DIPLOMA EN MUSEOLOGÍA BASICA 2010

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Transcripción de la presentación:

DIPLOMA EN MUSEOLOGÍA BASICA 2010 Taller II: Administración de museos y diseño de proyectos Marta Milena Ochoa Galeano Diego León Arango Gómez Medellín, 28 de octubre de 2010

Repaso Concepto de museo es histórico y en permanente cambio Repaso Concepto de museo es histórico y en permanente cambio. No significa lo mismo en la antigüedad que en la actualidad. Del latín museum  del griego mouseion - “La casa de las musas”. Modernidad S. XVII: Grandes cuartos de maravillas Galerías y gabinetes Museos universitarios Museos modernos de colecciones abiertas al público Museos Nacionales

Johan Zoffany, Charles Towneley and friends in the Park Street Gallery, Westminster, 1783.

Giovanni Paolo Pannini. Roma Antigua, 1755

Gabinete de curiosidades

En la modernidad los museos son instituciones que albergan colecciones de objetos de interés artístico, histórico o científico, que se conservan y exhiben para la enseñanza y entretenimiento del público. En la contemporaneidad los museos redefinen su estatuto en función de la interpretación de las colecciones y su finalidad social.

“La gestión de museos está empezando a «madurar», en el sentido de que está abandonando la «época de los circuitos cerrados» e iniciando una «era de sistema abierto»” Alf Hatton. “Problemas actuales de la formación museística en el Reino Unido” (1989).

Repensar el Museo y su misión A la luz de ideas como democratización cultural y nueva museología, al museo se le exige hoy que sea: Más dinámico: será básicamente temporal, tendrá que adaptarse continuamente a la demanda exterior. Con un predominante papel sociocultural: estudiará las necesidades de su sociedad, para promocionar e integrar a sus habitantes. Su actitud será crítica: reinterpretará sus elementos, se cuestionará la ordenación de los objetos. Potenciará la comunicación: el público dejará de ser espectador para ser actor; habrá diálogo entre el público y la institución museo; se requerirán especialistas en expansión cultural.

El museo como “organización” cultural. Visión orgánica del museo. Un museo en sentido abstracto: Tiene sede y colecciones (materiales, inmateriales (¿las tradiciones intangibles, la lengua, las virtuales?) Gestiona las colecciones: Programa de conservación, almacenamiento, intervención o restauración. Programa de registro, catalogación y documentación. Plan de colecciones: Mapa de colección; políticas de adquisición y descarte: donación; compra; transferencia; comodato.

Estudia: Interpreta e investiga las colecciones. Difunde y comunica: Exposiciones permanentes (montajes clásicos o interactivos), temporales, itinerantes. Estrategias de divulgación: revistas y catálogos, prensa, Web, radio, etc. Estudia: Interpreta e investiga las colecciones. La curaduría como estrategia de estudio e investigación Forma públicos (educa y capacita: valor del patrimonio y la cultura).

Fortalece su capacidad de gestión: Talento humano Infraestructura física, técnica y tecnológica Normativa Actualiza y cualifica procesos – Normas ISO Diversifica fuentes de financiación Interactúa con otras instituciones: Asociaciones, alianzas estratégicas, cooperación, asesorías, representación.

“La gestión de museos está empezando a «madurar», en el sentido de que está abandonando la «época de los circuitos cerrados» e iniciando una «era de sistema abierto»” Alf Hatton. “Problemas actuales de la formación museística en el Reino Unido” (1989). “

Concebir el Museo como empresa Empresa = estructura organizada (organismo, sistema) generadora de funciones, con unas finalidades específicas: producir bienes y /o servicios. “La teoría de la gestión empresarial de los primeros sesenta años de este siglo no se ocupaba del entorno, la competencia, el mercado ni ningún otro elemento ajeno a la propia organización”. (Peters y Waterman, 1982, 91)

http://www.cca.org.mx/cca/cursos/administracion/IMAGENES/unidad%202/procesoL.gif, 24 de julio de 2010 http://www.cca.org.mx/cca/cursos/administracion/IMAGENES/unidad%202/procesoL.gif, 24 de julio de 2010

