Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad Argentina, 2017.

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Transcripción de la presentación:

Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad Argentina, 2017

Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad. OBJETIVOS DE LA DIRECCIÓN Llevar adelante los lineamientos que el Ministerio propone para mejorar la empleabilidad de las personas con discapacidad. Procurar la igualdad de oportunidades laborales para todos los trabajadores y trabajadoras con discapacidad. Elaborar y ejecutar programas para mejorar sus conocimientos y competencias laborales Las acciones y/o programas de esta Dirección se fundamentan en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que establece en su art. 27 el reconocimiento de los Estados Partes del “derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con los demás”, lo que incluye “el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laboral que sean abiertos, inclusivos y accesibles”.

Promover - Línea II – Apoyo a la inserción laboral Generalidades Objetivo: Asistir a los participantes del PROMOVER en la construcción o actualización de su proyecto formativo y ocupacional, en el desarrollo de trayectorias laborales pertinentes, en la finalización de estudios formales obligatorios, en la realización de experiencias de formación y/o de entrenamiento para el trabajo, en la generación de actividades productivas de manera independiente y/o en la inserción de empleos de calidad. Beneficiarios: Personas con Certificado de Discapacidad vigente (CUD, Provincial, Municipal) mayores de 18 años, desocupados, inscriptas en el Programa (certificados de discapacidad provinciales/municipales, se encuentran vigentes también son válidos) Se ejecutará en el territorio nacional a través de la Red de Oficinas de Empleo, en forma coordinada con las Gerencias de Empleo.

Condiciones para la implementación La Línea II, se instrumentará sólo en aquellos municipios donde se encuentren ejecutando: Seguro de Capacitación y Empleo Plan Jóvenes con Más y Mejor Trabajo

Incentivos de Apoyo a la Inserción Laboral Líneas de apoyo a la inserción laboral ( para personas con discapacidad) Acciones de Entrenamiento para el Trabajo Programa de Inserción Laboral A qué Empresas está dirigido Micro, pequeñas, medianas o grandes empresas del sector privado Requisitos para participar: . No haber realizado despidos colectivos en los últimos 6 meses No poseer sanciones por empleo no registrado sin regularizar Inscriptas en la AFIP Habilitación municipal del establecimiento Las empresas deben contar con un espacio de infraestructura edilicia y equipamiento adecuado

Programa de Entrenamiento para el Trabajo – EPT Promover – Línea II Programa de Entrenamiento para el Trabajo – EPT Objetivo: Incrementar las competencias, habilidades y destrezas de trabajadores desocupados y promover su inserción laboral a través de prácticas calificantes en ambientes de trabajo. Definición: Se trata de una experiencia laboral con una instancia de aprendizaje práctico en el puesto de trabajo y que cuenta también con acciones de capacitación teórica, en un ambiente de trabajo de una empresa. Destinatarios: Trabajadoras/es desocupados mayores de 18 años que cuenten con Certificado de Discapacidad vigente, que no se encuentren percibiendo la prestación por Desempleo ni ayudas económicas de otros programas sociales, de empleo o capacitación laboral. Este Programa no genera relación laboral por lo que es compatible con cualquier tipo de pensión

Acciones de Entrenamiento para el Trabajo - EPT Organismos ejecutores Podrán participar Organismos Privados los cuales deberán presentar su proyecto de entrenamiento e inscribirse en el REGICE. Los proyectos deben comprender actividades de capacitación teórica y de práctica en el puesto de trabajo y deberán contar con la asistencia de un tutor cada 5 participantes. El organismo ejecutor deberá brindar una cobertura de un seguro de accidentes personales para los participantes. Se otorgan Certificados de las empresa por las tareas realizadas para los/as trabajadores/as DURACIÓN Pueden ser de hasta veinte (20) semanales en el horario de 5 a 22 y de Lunes a Viernes. Pueden extenderse de 1 a seis (6) meses

