LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

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Transcripción de la presentación:

LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL Ley N° 26206 Sancionada y promulgada en diciembre de 2006

Título I: Disposiciones generales Capítulo I: Principios, derechos y garantías ART. 9º — El Estado garantiza el financiamiento del Sistema Educativo Nacional no será inferior al SEIS POR CIENTO (6%) del Producto Interno Bruto (PIB) Capítulo II: Fines y objetivos de la política educativa nacional

Título II: El sistema educativo nacional Capítulo I: Disposiciones generales ART. 14. — El Sistema Educativo Nacional es el conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Lo integran los servicios educativos de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación. ART. 16. — La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de CINCO (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria.

Ley 27.045 Publicada en enero de 2015: DECLARESE OBLIGATORIA LA EDUCACION INICIAL PARA NIÑOS/AS DE CUATRO (4) AÑOS EN EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL. SUSTITUYESE EL ARTICULO 16 DE LA LEY DE EDUCACION NACIONAL 26.206.

ART. 17. — La estructura del Sistema Educativo Nacional comprende CUATRO (4) niveles —la Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación Secundaria y la Educación Superior, y OCHO (8) modalidades. A los efectos de la presente ley, constituyen modalidades del Sistema Educativo Nacional aquellas opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos.

(NIVELES DEL SISTEMA EDUCATIVO): Capítulo II: Educación Inicial Capítulo III: Educación Primaria Capítulo IV: Educación Secundaria Capítulo V: Educación Superior

(MODALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO): Capítulo VI: Educación Técnico Profesional Capítulo VII: Educación Artística Capítulo VIII: Educación Especial Capítulo IX: Educación Permanente de jóvenes y adultos Capítulo X: Educación Rural Capítulo XI: Educación Intercultural Bilingüe Capítulo XII: Educación en contextos de privación de libertad Capítulo VI: Educación domiciliaria y hospitalaria

Título III: Educación de gestión privada Título IV: Los/as docentes Título V: Políticas de promoción de la igualdad educativa Título VI: La calidad de la educación Título VII: Educación, Nuevas Tecnologías y Medios de Comunicación Título VIII: Educación a Distancia Título IX: Educación No Formal

Título X: Gobierno y Administración En este apartado se desarrolla: el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología; el Consejo Federal de Educación; las autoridades educativas de las provincias y de la CABA; la institución educativa; derechos y deberes de los/as alumnos/as; y de los padres, madres, tutores/as. Título XI: Cumplimiento de los objetivos de la ley. Título XII: Disposiciones transitorias y complementarias. LA LEY 26206 COMPRENDE 145 ARTÍCULOS