EDIFICIO LIBRE DE HUMO Entérate de la ubicación de las “Clínicas para dejar de fumar” en PEMEX CONOCE EL REGLAMENTO SOBRE CONSUMO DE TABACO
EDIFICIO LIBRE DE HUMO Los “Edificios libres de humo de tabaco” son aquellos inmuebles en donde existen evidencias de la ausencia del acto de fumar, así como de actividades conducentes a proteger a los no fumadores. La Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y el Consejo Nacional Contra las Adicciones (CONADIC) se encargan de otorgar este reconocimiento. La Dirección Corporativa de Administración ha instruido a la Subdirección de Servicios Médicos para que coordine con Centros de Integración Juvenil las actividades conducentes a obtener la certificación como “Edificio libre de humo” en los inmuebles del centro administrativo
CRITERIOS PARA DECLARAR UN "EDIFICIO LIBRE DE HUMO" Existencia de la Señalización de un “Edificio libre de humo” para el visitante o usuario Existencia de carteles con la leyenda “Por favor, apague su cigarrillo antes de entrar “. Existencia de avisos o símbolos visuales de la prohibición de fumar Ausencia de ceniceros, cajetillas, colillas, cenizas, olor a humo de tabaco o personas fumando en las áreas no permitidas. Demostrar que se ha difundido o informado a los fumadores que cuentan con una “Clínica para dejar de fumar”. Contar con un comité de vigilancia (acta constitutiva) Debe haber medios para facilitar la denuncia del incumplimiento (Buzón de quejas, sitios en intranet, etc.) Prohibir la venta de tabaco en el interior del centro de trabajo.
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