Acciones de Entrenamiento para el Trabajo - EPT MTEySS Empresa Microempresas $ 3.600 Pequeñas Empresas $3.250 $ 350 Medianas empresas $ 2.800 $800 Grandes Empresas $1.850 $1.750

Programa de Inserción Laboral - PIL Objetivo: Promover la inserción laboral de los trabajadores con discapacidad, a través del otorgamiento de incentivos económicos a empleadores públicos y privados para su contratación. Promoción de la inclusión laboral de PcD en entornos laborales competitivos bajo las condiciones contractuales similares al resto de los trabajadores Dotar a PcD de la experiencia laboral concreta, en un puesto de trabajo efectivo, bajo las condiciones de trabajo habituales a la rama de la actividad y formando parte de un conjunto de trabajadores. Incentivar la contratación de PcD en la actividad privada, a fin de erradicar los prejuicios y miedos de los empleadores.

Programa de Inserción Laboral - PIL Beneficios económicos: Otorgamiento de beneficios económicos al empleador por la contratación de PcD, por el período de 12 meses. Dirigido a: Empresas Privadas y Dependencias Gubernamentales Destinatarios: Trabajadoras/es desocupados mayores de 18 años que cuenten con Certificado de Discapacidad, que no se encuentren percibiendo la prestación por Desempleo ni ayudas económicas de otros programas sociales, de empleo o capacitación laboral.

Programa de Inserción Laboral – PIL Los empleadores podrán contabilizar como parte del salario la ayuda económica mensual a cargo del MTEySS y abonarán a los trabajadores contratados, como mínimo, la diferencia necesaria para alcanzar el salario establecido para la categoría laboral que corresponda. Ayuda Económica: Tiempo completo: $4.850.- 8hs Tiempo parcial: $2.400.- 4hs Duración: 12 meses.

Programa de Inserción Laboral – PIL El programa es compatible con la aplicación de los beneficios impositivos nacionales y provinciales que se encuentran vigentes para la inserción laboral de trabajadores con discapacidad. Deducción en el Impuesto a las Ganancias del equivalente al 70% de las retribuciones abonadas al personal con discapacidad en cada período fiscal. Ley N° 22.431. Exención del 50% de aportes patronales, por el período de un año. Ley N° 24.013. Deducción en Ingresos Brutos: según normativa provincial.

Políticas públicas de empleabilidad - Normativas Ley N° 22.431 (Sistema de protección integral de los discapacitados) modificado por Ley N°23.021. Los empleadores que contraten a personas con discapacidad tendrán derecho al cómputo, de una deducción en la determinación del impuesto a las ganancias, equivalente al 70% de las retribuciones correspondientes al personal con discapacidad en cada período fiscal. El cómputo deberá hacerse al cierre de cada período. Ley 26.476 – Ley de Regularización Impositiva: Los empleadores que contraten personas con discapacidad tendrán la posibilidad de reducir el 50% de sus contribuciones con destino a la seguridad social durante los primeros 12 meses de contratación y del 25% los subsiguientes 12 meses. Ley N° 24.013 art. 87 (Ley de Empleo - Protección del Trabajo): Los empleadores que contraten trabajadores/as con discapacidad serán eximidos del pago del 50 % de las contribuciones patronales y a las cajas de jubilaciones correspondientes, de las asignaciones y subsidios familiares, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y al Fondo Nacional de Empleo, durante los primeros 12 meses de contratación de la persona con discapacidad. Ley 24.013 Art. 88: Los empleadores que contraten personas con discapacidad podrán acceder a créditos especiales destinados al financiamiento de las obras en sus establecimientos para suprimir barreras arquitectónicas.

Contactos Operativos Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad Av. Leandro N Alem 628 – PB – CABA 0800 222 222 direcciondiscapacidad@trabajo.gob.ar www.trabajo.gob.ar/discapacidad Gerencias de Empleo Consultar direcciones y teléfonos en: www.trabajo.gob.ar/gerencias Oficinas de Empleo www.trabajo.gob.ar/redempleo

Muchas Gracias