Dirección General Adjunta de Quejas y Reclamaciones

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Transcripción de la presentación:

Dirección General Adjunta de Quejas y Reclamaciones Educación en y para los Derechos Humanos en el servicio público del Gobierno del Distrito Federal 2012 Mtra. Hilda Téllez Lino Directora General Adjunta de Quejas y Reclamaciones Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

La CPEUM Prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Discriminación Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

Impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos Elementos: DISCRIMINACIÓN Restricción Exclusión Distinción Basada en: -causas- Impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos -efecto-

Elementos: La diferenciación carece de justificación objetiva o razonable. Generalmente se basa en prejuicios negativos, estereotipos o estigmas en agravio de grupos o colectivos sociales en situación de vulnerabilidad.

Quiénes pueden ser víctimas de discriminación: En principio, cualquier persona puede ser víctima de discriminación. La mayor parte de las personas alguna vez en su vida, ha vivido alguna forma de discriminación.

Quiénes pueden cometer actos de discriminación Cualquier persona en su calidad de: Servidor o servidora pública Como particular

Discriminación sistemática: La discriminación sistemática la sufren personas y grupos que han sido tradicionalmente vulnerados: Mujeres Personas con discapacidad Personas y pueblos indígenas Personas de la diversidad sexual Niñas y niños Personas adultas mayores Jóvenes Personas migrantes Personas afrodescendientes Personas con VIH Personas trabajadoras del hogar Personas pertenecientes a minorías religiosas

Características: Diferencia arbitraria que niega y restringe el acceso y el ejercicio de derechos Limita las oportunidades reales Impide el pleno desarrollo de capacidades y proyectos de vida Excluye a las personas mediante distintas acciones y omisiones

Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación Es un órgano de Estado creado por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Es la institución rectora para contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país. Lleva a cabo acciones para prevenir y eliminar la discriminación Formula y promueve políticas publicas para la igualdad de oportunidades y de trato, tendientes a, avanzar en la inclusión social y Coordina esfuerzos con otros actores para garantizar el derecho a la no discriminación y a la igualdad.

Estructura Presidencia Dirección General Adjunta de Estudios, Legislación y Políticas Públicas Dirección General Adjunta de Quejas y Reclamaciones Dirección General Adjunta de Vinculación, Programas Educativos y Divulgación Dirección de Coordinación Territorial e Interinstitucional Dirección Jurídica, Planeación y Evaluación Dirección de Administración y Finanzas Órgano Interno de Control

Acciones para eliminar la discriminación Sobre este particular, a través de la DGAQR recibe y resuelve las quejas y reclamaciones por presuntos actos discriminatorios cometidos por particulares o por autoridades federales en el ejercicio de sus funciones.

Procedimientos Queja y Reclamación QUEJA: Denuncia o petición formulada ante el CONAPRED por conductas presuntamente discriminatorias atribuidas a particulares. RECLAMACIÓN: Denuncia o petición formulada ante el CONAPRED por conductas presuntamente discriminatorias atribuidas a autoridades o servidores públicos federales

Cómo se inicia el trámite De oficio. A petición de parte: cualquier persona, cualquier vía (personal, escrito, telefónica, correo electrónico: quejas yr@conapred.org.mx, página web del Consejo).

Víctima en el centro de la estrategia de defensa Tratar a las víctimas con respeto por su dignidad; Brindar acceso a mecanismos expeditos, justos, gratuitos y accesibles; Ser informadas oportunamente de las actuaciones y determinaciones de la autoridad. Participación de la víctima en el procedimiento. Atención integral de la víctima. Adoptar medidas para minimizar las molestias causadas a las víctimas, proteger su privacidad, y garantizar su seguridad, así como la de sus familiares y la de los testigos en su favor, contra todo acto de intimidación y represalia.

Como se materializa la atención Personal que atiende (profesional, sensible, comprometido, capacitado). Atención inmediata, eficaz, gratuita. Línea 01-800 543 00 33. Legitimación de la demanda y personas en crisis. Análisis y admisión del caso (gravedad, urgencia, adecuada determinación del caso de presunta discriminación). Pretensión de la parte peticionaria y seguimiento del caso, hasta su determinación.

Objeto y fin de los procedimientos Principalmente es buscar la conciliación. En la QUEJA no existe una fase de investigación ni se llega a emitir una Resolución por disposición. En la RECLAMACIÓN se puede conciliar, investigar e incluso emitir una resolución por disposición.

Por qué conciliar: […] la discriminación puede ser definida como una conducta, culturalmente fundada, y sistemática y socialmente extendida, de desprecio contra una persona o grupo de personas sobre la base de un prejuicio negativo o un estigma relacionado con una desventaja inmerecida, y que tiene por efecto (intencional o no) dañar sus derechos y libertades fundamentales. Rodríguez Zepeda, Jesús. ¿Qué es la discriminación y cómo combatirla?

Contribución en la construcción de cultura de no discriminación Cultura de Igualdad y No Discriminación Prejuicios Estigmas Cuestionamiento Estereotipos Contribución en la construcción de una cultura de no discriminación Igualdad Promoción No discriminación

Fases procesales (Queja) Calificación: a. Un presunto acto de discriminación; b. Por no surtirse la competencia del Consejo; c. Pendiente, cuando no haya suficientes elementos para calificar; d. Un caso de no discriminación, y e. Un caso de improcedencia. Apertura del procedimiento conciliatorio. Audiencia de conciliación Firma de convenio Conclusión Seguimiento de medidas administrativas o puntos conciliatorios.

Negativa a conciliar Si no se somete el particular presuntamente discriminador al procedimiento conciliatorio, se concluye el procedimiento de queja y se orienta a la parte peticionaria para que, en su caso, acuda ante otras instancias.

Fases procesales (Reclamación) Calificación: a. Un presunto acto de discriminación; b. Por no surtirse la competencia del Consejo; c. Pendiente, cuando no haya suficientes elementos para calificar; d. Un caso de no discriminación, y e. Un caso de improcedencia. Solicitud y recepción de informe de la autoridad. Apertura del procedimiento conciliatorio. Audiencia de conciliación/firma de convenio/conclusión y seguimiento de medidas administrativas. Apertura de la fase de investigación Conclusión/Resolución por disposición Seguimiento de medidas administrativas o puntos resolutivos.

Medidas administrativas Impartición de cursos o seminarios que promuevan la igualdad de oportunidades y el derecho fundamental a la no discriminación. Fijación de carteles. Presencia del personal para verificar medidas para eliminar la discriminación. Publicación de la Resolución.

Ampliación de medidas administrativas en convenios Cualquier acción a cargo de la o el presunto agente discriminador (particular o autoridad) que favorezca la construcción de una cultura de Igualdad y No Discriminación, pactada mediante convenio conciliatorio o por compromiso manifestado expresamente y que se hace constar en acta circunstanciada.