DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
MSc.. Elisa Portillo Najera
Advertisements

Introducción a la Temática Afrodescendiente
La Evolución de los Estándares Universales de Protección de las y los Afrodescendientes Roberto Rojas Dávila Departamento de Derecho Internacional Secretaría.
11 Jornadas de Derecho Internacional San José, Costa Rica 4 de febrero de 2010 Una breve introducción al Proyecto de Convención Interamericana Contra el.
Curso de Capacitación sobre la Estructura y Funcionamiento de la OEA
La Evolución de los Estándares Universales de Protección de las y los Afrodescendientes Roberto Rojas Dávila Departamento de Derecho Internacional Secretaría.
Presentación Derechos sexuales y reproductivos
Derecho Internacional de los Derechos Humanos
Agenda legislativa de igualdad de género
¿QUÉ ES EL GÉNERO? COMO SE PRESENTA EL GÉNERO EN LA CDPD QUE CONSECUENCIAS TIENE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL SEGUIMIENTO DE LA CDPD QUE CONSECUENCIAS.
1ª SESIÓN LOS DERECHOS DE LAS MUJERES Y LA IGUALDAD
Página web Contacto – Mensajes para el docente Si aún no has creado tu cuenta Creala en 1 minuto desde aquí.
CONAPRED Teoría del Derecho.
Hacia una lectura social de los derechos civiles y políticos: la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Lima. 19 de agosto de 2013.
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Convenio sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación núm. 87 María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical OIT.
“pese a que los niños indígenas se ven afectados desproporcionadamente por dificultades específicas como la internación en instituciones, la urbanización,
Pueblos indígenas: Discriminación en materia de empleo y ocupación
Comité CEDAW (Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres)
MARCO LEGAL INTERNACIONAL Y NACIONAL SOBRE VIOLENCIA DE GENERO
Diane Richler Presidenta Inclusion International
DERECHO A LA ALIMENTACIÓN
60 años Voto MUJERES Acciones afirmativas a favor de las mujeres
1 La Participación Política de la Mujer Seminario titulado: La Participación Política de la Mujer Organizado por la Fundación Para el Desarrollo Social.
Subsistema de Estadística sobre Violencia
TEMAS FUNDAMENTALES DE LA CONVENCION: DERECHOS HUMANOS
INTRODUCCIÓN Personas en movilidad/migrantes como grupo de especial protección (Corte interamericana de derechos humanos. OC-18/03 Condición Jurídica.
La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.
CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE
Los derechos a proteger. Aportes para una convención interamericana de los derechos de las personas mayores 22 de febrero, 2012 Sandra Huenchuan Especialista.
DISCRIMINACIÓN Y DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN
DIRECTRICES SOBRE LOS DOCUMENTOS ESPECÍFICOS QUE HAN DE PRESENTAR LOS ESTADOS PARTES.
EL DERECHO DEL NIÑO A SER ESCUCHADO
6 °CONGRESO DE DERECHO LABORAL Y RELACIONES DEL TRABAJO La discriminación como forma de agresiones nocivas Mgter. Fabián LLanos.
Sistemas internacionales de Protección de los Derechos Humanos
1. Derechos Humanos de las Mujeres
CONSTITUCIÓN, DESC Y GÉNERO
Igualdad en el empleo y la ocupación
