Comisión de Educación 4 de julio de 2018
Antecedentes
Nuestra visión de la educación superior Para nuestro gobierno, uno de los principales ideales es el logro de una sociedad de oportunidades en la cual cada persona pueda desarrollar su máximo potencial según el proyecto de vida que escogió libremente. Para poder alcanzar aquella sociedad de oportunidades, un sistema educacional de calidad basado en la libertad es imprescindible, pues a través de ella es posible lograr la realización personal y una mejor calidad de vida. Sin embargo, la educación superior no solo satisface las expectativas individuales de las personas; es también una manera a través de la cual nuestros jóvenes se forman como ciudadanos, íntegra y éticamente, lo que trae aparejados innegables beneficios para la sociedad en su conjunto.
Diagnóstico general Nuestro país ha tenido avances notables en cobertura de la educación superior. De acuerdo a la Encuesta Casen, la cobertura bruta pasó desde 15,6% en 1990 a 53,1% en 2015. Este avance ha sido fruto de los esfuerzos de las propias familias que aportan recursos para la formación superior de sus hijos, y también consecuencia de los subsidios entregados por el Estado mediante becas, créditos y gratuidad. Sin embargo, el sistema de financiamiento de la educación superior aún tiene desafíos pendientes.
Diagnóstico general: Desafíos pendientes en el sistema de financiamiento de la educación superior Aún persiste un trato diferenciado entre estudiantes de igual vulnerabilidad y mérito académico según la institución de educación superior a la cual asisten. Quienes escogen instituciones pertenecientes al Consejo de Rectores (CRUCH) tienen acceso a becas de mayor cobertura y a un crédito más conveniente en comparación a quienes deciden cursar sus estudios superiores en universidades fuera del CRUCH, centros de formación técnica o institutos profesionales. 2. Al analizar específicamente el sistema de créditos, queda en evidencia la necesidad de continuar la labor que iniciamos durante nuestro primer gobierno, perfeccionándolo y haciéndolo más justo para los estudiantes. Esto tiene una especial relevancia pues, si bien en los últimos años comenzó la implementación de una política de gratuidad, su avance está condicionado al crecimiento del país. Así, es urgente contar con un sistema de créditos robusto que permita financiar los estudios superiores de aquellos que no cumplen el requisito socioeconómico, pero también de aquellos cuyas instituciones decidieron no adscribirse, o bien tenían gratuidad pero excedieron el tiempo de duración oficial de su carrera.
¿Por qué un sistema de créditos? A pesar de los notables avances en cobertura, nuestro país aún tiene desafíos pendientes en la equidad en el acceso a la educación superior. De acuerdo a la Encuesta Casen 2015, al considerar la cobertura neta, en el decil de mayores ingresos nueve de cada diez jóvenes asisten a la educación superior, mientras que en el decil de menores ingresos solo tres de cada diez lo hacen. Lo anterior refleja que existen diferencias y desventajas que se generan mucho antes que al momento del ingreso a la educación superior. Esto nos lleva a la conclusión de que nuestro gobierno debe desarrollar una política de financiamiento que permita que nadie se quede fuera de la educación superior por no poder pagarla, pero que a la vez resguarde recursos para realizar inversiones en los niveles educacionales iniciales, que son los que sí generarán un impacto en equidad. Solo así lograremos un acceso a la educación superior equitativo, donde la cuna no sea determinante para el desarrollo y las oportunidades a las que pueden acceder las personas.
¿Por qué un sistema de créditos? Por otra parte, no se debe olvidar que si bien la educación superior genera muchos beneficios para la sociedad en su conjunto, quien la recibe también se beneficia privadamente de ella. Datos de la OCDE muestra que quienes egresaron de la educación superior en Chile reciben ingresos mensuales superiores al doble de los de aquellos que solo completaron la educación media. Esto corresponde al retorno más alto de los países de la OCDE. Así, obedece a criterios de equidad y de mayor justicia social reconocer que quienes cursan estudios superiores, una vez concluidos los mismos, pueden y deben retribuir lo que todos los ciudadanos, a través de sus impuestos, invirtieron en ellos.
