Sandra Patricia Ramírez Cabanzo Bogotá, Septiembre 2012 ESPECIALIZACION EN GERENCIA DEL TALENTO HUMANO GENERACIÓN DE ESTRATEGIAS ADMINISTRATIVAS PARA ASEGURAMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE CARRERA DEL– INCODER Sandra Patricia Ramírez Cabanzo Bogotá, Septiembre 2012
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA (Antecedentes) La Ley 909 de 2004, de Carrera Administrativa, establece, en su Artículo 24: “Encargo. Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa…, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño… El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el empleo inmediatamente inferior que exista en la planta de personal de la entidad,
1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA Este estudio se centra en identificar como algunos modelos administrativos, vulneran los derechos de los servidores públicos y los derechos adquiridos por los profesionales que venían ejerciendo unas coordinaciones en el INCODER, y en un proceso de restructuración se ponen requisitos por encima de lo nombrando para que no puedan acceder a ser encargados en los nuevos perfiles creados. CASO INCODER Relación de cargos de planta de personal por años frente al número de casos presentados
1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA En el Manual de Funciones se detallan los requisitos en conocimientos, experiencia y competencias específicas de cada cargo, para el cumplimiento de las funciones de las dependencias y el logro de la misión institucional. El Estudio Técnico para su creación justificó los niveles de responsabilidad y carga laboral altas, como uno de los argumentos para su creación para mejorar sus niveles salariales, para que contrarrestara el impacto de la responsabilidad y del tiempo de dedicación diario a la gestión desarrollada. El juicio está basado en el estudio que hicieron de cada historia laboral de los servidores que trabajaban en esas áreas, para que ninguno de ellos cumpliera los requisitos que se estaban exigiendo y de esta manera no permitir posibles encargos, contemplado en el artículo 24 de la ley 909 de 2004 a los servidores de carrera administrativa, y permitiendo la violación del derecho fundamental constitucional contemplado en el artículo 13 del Constitución Política de Colombia de 1991, de que “todos son libres e iguales ante la ley, recibirán el mismo trato y gozaran de los mismos derechos y oportunidades sin ninguna discriminación.”
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ¿Qué estrategias administrativas deben generarse para evitar la vulneración de los derechos adquiridos por los servidores públicos de carrera administrativa para acceder a los encargos de vacancias definitivas?
1.3 SISTEMATIZACIÓN DEL PROBLEMA Directrices de la Función Pública vs Manual de Funciones del INCODER Procesos administrativos, afectados con la vulneración de los derechos de los servidores públicos de carrera administrativa En el INCODER se aplica la Ley de carrera administrativa, la Ley 909 de 2004 El Manual de Funciones del INCODER respondió a criterios técnicos
2. JUSTIFICACIÓN Esta propuesta de investigación, es relevante por cuanto pone de manifiesto: la violación de lo normado en la ley de carrera administrativa frente a los derechos de los servidores Genera en la organización un inadecuado clima laboral. Cierra el camino a los servidores de carrera administrativa, por no poder acceder a encargos en puestos más altos, atendiendo a presiones políticas o jerárquicas. El INCODER se viene preparando para otra reestructuración y en esta medida se justifica, ofrecer alternativas que permitan prevenir situaciones anómalas como las que se evidenciaron. Dar cumplimiento a uno de los objetivos de la Carrera Administrativa, como es la profesionalización de su Talento Humano.
3. OBJETIVOS 3.1 GENERAL Crear estrategias y mecanismos que propendan por el respeto de los derechos de los servidores de carrera administrativa en la administración pública colombiana.
3.2 ESPECÍFICOS Identificar que normas se infringieron que llevaran a la violación de los derechos adquiridos de los servidores públicos de carrera administrativa. Plantear las estrategias para evitar la vulneración de los derechos de los servidores públicos de carrera administrativa, basados en la normatividad legal vigente.
4. MARCO REFERENCIAL 4.1 MARCO INSTITUCIONAL
LINEA DEL TIEMPO DEL INCODER.
