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Protección Legal frente a la Violencia Familiar Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Convención Interamericana.

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Presentación del tema: "Protección Legal frente a la Violencia Familiar Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Convención Interamericana."— Transcripción de la presentación:

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2 Protección Legal frente a la Violencia Familiar Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Constitución Nacional y Legislación Específica Constitución Provincial y Legislación Específica

3 toda distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo, que tenga por objeto o por resultado, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio, por la mujer, de sus derechos o libertades, en las esferas política, económica, social, cultural, civil o en cualquier otra esfera Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

4 cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño, o sufrimiento, físico, sexual, o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer

5 Ley Provincial de Violencia Familiar Nº 12569 Concepto de Violencia Familiar y de Familia Definición de Competencias Tipos de Medidas Judiciales Legitimación activa

6 Ley Provincial de Violencia Familiar concepto de violencia familiar / art. 1 a los efectos de la aplicación de la presente ley se entenderá por violencia familiar, toda acción, omisión, abuso, que afecte la integridad física, psíquica, moral, sexual y/o la libertad de una persona en el ámbito del grupo familiar, aunque no configure delito.

7 Ley Provincial de Violencia Familiar concepto de grupo familiar / art. 2 se entenderá por grupo familiar al originado en el matrimonio o en las uniones de hecho, incluyendo a los ascendientes, descendientes, colaterales y/o consanguíneos y a convivientes o descendientes directos de algunos de ellos. la presente ley también se aplicará cuando se ejerza violencia familiar sobre la persona con quien tenga o haya tenido relación de noviazgo o pareja, o con quien estuvo vinculado por matrimonio o unión de hecho.

8 Ley Provincial de Violencia Familiar legitimación activa / art. 3 las enunciadas en los artículos 1 y 2. toda persona que hubiere tomado conocimiento de los hechos de violencia, ya sea en forma verbal como escrita caso especial e funcionarios/as públicos

9 Ley Provincial de Violencia Familiar competencia / art. 6 corresponde a los Tribunales de Familia, a los Jueces de Menores, a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y a los Jueces de Paz, del domicilio de la víctima, la competencia para conocer en las denuncias a que se refieren los artículos precedentes.

10 Ley Provincial de Violencia Familiar medidas / art. 7 ordenar la exclusión del presunto autor de la vivienda donde habita el grupo familiar prohibir el acceso del presunto autor al domicilio … como a los lugares de trabajo, estudio o esparcimiento del afectado, y/o del progenitor o representante legal cuando la víctima fuere menor o incapaz fijar un perímetro de exclusión para circular o permanecer por determinada zona

11 Ley Provincial de Violencia Familiar medidas / art. 7 ordenar a petición de quien ha debido salir del domicilio por razones de seguridad personal su reintegro al mismo, previa exclusión del presunto autor la restitución inmediata de los efectos personales si han sido privados por hechos de violencia familiar proveer las medidas conducentes a fin de brindar al agresor y al grupo familiar, asistencia legal, médica y psicológica a través de los organismos públicos y entidades no gubernamentales

12 Ley Provincial de Violencia Familiar medidas / art. 7 en caso de que la víctima fuere menor o incapaz, puede otorgar su guarda provisoria a quien considere idóneo para tal función … prioritariamente a integrantes del grupo familiar, o de la comunidad de residencia de la víctima fijar en forma provisoria cuota alimentaria y tenencia toda otra medida urgente que estime oportuna para asegurar la custodia y protección de la víctima

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14 Informes de la Relatoría Especial sobre Violencia contra las Mujeres Organización de las Naciones Unidas Informes de la Relatoría sobre los Derechos de las Mujeres Organización de los Estados Americanos Informe sobre Acceso a la Justicia para las Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas Comisión Interamericana de Derechos Humanos Otros Recursos de Interés / Materiales de Trabajo


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