Funciones de la administración http://www.google.com.co/imgres?imgurl=http://www.promonegocios.net/administracion/images/proceso-administrativo_clip_image006.gif&imgrefurl=http://www.promonegocios.net/administracion/proceso-administrativo.html&usg=__hvbPn6t0WU9SPw_m-YYa1xhnoww=&h=286&w=486&sz=17&hl=es&start=1&itbs=1&tbnid=P91cg649Bk_KLM:&tbnh=76&tbnw=129&prev=/images%3Fq%3Dproceso%2Badministrativo%26hl%3Des%26gbv%3D2%26tbs%3Disch:1, 23 de julio de 2010 http://www.promonegocios.net/administracion/images/proceso-administrativo_clip_image006.gif, 23 de julio de 2010

El proyecto, un instrumento de la gestión museística. La cultura de proyecto en Colombia. Políticas estatales frente a la cultura y los museos Normatividad sobre cultura, patrimonio y museos Constitución política de 1991 Ley 397 de 1997 Ley 1185 de 2009 La financiación estatal de los museos Cambio de política de auxilios a proyectos

Financiación de los Museos - Nivel estatal Recursos del presupuesto de entidades territoriales (impuestos, rentas, recaudos) Recursos de transferencia de la Nación – Ley 715 Estampilla IVA Telefonía Estampilla pro-cultura Programas gubernamentales de los ministerios y entidades descentralizadas: Ej. Acción social; ICETEX; programas Min- Cultura; Min-Exteriores; ICBF; Min-Protección Social; ISS; Gobernaciones y secretarias; Municipios y secretarias; SENA; Universidades.

Financiación de los Museos - Nivel estatal Exenciones tributarias: Predial, industria y comercio, servicios públicos. Exenciones de pago de alquiler, comodatos gratuitos. Deducciones de impuestos a particulares y empresas que apoyen instituciones culturales

Financiación de los Museos - Nivel privado Ley 50 Responsabilidad social empresarial Fundaciones y su programas sociales y culturales Programas educativos y culturales-Bienestar y clima organizacional Cajas de compensación Publicidad Mecenazgo: Amigos del Museo, solidaridad, membrecía.

Financiación de los Museos - Recursos propios Venta de bienes: tienda, reproducciones, suvenires, papelería, libros Venta de servicios: Educativos, comunicación, museología, museografía, asesoría, conservación

Financiación de los Museos - Recursos cooperación internacional Estatales Agencias de Cooperación internacional Fondos Multilaterales: BID, FMI, UNESCO, OEA Ong´s Fundaciones Empresas privadas particulares

Constitución Política 1991 Artículo 355 “Ninguna de las ramas u órganos del Poder Público podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado. El Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y con los planes seccionales de Desarrollo. El Gobierno Nacional reglamentará la materia”. .

Fundamento Legal de los Proyectos Ley 38 de 1989 Cultura de “Proyectos” Banco de Proyectos de Inversión Nacional (BPIN) Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional (BPPIN)

Fundamento Legal de los Proyectos RESOLUCION 0806 AGOSTO 10 DE 2005. “Por lo cual se organizan metodologías, criterios y procedimientos que permitan integrar los sistemas de planeación y la red nacional de bancos de programas y proyectos” “Todas las entidades nacionales, departamentales, distritales y municipales, deberán utilizar la Metodología General Ajustada (MGA) para la identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública.”

¿Qué se entiende por proyecto? En el uso cotidiano, la palabra proyecto se utiliza para designar el propósito de hacer algo. En un sentido más técnico, el alcance del término es similar: se trata de una ordenación de actividades y recursos que se utilizan con el fin de producir “algo”, ya sea bienes o servicios capaces de satisfacer necesidades o de resolver “problemas”.

¿Qué se entiende por proyecto? Según el ILPES (1966, Guía para la elaboración de proyectos): “Proyecto es una unidad de actividad de cualquier naturaleza, que requiere para su realización del uso o consumo inmediato o a corto plazo de algunos recursos escasos o al menos limitados (ahorros, divisas, talento especializado, mano de obra calificada, etc.), aún sacrificando beneficios actuales y asegurados, en la esperanza de obtener, en un período de tiempo mayor, beneficios superiores a los que se obtienen con el empleo actual de dichos recursos, sean estos beneficios financieros, económicos o sociales”.