Justificación del proyecto
1. Terminar con el trato preferente Actualmente coexisten dos sistemas de créditos, el Crédito con Garantía Estatal (CAE) y el Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU), por lo que la primera necesidad es unificarlos y eliminar el trato preferente hacia los estudiantes de ciertas instituciones. Actualmente, el 27% de los estudiantes asiste a instituciones del CRUCH, y solo ellos pueden acceder al FSCU. Para el resto, la única alternativa es el CAE. Desde sus orígenes el FSCU fue un crédito más conveniente para los estudiantes, con condiciones tales como una tasa de interés baja, contingencia al ingreso y un plazo máximo de pago, luego de los cuales bajo ciertas condiciones la deuda se extingue. En 2005 se creó el CAE, al cual pueden acceder todos los estudiantes de instituciones acreditadas, teniendo en ese entonces una tasa mayor al FSCU, ninguna contingencia al ingreso y ningún tipo de cláusula de extinción de la deuda. Así, estudiantes de la misma vulnerabilidad accedían a créditos muy distintos, solo en función de la institución a la que asistían.
1. Terminar con el trato preferente Esta desigualdad impulsó a que en nuestro primer gobierno se implementaran importantes beneficios para los nuevos y antiguos beneficiarios del CAE: Rebaja de la tasa de interés al 2% (equiparándola con la del FSCU). Suspensión del cobro en caso de cesantía. Posibilidad de rebaja de la cuota mensual al 10% de ingreso del beneficiario. Sin embargo, sabemos que podemos seguir perfeccionando esa labor, con un nuevo sistema que proteja aún más a los estudiantes y que elimine todo trato preferente.
2. Mejorar la cobertura del beneficio Históricamente los beneficios estatales se han entregado por el valor de un arancel de referencia, el cual puede diferir del arancel que realmente es cobrado por las instituciones de educación superior. Por lo general, estas diferencias deben ser cubiertas por los estudiantes y sus familias, condicionando el acceso a la educación superior a la capacidad de pago de estas brechas. Esta situación debe ser mejorada, de forma que tanto el Estado como las instituciones de educación superior cooperen para otorgar una mayor cobertura a los estudiantes, minimizando así el monto que deben pagar mientras estudian, o llevándolo a cero para quienes provienen de familias de menores recursos. Es así como se avanza a una verdadera libertad de elección en el sistema de educación superior.
3. El CAE y el FSCU son altamente costosos El actual sistema de créditos representa un elevado costo fiscal para el país, el que necesariamente debe ser reducido. Por un lado, el CAE al contar con la presencia de la banca privada, ha significado un elevado desembolso del Estado para poder otorgar los beneficios que actualmente ofrece el crédito. Por su parte, el FSCU presenta niveles de morosidad que no han permitido su sustentabilidad financiera, de modo que el Estado ha tenido que hacerse cargo de dicho costo año a año para poder otorgar el beneficio a las nuevas generaciones. Así, ambos sistemas deben ser repensados, sin la participación de la banca y con un mecanismo que tienda hacia la sustentabilidad financiera.
4. Necesidad de contar con un componente de solidaridad El nuevo sistema, a diferencia del CAE y el FSCU, tendrá un componente de solidaridad. Esto significa que el pago responsable y oportuno de los beneficiarios estará relacionado con la posibilidad de financiamiento de nuevos estudiantes. Así, contaremos por primera vez con un verdadero Sistema de Financiamiento Solidario.
Durante nuestro primer gobierno, enviamos al Congreso un proyecto de ley que creaba un nuevo sistema único de créditos, solucionando gran parte de los problemas que presentan el CAE y el FSCU. Si bien dicho proyecto no fue aprobado, no hemos renunciado a nuestra prioridad de mejorar el sistema actual, pues estamos conscientes del impacto que genera en miles de estudiantes y sus familias.