4.1 MARCO INSTITUCIONAL
ACTORES DE LOS PROCESOS CON QUIENES INTERACTÚA EL INCODER A NIVEL NACIONAL
4.2 MARCO JURIDICO MISIONAL
DECRETOS - LEY DEL MARCO JURÍDICO
4.3 MARCO JURIDICO PROYECTO DE INVESTIGACION
4.4 MARCO TEORICO La función pública, está definida y desarrollada en el Capítulo 2 de la Constitución Política de Colombia, del artículo 122 al 131, entendiéndola como la relación de empleo público con la administración pública y más especialmente con el conjunto de normas y reglas que se aplican a esta relación.
4.4 MARCO TEORICO La administración pública tiene a su cargo toda la actividad estatal que no desarrollan los otros poderes (legislativo y judicial); su acción es continua y permanente, siempre persigue el interés público, adopta una forma de organización jerarquizada y cuenta con elementos personales, patrimoniales con una estructura jurídica y con procedimientos técnicos.
4.4 MARCO TEORICO El empleo público en Colombia, basados en la Constitución política está conformado por diferentes elementos, entre los que encontramos la nomenclatura y clasificación; las funciones asignadas; los requisitos exigidos para el desempeño; la remuneración correspondiente a las funciones asignadas y su responsabilidad, la incorporación en una planta de personal.
4.4 MARCO TEORICO El servidor público, “Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento”. Constitución Política de Colombia artículo 123,
4.4 MARCO TEORICO La carrera administrativa, “Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley. Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público. El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. El retiro se hará: por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo; por violación del régimen disciplinario y por las demás causales previstas en la Constitución o la ley” Constitución Política de Colombia artículo artículo 125
4.4 MARCO TEORICO “La carrera administrativa es un sistema técnico de administración de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer; estabilidad e igualdad de oportunidades para el acceso y el ascenso al servicio público. Para alcanzar este objetivo, el ingreso y la permanencia en los empleos de carrera administrativa se hará exclusivamente con base en el mérito, mediante procesos de selección en los que se garantice la transparencia y la objetividad, sin discriminación alguna.” Ley 909 de 2004m, artículo 27
4.4 MARCO TEORICO Artículo 24.”Encargo. Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, y una vez convocado el respectivo concurso, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente. El término de esta situación no podrá ser superior a seis (6) meses. (Subrayado fuera de texto). Ley 909 de 2004, artículo 24
5. METODOLOGÍA ¿Qué estrategias administrativas deben generarse para evitar la vulneración de los derechos adquiridos por los servidores públicos de carrera administrativa para acceder a los encargos de vacancias definitivas?
5.1 Enfoque y Tipo de Investigación Estudio de caso descriptivo de carácter cualitativo que permitió identificar los hechos y las respectivas variables para el proceder analítico del proyecto. 5.2 Técnicas de Recolección de Información Observación participante, Entrevista semiestructurada, Historias Laborales,
5.3 POBLACIÓN Y MUESTRA Para el diseño y aplicación de la entrevista , se tuvo en cuenta, como muestra el 100% de los servidores a quienes se les violó el derecho preferencial al encargo en el año 2007 y 2009; 5 servidores adicionales para analizar su apreciación frente a los hechos, al Jefe de Talento Humano y al Secretario General del INCODER. Esta muestra se considera óptima pues para el desarrollo del proyecto, era indispensable contar con la presencia y las voces de las personas directamente afectadas por la vulneración de sus derechos laborales.
5.4 Descripción de Variables 5.4.1 Normatividad para la elaboración del Manual de Funciones y Competencias Laborales 5,4,2, Derechos de los servidores públicos de carrera Se define un cuadro de control de variables. Normatividad, versus hechos, y derechos infringidos.
FASES FASE 1. Búsqueda de elementos teóricos y administrativos, normatividad interna y externa, condiciones de selección, jurisprudencia, consulta de las historias laborales de los servidores vulnerados. FASE 2. Diseño y aplicación de entrevistas FASE 3. Identificación y análisis de la normatividad infringida FASE 4. Análisis de la información de entrevistas, y definición de estrategias administrativas
6. DESARROLLO DEL PROYECTO 6.1 ELEMENTOS TEÓRICOS Y ADMINISTRATIVOS SOBRE NORMATIVIDAD LABORAL DE LOS SERVIDORES VULNERADOS La doctrina emitida por la CNSC en relación con los encargos y las plantas globales, impone la obligación de su observancia plena a todas las entidades, con independencia de las disposiciones internas que expidan para regular la materia, sometidos a la administración y vigilancia de la CNSC.
CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991 CAPITULO 5. DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA ARTICULO 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Ley 909 de 2004. Artículo 2º. Principios de la función pública. La función pública se desarrolla teniendo en cuenta los principios constitucionales de igualdad, mérito, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia, celeridad y publicidad. 2. El criterio de mérito, de las calidades personales y de la capacidad profesional, son los elementos sustantivos de los procesos de selección del personal que integra la función pública… 3. Esta ley se orienta al logro de la satisfacción de los intereses generales y de la efectiva prestación del servicio, de lo que derivan tres criterios básicos:
La profesionalización de los recursos humanos al servicio de la Administración Pública que busca la consolidación del principio de mérito y la calidad en la prestación del servicio público a los ciudadanos; La flexibilidad en la organización y gestión de la función pública para adecuarse a las necesidades cambiantes de la sociedad… La responsabilidad de los servidores públicos por el trabajo desarrollado, que se concretará a través de los instrumentos de evaluación del desempeño y de los acuerdos de gestión… LEY 909 de 2004. Artículo 25. Provisión de los empleos por vacancia temporal. Los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera
LEY 909 de 2004. Artículo 24. Encargo. Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, y una vez convocado el respectivo concurso, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño sea sobresaliente. El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el empleo inmediatamente inferior que exista en la planta de personal de la entidad, siempre y cuando reúna las condiciones y requisitos previstos en la norma. De no acreditarlos, se deberá encargar al empleado que acreditándolos desempeñe el cargo inmediatamente inferior y así sucesivamente.
“En resumen, el anterior es el marco legal general vigente y la doctrina de la CNSC en relación con los encargos y las plantas globales, el cual impone la obligación de su observancia plena a todas las entidades, con independencia de las disposiciones internas que expidan para regular la materia, sometidos a la administración y vigilancia de la CNSC.” Concepto 02 – 025360, Septiembre 20 de 2010. La CNSC en sus diferentes actos administrativos y conceptos ha recalcado que las entidades no pueden internamente modificar, sustituir o cambiar los requisitos establecidos en Ia Ley, máxime cuando estos se presentan cumplidos por el aspirante.
6.2 PUBLICIDAD DE LAS VACANTES A PROVEER MEDIANTE ENCARGO LEY 909 de 2004. "Artículo 33. Mecanismos de publicidad. La publicidad de las convocatorias será efectuada por cada entidad a través de los medios que garanticen su conocimiento y permitan la libre concurrencia, de acuerdo con lo establecido en el reglamento. La CNSC recomienda dar a conocer las vacantes a proveer mediante encargo previamente a tomar la decisión del servidor en quien debe recaer. CNSC, Resolución 215 del 8 de febrero de 2011.
6.3. DISEÑO, APLICACIÓN Y ANALISIS DE ENCUESTAS Y ENTREVISTAS A SERVIDORES
APLICACIÓN DE LA ENTREVISTA
RESULTADO
6.4 IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE LA NORMATIVIDAD INFRINGIDA
6.4 NORMATIVIDAD INFRINGIDA
6.4 NORMATIVIDAD INFRINGIDA
GENERACIÓN DE ESTRATEGIAS ADMINISTRATIVAS 6.5. GENERACIÓN DE ESTRATEGIAS ADMINISTRATIVAS
CONCLUSIONES Falta de conocimiento de los servidores de carrera, en la normatividad relacionada con el derecho preferente al encargo, situación aprovechada por grupos de poder, quienes aplicaron, en forma poco ética el proceso de encargos con los mínimos exigidos por la norma, para favorecer los servidores que les pueden brindar un apoyo, haciéndose necesario crear estrategias y mecanismos que propendan por el respeto de los derechos de los servidores de carrera administrativa, en la administración pública. Los servidores que presuntamente se les violó el derecho preferencial a ser encargados, reconocen la vulneración de sus derechos, pero se presentan dos situaciones, o desconocen los procedimientos a seguir porque no conocen las normas para hacerlos valer, o les da miedo exigirlas porque puedan tener represalias para su vida laboral, en caso de exigir el cumplimiento de sus derechos adquiridos por ser servidores públicos de carrera administrativa. Las entidades no están interesados en conocer o aplicar mecanismos de publicidad, como una estrategia para evitar la vulneración de los derechos de los servidores públicos de carrera administrativas, para desarrollar el programa de encargos, las vacantes no son publicitadas. se convirtieron en sujetos pasivos por desconocer los mecanismos que tienen para reclamar sus derechos.