“Limitantes a la programación y administración eficiente de la inversión pública Falta de personal capacitado en preparación, evaluación y administración de proyectos. Procedimientos no estandarizados de recolección y análisis de información. Falta de oportunidades de información.

“Limitantes a la programación y administración eficiente de la inversión pública Falta de personal capacitado “La necesidad de entregar capacitación en formulación, evaluación y administración de proyectos ha sido reconocida por años. En consecuencia, y considerando el gran número de cursos que se han desarrollado en casi todos los países de la región, el problema ya no debería existir (...)

“Limitantes a la programación y administración eficiente de la inversión pública (…) Lamentablemente cada agencia tiene su propio enfoque y metodología. Por ello, funcionarios que asistieron a distintos cursos difícilmente llegarán a acuerdo sobre cómo evaluar un proyecto. Más aún, si un mismo funcionario asiste a cursos de distintas entidades, puede que termine más confundido de lo que estaba al principio…”

Equivalencia terminológica UNESCO Objetivo general Objetivo Superior Fin Objetivo de desarrollo Objetivo Sectorial del Plan Objetivo General Unión Europea GTZ AECI JAICA BID Componentes Resultados Resultados/Productos Productos Objetivo específico Objetivo inmediato Objetivo del proyecto Propósito Actividades Presupuesto Medios y Costos Insumos Insumos/R y Costos Recursos y Costos Insumos y Costos BPIN

¿Qué se entiende por proyecto? En este taller, se utilizará el término proyecto, para designar el conjunto de actividades que se proponen realizar de una manera articulada entre sí, con el fin de producir determinados bienes o servicios capaces de satisfacer necesidades o resolver problemas, dentro de los limites de un presupuesto y de un período de tiempo de dados.

¿Para qué se elaboran proyectos? Para alcanzar determinadas metas y objetivos mediante el uso eficiente de medios y recursos escasos o limitados, utilizando un conjunto de procedimientos mediante los cuales se introduce una mayor racionalidad y organización en un conjunto de actividades.

¿Dónde nace la idea de elaborar un proyecto? La idea puede nacer de diferentes fuentes: Por encargo directo o indirecto que nos solicita alguna institución. Solicitud o propuesta externa a nuestro equipo de trabajo, institución u organización. Necesidad o deseo de cambio detectado o visualizado en un contexto investigativo. Lectura de la realidad como una oportunidad o una amenaza, a la cual respondemos con nuestro proyecto.

El proyecto debe considerarse como un instrumento que además de convertirse en requisito imprescindible a la hora de solicitar subvenciones y colaboración de entidades públicas o privadas, nos va a ayudar a conseguir nuestros objetivos, ya que en su elaboración estamos obligados a definir y concretar las acciones que queremos llevar a cabo, así como la forma en que lo realizaremos y los medios a disposición.

Existen muchas formas de hacer proyectos, de hecho, debe tenerse presente que algunas instituciones que financian planes, programas y actividades culturales, poseen guías, pautas o protocolos, que establecen la manera como debe presentarse la información que sustenta un proyecto. Para elaborar proyectos no existe una normativa rígida, sino una serie de pautas que sirven para organizar las ideas, precisar los objetivos, establecer los cursos de acción y concretar una serie de actividades especificas.

Hay que saber hacer una buena formulación y diseño de los mismos Hay que saber hacer una buena formulación y diseño de los mismos. Un proyecto debe explicar lo siguiente: Razones por las que se necesita realizar el proyecto (fundamentación) A qué fin contribuirá el logro de los objetivos del proyecto (finalidad) Qué se espera obtener del proyecto en caso de que tenga éxito (objetivos) A quién va dirigido el proyecto (beneficiarios directos e indirectos)