SIFS: Sistema de Financiamiento Solidario
I. Condiciones generales del Sistema de Financiamiento Solidario
I. Condiciones generales del Sistema de Financiamiento Solidario Sistema de Financiamiento Solidario (SIFS) El SIFS es una ayuda financiera para los estudios superiores de pregrado emitido en UTM. Reemplazará al Crédito con Aval del Estado (CAE) y al Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU). Administrado por una sociedad del Estado El SIFS será otorgado y administrado por una sociedad anónima del Estado (en adelante, la Administradora), que se está creando mediante el proyecto de ley contenido en el boletín N°11.554-05. Para tales efectos, se presentarán indicaciones al citado proyecto que crea la Sociedad Anónima del Estado denominada “Intermediación Financiera S.A.”, para que cuente con la autorización para desarrollar las actividades de financiamiento crediticio para los estudiantes de educación superior. La naturaleza estatal de esta entidad garantiza la no intervención de la banca en el otorgamiento del financiamiento para la educación superior. Postulación, preasignación y cobranza La postulación y preasignación estará a cargo del Mineduc. La cobranza será parte de las funciones de la sociedad del Estado, labor en la cual podrá colaborar la Tesorería General de la República.
I. Condiciones generales del Sistema de Financiamiento Solidario Monto a financiar El SIFS se podrá solicitar por un mínimo de 5 UTM. El monto máximo a otorgar será el arancel regulado más un porcentaje de la brecha existente entre arancel real y arancel regulado, de acuerdo a la siguiente tabla. Sin embargo, el monto total otorgado no podrá ser superior a 1.5 veces el arancel regulado. Decil socioeconómico del estudiante Acreditación de excelencia Acreditación avanzada Acreditación básica I 90% de la brecha. 80% de la brecha. 70% de la brecha. II III IV V 60% de la brecha. 50% de la brecha. VI VII 40% de la brecha. VIII IX 30% de la brecha.
Duración del beneficio Relación con las becas de arancel estatales I. Condiciones generales del Sistema de Financiamiento Solidario Tasa de interés Devengará una tasa de interés de 2% real anual desde el momento en que es otorgado. Duración del beneficio Financiará la duración nominal de la carrera o programa de estudios correspondiente, más tres, dos o un semestre adicional tratándose de carreras conducentes a grado de licenciado, a título profesional o título técnico de nivel superior, respectivamente. Relación con las becas de arancel estatales El SIFS podrá ser complementado con las becas de arancel estatales existentes. Inicio del pago El pago del SIFS iniciará 18 meses después del egreso, o bien luego de registrar tres semestres consecutivos sin matrícula (momento en que se declara la deserción).
I. Condiciones generales del Sistema de Financiamiento Solidario Estudiantes de los seis primeros deciles no pagarán nada mientras estudian Para el caso de los estudiantes provenientes de los seis primeros deciles de ingresos, las instituciones de educación que adscriban al SIFS tendrán la obligación de cubrir el arancel no cubierto por la suma de las ayudas estatales (SIFS y becas de arancel), mediante becas y créditos propios. Si las instituciones optan por entregar créditos propios, estos deberán tener la misma tasa de interés y plazo del SIFS, y comenzará a pagarse una vez que se haya pagado el 50% del SIFS. Las instituciones de educación superior deberán garantizar parte del SIFS Garantía por deserción: La garantía por deserción académica deberá cubrir el 90%, 70% y 60% del monto total de la deuda según si el estudiante desertó en el primer, segundo o a partir del tercer año, respectivamente. Garantía por no satisfacción de la deuda: La garantía por no satisfacción de la deuda deberá cubrir el 50% de la deuda correspondiente a lo que se financió por sobre el arancel regulado (por ejemplo, si el arancel regulado de una carrera es de $1.000.000, y se entregó un crédito de $1.300.000, la institución de educación superior deberá garantizar $150.000).
II. Requisitos para acceder al Sistema de Financiamiento Solidario
II. Requisitos para acceder al Sistema de Financiamiento Solidario Requisitos para los estudiantes Ser chileno o extranjero con residencia definitiva en Chile. Que su hogar pertenezca a los nueve primeros deciles socioeconómicos. Encontrarse matriculados en carreras o programas de estudios de pregrado presenciales y pertenecientes a instituciones adscritas. Haber ingresado a la institución de educación superior demostrando mérito académico suficiente y mantener un rendimiento satisfactorio durante su carrera o programa de estudios. Requisitos para las instituciones de educación superior Seleccionar a sus alumnos de primer año por criterios académicos basados en principios de no discriminación arbitraria, objetivos y transparentes. Que se encuentren acreditadas. Que otorguen oportunamente las garantías descritas anteriormente.
