El Sistema de Estadística Nacional y el INEC

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Transcripción de la presentación:

El Sistema de Estadística Nacional y el INEC Presentación general a miembros del Consejo Nacional Consultivo de Estadística en su juramentación ante el Consejo Directivo del INEC

Contenido Ley N° 7830 Sistema de Estadística Nacional El Sistema de Estadística Nacional (SEN): Acciones para su establecimiento formal El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC): principales programas y proyectos

1. Ley N° 7830 del Sistema de Estadística Nacional y su Reglamento

ESTRUCTURA DE LA LEY CAPITULO I: Creación del Sistema de Estadística Nacional (11 artículos) CAPITULO II: El Instituto Nacional de Estadística y Censos. Sección I: Funciones y atribuciones Sección II: Consejo Directivo Sección III. La Gerencia Sección IV: La Auditoría Sección V: Régimen de financiamiento CAPÍTULO III: Consejo Nacional Consultivo de Estadística

ESTRUCTURA DE LA LEY CAPITULO IV: Régimen sancionatorio Sección I: Principios aplicables Sección II: Infracciones y sanciones CAPÍTULO V: Disposiciones finales Disposiciones Transitorias

2. El Sistema de Estadística Nacional (SEN): Acciones para su establecimiento formal

Marco legal SEN OBJETIVO Propósito de racionalizar y coordinar la actividad estadística nacional, que permita producir y difundir estadísticas fidedignas y oportunas, para el conocimiento veraz e integral de la realidad costarricense (art.1) CONFORMACION Instituciones del Sector Público, Centralizado y Descentralizado, cuya actividad estadística sea relevante en los diversos campos de la vida costarricense. (art.1) RESPONSABILIDADES Programación, producción, elaboración y divulgación de la actividad estadística desarrollada por las dependencias estatales que conforman el SEN.(art.2). Las cuales aplicarán un mismo sistema normalizado de conceptos, definiciones, unidades estadísticas, clasificaciones, nomenclaturas y códigos que posibiliten comparación, integración y análisis de los datos y resultados. (art.3)

¿Qué es un SEN? “Es el conjunto de órganos de estadística del sector público, interrelacionados entre sí, que en forma integrada, coordinada, racionalizada y bajo una normativa técnica común, desarrollan actividades estadísticas oficiales”

Los SEN buscan la coordinación de los diferentes actores en los procesos de producción estadística en cuanto a: el uso de normas comunes y estándares internacionales y/o definidos al interior del país o región, la optimización en el uso de los recursos, la regulación de la producción estadística en el uso de normas y clasificaciones, aumentar la difusión de la información y lograr armonizar la producción con los requerimientos de los usuarios.

¿ Qué se ha hecho para el desarrollo del SEN?

Formular una Estrategia Nacional de Desarrollo Estadístico (ENDE) 2006-2010 Coordinación con autoridades políticas para incorporar una acción en el Plan Nacional de Desarrollo. Gestionar fondos ante el Banco Mundial para financiar las acciones de establecimiento del SEN. Establecer acuerdos de colaboración con otros organismos internacionales y nacionales

¿ Qué se ha logrado?

Planificación Reactivar el Área de Coordinación del SEN (5 funcionarios) Revisar el reglamento a la Ley del SEN Establecimiento de acuerdos de colaboración organismos internacionales e instituciones nacionales para producción y para la mejora en la calidad Diseñar y poner en la Web el Inventario Nacional de Operaciones Estadísticas del SEN (Se actualiza cada 2 años) Elaborar el nuevo Plan Estadístico Nacional 2012-2016

Calidad y armonización Iniciar la armonización de las estadísticas a partir de las clasificaciones económicas Proyecto de documentación metodológica y de las bases de datos de las principales operaciones estadísticas del SEN (PAD y ANDA) Elaborar y fomentar adscripción al Código de Buenas Prácticas Estadísticas para el SEN Conformación y participación en numerosas comisiones interinstitucionales para mejorar las estadísticas sectoriales Apoyo al MINAET para sistema de indicadores ambientales .

