Asociaciones Religiosas

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Línea Crédito.
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Karla Magaly Morales Loranca. * Las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, y que.
cuatro millones de pesos  Si tiene un negocio comercial o industrial, y sus ingresos percibidos durante el año anterior fueron superiores a cuatro millones.
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Transcripción de la presentación:

Asociaciones Religiosas Régimen Fiscal de las Asociaciones Religiosas marzo, 2010

TEMAS Régimen Fiscal de las asociaciones religiosas I. Ingresos II. Obligaciones III. Facilidades administrativas 2. FIEL y CIEC 3. Régimen Fiscal de Ministros de Culto e inscripción en el RFC 4. Cambio de Representante Legal de Asociaciones Religiosas 5. Sesión de preguntas y respuestas

Impuestos que deben pagar RESOLUCIÓN PARTICULAR Impuestos que deben pagar ISR IETU IVA IDE Oficio 600-04-06-2010-66588 de 11 de febrero de 2010

ISR Ingresos exentos Los obtenidos por el desarrollo de sus actividades Ofrendas Diezmos Primicias Donativos recibidos de sus miembros, congregantes, visitantes y simpatizantes Venta de libros u objetos religiosos Hasta 3 veces el salario mínimo por concepto de Manutención

ISR Diario A: $57.46 X 3 = $172.38 B: $55.84 X 3 = $167.52 C: $54.47 X 3 = $163.41 Anual A: $172.38 X 365 = $62,918.70 B: $167.52 X 365 = $61,144.80 C: $163.41 X 365 = $59,644.65

ISR Ingresos por los que SÍ se paga ISR Intereses Premios Enajenación de bienes Cuando enajene bienes distintos de su activo fijo o preste servicios a personas distintas de sus miembros y siempre que estos ingresos excedan del 5 % de sus ingresos totales

ISR Obligaciones Inscribirse al RFC Llevar registro de ingresos y erogaciones (Se reconoce su registro interno) Enterar vía Internet a más tardar el 17 de cada mes, las retenciones del ISR realizada a sus trabajadores, asimilados a salarios y a terceros. (portal bancario o página del SAT)

ISR Obligaciones Cuando es retenedor debe: Pagar el subsidio para el empleo a los trabajadores que tengan derecho Calcular el impuesto anual de los trabajadores y de las personas que les hubieren prestado servicios personales subordinados. Enterar la diferencia que resulte a cargo, a más tardar en febrero del siguiente ejercicio Proporcionar constancia de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas y en su caso monto total de los viáticos pagados, a más tardar el 28 de febrero del siguiente ejercicio

ISR Obligaciones DIM Presentar información anual vía Internet, a más tardar el día 15 de febrero del siguiente ejercicio: Sueldos, salarios, conceptos asimilados y subsidio para el empleo (anexo 1) Retenciones del impuesto sobre la renta e impuesto al valor agregado (anexo 2 ) Personas a las que les hubieran otorgado donativos (anexo 3)

ISR Obligaciones DEM Presentar vía Internet a más tardar el 15 de febrero del siguiente ejercicio, declaración anual Informativa de los ingresos y gastos del ejercicio correspondiente, utilizando el formulario “21” Declaración del ejercicio Personas morales con fines no lucrativos

ISR Obligaciones Expedir comprobantes simplificados, excepto cuando no se pueda identificar al otorgante de las ofrendas, diezmo, primicias y donativos que se entreguen durante la celebración de culto público.

IETU Ingresos exentos Los obtenidos por el desarrollo de sus actividades Ofrendas Diezmos Primicias Donativos recibidos de sus miembros, congregantes, visitantes y simpatizantes Venta de libros u objetos religiosos

IVA Actos o actividades exentos Los obtenidos por los servicios religiosos proporcionados a sus miembros o feligreses Transmisión de bienes destinados únicamente a casa habitación Se consideran casa habitación: Casas de formación Monasterios Conventos Seminarios Casas de retiro Casa de gobierno Casas de oración Abadías Juniorados

IVA Actos o actividades gravados Se causa el IVA cuando reciban donaciones de empresas, por que se considera que hay enajenación para la persona que otorga el donativo.

IDE No estarán obligadas al pago del IDE Porque las Asociaciones Religiosas son personas morales con fines no lucrativos

FACILIDADES ADMINISTRATIVAS No tienen obligación de dictaminar sus estados financieros Gastos menores deducibles hasta $ 3,001.00 Se reconocen sus registros internos Si no enajenan bienes, no tienen empleados y únicamente prestan servicios a sus miembros, no tendrán obligación fiscal alguna, salvo la de inscribirse al RFC.

Firma Electrónica de Asociaciones Religiosas

Firma Electrónica Avanzada Proceso general Firma Electrónica Avanzada Contribuyente 1 2 3 Requerimientos Reúne toda la información para acudir a su cita Requisi-tos para acudir al SAT Obtiene aplicación SOLCEDI y genera archivo .key y archivo .req Solicita cita a InfoSAT (01 800) 46-36-728 5 4 Certificadodigital Visita presencial CICLO DE GENERACIÓN

Firma Electrónica Avanzada (Tu Firm@) Requisitos para Asociaciones Religiosas Contar con un representante legal que haya tramitado previamente su certificado digital de Firma Electrónica Avanzada "Fiel" como persona física. Llevar el día de su cita lo siguiente: Dispositivo USB o disco compacto con el archivo de requerimiento (extensión *.req) generado con la aplicación Solcedi. Formato FE: Solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada.

Firma Electrónica (Tu Firm@) Requisitos para Asociaciones Religiosas Copia certificada y fotocopia del poder general del representante legal para actos de dominio o de administración Presentar el certificado de registro constitutivo de la Secretaría de Gobernación Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del representante legal

Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC)

Requisitos para obtener la CIEC RFC de la Asociación Religiosa Identificación oficial del Representante Legal (IFE, Pasaporte, Cartilla) (original) Copia certificada y fotocopia del poder general del representante legal para actos de dominio o de administración. Cuenta de correo electrónico vigente

Régimen Fiscal de los Ministros de Culto y su inscripción en el RFC

Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes Un Ministro de Culto se inscribirá vía; Internet Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier ALSC previa cita dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Ésta no se tendrá por presentada si dentro del plazo señalado el contribuyente no cumple con lo establecido. En forma personal Iniciarlo y concluirlo, previa cita en cualquier ALSC. ¿Qué documentos se obtienen? 1. Fotocopia de la solicitud 2. Cédula de Identificación Fiscal o 3. Constancia de Registro 4. Guía de Obligaciones 5. Acuse de Inscripción al RFC En caso de que la documentación necesaria para hacer el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de este trámite se entregará al contribuyente el reporte de información pendiente. ¿Cuándo se presenta? Dentro del mes siguiente al día en que realicen las situaciones jurídicas o de hecho que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, de pago o informativas por si mismas o por cuenta de terceros.

Cambio de Representante legal de Asociaciones Religiosas ante SAT

Dudas y Preguntas

GRACIAS