Sistema de prácticas académicas de la Facultad de Artes

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Transcripción de la presentación:

Sistema de prácticas académicas de la Facultad de Artes Las Prácticas Académicas son la materialización del compromiso de la Universidad con la sociedad y buscan la aplicación de los conocimientos teóricos a situaciones socioeconómicas y culturales concretas con el fin de lograr la validación de saberes, el desarrollo de habilidades profesionales, y la atención directa de las necesidades del medio

Objetivos de las prácticas académicas -Aplicar los saberes artísticos, pedagógicos y en gestión cultural a contextos educativos formales, educación para el trabajo y empresas culturales. -Aportar a la solución de problemas relacionados con el campo de la producción y la educación artística y gestión cultural como actividades fundamentales articuladas al desarrollo integral del ser humano y de la sociedad. -Preparar al futuro profesional de las artes y la gestión cultural para enfrentarse a la realidad del mundo laboral.

Tipos de prácticas: Las Prácticas Artístico – culturales, son prácticas académicas que se desarrollan en el marco de los propósitos de formación de los pregrados cuya disciplina fundante es el arte en sus distintas modalidades (la creación artística y la gestión cultural). Pueden contener elementos pedagógicos, entendidos como educativos y didácticos, pero se desarrollan especialmente en ámbitos en educación para el trabajo e informales. Son parte integral del proceso de formación de los estudiantes, como servicio social a la comunidad y como estrategia de gestión , proyección y cualificación artística. Parágrafo 1. Acogiendo las formas de extensión declaradas en el Estatuto General de Extensión, las prácticas artístico–culturales pueden ser de tipo comunitario, de servicio, de diagnóstico, de intervención , gestión cultural y creación de empresas culturales, por lo cual pueden desarrollarse en diversas agencias que propendan por el desarrollo de habilidades artísticas, educación y sensibilización de públicos, adquisición de técnicas artísticas, proyección artística y gestión cultural .

Tipos de prácticas académicas: Las prácticas artístico-culturales para todos los programas de pregrado de la Facultad de Artes corresponden a un curso de cuatro a 8 créditos dependiendo del programa.

Tipos de prácticas académicas Las Prácticas Docentes, son esencialmente prácticas de educación artística que se desarrollan en el marco de los propósitos de formación de los pregrados en artes cuya disciplina fundante es la pedagogía artistica, incluyendo en ella la didáctica (según Resolución 1036 de 2003), marco en el cual se inscriben las licenciaturas actuales y futuras servidas por la Facultad de Artes. Parágrafo 1. Las prácticas docentes son específicamente de tipo académico y solidario. Deben desarrollarse en ambientes formales de la educación, permitiendo al practicante un refuerzo en el proceso de desarrollo de habilidades para la enseñanza y la reflexión pedagógica; y en los destinatarios, el desarrollo de habilidades artísticas y culturales.

Tipos de prácticas académicas Las prácticas docentes para todos los programas de Licenciatura de la Facultad de Artes corresponden a dos cursos de cuatro créditos cada uno, con una intensidad horaria mínima de 4 horas semanales, con un total de 96 horas por cada semestre, de las cuales 64 horas de cada semestre corresponden a la actividad del estudiante en la institución de práctica docente, y 32 horas de cada semestre corresponden al trabajo de preparación y asesoría. El prerrequisito será común para todos los programas de Licenciatura de la Facultad de Artes.

Tipos de práctica académica Las prácticas se basan en procesos de diagnóstico, contextualización y reflexión de las necesidades artísticas, culturales y de formación de las comunidades, organizaciones y personas involucradas en las prácticas. Si la práctica es de tipo investigativo, se deben incluir el proyecto respectivo y el documento que certifique la formalización de dicha investigación en el sistema de Investigación de la Universidad o en la convocatoria interna de la Facultad, con el aval del coordinador de investigaciones de la Facultad Las prácticas académicas en la Facultad de Artes incluyen el componente investigativo en aras al fortalecimiento de la investigación formativa, reglamentaria en los programas de educación superior en el país

. Estructura organizativa del sistemas de las prácticas académicas La Estructura Organizativa en la cual se soporta el Sistema de Prácticas de la Facultad de Artes está constituida por: Los coordinadores de Prácticas Académicas de cada Departamento Académico, los y/o las docentes – asesores(as) de práctica de cada programa, y por el Comité de Prácticas. Los tres coordinadores de prácticas académicas de la Facultad (uno por cada Departamento académico) Son nombrados por el Consejo de Facultad. Deben responder por el buen funcionamiento y desarrollo de las prácticas académicas, y por la aplicación de los instrumentos del Sistema de Prácticas, ante el Consejo de la Facultad.  

