deberá presentar el último folio legalizado por notario del libro o registro anterior. Tratándose de libros o registros llevados en forma manual, se deberá acreditar que se ha concluido con el anterior. Dicha acreditación se efectuará con la presentación del libro o registro anterior concluido o fotocopia legalizada por notario del folio donde conste la legalización y del último folio del mencionado libro o registro. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Legalización de segundo y siguientes libros y registros: En los casos de incautación de libros o registros llevados en forma manual se deberá presentar el documento en el que conste la referida diligencia por la autoridad competente. De producirse la devolución de los libros o registros incautados no podrá realizarse en ellos anotación alguna debiendo procederse a su cierre inmediato. Tratándose de libros y registros perdidos o destruidos por siniestro, asalto u otros, se deberá presentar la comunicación correspondiente. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Empaste de los libros y registros: Los libros y registros llevados en hojas sueltas o continuas deberán empastarse hasta por un ejercicio gravable. El empaste deberá ser dentro de los cuatro (4) primeros meses del ejercicio gravable siguiente. Cuando las hojas utilizadas sean menor a veinte (20), el empaste podrá comprender dos (2) o más ejercicios gravables. Se deberán incluir las hojas que hayan sido anuladas. La anulación se realizará tachándolas o inutilizándolas de manera visible. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN Empaste de los libros y registros: Las hojas sueltas o continuas no utilizadas, podrán emplearse para el registro de operaciones del ejercicio inmediato siguiente. De realizarse el empaste en varios tomos, cada uno incluirá como primera página una fotocopia del folio que contenga la legalización del libro o registro al que corresponde. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: FORMAS DE LLEVADO UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

FORMAS DE LLEVADO Los libros y registros deberán: Contar con datos de cabecera: Denominación, periodo RUC y apellidos y nombres o razón social. Contener el registro de sus operaciones: en orden cronológico, correlativo, de manera legible, sin espacios ni líneas en blanco, interpolaciones, enmendaduras, ni señales de haber sido alteradas. Totalizando sus importes por cada folio, columna o cuenta contable hasta obtener el total general del período o ejercicio gravable, según corresponda: VAN y VIENEN. De no realizarse operaciones en un determinado período o ejercicio gravable: “SIN OPERACIONES”. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

FORMAS DE LLEVADO Los libros y registros deberán: Ser llevados en moneda nacional y en castellano, salvo las excepciones previstas por el CT. Incluir los registros o asientos de ajuste, reclasificación o rectificación que correspondan. Contener folios originales, no admitiéndose la adhesión de hojas o folios, salvo disposición legal en contrario. Tratándose del Libro de Inventarios y Balances, deberá ser firmado al cierre de cada período o ejercicio gravable, por el deudor tributario o su representante legal, así como por el CPC o el CM responsables de su elaboración. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

FORMAS DE LLEVADO Se deberá utilizar el Plan Contable General Revisado, a cuyo efecto se emplearán cuentas contables desagregadas a nivel de: Tres (3) dígitos como mínimo, para los deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos brutos hasta cien (100) UITs. Cuatro (4) dígitos como mínimo, para los deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos brutos mayores a cien (100) UITs. La utilización del PCGR no será de aplicación en aquellos casos en que se encuentren obligados a emplear un Plan Contable, Manual de Contabilidad u otro similar distinto. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

