EDWARD ALGARRA e.algarra@amcaudit.com.co Celular 3212363392 Calle 105ª No 14 92 Oficina 207 Telefono 7037115.

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Transcripción de la presentación:

EDWARD ALGARRA e.algarra@amcaudit.com.co Celular 3212363392 Calle 105ª No 14 92 Oficina 207 Telefono 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 REGISTRO OBLIGATORIO NIIF LEY 1819 DE 2016 DECRETO 1998 DE 2017 AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 TEMAS A TRATAR Orientación Técnica 001 CTCP Acumulación y devengo Versus Causación Ley 1819 Art 137 Adiciona el Art 771-2. Normatividad Decreto reglamentario 1998 Decreto 1625 D.U.R. Resolución 073 de diciembre 29 de 2017 AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 TEMAS A TRATAR Alistamiento y Decodificación. Reclasificaciones y Errores Registro de contabilidad Multipropósito PARTE PRACTICA Casos especiales ley 1819 Formato 2516 AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Orientación Técnica 001 CTCP Contabilidad: “La contabilidad es un sistema de control de naturaleza económica que tiene como objetivo regular el tratamiento de la información económica, financiera y social que, en desarrollo del objeto social, se genera en el entorno o al interior de la empresa o ente económico. “ “La contabilidad en su conjunto de elementos relacionados advierte tres grandes subsistemas, como son: el subsistema conceptual, el subsistema documental y el subsistema instrumental. Cada uno de estos a su vez está conformado por una serie de elementos con el objetivo de contribuir a que la contabilidad alcance su cometido u objetivo… “ AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Orientación Técnica 001 CTCP NIIF: “Las normas de información financiera son un conjunto de estándares técnicos que establecen los criterios para reconocer, medir, presentar y revelar información financiera en los estados financieros de propósito general de una entidad que se encuentra bajo la hipótesis de negocio en marcha”. “Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación, en el balance o en el estado de resultados, de una partida que cumpla la definición del elemento correspondiente, satisfaciendo además los criterios para su reconocimiento establecidos en el párrafo 4.38.” AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Orientación Técnica 001 CTCP NIIF NO ES CONTABILIDAD: Al leer las anteriores referencias, parecería ser que las NIIF hicieran a un lado la contabilidad para centrarse en los estados financieros. No podría afirmarse tal cosa, dado que se entiende que los estados financieros se alimentan del sistema contable, pero sí es cierto que el centro de las NIIF son los estados financieros de propósito general y no la contabilidad. De hecho, el centro son los estados financieros al cierre del ejercicio contable, y yendo aún más allá, son los estados financieros principales (consolidados y no consolidados)1 , dado que tanto la NIC 34 (Información Financiera Intermedia), como la NIC 27 (Estados Financieros Separados), son normas opcionales que son aplicadas voluntariamente o por requerimientos específicos de las entidades de regulación o supervisión. AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Orientación Técnica 001 CTCP NIIF NO ES CONTABILIDAD: Al leer las anteriores referencias, parecería ser que las NIIF hicieran a un lado la contabilidad para centrarse en los estados financieros. No podría afirmarse tal cosa, dado que se entiende que los estados financieros se alimentan del sistema contable, pero sí es cierto que el centro de las NIIF son los estados financieros de propósito general y no la contabilidad. De hecho, el centro son los estados financieros al cierre del ejercicio contable, y yendo aún más allá, son los estados financieros principales (consolidados y no consolidados)1 , dado que tanto la NIC 34 (Información Financiera Intermedia), como la NIC 27 (Estados Financieros Separados), son normas opcionales que son aplicadas voluntariamente o por requerimientos específicos de las entidades de regulación o supervisión. AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Orientación Técnica 001 CTCP RECLASIFICACIONES PARA EFECTOS DE PRESENTACIÓN: Sección 29.2 El impuesto corriente es el impuesto por pagar (recuperable) por las ganancias (o pérdidas) fiscales del periodo corriente o de periodos anteriores. Cta Ctes comerciales: control contable de saldos Marco conceptual párrafo 30: cualquier diferencia de cambio, incluida en esta pérdida o ganancia, también se reconocerá en los resultados del periodo. AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 NORMA TRIBUTARIA Art. 22. ley 1819 y 21-1 del ET. Para la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios, en el valor de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos, los sujetos pasivos de este impuesto obligados a llevar contabilidad aplicarán los sistemas de reconocimientos y medición, de conformidad con los marcos técnicos normativos contables vigentes en Colombia, cuando la ley tributaria remita expresamente a ellas y en los casos en que esta no regule la materia. En todo caso, la ley tributaria puede disponer de forma expresa un tratamiento diferente, de conformidad con el artículo 4 de la ley 1314 de 2009. Para los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad, los ingresos, gastos, pasivos, activos realizados fiscalmente son los ingresos, gastos, pasivos, activos, etc devengados contablemente en el año o período gravable. AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Ámbito Tributario de Aplicación ARTÍCULO 772-1. CONCILIACIÓN FISCAL. <Artículo adicionado por el artículo 137 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 4o de la Ley 1314 de 2009, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deberán llevar un sistema de control o de conciliaciones de las diferencias que surjan entre la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos contables y las disposiciones de este Estatuto. El Gobierno nacional reglamentará la materia. El incumplimiento de esta obligación se considera para efectos sancionatorios como una irregularidad en la contabilidad. AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Sistema de control y conciliación de las diferencias NIIF - ET Diferencias Activos, Pasivos, Ingresos, Costos, Gastos (deducciones) –otras- Conciliacion = cifras fiscales = declaración de renta (obligatorio) Conciliacion = cifras fiscales = declaración de renta (obligatorio) Diferencias de reconocimiento y medición Herramienta del contribuyente Control detalle Diferencias contables y fiscales Deberá garantizar la identificación y detalle de las diferencias AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

