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RELACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL CON PROYECTOS DE INVERSIÓN

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Presentación del tema: "RELACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL CON PROYECTOS DE INVERSIÓN"— Transcripción de la presentación:

1 RELACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL CON PROYECTOS DE INVERSIÓN

2 RELACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL CON PROYECTOS DE INVERSIÓN
Muchas veces confundimos los conceptos, AHORRO, INVERSIÓN Y CRÉDITO, si bien están ligados, también tiene características muy claras y definidas, por lo que es recomendable definir cada uno de estos, logrando identificar cada uno de ellos;

3 ¿Qué es el ahorro y qué es la inversión?
Ahorro es una parte de nuestros ingresos que se perciben no necesariamente de un sueldo, sino de otras funciones que suelen desempeñar, RESERVÁNDOLO así posiblemente para una inversión importante para el futuro a corto o a largo plazo. Inversión es un desembolso que se genera con la finalidad de adquirir un bien o algún tipo de actividad con el objetivo de incrementarlo, es decir renunciar a un consumo actual y LOGRAR FUTUROS BENEFICIOS.

4 ¿Qué es el crédito y cómo se relaciona con el ahorro y la inversión?
Crédito es una cantidad de dinero que se le debe a una entidad o persona. Vamos a relacionar estos tres conceptos AHORRO, INVERSIÓN Y CRÉDITO; Relación entre el AHORRO Y LA INVERSIÓN, éstos se realizan por diferentes razones, sin embargo es importante mencionar que SI NO HUBIERA POSIBILIDAD DE INVERTIR NADIE AHORRARÍA, todo esto representa un factor favorable para la economía de la empresas pero SI NO EXISTE UN AHORRO SE RECURRE A UN CRÉDITO, por lo que es importante MANTENER UN EQUILIBRO EN ESTOS TRES FACTORES para mejorar la economía.

5 principales razones para realizar una inversión
1. Para generar mayores ingresos. 2. Aprovechar una situación económica favorable 3. Aprovechar tasas de variación de la producción.

6 MARCO LEGAL DE LA POLÍTICA FINANCIERA
Normas que integran el Derecho Financiero: Derecho Bancario Derecho Bursátil Derecho de Seguros Derecho de Seguros y Derecho de Fianzas

7 Derecho Bancario Conjunto de normas jurídicas de Derecho Público, Privado y Social que REGULAN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BANCA Y CRÉDITO; la autorización, constitución, funcionamiento, operación, fusión, escisión, disolución y liquidación de los intermediarios financieros bancarios, así como la protección de los intereses del público, delimitando las funciones y facultades que en materia bancaria se atribuyeran las autoridades financieras mexicanas”. Para Rodríguez y Rodríguez “es el derecho de las empresas bancarias que realizan en masa la intermediación en operaciones de crédito”.

8 Derecho Bursátil Conjunto de normas jurídicas RELATIVAS A LOS VALORES, a las operaciones que con ellos se realizan en bolsa de valores o en el mercado fuera de bolsa, a los agentes, así como a las autoridades y a los servicios sobre los mismos”.

9 Derecho de Seguros Abarca los estatutos estatales y leyes federales que REGULAN LA ACTIVIDAD DE SEGUROS y los periféricos de la industria.

10 Derecho de Seguros y Derecho de Fianzas
Conjunto de normas jurídicas relativas a la CONSTITUCIÓN, funcionamiento y operación de las entidades financieras respectivas, así como la intervención de las autoridades y la protección de los intereses del público”.

11 Fuentes Primarias y Supletorias del Derecho FinancierO
Las fuentes del Derecho Financiero son aquellas que se generan de las normas jurídicas. Es decir PRIMARIAS Y SUPLETORIAS.

12 Las primarias Son las legislaciones especializadas que integran el Sistema Financiero, entre otras: • Ley de Instituciones de Crédito. • Ley del Mercado de Valores. • Ley del Banco de México. • Ley de Sociedades de Inversión. • Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. • Ley Federal de Instituciones de Fianzas. • Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. • Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

13 Las supletorias El Derecho Financiero se ha caracterizado como un derecho cambiante, por lo que, en ocasiones, presenta CASOS QUE NO ESTÁN PREVISTOS POR EL LEGISLADORES y que no pueden ser resueltos mediante la aplicación de legislaciones especiales de la materia; sin embargo, las mismas prevén la manera de colmar esas lagunas, a través de fuentes supletorias que pueden ser leyes, o bien, usos y prácticas bancarias y mercantiles.


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