FORMAS DE LLEVADO Modificación de la denominación o razón social: Se deberá comunicar a la SUNAT dicho cambio, conforme lo establecido en la RS Nº 210-2004/SUNAT y normas modificatorias (Ley del RUC). Pueden optar por utilizar los libros y registros con la denominación o razón social anterior hasta que se terminen, para lo cual deberán consignar adicionalmente, mediante algún medio mecanizado, computarizado o un sello legible, la nueva denominación o razón social, sin superponerse a la anterior. También podrán optar por abrir nuevos libros y registros, para lo cual deberán acreditarse al notario haber cerrado los libros y registros u hojas sueltas. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN DE LIBROS UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN DE LIBROS Se deberá: Comunicar tales hechos a la SUNAT dentro del plazo de quince (15) días hábiles establecido en el CT. La comunicación deberá contener el detalle de los libros o registros, el período tributario y/o ejercicio al que corresponden éstos, la fecha en que fueron legalizados, el número de legalización, además de los apellidos y nombres del notario que efectuó la legalización o el número del Juzgado en que se realizó la misma. Se deberá adjuntar copia certificada expedida por la autoridad policial de la denuncia presentada. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN DE LIBROS Plazo para rehacer: Los deudores tributarios tendrán un plazo de sesenta (60) días calendarios para rehacer los libros y registros. Si el deudor tributario requiere un plazo mayor para rehacer los libros y registros, la SUNAT otorgará la prórroga correspondiente, previa evaluación. El deudor tributario deberá contar con la documentación sustentatoria que acredite los hechos que originaron la pérdida o destrucción. Los plazos se computarán a partir del día siguiente de ocurridos los hechos. 1.- Existen 2 grandes segmentos: Pequeños y Grandes Contribuyentes. 2.- Soluciones para cada uno de esos segmentos: Pequeños Contribuyentes: Simplificar sus obligaciones. Pequeños y Grandes Contribuyentes: Utilizar la tecnología.

CONTABILIDAD COMPLETA UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

CONTABILIDAD COMPLETA Los libros y registros que la integran son los siguientes: Libro Caja y Bancos Libro de Inventarios y Balances Libro Diario Libro Mayor Registro de Compras Registro de Ventas e Ingresos Además, de acuerdo con las obligaciones de la LIR: Libro de Retenciones incisos e) y f) del Artículo 34° de la LIR Registro de Activos Fijos Registro de Costos Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas Registro de Inventario Permanente Valorizado

UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: CONTABILIDAD SIMPLIFICADA UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

CONTABILIDAD SIMPLIFICADA Se establece un tratamiento simplificado para pequeños contribuyentes acogidos al régimen general del impuesto a la renta, que obtengan ingresos menores a 100 UITs anuales, mediante el uso de: El Libro Diario Simplificado, que reemplazaría el Libro Diario, el Libro Mayor y el Libro Caja y Bancos. El Libro de Inventarios y Balances del Régimen Especial de Renta (RER) – Anexos 1, 2 y 4, que reemplazaría el Libro de Inventarios y Balances del Régimen General.

CONTABILIDAD SIMPLIFICADA Libro Diario Simplificado: ACTIVO PASIVO PATRIMONIO GASTOS INGRESOS Fecha Operación 10 .... 41 ..... 50 ..... 60 .... 70 ....

CONTABILIDAD SIMPLIFICADA Anexo 1: “Balance de Comprobación anual”

CONTABILIDAD SIMPLIFICADA Anexo 2: “Detalle anual de saldos de las cuentas contables”

CONTABILIDAD SIMPLIFICADA Anexo 4: “Control anual de las cuentas 20 – Mercaderías y 21 – Productos Terminados”

PLAZOS MÁXIMOS DE ATRASO UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

PLAZOS MÁXIMOS DE ATRASO Diez (10) días hábiles: Libros de Ingresos y Gastos Libros de Retenciones inciso e) y f) del Art. 34° de LIR Registro de Compras Registro de Consignaciones Registro de Huespedes Registro de Ventas e Ingresos Registro de Ventas e Ingresos – Art. 26° RS 266-2004 Registro del Régimen de Percepciones Registro del Régimen de Retenciones Registro IVAP Registro Auxiliar de Adquisiciones Tres (03) meses: Libro Caja y Bancos Libros de Inventarios y Balances Libros Diario Libro Mayor Registro de Activos Fijos Registro de Costos Registro de Inventario permanente en Unidades Físicas Registro de Inventario permanente Valorizado

UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: FORMATOS UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