Barbara A. Frey, J.D. Directora, Human Rights Program University of Minnesota ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LOS DERECHOS HUMANOS: ESTÁNDARES Y PRÁCTICA EN.
DERECHOS HUMANOS Y FAMILIA
Derechos Humanos Los DH son aquellos que posee cada ser humano. Representan las mínimas condiciones para vivir con dignidad. En su conjunto son: Indivisibles.
LOS DERECHOS HUMANOS Por:
BIENVENIDOS Y BIENVENIDAS Jornadas de autoformación Instituto de estudios humanitarios Nodo - Pasto.
Módulo “Los Derechos Humanos en la Legislación Nacional”
“ II Foro Nacional sobre Acciones Afirmativas en la Lucha contra el Racismo ” RACISMO EN EL SISTEMA DE JUSTICIA: El caso de los buzos del Caribe nicaragüense.
Mónica González Contró Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM
Derechos Sexuales y Reproductivos en los Tratados Internacionales
 ¿QUÉ SON? «Aquellos derechos y libertades que toda persona posee por el solo hecho de ser tal, y que se encuentran reconocidos y garantizados por el.
4to CURSO INTERNACIONAL DE ALTA FORMACIÓN La Armonización del orden jurídico nacional en material de igualdad y no discriminación a la luz de la Reforma.
Lo privado es político Mujer Varón El lugar de “lo privado”.
OBJETIVOS 1) Conocer que es género.
TALLER Nº 1 PARÁMETROS DE LA DISCRIMINACIÓN. Consigna: lean el material y analicen en grupo: ¿Qué elementos merituados por el Tribunal / Comité pueden.
DERECHO INTERNACIONAL PÙBLICO
Introducción Dimensiones de los derechos humanos Construcción de una protección para los derechos de las personas en movilidad: « bajo su jurisdicción»
Módulo de Fundamentos 2 Enfoques basados en los derechos del niño
Que son derechos humanos?
Marco Normativo y Principios generales
Consuelo Moreno RED MAYOR Puntos a tratar ¿Qué son los Derechos Humanos? Persona Mayor como sujeto de DDHH Necesidad de una Convención Convención Interamericana.
“LA IGUALDAD Y LA DIVERSIDAD”
“Sesión 1: Protección jurídica en materia de discapacidad: Momento actual y proyección futura” “Sesión 1: Protección jurídica en materia de discapacidad:
Sistema Universal de Protección de los DDHH
INSTRUMENTOS Y MECANISMOS JURIDICOS DE PROTECCION ESPECIAL A LA MUJER ISABEL CRISTINA ESPAÑA VILLOTA DIPLOMADO: GENERO, DERECHO Y SOCIEDAD. SEPTIEMBRE.
CEDAW COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER EQUIPO 3 Brenda Celia Diana Guadalupe Karina Roció Verónica Lucero.
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LA MUJER BELEM DO PARA.
UNICEF, Agosto 2004 La Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes en América Latina Aspectos Jurídicos, Políticos y Conceptuales.
Protección Legal frente a la Violencia Familiar Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Convención Interamericana.
1 Curso de actualización: Abordaje de las violencias contra las mujeres. Tensiones entre el Derecho y las Políticas Públicas MARCO NORMATIVO SOBRE LA VIOLENCIA.
Instituto de Investigaciones Jurídicas Núcleo Multidisciplinario sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “Cecilia Loria Saviñón”
R E S G U A R D O D E D E R E C H O S CAPACITACIÓN OFICINA 600 Octubre 2006.
Transcripción de la presentación:

DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES CECILE BLOUIN

Dinámica ¿Qué derechos tienen los hombres y las mujeres? ¿Son los mismos? ¿Existen diferencias? ¿Todas las mujeres tienen los mismos derechos?

Mujeres: ¿somos similares o diferentes?

Mujeres: ¿somos similares o diferentes? Características propias (edad, raza…) Condiciones distintas (refugiada, migrante…) Contextos culturales, económicos, sociales distintos Tomar en cuentas las diferencias: EBDH: en particular estándares, principio de no discriminación. Enfoque de género: visibilizar las construcciones sociales que asignan roles a mujeres y hombres.

LOGROS Los y las participantes reflexionan sobre la importancia del desarrollo de un marco normativo de protección de derechos de la mujer. Los y las participantes conocen los alcances de los derechos humanos de la mujer, en especial en el sistema universal e interamericano.

CONTENIDO Contexto Las mujeres como titulares de derechos específicos El principio de igualdad y no discriminación Sistema universal de protección de los derechos humanos de las mujeres Sistema interamericano de protección de los derechos humanos de las mujeres

A nivel de Latinoamérica: Contexto en cifras A nivel mundial: 80% de los refugiados son mujeres y niños Las mujeres ganan 25% menos que los hombres a competencias iguales. Más de 500 000 mujeres mueren cada año durante el embarazo o en el parto. A nivel de Latinoamérica: La mayoría de las personas pobres en América Latina y el Caribe son mujeres y jóvenes menores de 30 años. En especial, mujeres de sectores rurales, indígenas y afrodescendientes.

Contexto normativo Instrumentos internacionales planteaban la igualdad entre hombres y mujeres (por ej Declaración Universal) pero ninguna había tomado en cuenta la situación especifica en la cual se encuentra la mujer Construcción androcéntrica del derecho: el hombre como parámetro de lo humano invizibilizando a las mujeres.

Reconocimiento de los derechos de la mujer “preocupados, sin embargo, al comprobar que a pesar de estos diversos instrumentos las mujeres siguen siendo objeto de discriminación” Preámbulo CEDAW “ los derechos humanos de la mujer y la niña, son parte inalienable e indivisible de los derechos humanos universales” Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos (Viena, 1993)

Pensar la igualdad y no discriminación “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se basen en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social, y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas”. Comité de Derechos Humanos de la ONU. Observación General n°18

Discriminación: definición Conducta (acción u omisión) “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia” Motivos prohibidos “la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social” Resultado u objeto perjudicial “anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales “

OBLIGACIONES DE LOS ESTADOS No introducir en su ordenamiento jurídico normas discriminatorias (desigualdad de jure/formal) Combatir las practicas de carácter discriminatorio: protección, prevención y medidas especiales en función de las necesidades de los GEP (desigualdad de facto/real) Establecer normas y otras medidas que reconozcan y aseguren la igualdad efectiva ante la ley: medidas afirmativas por ejemplo

¿Diferenciación= discriminación? No toda diferenciación es discriminación. Diferenciación necesaria: medidas positivas (trato preferencial a ciertos grupos para restablecer la igualdad). Examen de la objetividad y razonabilidad de la medida: perseguir un fin legitimo (orden público, salud pública etc.) y test de proporcionalidad de la medida entre los medios empleados y el objetivo de la medida.

SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA MUJER INSTRUMENTOS Declaración Sobre Eliminación de la Violencia Contra la Mujer Declaración y Programa de Acción de Beijing Declaración Sobre la Protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o de Conflicto Armado Convención Sobre los Derechos Políticos de la Mujer Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer Convención Sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transacional MECANISMOS Mecanismos convencionales: Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer Mecanismos no convencionales: Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer, con inclusión de sus causas y consecuencias

Definición: Discriminación contra la mujer Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (1) Definición: Discriminación contra la mujer « Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y de la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la esfera política económica, social, cultural o en cualquier esfera » Artículo 1

CEDAW(2): OBLIGACIONES DE LOS ESTADOS ARTICULO 2 Consagrar el principio de igualdad Adoptar medidas adecuadas que prohíban la discriminación Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer Abstenerse de incurrir en un acto de discriminación Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra mujer practicada por cualquiera personas, organizaciones o empresas Adaptar el marco jurídico Derogar las disposiciones penales que discriminan

CEDAW (3): MEDIDAS TEMPORALES Medidas temporales para acelerar la igualdad de facto. No se consideran como discriminatorias OG 5.- Medidas especiales y temporales. 4/03/1988: “ que los países hagan mayor uso de medidas especiales de carácter temporal como lo acción positiva, el rato preferencial o los sistemas de cupos para que la mujer se integre en la educación, la economía, la política y el empleo.”

