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CARTA CIRCULAR 010 DE 2012 CGN Régimen de contabilidad pública NIIF Y NISC(IPSAS) para el sector público La CGN. Adelanta proyecto estudio actualización.

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1 CARTA CIRCULAR 010 DE 2012 CGN Régimen de contabilidad pública NIIF Y NISC(IPSAS) para el sector público La CGN. Adelanta proyecto estudio actualización del Régimen de Contabilidad pública 4 estándares Internacionales de Contabilidad Normas Internacionales de Información financiera emitidas por el Consejo de Estándares Internacionales de contabilidad (IASB), para las empresas de propiedad estatal y las Normas Internacionales de contabilidad para el sector público NICSP emitidas por el IFAC para las entidades del gobierno La política de Regulación Contable contable publica en la modernización del régimen de contabilidad pública RCP a estándares Internacionales adelanta las siguientes actividades: Basados en

2 La información se prepara el 1 de enero de 2012
Resolución 0033/2012 Se dictan disposiciones de aplicación voluntaria de las NIIF, por parte de las empresas sujetas al ámbito de aplicación del RCP DISPOSICIONES Empresas, cuyos instrumentos de deuda y de patrimonio se negocian en el mercado de valores Podrán Preparar y presentar voluntariamente para efectos de medición de impuestos bajo NIIF Las que debieran hacerlo deberían enviar carta del representante legal a la CCG hasta el 30 DE Abril del Modificada Resolución 220/2012 así deberán avisar a más tardar el 31 de Mayo de 2012 a la CGN La información se prepara el 1 de enero de 2012

3 Cronograma de aplicación
Periodo de preparación obligatoria 01 de Enero 13 al 31 de diciembre del 2013 Fecha de transición 01 de Enero de 2014 al 31 de Diciembre de 2014 Fecha de aplicación 01 De Enero de 2015 al 31de Diciembre de 2015 Fecha de reporte 31 de diciembre de 2015 Por la cual se incorpora en RCP el marco normativo el Decreto 2784 de 2012 RESOLUCIÒN 051/2013 Aplicado por empresas del RCP y que cumplan algunas de las siguientes condiciones: Que tengan valores inscritos Registro Nacional de Valores y emisores (RNVE) Que hagan parte de un grupo económico cuyo matriz tenga valores inscritos en el registro nacional de valores y emisores Que sea sociedad fiduciaria Que corresponda a negocios fiduciarias cuyos títulos estén inscritos en el RNVE y su fideicomitente sea directa o indirecta una o más empresas públicas

4 RESOLUCION 588 DE 2013 Para entidades que al 31 de diciembre de 2014 entrega información a usuarios externos bajo NIIF, no requerirán preparar estados financieros de apertura Las empresas públicos que no cumplan y lo señalado los literales a, b o c y los negocios fiduciarios de los literales do e seguirán aplicando pcc hasta que la CGN expida el modelo aplicable Los bancos y entidades aseguradores entraran en convergencia de acuerdo con las normas del contador general de la nación 1 ° de enero de 2014 Estas entidades seguirán aplicando la regulación expedida por la supe financiera hasta que la CGN expida el marco normativo 1° de enero de 2014 y 31 de diciembre de 2014

5 Establecimientos bancarios y entidades aseguradoras
Adiciona a este grupo: Establecimientos bancarios y entidades aseguradoras Fondos de garantía y entidades financieras aseguradoras con regímenes especiales sean o no emisores de valores. Banco de republica RESOLUCIÒN 743 La entidades de este grupo aplicaran lo dispuesto en este decreto , salvo lo dispuesto en : Tratamiento de cartera de crédito u deterioro, la valoración y la clasificación de inversiones Nic 39 y NIIF 9 DEL ANEXO Tratamiento de las reservas técnicas catastróficas, las reservas de siniestralidad y la de influencia de activos niif 4 Estos efectos se aplicarán procedimientos inversiones de la supe financiera El banco de la república, la salvedad es: Tratamiento contable en el ajuste en cambio reservas internacionales ocasionadas en las fluctuaciones de la tasa DECRETO 2784 DE 2012

6 RESOLUCION 037 DE 7 DE FEBREO DE 2017
Marco conceptual para a información financiera Normas d información financiera Catálogo general de cuentas y Doctrina contable Por el cual se regula el marco técnico normativo para empresas que cotizan en el mercado de valores, o que captan o administra ahorro público. Conformado por:


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