Qué debe producir el proyecto para crear las condiciones básicas que permita la consecución del objetivo (productos) Con qué acciones se generarán los productos (actividades) Qué recursos se necesitan para obtener el producto y lograr el objetivo propuesto (insumos) Quién ejecutará el proyecto (responsables y estructura administrativa) Cómo se ejecutará el proyecto (modalidades de operación) En cuánto tiempo se obtendrán los productos y se lograrán los objetivos previstos (calendario) Cuáles son los factores externos que deben existir para asegurar el éxito del proyecto (prerrequisitos)

Como paso previo a la elaboración del proyecto, y con la finalidad de aclarar las ideas y facilitar el análisis sobre la conveniencia y viabilidad de una propuesta, se suele utilizar un simple y eficaz método: la técnica de las diez cuestiones. Este recurso nos debe dar respuesta a una serie de aspectos fundamentales, que se recogen en el siguiente cuadro:

LA TÉCNICA DE LAS DIEZ CUESTIONES QUÉ Se quiere hacer Naturaleza del proyecto POR QUÉ Origen y fundamento PARA QUÉ Objetivos, propósitos (expresión cualitativa) CUÁNTO Metas (expresión cuantitativa) DÓNDE Ubicación física CÓMO Se va a hacer Actividades, tarea, método CUÁNDO Calendario A QUIÉNES Va dirigido Destinatarios QUIÉNES Lo van a hacer Recursos humanos CON QUÉ Lo van a financiar Recursos materiales Recursos económicos Cuadro comparativo por volumen de colecciones

Dar respuestas adecuadas a estas preguntas no significa que “sepamos planificar” o “elaborar un proyecto”, este cuadro se plantea como un método para organizarnos mentalmente, de cara a la realización de determinadas actividades. Las respuestas a estas diez cuestiones, proporcionan las condiciones mínimas para establecer anticipadamente una serie de decisiones que permitan introducir organización, racionalidad, compatibilidad y coherencia a la acción.

Contenidos del proyecto En términos generales, los contenidos mínimos que debe tener un proyecto son: Portada: debe contener el nombre del proyecto, de la persona que lo elabora, la institución que lo respalda administrativa o financieramente, la ciudad y la fecha.

1. Ficha técnica del proyecto Algunas instituciones o proyectos exigen en sus protocolos la ficha técnica. Se trata de hacer una brevísima descripción de aspectos que identifican el proyecto, enumerando sus rasgos distintivos. Los datos de la ficha técnica varían según las exigencias de las instituciones, según los programas que financian. Datos de esta ficha pueden ser: nombre del proyecto, programa (si hace parte de un programa institucional de la institución que lo presenta o de la institución que lo financia); entidad o Institución responsable del proyecto; Nit. y/o personería jurídica; nombre y cargo del responsable (representante legal) de la institución que ejecutará el proyecto; responsable o coordinador de la ejecución del proyecto; domicilio donde se ejecutará el proyecto; valor del proyecto; cobertura o población beneficiaria.

2. Presentación Debe contener un breve resumen del proyecto indicando cuáles son las situaciones que busca resolver, potenciar o desarrollar y proyectar; también puede incluir una breve presentación de los motivos que llevan a la formulación de la propuesta e indicar por qué la institución a la que se pide financiación, o que responde por el proyecto, debe ejecutarlo o respaldarlo.

3. Propuesta Debe decirse con exactitud qué es lo que se va a hacer. Describir la actividad con precisión y concreción, en número de actividades, intensidad, lugar, duración, etc.   4. Justificación (Por qué, para qué y de qué manera se involucran las instituciones que se vincularán al proyecto. Justifique, también, por qué las instituciones convocadas están llamadas a participar en el proyecto) La justificación debe dar cuenta del por qué se va a hacer el proyecto y desde dónde se va a plantear su solución. La justificación debe contener:

Un diagnóstico de la situación que se busca superar, resolver, potenciar o proyectar (aquí se explica la situación socioeconómica, política y cultural de la comunidad, municipio o institución donde se desarrollará el proyecto y la manera como el proyecto resuelve carencias o desarrolla posibilidades latentes en la comunidad).

Diagnóstico Para conocer la situación global en la que se inscriben los beneficiarios de los proyectos y los problemas identificados, debemos obtener información sobre: Factores demográficos: población total, distribución por grupos de edades y sexo, distribución geográfica, situación socio-laboral. Factores económicos: actividad económica principal, nivel promedio de vida, nivel de ingresos, estructura de la fuerza laboral.