CEDAW (4): patrones socioculturales « Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las practicas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres » Artículo 5 a)

Tomar en cuenta situación específica: mujer rural (articulo 14) CEDAW (6): obligaciones específicas y reconocimiento de las diferencias Obligaciones específicas en distintas esferas (sociales, económicas etc.) que tomen en cuenta la situación de desigualdad en la cual se encuentra la mujer Tomar en cuenta situación específica: mujer rural (articulo 14)

Encargado de darle el seguimiento a la aplicación de la Convención Creación del Comité para la eliminación de la Discriminación contra la Mujer Encargado de darle el seguimiento a la aplicación de la Convención Dos mecanismos: Los Estados deben presentar un informe sobre las medidas legislativas, judiciales y administrativas o de otra índole (un año a partir de la entrada en vigor) y luego cada año Recomendaciones de carácter general (en base a los informes nacionales): estándares

RG del Comité de la CEDAW RG 1.- Informes de los Estados. (21/03/1986) RG 2.- Informes de los Estados Partes. (10/04/1987) RG 3.- Educación y campañas de educación pública. (10/04/1987) RG 4.- Reservas. (10/04/1987) RG 5.- Medidas especiales y temporales. 4/03/1988 RG 6.- Mecanismo nacional efectivo y publicidad. 4/03/1988 RG 7.- Recursos. 4/03/1988 RG 8.- Aplicación del artículo 8 de la Convención. 4/03/1988 RG 9.- Estadísticas relativas a la condición de la mujer. 3/03/1989 RG 10.- Décimo aniversario de la aprobación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. 3/03/1989 RG 11.- Servicios de asesoramiento técnico sobre las obligaciones en materia de presentación de informes.3/03/1989 RG 12.- La violencia contra la mujer. 3/03/1989 RG 13.- Igual remuneración por trabajo de igual valor. 3/03/1989 RG 14.- Circuncisión femenina. 2/02/1990 RG 15.- Necesidad de evitar la discriminación contra la mujer en las estrategias nacionales de acción preventiva y lucha contra el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA). 2/02/1990

RG 16.- Mujeres que trabajan sin remuneración en empresas familiares rurales y urbanas. 2/01/1991 RG 17.- Medición y cuantificación del trabajo doméstico no remunerado de la mujer y su reconocimiento en el producto nacional bruto. 2/01/1991 RG 18.- Mujeres discapacitadas. 2/01/1991 RG 19.- La violencia contra la mujer. 30/01/1992 RG 20.- Reservas formuladas en relación con la Convención. 30/01/1992 RG 21.- La igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares. 4/02/1994 RG 22.- Enmienda del artículo 20 de la Convención. 3/02/1995 RG 23.- La vida política y pública. 13/01/1997 RG 24.- La mujer y la salud. 2/02/1999 RG 25.- Sobre el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención. (2004) http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/recommendations/recomm-sp.htm

SISTEMA INTERMAERICANO DE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES INSTRUMENTOS Convención Interamericana Sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer Convención Interamericana Sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, Convención de Belém Do Pará MECANISMOS Comisión Interamericana de DDHH (CIDH) Relatoría sobre Derechos de la Mujer Corte Interamericana de DDHH Comisión Interamericana de Mujeres Mecanismo de seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI)

Interseccionalidad Interacción de varios factores vuelven a la mujer más vulnerable a la discriminación: migrantes, indígena etc. Ver artículo 9 de la Convención do Belem Para CIDH: Caso Inés Fernández Ortega contra México: “los obstáculos que enfrentan para acceder a recursos judiciales idóneos y efectivos para remediar las violaciones sufridas, pueden ser particularmente críticos porque sufren de varias formas de discriminación combinadas, por ser mujeres, por su origen étnico o racial y/o por su condición socio-económica”

CIDH Informe sobre Estándares jurídicos (materiales de lectura) Rol del poder judicial «el rol destacado del poder judicial en enviar mensajes sociales avanzando la protección y la garantía de los derechos humanos; en particular, las normas encaminadas a proteger a sectores en particular riesgo a sus derechos humanos como las mujeres « CIDH Informe sobre Estándares jurídicos (materiales de lectura)

Gracias! cblouin@cajpe.org.pe Hoy: www.cajpe.org.pe/gep Próximamente: www.cajpe.org.pe/vertice