FORMATOS: REQUISITOS MÍNIMOS Libro Caja y Bancos (2 Formatos) Libros de Ingresos y Gastos (2 Formatos) Libros de Inventarios y Balances (20 Formatos) Libros de Retenciones inciso e) y f) del Art. 34° de LIR (1 Formato) Libros Diario (2 Formatos: General y Simplificado) Libro Mayor (1 Formato) Registro de Activos Fijos (4 Formatos) Registro de Compras (1 Formato) Registro de Consignaciones (2 Formatos) Registro de Costos (3 Formatos) Registro de Huespedes Registro de Inventario permanente en Unidades Físicas (1 Formato) Registro de Inventario permanente Valorizado (1 Formato)

FORMATOS: REQUISITOS MÍNIMOS Registro de Ventas e Ingresos (1 Formato) Registro de Ventas e Ingresos – Art. 26° RS 266-2004 Registro del Régimen de Percepciones Registro del Régimen de Retenciones Registro IVAP Registro Auxiliar de Adquisiciones – Art. 8° RS 022-98 Registro Auxiliar de Adquisiciones – inciso a primer párrafo Art. 5° RS 021-99 Registro Auxiliar de Adquisiciones – inciso a primer párrafo Art. 5° RS 142-2001 Registro Auxiliar de Adquisiciones – inciso c primer párrafo Art. 5° RS 256-2004 Registro Auxiliar de Adquisiciones – inciso a primer párrafo Art. 5° RS 257-2004 Registro Auxiliar de Adquisiciones – inciso c primer párrafo Art. 5° RS 258-2004 Registro Auxiliar de Adquisiciones – inciso a primer párrafo Art. 5° RS 259-2004

FORMATOS

FORMATOS

FORMATOS

UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: RESUMEN UNA ESTRUCTURA “DÉBIL” DE RECAUDACIÓN: SE PRODUCE POR EL NIVEL DE EVASIÓN Y ELUSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES. DOS ASPECTOS IMPORTANTES: EQUIDAD EN LA RECAUDACIÓN. TRANSPARENCIA EN EL GASTO PÚBLICO.

RESUMEN Tramos LIR: Obligaciones formales: RER T1 T2 T3 T4 SOLUCIÓN: LIBROS ELECTRÓ- NICOS Contabilidad Completa Inventario Perm. Unidades físicas Inventario Permanente Valorizado Reg.de Costos Más de 1,500 UI1 Recaudación: 80% T1 5,000 (1%) Contabilidad Completa Inventario Perm. Unidades físicas De 500 a 1,500 UIT Recaudación: 8% T2 8,000 (2%) Contabilidad Completa De 100 a 500 UIT Recaudación: 8% T3 34,000 (7%) Hasta 100 UIT Recaudación: 4% SOLUCIÓN: SIMPLIFICAR PJ: Contabilidad Completa PN: Reg. Comp, Reg. Vtas, Caja, Inventarios y Balances o Contab. Simplificada T4 470,000 (90%) Reg. Compras y Reg. Ventas Libro Inv y Bces. Hasta s/ 360,000 RER 83,300

RESUMEN RER R.GRAL: VTAS < 100 UITS R.GRAL: VTAS > 100 UITS 83,300 Contribuyentes 470,000 Contribuyentes 47,000 Contribuyentes Registro de Ventas Registro de Ventas Registro de Ventas Registro de Compras Registro de Compras Registro de Compras Libro de Inv. y Bces Simp Anexo 1 Anexo 2 Anexo 4 Libro de Inv. y Bces Simp Libro de Inv. y Bces > 500 UITS Libro de Inv Perm Unid Fis Libro Diario Libro Diario Simplificado Libro Mayor > 1,500 UITS Libro Caja y Bco Libro Caja y Bco Libro de Inv Perm Valor Registro de Act. Fijos Registro de Act. Fijos Registro de Costos SOLUCIÓN: SIMPLIFICAR MEDIANTE EL USO DE LA CONTABILIDAD SIMPLIFICADA SOLUCIÓN: ESTANDARIZAR LA INFORMACIÓN PARA EL USO DE LIBROS ELECTRÓNICOS

R.S. 234-2006/SUNAT RONDA DE PREGUNTAS jdevelaz@sunat.gob.pe Enero 2007