Diagnóstico Factores sociales: nivel sanitario, nivel educativo, nivel habitacional, organizaciones existentes, capacidad de intervención participativa de la comunidad, niveles de motivación en relación a las actividades culturales. Factores políticos: organizaciones políticas existentes con influencia en lo cultural.

Diagnóstico Factores culturales: vida cultural (cómo se informa a la gente sobre actividades culturales, tipo de actividades que se realizan con mayor arraigo, tradiciones más significativas, preferencia de la gente), Potencial cultural (organizaciones que promueven actividades culturales, infraestructura y equipamiento cultural)

Un marco conceptual que explique el origen de las teorías, conceptos o métodos que se utilizarán y la pertinencia en relación con la situación que se busca resolver (se pretende sustentar de manera científica, cognoscitiva o cultural el carácter de la solución y su pertinencia social y cultural. Se dan los elementos o explicaciones que dan valor histórico o conceptual a la propuesta).

Un marco jurídico donde se explican los elementos constitucionales, legales o estatutarios que dan soporte a la propuesta, resaltando la pertinencia de la institución para desarrollar el proyecto, como parte de sus obligaciones, fines, misión, políticas, planes y programas, y, de acuerdo con ello indicando la importancia de su vinculación y el aporte financiero para la ejecución del mismo; máxime si es una institución pública con responsabilidad constitucional y legal.

Constitución Política de 1991 Artículo 7. El Estado reconoce y protege la identidad étnica y cultural de la Nación colombiana. Artículo 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.   Artículo 63. Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.  

Constitución Política de 1991   Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.

Constitución Política de 1991   Artículo 72. El patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentará los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riqueza arqueológica.

LEY 397 DE 1997 ARTICULO 1o. DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Y DEFINICIONES DE ESTA LEY. 1. Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias. 2. La cultura, en sus diversas manifestaciones, es fundamento de la nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto, como proceso generado individual y colectivamente por los colombianos. Dichas manifestaciones constituyen parte integral de la identidad y la cultura colombianas. 3. El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana.

LEY 397 DE 1997 ARTICULO 1o. DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Y DEFINICIONES DE ESTA LEY. 4. En ningún caso el Estado ejercerá censura sobre la forma y el contenido ideológico y artístico de las realizaciones y proyectos culturales. 5. Es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación. 6. El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a generar el conocimiento de las mismas según sus propias tradiciones y a beneficiarse de una educación que asegure estos derechos. El Estado colombiano reconoce la especificidad de la cultura caribe y brindará especial protección a sus diversas expresiones.

LEY 397 DE 1997 ARTICULO 1o. DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Y DEFINICIONES DE ESTA LEY. 7. El Estado protegerá el castellano como idioma oficial de Colombia y las lenguas de los pueblos indígenas y comunidades negras y raizales en sus territorios. Así mismo, impulsará el fortalecimiento de las lenguas amerindias y criollas habladas en el territorio nacional y se comprometerá en el respeto y reconocimiento de éstas en el resto de la sociedad. 8. El desarrollo económico y social deberá articularse estrechamente con el desarrollo cultural, científico y tecnológico. El Plan Nacional de Desarrollo tendrá en cuenta el Plan Nacional de Cultura que formule el Gobierno. Los recursos públicos invertidos en actividades culturales tendrán, para todos los efectos legales, el carácter de gasto público social. 9. El respeto de los derechos humanos, la convivencia, la solidaridad, la inter-culturalidad, el pluralismo y la tolerancia son valores culturales fundamentales y base esencial de una cultura de paz.

LEY 397 DE 1997 ARTICULO 1o. DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Y DEFINICIONES DE ESTA LEY. 10. El Estado garantizará la libre investigación y fomentará el talento investigativo dentro de los parámetros de calidad, rigor y coherencia académica. 11. El Estado fomentará la creación, ampliación y adecuación de infraestructura artística y cultural y garantizará el acceso de todos los colombianos a la misma. 12. El Estado promoverá la interacción de la cultura nacional con la cultura universal. 13. El Estado, al formular su política cultural, tendrá en cuenta tanto al creador, al gestor como al receptor de la cultura y garantizará el acceso de los colombianos a las manifestaciones, bienes y servicios culturales en igualdad de oportunidades, concediendo especial tratamiento a personas limitadas física, sensorial y síquicamente, de la tercera edad, la infancia y la juventud y los sectores sociales más necesitados.