SI SE CORRIGE LA RENTA DEBEN CORREGIRSE EL REPORTE . Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Decreto 1998 Informe consolidado de los saldos contables y fiscales Consolidan y Explican SI SE CORRIGE LA RENTA DEBEN CORREGIRSE EL REPORTE . Constituye Anexo de la renta Reporte Presentación a la DIAN AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

No se lleva Herramienta Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Decreto 1998 NO corresponda a sistemas de medición y reconocimiento No se lleva Herramienta Medicion contable y fiscal de otros impuestos Diferencias Reporte Las diferencias se identifiquen y expliquen a traves del reporte: No es necesario el control detalle AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

Sin Exceder 20.000 UVT Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Conciliación por el termino de firmeza Art 714 del ET Como medio de prueba 772 al 775 del ET Irregularidad en contabilidad Art. 655 del ET Otros aspectos Sanciones 0,5% del mayor entre el PT liquido o los ingresos netos del la declaración anterior Sin Exceder 20.000 UVT AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 D.U.R. Artículo 1.7.1. de Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, señala que: El Reporte de Conciliación fiscal forma parte de la Conciliación fiscal, y que corresponde al informe consolidado de los saldos contables y fiscales, en donde se consolidan y explican las diferencias que surjan entre la aplicación de los marcos técnicos normativos contables y las disposiciones del Estatuto Tributario. Artículo 1.7.4. del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, faculta a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para que prescriba el formato para el Reporte de Conciliación fiscal. Parágrafo transitorio: señala que el formato del reporte de la conciliación fiscal del año gravable 2017 debe ser definido a más tardar el 29 de diciembre de 2017. AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115 Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Resolución 073 de 2017 Formato de Reporte de conciliación fiscal para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad. Es un anexo del formulario 110 diligenciado por los obligados a llevar contabilidad cuyos ingresos brutos fiscales sean iguales o superiores a 45.000 UVT o de forma voluntaria No presentarlo a la DIAN no implica la no elaboración (estar a disposición). Inlcuye todos los ingresos (hasta los de G.O.) AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

1732 INFORME DE RELEVANCIA TRIBUTARIA QUEDA PRESCRITO Registro obligatorio Decreto 1998 de 2017 Resolucipon 073 de 2017 Caratula Grupo 3 con 45.000 UVT Estado de situación financiera (ESF) patrimonio Estado de resultados integral (ERI) y renta liquida 1732 INFORME DE RELEVANCIA TRIBUTARIA QUEDA PRESCRITO DEMÁS SECCIONES DE FORMA VOLUNTARIA AMC AUDIT S.A. info@amcaudit.com.co 7037115

EDWARD ALGARRA e.algarra@amcaudit.com.co Celular 3212363392 Calle 105ª No 14 92 Oficina 207 Telefono 7037115 MUCHAS GRACIAS