Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas

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Transcripción de la presentación:

Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas

Artículo 6 Constitucional I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.

Artículo 6 Constitucional En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.

SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA El 23 de junio del 2015, se instaló el Sistema Nacional de Transparencia –SNT- que está integrado por el INAI, los 32 organismos garantes de las entidades federativas, Auditoria Superior de la Federación, Archivo General de la Nación y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Estos tienen entre otras funciones, establecer lineamientos tendientes a cumplir con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

SUJETOS OBLIGADOS POR LA LEY DE TRANSPARENCIA CONFORMARÁN UN COMITÉ DE TRANSPARENCIA INSTANCIA COLEGIADA INTEGRADA POR NÚMERO IMPAR (MÍNIMO 3) CONTARÁN CON UNA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.

FUNCIONES DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DECLARACIÓN DE INCOMPETENCIA. RESERVA DE LA INFORMACIÓN. INEXISTENCIA DE INFORMACIÓN. PROTEGER ACCESO A INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Y SENSIBLE. PRÓRROGA (AMPLIACIÓN PLAZO LEGAL 10 DÍAS +).

EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA 1 SOLICITUD DE INFORMACIÓN ESCRITA, VERBAL MEDIOS ELECTRÓNICOS. (SISAI-PNT) PLAZOS LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA ES QUIEN DA ATENCIÓN A LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y COORDINA CUMPLIMIENTO EL DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA. 20 DÍAS HÁBILES PLAZO ORDINARIO. 3 DÍAS INCOMPETENCIA. 5 DÍAS INFORMACIÓN DISPONIBLE (LINK). 2 OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA ARTÍCULO 67 Y ESPECÍFICAS. (SIPOT-PNT) 10 DÍAS PRÓRROGA.

PROCESO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 2 USUARIO DEL DERECHO SOLICITUD DE INFORMACIÓN. UNIDAD DE TRANSPARENCIA GESTIONA RESPUESTA. E N V Í A ÉNVÍA RESPUESTA CONFIRMA, MODIFICA, REVOCA INCOMPETENCIA. CONFIDENCIAL Y SENSIBLE. INEXISTENCIA. RESERVA. PRÓRROGA. U.T. PLANTEA RESPESTA 3 COMITÉ DE TRANSPARENCIA CONFIRMA, MODIFICA o REVOCA.

PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA Instrumento tecnológico mediante el cual los particulares pueden presentar solicitudes de información, interponer recursos de revisión y consultar Obligaciones de Transparencia, desarrollado para facilitar y potencializar el derecho de acceso a la información en el país.

Requerimientos para operar PNT Lineamientos Técnicos Generales 1 3 2 Equipo de cómputo con acceso a Internet Navegador de Internet Usuario y Contraseña Sujetos Obligados: Son otorgados por el ITAIT. Unidades Administrativas: creados y distribuidos por la Unidad de Transparencia del su Sujeto Obligado. 4 5 Conocimiento básico de Excel Lineamientos Técnicos Generales

SISTEMA DE SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN (SISAI)

SISTEMA DE PORTALES DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA (SIPOT)

SIPOT Herramienta electrónica para que, los Sujetos Obligados pongan al alcance de los particulares las Obligaciones de Transparencia contenidas en la Ley General y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.

Relación Lineamientos - SIPOT Base de datos estructurada Los Lineamientos Técnicos Generales, aprobados por el Pleno del SNT el 13 de abril de 2016 y publicados en el DOF el 4 de mayo, establecen: políticas, criterios y formatos para cargar información en el SIPOT

¿Quiénes atenderán el SIPOT? El titular de la Unidad de Transparencia de cada Sujeto Obligado, es denominado como: “Administrador de Sujeto Obligado”. Los enlaces designados por los titulares de las Unidades Administrativas.

Actividades de la Unidad de Transparencia (ASO) Crear Unidades Administrativas del Sujeto Obligado en la Plataforma. Crear Usuarios y Contraseñas para las Unidades Administrativas. Apoyar y coordinar la carga de información en el SIPOT. Asignar los formatos a las Unidades Administrativas.

Actividades de las Unidades Administrativas Capturar información en los formatos conforme a los Lineamientos Técnicos. Preparar la información acorde a sus funciones y atribuciones. Cargar la información al SIPOT en la PNT Coordinarse con otras Unidades administrativas.

SOPORTE TÉCNICO Y APOYO Primer nivel de atención: Unidades de Transparencia de los sujetos obligados, darán asistencia y soporte en los sistemas de la Plataforma Nacional, para ello se requiere estén debidamente capacitados. Segundo nivel de atención: Unidad de Informática del ITAIT, quien dará asistencia y soporte en la gestión de solicitudes de información y sustanciación en recursos de revisión, así como en la administración, revisión y validación de los documentos y archivos a incorporar en la Plataforma Nacional. Tercer nivel de atención: será brindado por el área de tecnologías del INAI, que dará asistencia y soporte para las mejoras y funcionalidad en la operación de la Plataforma Nacional, así como en la resolución de problemas que se presenten en la configuración general.

Consideraciones en llenado de formatos FECHAS DD/MM/AAAA Ejemplo: 07/12/2016 EJERCICIO AÑO Ejemplo: 2016 PERIODO TRIMESTRAL, SEMESTRAL, ANUAL Ejemplo: PRIMER TRIMESTRE

Consideraciones en llenado de formatos CANTIDADES PESOS COLOCAR NÚMEROS CON PUNTO, SIN SIGNOS Y SIN COMAS, Ejemplo: 25000.00 NO COLOCAR DATOS DISTINTOS AL SOLICITADO No usar: NA / ND PARA DATOS NO DISPONIBLES O DATOS QUE NO APLICAN EN TODOS LOS FORMATOS SE CUENTA CON LA COLUMNA DE NOTAS PARA FUNDAR Y MOTIVAR LAS RAZONES POR LAS QUE NO SE CUENTA O NO SE DISPONE LA INFORMACIÓN.

IMPLICACIONES Mayor coordinación hacia el interior de las áreas administrativas de los Sujetos Obligados. Estrecha coordinación, colaboración, apoyo y suma de esfuerzos ITAIT-Sujetos Obligados. Creación de Unidades y Comités de Transparencia. Facultad de Verificación de las Obligaciones de Transparencia. Denuncia por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia.

Sanciones por Incumplimiento Obligaciones de Transparencia ARTÍCULO 206 SANCIÓN VI. No actualizar la información correspondiente a las obligaciones de transparencia en los plazos previstos en la presente Ley; Apercibimiento o cincuenta a doscientos cincuenta días. VII. Declarar con dolo o negligencia la inexistencia de información cuando el sujeto obligado deba generarla derivado del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones; Ochocientos a mil quinientos días. VIII. Declarar la inexistencia de la información cuando exista total o parcialmente en sus archivos; XV. No acatar las resoluciones emitidas por los Organismos garantes, en ejercicio de sus funciones.

Sanciones por Incumplimiento Obligaciones de Transparencia Artículo 201. … Las medidas de apremio de carácter económico no podrán ser cubiertas con recursos públicos. Artículo 203. Las multas que fijen el Instituto y los Organismos garantes se harán efectivas ante el Servicio de Administración Tributaria o las Secretarías de finanzas de las Entidades Federativas, según corresponda, a través de los procedimientos que las leyes establezcan.

Lic. Juan Armando Barrón Pérez ¡ GRACIAS ! Datos de contacto: Lic. Juan Armando Barrón Pérez armando.barron@itait.org.mx 834-316-48-88 ext. 115 Lunes – Viernes 9:00 a 16:00 hrs.