CONCLUSIONES En relación con la entrevista realizada al presidente de la CNSC, se dejó en claro la vulneración de los derechos de los servidores de carrera administrativa por los directivos de las diferentes entidades de la rama ejecutiva del poder público y acaró el procedimiento para cerrar los perfiles en los Manuales de funciones afirmó La vulneración de los derechos con la restricción de especializaciones no justificadas técnicamente, vieron afectaron los derechos de los servidores de carrera administrativa y generó baja motivación para el ejercicio de sus cargos, situación que quedo identificada en las diferentes entrevistas realizadas. Desconocimiento del coordinador del talento humano y de los servidores que desarrollaron los procedimientos para identificar las estrategias administrativas para terminar con encargos mal elaborados, una vez fueron identificados.
CONCLUSIONES Con base en la revisión de Actas de la Comisión de Personal en las respuestas presentadas sobre la reclamaciones realizadas ante la Comisión de Personal, se analizaron las diferentes reclamaciones de encargos y no existe ninguna que argumente el haberse cerrado el perfil profesional, que va en contra del principio constitucional de la igualdad, las reclamaciones estaban relacionadas con el derecho preferencial al encargo . Se evidenció falta de controles en la administración pública para evitar este tipo de actuaciones que hacen que no se cumpla con los principios de la función pública. Y que permitió determinar el desconocimiento por parte de los servidores de la Entidad sobre los derechos de los servidores públicos y en especial de los derechos preferentes al encargo consagrados en la Ley 909 de 2004. Existe un interés administrativo o de diferentes grupos de poder, para que los servidores desconozcan sus derechos y poder conseguir adeptos a sus causas o movimientos como favores conseguidos por ellos para ejercer presión o para conseguir agradecimientos.
CONCLUSIONES La falta de competencias en los saberes de los diferentes servidores hace que en lugar de propender la defensa de sus derechos, dejen pasar el día a día pensando que los otros son los responsables, o los llamados a defenderlos y no toman partido de las circunstancias presentadas en cada caso. Las entidades deben desarrollar y poner en marcha los Mapas de Carrera definidos en la Ley 909 de 2004, donde se identifique, con estudios objetivos, quienes pueden llenar los requisitos tanto de estudios como de experiencia y laborales y comportamentales, para el desempeño de un empleo determinado. La entidad es responsable de la medición de las competencias laborales de los diferentes empleos, identificando, con base en niveles de responsabilidad los requisitos para su ejercicio, requisitos de liderazgo, de manejo de grupo, de asertividad en la comunicación, de manejo de estrés, de manejo de conflictos, para su desempeño efectivo. Se debe institucionalizar la publicación de las vacantes, con el fin de democratizar la oportunidad de todos los servidores para postularse a los encargos, con el fin de bajar la presión de los grupos de poder y socializa la información mejorando canales de comunicación de la alta gerencia con todos los servidores, fomentando una conciencia ética y de calidad.
RECOMENDACIONES Ajustar el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del INCODER a las normas técnicas existentes, sin cerrar perfiles profesionales de los servidores en requisitos de especializaciones, o justificarlo de manera técnica, sustentado en la mejora de la competencia de todos los cargos, por necesidades del servicios, evitando discriminación, obedeciendo a los principios rectores de la Entidad. Aplicar formalmente mecanismos de publicidad interna de las vacantes de la entidades, mientras surten procesos de nombramiento en periodo de prueba, cumpliendo con lo establecido por la Ley, los decretos reglamentarios y las resoluciones y circulares emitidas por la Comisión. Solicitar formalmente al Departamento Administrativo de la Función Pública emitir directrices más precisas, sobre la forma como deben quedar redactados los Manuales de Funciones, con base en el estudio. Los servidores públicos de las diferentes entidades gubernamentales deben apropiarse de la defensa de sus derechos de carrera administrativa con el fin de que los hagan respetar por si solos y no solamente atenerse a que las comisiones de personal sean su escudo de defensa, quien no conoce las normas que lo beneficia, no puede defender los derechos que le violan-
Gracias Sandra Patricia Ramírez Cabanzo