MARCO LEGAL Convención Internacional de los derechos del niño (Naciones Unidas,1989) Se reconoce especialmente en los artículos 12, 23, 24 y 26 a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho, con capacidad para opinar, participar y desarrollar sus propias creencias e ideas con el fin de involucrarse en todos los actos referentes a su vida, su salud y su intimidad.
Ley nº Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable En el año 2002 se aprobó dicha Ley, delegada en el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación. Salud Sexual = enfermedades de transmisión sexual (Embarazo) Procreación responsable = Uso de anticonceptivos
Ley nacional Nº de Sida 1990 Ley Nacional Nº de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2005
Ley Ley Nacional de Educación Sexual Integral En octubre del año 2006 se sancionó la Ley, mediante la cual se creó el: “Programa de Educación Sexual Integral”, donde se establece que tienen derecho a recibir “educación sexual integral todos los educandos”.
Esta Ley consagra el derecho de los niños a recibir Educación Sexual Integral, en todos los establecimientos, tanto públicos como privados y en todos los niveles del sistema, articulando los aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos.
Principales ejes que presenta el documento del Ministerio de Educación Derechos Humanos Visión integral de la sexualidad Perspectiva de género Cuidado de la salud
Art.5 Ley Cada comunidad educativa incluirá en el proceso de elaboración de su proyecto institucional, la adaptación de las propuestas (lineamientos) a su realidad sociocultural, en el marco del respeto a su ideario institucional y a las convicciones de sus miembros.
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