EXEPCIONES REGULADAS EN EL CODIGO PROCESAL CIVIL PERUANO : Dr. JOSE A. FERNANDEZ VASQUEZ : Dr. JOSE A. FERNANDEZ VASQUEZ.

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Transcripción de la presentación:

EXEPCIONES REGULADAS EN EL CODIGO PROCESAL CIVIL PERUANO : Dr. JOSE A. FERNANDEZ VASQUEZ : Dr. JOSE A. FERNANDEZ VASQUEZ

Condiciones de la acción Requisitos procesales que permiten al juez expedir un pronunciamiento válido sobre el fondo. Son tres: La voluntad de la ley(elemento intrinseco al proceso). Interes para obrar(Estado de necesidad). Legitimidad para obrar(concepto logico de relación).

Demandado propone las sgtes. excepciones Incompetencia Incapacidad demandante O representante Representación defectuosa o insuficiente del demandante o demandado Oscuridad o ambigüedad En el modo de proponer la demanda Falta de legitimidad para obrar Del demandante o demandado Falta de agotamiento de la vía administrativa LitispendenciaCosa Juzgada Conclusión del proceso por Conciliación o transacción Desistimiento de la pretensión CaducidadPrescripción extintiva Convenio arbitral

Relaciones entre excepciones, presupuestos procesales y condiciones de la acción

No se debate la Calidad de la representación Ausencia de la Capacidad procesal Se presenta por Ser menores Demandante o representante Iincapacidad

Representación Defectuosa o Insuficiente del Demandante o demandado Ausencia (defecto) de la representación procesal Insuficiencia (imperfección) De la representación procesal O eventualmente la Que se ha imputado Al demandado Probablemente sin tenerla Con la que está Actuando alguien En nombre del demandante

¿A quién se demanda? Oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda Denuncia la incapacidad que tiene el demandado para responder alguna de las siguientes preguntas ¿Por qué se demanda? ¿Qué se demanda? ¿Quién demanda?

Se denota también falta de Interés para obrar Falta de agotamiento de la vía administrativa Incumplimiento del actor en transitar por todo el recorrido que tiene el procedimiento administrativo antes de recurrir al órgano jurisdiccional

O que el demandado no debería ser el emplazado dado que la pretensión le es ajena o no es el único que debería haber sido demandado Afirma que el demandante no es el titular de la pretensión o que no es el único Falta de legitimidad Para obrar

Alegación en el sentido de que entre las mismar partes y con el mismo interés para obrar, se está discutiendo el mismo petitorio Excepción de Litispendencia Se pretende que el nuevo proceso quede sin efecto ya que el demandante está haciendo valer su interés para obrar en otro proceso iniciado con anticipación

Cosa Juzgada Se denucia que el interes para obrar del demandante ya no existe dado que lo hizo valer en el anterior proceso donde quedó totalmente agotado al haberse expedido un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia

Excepción de Desistimiento de la Pretensión El demandado manifista al juez que el demandante antes del actual proceso inició otro en el cual decidió renunciar a continuar haciendo uso del organo jurisdiccional contra el mismo demandado y sobre la misma pretensión Se deduce que ya no tiene interés para obrar ya que lo agotó en el anterior proceso en el cual desistió de su pretensión

Conclusión del proceso por Conciliación o Transacción Falta de interés para obrar ya que en un proceso anterior se concilió, entonces no puede iniciarse otro proceso para discutirse las pretensiones que fueron conciliadas o transigidas

Excepción de Caducidad Si se ha interpuesto una demanda cuya pretensión está sustentada en un derecho que ha devenido en caduco, entonces la pretensión en estricto no tiene fundamento jurídico por lo que ya no puede ser intentada

La prescripción extintiva destruye la pretensión, es decir la posibilidad de exigir judicialmente algo sustentado en un determinado derecho sin afectar a este Al igual que en la caducidad lo que en el fondo el demandante alega es la ausencia del interés para obrar, es decir, de nesecidad de tutela jurídica en el demandante Exepción de Prescripción Extintiva

Las partes en una relación Jurídica pueden decidir Someter las futuras controversias Que pudieran tener auno o mas Arbitros, aún cuando ya haya Una relación jurídica Sustantiva o una relación Jurídica procesal El citado convenio obliga a Quienes lo acuerdan, una ves Establecido, no se puede Renunciar a él y recurrir al Órgano jurisdiccional a que Resuelva el conflicto Excepción de Convenio Arbitral