Ley 1185 de marzo 12 de 2008 El artículo 1, modificó el artículo 4 de la Ley 397 de 1997, quedando así: “El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico”.

a) Objetivos de la política estatal en relación con el patrimonio cultural de la Nación. “…la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del mismo, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro. Para el logro de los objetivos de que trata el inciso anterior, los planes de desarrollo de las entidades territoriales y los planes de las comunidades, grupos sociales y poblacionales incorporados a estos, deberán estar armonizados en materia cultural con el Plan Decenal de Cultura y con el Plan Nacional de Desarrollo y asignarán los recursos para la salvaguardia, conservación, recuperación, protección, sostenibilidad y divulgación del patrimonio cultural;

b) Aplicación de la presente ley b) Aplicación de la presente ley. Esta ley define un régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación y estímulo para los bienes del patrimonio cultural de la Nación que sean declarados como bienes de interés cultural en el caso de bienes materiales y para las manifestaciones incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial, conforme a los criterios de valoración y los requisitos que reglamente para todo el territorio nacional el Ministerio de Cultura. La declaratoria de un bien material como de interés cultural, o la inclusión de una manifestación en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial es el acto administrativo mediante el cual, previo cumplimiento del procedimiento previsto en esta ley, la autoridad nacional o las autoridades territoriales, indígenas o de los consejos comunitarios de las comunidades afrodescendientes, según sus competencias, determinan que un bien o manifestación del patrimonio cultural de la Nación queda cobijado por el Régimen Especial de Protección o de Salvaguardia previsto en la presente ley.

La declaratoria de interés cultural podrá recaer sobre un bien material en particular, o sobre una determinada colección o conjunto caso en el cual la declaratoria contendrá las medidas pertinentes para conservarlos como una unidad indivisible. Se consideran como bienes de interés cultural de los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal, o de los territorios indígenas o de las comunidades negras de que trata la Ley 70 de 1993 y, en consecuencia, quedan sujetos al respectivo régimen de tales, los bienes materiales declarados como monumentos, áreas de conservación histórica, arqueológica o arquitectónica, conjuntos históricos, u otras denominaciones que, con anterioridad a la promulgación de esta ley, hayan sido objeto de tal declaratoria por las autoridades competentes, o hayan sido incorporados a los planes de ordenamiento territorial. Así mismo, se consideran como bienes de interés cultural del ámbito nacional los bienes del patrimonio arqueológico;

Un marco institucional, donde se trata de presentar brevemente la institución y la persona que respalda y ejecuta el proyecto, e indicar de qué manera el proyecto se sustenta con la misión, objetivos o metas institucionales y la idoneidad profesional o académica de quien lo ejecuta. En todo caso, debe quedar muy clara la pertinencia de la propuesta, la necesidad y conveniencia de su realización para subsanar carencias o potenciar el desarrollo de posibilidades existentes. 

Justificación A la hora de elaborar esta parte del proyecto, se deberá: Explicar la prioridad y urgencia del problema para el que se busca solución. Establecer por qué el proyecto que se formula es la propuesta de solución más adecuada o posible para resolver el problema. La justificación del proyecto debe basarse en razones lógicas que den cuenta del diagnóstico y de los condicionantes externos. Lo principal aquí, es explicitar el por qué se hace y qué sucedería con la situación si no hubiera intervención.

Justificación (actividad propuesta) Explique la prioridad y urgencia de solucionar el problema o necesidad detectado. Para esto, las siguientes preguntas pueden ayudar: ¿Qué cantidad de población es afectada por el problema detectado? ¿Por qué es urgente o importante satisfacer la necesidad detectada? ¿Cuáles serían las consecuencias a mediano y largo plazo si el problema no se soluciona?