No podrán acceder al SIFS II. Requisitos para acceder al Sistema de Financiamiento Solidario No podrán acceder al SIFS Quienes hayan egresado de carreras o programa de estudios conducentes a un título profesional o grado de licenciado de universidades de Chile o del extranjero. Se exceptúan aquellos beneficiarios que soliciten el Crédito para cursar programas de prosecución de estudios conducentes a título profesional de educador o profesor. Quienes sean titulares de dos o más títulos técnicos de nivel superior. Si el estudiante cuenta con un título técnico de nivel superior, sólo podrá acceder al Crédito si se matricula en una carrera o programa de estudios conducente a título profesional conducente o no a una licenciatura. Los estudiantes que hayan incurrido en deserción o eliminación académica más de una vez, sea en la misma carrera o programa de estudios o en otro distinto; y Los estudiantes que hayan cambiado de carrera o programa de estudios o institución más de una vez.
III. Modalidad de pago del Sistema de Financiamiento Solidario
III. Modalidad de pago del Sistema de Financiamiento Solidario Periodo de pago El periodo de pago será variable según el saldo adeudado, pero con un tope máximo de 180 cuotas para las deudas más grandes. Forma de pago Para los trabajadores dependientes el cobro mensual será vía descuentos por planilla, para lo cual tendrán el deber de informar a su empleador o empleadores su condición de beneficiario del SIFS. En el caso de los trabajadores independientes, deberán realizar sus pagos mensuales directamente a la Administradora. Valor de la cuota Las cuotas de pago serán predeterminadas (esto significa que se generará la cuota que permite pagar la totalidad del SIFS). Sin embargo, el beneficiario del podrá solicitar el ajuste o suspensión de las cuotas en las siguientes situaciones: Si la cuota predeterminada excede el 10% de la renta mensual del beneficiado, ésta será rebajada a dicho monto. Si el beneficiario recibe una renta mensual inferior al sueldo mínimo, se suspenderá el pago de las cuotas. Este beneficio podrá renovarse todas las veces que sea necesario.
III. Modalidad de pago del Sistema de Financiamiento Solidario Beneficios del SIFS y periodo de pago Si un beneficiario del SIFS se acoge al ajuste de las cuotas y/o a la suspensión del pago, esto no implicará una extensión de su plazo de pago. Reliquidación Utilizando información sobre las rentas anuales de los beneficiarios del SIFS, se realizarán reliquidaciones en el caso de aquellos que hayan hecho uso del ajuste de la cuota o de la suspensión del pago. Esto con el objetivo de chequear que los beneficios estuvieron correctamente otorgados, y corregir en caso que corresponda. Recálculo del valor de las cuotas Para aquellos beneficiarios que hayan solicitado el ajuste o la suspensión de pago, las cuotas predeterminadas serán recalculadas periódicamente para que así salden la deuda en el plazo correspondiente. Sin embargo, los beneficiarios siempre podrán solicitar el ajuste de sus cuotas o la suspensión del pago, sin importar el valor de la cuota recalculada.
III. Modalidad de pago del Sistema de Financiamiento Solidario Mecanismos de cobranza en caso de morosidad En el caso de los beneficiarios del SIFS que estén morosos, es decir, que no hayan pagado sus cuotas sin haber solicitado el ajuste o la suspensión de pago, se podrá retener su devolución de impuestos. En este procedimiento, el beneficiario será informado y tendrá un plazo de diez días para apelar. Prepago e incentivos al pago oportuno La Administradora tendrá atribuciones para diseñar mecanismos de prepago del SIFS e incentivos al pago oportuno de cuotas.
