COOPERATIVAS Ley 18.407
PRINCIPIOS Libre adhesión Control democrático Distribución de excedentes con sus socios Neutralidad política y religiosa Venta a precios del mercado y al contado Difusión de valores y educación cooperativos En 1995 fueron aprobados principios : Libre adhesión sin discriminación de ninguna clase Participación económica de los socios Autonomía e independencia Educación Cooperación entre cooperativas Compromiso con la sociedad
CARACTERÍSTICAS Regulada actualmente por la Ley 18.407 , hace la diferencia con otras formas asociativas por sus principios Son de interés general y buscan el bien de la comunidad Son autónomas de personas que se agrupan para poner en común su esfuerzo personal en busca de satisfacer intereses comunes económicos, culturales , por medio de una empresa gestionada democráticamente.- La unión debe ser voluntaria y deben existir esfuerzo propio y ayuda mutua.-
DENOMINACIÓN Y ADITAMIENTO Debe contener la palabra cooperativa, no puede usar el nombre de otra, si hay suplemento de responsabilidad puede agregar “ suplementada”. El domicilio es el lugar donde se encuentra ciudad y la sede donde está su administración
PRINCIPIOS EN LA LEY Libre adhesión y retiro voluntario Art. 7 : Libre adhesión y retiro voluntario Control y gestión democrática Participación económica de los socios ( el reparto no es igual que las SC va según el trabajo, a la actividad desplegada y no por su participación se habla de excedentes y no de utilidades) Autonomía e independencia de Estado Educación y capacitación en cooperativas Cooperación entre cooperativas Compromiso con la comunidad
PARTICULARIDADES Ilimitación y variedad al número de socios no inferior a 5 salvo las de segundo o ulterior grado ( cooperativas formadas por cooperativas) Plazo ilimitado Variabilidad e ilimitación de capital Autonomía en materia filosófica religiosa , política y no discriminación Igualdad de derecho y obligaciones entre los socios Un socio un voto, salvo voto ponderado en las de segundo o ulterior grado Imposibilidad de reparto de reservas y desinterés del sobrante en caso de liquidación
ACTO COOPERATIVO Art. 9 Los realizados con las coop. Y sus socios Los realizados entre la cooperativa y los socios de sus cooperativas socias Entre las coop. Entre sí Debe ser para obtener su objeto social en caso de coop. Es maximizar la producción
TRASFORMACIÓN Solo como excepción
CONSTITUCIÓN Asamblea a dichos efectos Aprobar estatutos Suscribir las partes sociales elegir los órganos se inscribe en el registro de las personas jurídicas sección Registro Nacional de Cooperativas . No son Personas jurídicas desde que se celebra el contrato sino a partir que se registren.-
REGULACIÓN DE LOS SOCIOS Mayores Menores e incapaces de coop. De responsabilidad limitada a través de sus representantes.- RESPONSABILIDAD Limitada , pero puede también existir una responsabilidad suplementada no ilimitada no mayor a 20 veces su cuota.-
DERECHOS Voto Elegir y ser electos Participar en asambleas Solicitar información Participar en la actividad de la misma Formular denuncia a la comisión fiscal Los empleados pueden ser socios.-
DEBERES OBLIGACIONES SOCIALES ECONÓMICAS Desempeñar cargos para los que fueron electos, cumplir con el estatuto.-
PERDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO Renuncia Muerte Incumplimiento Expulsión
ÓRGANOS Asamblea general Comisión fiscal, Consejo directivo, art. 26 a 50.-
RECURSOS Capital social Fondos , Reservas legales, Donaciones Legados También los no patrimoniales por ejemplo capacitación
CLASES C. trabajo obtener puestos de trabajo C. Consumo: satisfacer necesidades de consumo de sus socios C. agrarias: No están en el derecho comercial por su objeto C. vivienda: No DC C. Ahorro y crédito: servicios financieros de sus socios C. garantía recíproca: asesoramiento y aval C. sociales : proporcionar puestos de trabajo C. artistas y oficios conexos: artistas
PROMOCIÓN Y CONTROL Instituto Nacional de Cooperativismo , control Auditoria Interna de la Nación y Ministerio de Desarrollo Social para las coop. Sociales.-