Funciones de los coordinadores Generales de Prácticas Académicas de la Facultad 1. Asumir por periodos rotativos de un año la coordinación general del Comité de Prácticas de la Facultad. 2. Supervisar las prácticas académicas (artísticas culturales y docentes) conjuntamente con los asesores de práctica de cada programa y responder por los procesos académico - administrativos relacionados con matrículas, reporte de calificaciones, seguimiento y evaluación de los practicantes.

Funciones de los coordinadores de Prácticas Académicas 3. Coordinar el equipo de asesores de práctica de cada programa. 4. Coordinar los convenios de prácticas.  5. Administrar el archivo-memoria de las prácticas de la Facultad. Falta recoger el archivo de los tres departamentos y llevarlos centro de documentación 6. Servir de interlocutor entre las agencias de práctica, los estudiantes, asesores y la Facultad misma.  7. Diseñar y organizar los seminarios de prácticas conjuntamente con los docentes asesores y el Comité de Prácticas. 8. Velar por el cumplimiento estricto de todos los procesos del sistema.  9. Realizar interventoría de los convenios de práctica

Funciones de los docentes asesores Los Docentes – Asesores de Práctica son los encargados de la asesoría, ubicación y atención de los estudiantes. Coordinar y asesorar a los estudiantes en la elección de su agencia de práctica y en el proceso de desarrollo de la misma, acorde a los requerimientos del Plan de Estudios de cada programa.  2. Evaluar el trabajo de los practicantes y reportar las calificaciones a Admisiones y Registro. Teniendo en cuenta el informe presentado por la institución, los informes presentados por el estudiante y el seguimiento como docente – asesor.  3. Solucionar los conflictos cotidianos que se presenten en el ejercicio de las prácticas.

Funciones de los docentes asesores 4. Servir los seminarios específicos acorde al Plan de Estudios de cada programa. 5. Entregar las memorias de las prácticas de los estudiantes al Coordinador de su Departamento académico, al terminar los procesos académicos respectivos, acorde a los criterios establecidos por el sistema.  6. Asesorar al Comité de Prácticas de la Facultad acorde a los requerimientos del Sistema y de las prácticas mismas. 7. Acompañar directamente al menos el 10% de las sesiones de práctica del estudiante. 8. Informar al Coordinador de Prácticas de su Departamento quien informará al comité de prácticas cualquier irregularidad, quien deberá reportar el caso mediante carta escrita al Consejo de Facultad

Convenios con agencias El objeto de los convenios es la asignación de la institución como “Agencia de prácticas” que se establecen para la realización de las prácticas académicas en cualquiera de las modalidades existentes en la Facultad (artístico – culturales y docentes). En el convenio se establecen las bases para una mutua cooperación en la realización de actividades académicas, docentes, investigativas, de difusión de la cultura y extensión de servicios en todas aquellas áreas de interés recíproco. Se celebrarán para vigencias mínima de dos años.

Matricular prácticas El coordinador de prácticas de cada Departamento les notifica la fecha de iniciación, las condiciones, el docente-asesor asignado y el procedimiento a seguir. La institución en donde se realizará la práctica y docente-asesor reciben copia de la notificación. El estudiante firma un acta de compromiso y aporta el documento en donde consta que está cubierto por el sistema de salud respectivo (modelo definido en el sistema) y recibe el reglamento de prácticas de la Facultad.

Obligaciones del estudiante 1. Cumplir con las horas de práctica en la Institución y de asistencia a las asesorías y seminarios programados . 2. Presentar los informes definidos en el sistema, de acuerdo al tipo de práctica. 3. Al finalizar la práctica, presentar un informe final en el que desarrolla los aspectos concertados en el proyecto, los logros y fortalezas, lo no cumplido, las debilidades y correctivos, conclusiones, recomendaciones y una reflexión personal. El estudiante presentará original y copia de dicho informe para el archivo del sistema de prácticas, y la copia para la institución.  

Obligaciones del estudiante 4. El estudiante y el docente - asesor deben reunirse en horarios y lugares definidos en un cronograma de trabajo que debe entregarse al Coordinador de Prácticas de cada departamento académico antes de iniciar la práctica.  5. El estudiante matricula el curso y debe elaborar el proyecto definitivo. El proyecto debe contar con el aval del rector o responsable de la institución, del docente-asesor y del coordinador de la práctica.

Reglamentación Parágrafo 1. Para todos los programas de pregrado de la Facultad de Artes, las practicas académicas son cursos no validables, no clasificables, no homologables que deben matricularse de acuerdo con el sistema de prerrequisitos establecidos en los planes de estudio de cada pregrado. Parágrafo 2. Para los programas de pregrado de 10 diez semestres, las prácticas se pueden matricular a partir del quinto semestre académico, para los programas de 8 semestres académicos, a partir del cuarto semestre académico. En todos los casos deben ceñirse al sistema de prerrequisitos. Parágrafo 3. Ninguna de las actividades derivadas del cumplimiento de un contrato laboral formal o de los procesos de evaluación de un curso, podrán considerarse como Prácticas.