IV. Mecanismo de extinción de la deuda en el Sistema de Financiamiento Solidario
Extensión del plazo de pago IV. Mecanismo de extinción de la deuda en el Sistema de Financiamiento Solidario Extinción de la deuda Una vez que se cumple el plazo de pago de la última cuota, se extinguirá su deuda sea cual sea el saldo insoluto. Ejemplos: Si un beneficiario se acogió durante todo el periodo de pago al ajuste de cuotas al 10% de su renta, se extinguirá su deuda al cumplirse la fecha de pago de su última cuota a pesar de que sus pagos no hayan sido suficientes para pagar todo el monto adeudado. Si un beneficiario recibió rentas inferiores al sueldo mínimo durante todo el periodo de pago y se acogió constantemente al beneficio de suspensión de pago, su deuda se extinguirá en el plazo de pago de su última cuota aunque no haya pagado nada. Extensión del plazo de pago El único caso en que se extenderá el plazo de pago será el de los deudores morosos, es decir, aquellos que dejan de pagar sus cuotas sin solicitar ni el ajuste ni la suspensión de pago. En estos casos, el saldo en mora se reprogramará en hasta 60 cuotas adicionales al plazo de pago.
V. Tratamiento de los deudores del Crédito con Aval del Estado y del Fondo Solidario
V. Tratamiento de los deudores del Crédito con Aval del Estado y del Fondo Solidario Fin al otorgamiento de nuevos CAE y Fondo Solidario Desde que comience a regir el SIFS, no se otorgarán nuevos CAE ni Fondo Solidario. Quienes ya se encuentren estudiando con dichos créditos podrán renovarlos, o bien cambiarse voluntariamente al nuevo sistema. Tratamiento de los deudores del CAE que están al día en sus pagos Quienes se encuentren al día en sus pagos, podrán solicitar a la Administradora el traspaso de su deuda a las condiciones y reglas de pago establecidas en el Sistema de Financiamiento Solidario.
Tratamiento de los deudores morosos del CAE V. Tratamiento de los deudores del Crédito con Aval del Estado y del Fondo Solidario Tratamiento de los deudores morosos del CAE Quienes se encuentren con cuotas vencidas y no pagadas, sin garantías ejecutadas, podrán solicitar a la Administradora que su deuda (al día y morosa) sea traspasada a las condiciones y reglas de pago del Sistema de Financiamiento Solidario. Para ello, deberán pagar por única vez un cargo de transferencia de hasta 5 UTM, el cual será fijado por la Administradora. Los deudores que se encuentren en un proceso ejecutivo de cobro en su contra por incumplimiento de su obligación de pago, encontrándose con garantía autorizada a pago, podrán solicitar un convenio de pago con la Tesorería General de la República, sujeto a las condiciones y reglas de pago del Sistema de Financiamiento Solidario. Para ello, deberán pagar por única vez un cargo de transferencia de hasta 5 UTM, el cual será fijado por la Administradora. En ambos casos, en la tabla de desarrollo del SIFS se hará la imputación del pago de las cuotas vencidas y no pagadas del CAE a las cuotas finales del plazo de pago del SIFS.
Informe Financiero SIFS
Informe Financiero SIFS Promedio costo fiscal anual en régimen (2043-2047) SFS a entregar Pérdidas efectivas menos garantías ejecutadas (1) Costo financiero provisiones (2) Costo fiscal total (1)+(2) $301.760 millones de pesos $153.920 millones de pesos $13.824 millones de pesos $167.744 millones de pesos Nota: “Régimen” se define en este caso como cuatro años de operación completa, tanto en entrega como en recuperación. Fuente: Informe Financiero DIPRES. Valores en dólares fueron transformados a un tipo de cambio de $640. Recursos destinados al CAE en la Ley de Presupuestos 2018: Recompra: $518.756 millones. Subsidios: $30.873 millones.
Informe Financiero SIFS Desembolsos por traspaso de deudores CAE Renovaciones para alumnos que se encuentran estudiando y que tienen CAE $868.352 millones de pesos Refinanciamiento del stock de deuda de alumnos que se encuentran estudiando y que tienen CAE $1.469.952 millones de pesos Refinanciamiento del stock de deuda de créditos CAE sin garantía ejecutada $1.037.696 millones de pesos Total desembolso por traspaso de deudores CAE $3.376.000 millones de pesos Fuente: Informe Financiero DIPRES. Valores en dólares fueron transformados a un tipo de cambio de $640.