Juan Morales Ordóñez Ecuador Caracas, 8 de diciembre de 2009

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Transcripción de la presentación:

Juan Morales Ordóñez Ecuador Caracas, 8 de diciembre de 2009 El momento constitucional ecuatoriano. Una aproximación desde la Filosofía del Derecho Juan Morales Ordóñez Ecuador Caracas, 8 de diciembre de 2009

Hipótesis El momento constitucional ecuatoriano conjuga el positivismo jurídico del siglo XX con el tradicional enfoque iusnaturalista, que relaciona la norma con referentes ideales.

La Constitución como norma suprema Se potencia la importancia de los valores, reconociéndolos, constitucionalmente, como derechos y garantías. Se armoniza, replanteándola, la relación de la ley con los valores; de la norma con la estimativa jurídica; del código con la Sociología, Antropología y Filosofía del Derecho.

Plan de implementación Trabajamos en un momento importante… la implementación de la Constitución y del Código Orgánico de la Función Judicial.

La importancia del debate sobre el concepto del derecho Lo manejo como hilo de Ariadna o eje transversal. Debemos relacionarnos conceptualmente con el objeto de estudio: el derecho; pues de no hacerlo, corremos el riesgo de trabajar con algo no definido.

El positivismo jurídico del siglo XX El derecho es un sistema de normas conformado por una serie de preceptos y principios, dogmas y ficciones que permiten la coherencia de esta creación humana. El derecho es un conjunto de reglas que definen los intereses individuales y los de grupo, así como las relaciones sociales, en general, a nivel de conceptos y categorías jurídicas.

El derecho es una creación intelectual sofisticada. Todo sistema cuenta con elementos que cumplen, dentro de él, determinadas funciones. El derecho también se basa en preceptos y principios que lo estructuran.

Si no se trabaja con la estructura del derecho y se buscan referentes externos a lo jurídico, dejamos de lado su análisis científico y lo abordamos desde una especulación variopinta y no rigurosa.

La Teoría Pura del Derecho Kelsen llevó a la radicalización más extrema lo afirmado anteriormente. Pretendió eliminar toda confusión posible entre ciencia del derecho que tiene que ver con el conocimiento; y, la creación y aplicación del derecho que tiene que ver con la acción y voluntad humana.

La ciencia del derecho debe limitarse al derecho que es La ciencia del derecho debe limitarse al derecho que es. Se debe estudiar la norma desde su origen o modos de creación, su desarrollo y su aplicación. En Ecuador y en América Latina este enfoque no ha sido profundizado. Nos hemos conformado con el estudio de los contenidos de las normas y con su banal repetición.

Esta situación favorece la inequidad social. El positivismo jurídico no rechaza la posibilidad de que al derecho se lo pueda y deba analizar desde otros enfoques.

El encantamiento del positivismo científico en las ciencias sociales. Hoy el camino es diferente. La ciencia es importante pero lo son también las otras instancias de comprensión: intuición, percepción, emoción, creencias y espiritualidad en general.

El derecho como regulador de conductas humanas debe ser abordado desde la amplitud humana mayor y no solamente desde la racionalidad objetiva.

El debate sobre el concepto del derecho ¿ El derecho es únicamente la norma escrita ? ¿ Justicia social ? ¿ Armonía y paz ? ¿ Bien común ? ¿ Seguridad y certeza ? Confucio, Aristóteles, Rousseau, Kant, Marx, Bolívar, Peralta y otros.

Nos hace falta trabajar en este aspecto. Corremos el riesgo de repetir lo de otros… nuevamente. Debemos construir desde nuestras posibilidades y para hacerlo debemos profundizar en nuestra identidad.

Buscar la fusión del individuo con lo colectivo, con la comunidad ecuatoriana, para desde ahí construir la identidad con los otros seres humanos.

Se trata de un estado de ánimo, de una búsqueda espiritual.

“El verdadero valor de un hombre se mide según una sola norma, en qué medida y porqué razón ha dejado su individualidad.” Einstein.

Los juristas, relacionados con la ilustración, debemos tratar de llegar a esos niveles. La investigación, el estudio; y, la vivencia práctica

Si debatimos y resolvemos el debate sobre el concepto del derecho en Ecuador, podemos aportar al reforzamiento de una institucionalidad jurídica legítima para todos nosotros.

Hoy, el pensamiento complejo y sistémico es una forma de comprensión, generalmente aceptada. Este enfoque contemporáneo que viene de las matemáticas, se relaciona directamente con el conocimiento ancestral del pueblo ecuatoriano, que incluye e integra en una visión amplia.

El derecho debe ser el resultado de la opinión de toda la población y no solamente de los ilustrados.

Ossorio: “En el abogado la rectitud de conciencia es mil veces más importante que el tesoro de los conocimientos, pues primero es ser bueno; luego firme; después prudente; la ilustración viene en cuarto lugar; la pericia en el último”.

La tridimensionalidad del derecho de Miguel Reale. Norma, hecho y valor.

La ley no es el derecho.

La nueva Constitución del Ecuador posiciona en el centro de lo jurídico a la justicia. Ponderación y proporcionalidad. La importancia de la Filosofía del Derecho.

A modo de conclusión El “sumak kawsay”. El Ecuador como Estado constitucional de derechos y garantías. Se reconocen los derechos de la naturaleza… Pachamama. La importancia de los principios generales del derecho.

Un debate inédito en la elaboración de las normas. El compromiso, la conciencia, la sensibilidad social, son fundamentales. La Constitución es legítima si y solamente si cumple con sus objetivos axiológicos.

Somos las personas quienes transformamos a lo social. Búsqueda del mejoramiento humano. Somos los individuos, quienes en última instancia, creamos, interpretamos y aplicamos las normas jurídicas.

¡ Gracias !