Diagnóstico y plan sobre necesidades de capacitación para el SEN Capacitación a mandos medios del INEC en curso de Formulación y evaluación de proyectos (ICAP) Capacitación encargados de oficinas del SEN sobre: Aspectos de calidad en la producción y divulgación de las estadística Documentación metodológica de las operaciones estadísticas Uso de nuevas clasificaciones estadísticas

Estrategia de Comunicación para el INEC Instancias para la rectoría del SEN Estrategia de Comunicación para el INEC Mejora de la página Web del INEC orientada a los usuarios y con un espacio para el SEN

3. Sobre el INEC?

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES Marco legal INEC POSICION Ente Técnico Rector de las estadísticas nacionales y coordinador del SEN. (art.12) FUNCIONES Y ATRIBUCIONES Establecer normas, modelos, formatos y terminología que regirán los procesos de producción y estadísticas realizadas por él mismo y las entidades que conforman el SEN. Solicitar información a todas las dependencia de la administración pública integrantes o no del SEN. Suministrar información de modo claro y oportuno. Producir las estadísticas directamente, y coordinar la producción con otros entes del sector público y privado o contratarla con otras instituciones públicas o privadas. Elaborar y mantener al día los directorios poblacionales para extraer muestras para las encuestas. Asesorar, técnica y metodológicamente en la elaboración de los convenios internacionales de carácter estadístico. Cualquier otra compatible con la naturaleza de sus funciones. PRODUCTOS Directorios Poblacionales (art.14) Estadísticas Nacionales (art. 15)

Instituto Nacional de Estadística y Censos Marco organizacional

Plan estratégico institucional 2012- 2020

Marco estratégico Valores: Calidad Excelencia Credibilidad Compromiso Visión: Seremos líderes en proveer a la sociedad Información geoestadística sobre la Realidad nacional. Misión: Somos responsables de la gestión de las estadísticas nacionales para orientar las decisiones que promueven el desarrollo del país. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Lograr un mejor posicionamiento del INEC para favorecer su credibilidad institucional y su función rectora del SEN. Poner a disposición de la sociedad productos estadísticos que confirmen el compromiso del INEC con la oportuna atención de las necesidades de estadísticas georeferenciadas. Disponer de una estructura organizativa, humana y tecnológica, sustentada en sistemas y procedimientos efectivos para generar productos y servicios de calidad y excelencia. Alcanzar mayor desarrollo de la comunicación, acceso y uso de la información estadística georeferenciada, producida por el INEC y por los demás integrantes del SEN. Conseguir un mayor fortalecimiento financiero que le permita al INEC disponer de condiciones adecuadas de organización y funcionamiento para coadyuvar a ampliar la oferta de estadísticas y la calidad de las mismas. Divulgación e inducción de los productos y servicios estadísticos. Promoción de productos y servicios estadísticos del INEC. Desarrollo y fortaleci- miento de capacidades organizativas y técnicas para ejercer su función de rector técnico de las estadísticas nacionales. Desarrollo de la producción estadística nacional georeferenciada a cargo del INEC. Fortalecimiento Institucional.

III. Sobre el Consejo Nacional Consultivo de Estadística

CONSEJO NACIONAL CONSUTIVO Artículo 38.- Créase el Consejo Nacional Consultivo de Estadística, como órgano consultivo de los servicios estadísticos estatales y de participación social de los informantes, productores y usuario de las estadísticas; en él estarán representados las organizaciones empresariales y sindicales, así como otros grupos e instituciones sociales, económicos y académicos.

CONSEJO NACIONAL CONSULTIVO Artículo 39.- El Consejo estará integrado por los siguientes representantes: a) Uno por cada una de las siguientes áreas del sector público: salud, trabajo, economía y educación. Serán nombrados por el Consejo de Gobierno. b) Dos de la Unión de Cámaras. c) Dos de las organizaciones sindicales de mayor afiliación. d) Dos del Consejo Nacional de Rectores. e) Uno del Banco Central.

CONSEJO NACIONAL CONSUTIVO Artículo 41.- El Consejo tendrá las siguientes funciones: a) Fungir como asesor y colaborador del INEC en el desarrollo de las finalidades encomendadas por la presente ley. b) Elaborar propuestas y recomendaciones sobre las necesidades nacionales, así como las de los usuarios, en materia de estadística. c) Rendir opinión respecto de los planes de trajo que le remita el INEC. d) Contribuir con la coordinación de los diversos centros de producción de estadísticas así como de los usuarios correspondientes. e) Recomendar, a la Junta Directiva del INEC, medidas reguladoras de la publicación de los informes estadísticos producidos por las entidades públicas.

Reglamento del Consejo Nacional Consultivo de Estadística

GRACIAS