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EL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES LIBRO DIARIO Mg. Rogger Quiroz Zúñiga.

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Presentación del tema: "EL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES LIBRO DIARIO Mg. Rogger Quiroz Zúñiga."— Transcripción de la presentación:

1 EL LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES LIBRO DIARIO Mg. Rogger Quiroz Zúñiga

2 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES Concepto Es un libro principal y obligatorio de foliación simple en el que se detallan los activos, pasivos y el patrimonio con el que cuenta una empresa al inicio de sus operaciones. Además de esto, en este libro se anotan al cierre de cada ejercicio gravable, los saldos con el que se cierran las operaciones.

3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES Tipos de Inventarios y Balances INVENTARIO INICIAL. INVENTARIO DE SITUACION o ESPECIAL INVENTARIO FINAL o DEL EJERCICIO

4 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES Para efectos tributarios, este libro principal resultará aplicable a todo generador de rentas de tercera categoría perteneciente al Régimen General cuyos ingresos brutos anuales del año anterior sean mayores a 150 UIT. Obligados

5 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES Para efectos tributarios, se encuentran exceptuados de llevar este libro los sujetos acogidos al Nuevo RUS y Régimen Especial, asimismo, aquellos contribuyentes del Régimen General cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT Exceptuados

6 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES Acorde con el numeral 3 del Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 234- 2006/SUNAT (30.12.2006), el plazo de atraso es: Plazo de atraso REGIMEN GENERAL Tres (3) meses desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable

7 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES 1)Deberá ser legalizado 2)Deberá contener los siguientes datos de Cabecera:  Denominación del libro  Periodo y/o ejercicio al que corresponde la información registrada.  Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y nombres, denominación y/o razón social de éste NOTA: Manual- Solo en 1er folio Computarizada- Todos los folios Requisitos

8 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES Uso obligatorio del PCGE a partir del 01 de Enero de 2011. El formato 3.1: Libro de Inventarios y Balances – Balance General, se debe elaborar de acuerdo al modelo aprobado por CONASEV, (Hoy SMV). R.S. 234-2006/SUNAT, el LIB se encuentra conformado por los EEFF y por los saldos de las cuentas que conforman el Balance General. Uno de éstos es el Formato 3.2, denominado Libro de Inventarios y Balances - Detalle del Saldo de la Cuenta 10 Caja y Bancos, entre otros, por ejemplo. Uso del Plan Contable General Empresarial

9 LIBRO DIARIO Es un libro principal y obligatorio de foliación simple que resume las operaciones en asientos contables. Los cargos y abonos de las cuentas se transfieren al Libro mayor (mayorizaciòn). Es uno de los libros principales que conforman la contabilidad completa (Formato 5.1) Concepto

10 LIBRO DIARIO Obligados Los perceptores de rentas de tercera categoría que generen ingresos brutos anuales desde 150 UIT hasta 1700 UIT. Los demás perceptores de rentas de tercera categoría están obligados a llevar la contabilidad completa

11 LIBRO DIARIO Exceptuados Los perceptores de rentas de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT deberán llevar como mínimo un Registro de Ventas, un Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado (Formato 5.2).

12 LIBRO DIARIO Legalizaciòn Debe ser legalizado, por un notario o, a falta de éste, por un juez de paz letrado o juez de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario

13 LIBRO DIARIO Plazo máximo de atraso El plazo máximo de atraso establecido para este libro es de tres (3) meses desde el día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones.

14 LIBRO DIARIO 1)Deberá ser legalizado 2)Deberá contener los siguientes datos de Cabecera:  Denominación del libro  Periodo y/o ejercicio al que corresponde la información registrada.  Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y nombres, denominación y/o razón social de éste NOTA: Manual- Solo en 1er folio Computarizada- Todos los folios Requisitos

15 LIBRO DIARIO Requisitos Asientos que debe incluir: 1)Apertura del ejercicio gravable. 2)Operaciones del mes. 3) Ajuste de operaciones de meses anteriores de ser el caso. 4) Ajustes de operaciones del mes. 5) Cierre del ejercicio gravable.

16 LIBRO DIARIO Formato e información mínima a) Número correlativo del asiento contable o código único de la operación. b) Fecha de la operación. c) Glosa o descripción de la naturaleza de la operación. d) Referencia de la operación, en el supuesto que el deudor tributario lleve la contabilidad en forma manual, consignará lo siguiente:

17 LIBRO DIARIO Formato e información mínima i)El código del libro o registro donde se registró (según tabla 8). ii)Número correlativo del registro contable o código único de la operación. iii)El número del documento sustentatorio de ser el caso. e) Cuenta contable indicando: i)Código de la cuenta contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado.

18 LIBRO DIARIO Formato e información mínima i)Denominación de la cuenta contable. (Cuando se utilice un número mayor a cuatro (4) dígitos será opcional consignar esta información). f) Movimiento: i)Debe. ii)Haber. g) Totales

19 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO  Es un Libro Principal diferente al Libro Diario pero cumplen la misma función.  Instaurado por la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT (30.12.2006) (Formato 5.2)  De acuerdo con el artículo 65º del TUO de la LIR, están obligados a llevar el Libro Diario de Formato Simplificado, los contribuyentes cuyos ingresos brutos correspondientes al año anterior no superen las 150 UIT, a partir del 01.01.2009. Características

20 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO Legalizaciòn Debe ser legalizado, por un notario o, a falta de éste, por un juez de paz letrado o juez de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario

21 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO Plazo máximo de atraso El plazo máximo de atraso establecido para este libro es de tres (3) meses desde el día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones.

22 “ Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una oportunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber” GRACIAS Albert Einstein


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