Gestión de Servicios Mancomunados

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Transcripción de la presentación:

Gestión de Servicios Mancomunados Curso: Gestión de Servicios Mancomunados Ambo, Octubre de 2015

Gestión de Servicios Mancomunados Mancomunidad Municipal Curso: Gestión de Servicios Mancomunados Tema: Mancomunidad Municipal Docente: Eduardo Carhuaricra Meza Ambo, Octubre de 2015

El Marco Normativo MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Constitución Política Artículo 194° Las municipalidades pueden asociarse o concertar entre ellas convenios cooperativos para la ejecución de obras y la prestación de servicios comunes 1993 Ley Orgánica de Municipalidades LOM No .27972 CAPITULO II. Articulo 124.- Las relaciones que mantienen las municipalidades entre ellas, son de coordinación , de cooperación o de asociación para la ejecución de obras o prestación de servicios. Con respeto a sus competencias y gobierno. 2003 2007 Ley N° 29029 ( 28. 05. 2007) Ley N°29341 ( 03. 04. 2009) Ley y su modificatoria sobre creación de Mancomunidades Municipales Marco jurídico para el desarrollo y promoción de la asociatividad territorial bajo la forma de Mancomunidades municipales 2009 Decreto Supremo N° 046-2010-PCM ( 10. 04. 2010) Aprueba el Reglamento de Mancomunidades Municipales 2010

Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer el marco jurídico para el desarrollo y promoción de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124 de la Ley Nº 27972, a través de la herramienta de la Mancomunidad Municipal. Artículo 2.- Definición de Mancomunidad Municipal La Mancomunidad Municipal es el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos

Artículo 4.- Objetivos Promocionan y ejecutan proyectos que superen el ámbito jurisdiccional. Ejecutan proyectos conjuntos, en cuencas hidrográficas, corredores viales, turísticos, económicos, zonas ecológicas comunes (enfoque territorial) Elaboran, gestionan, promueven e implementan proyectos, para ello pueden gestionan recursos financieros, humanos y técnicos. Procuran mejores niveles de eficiencia y eficacia en la gestión de los gobiernos locales, transparencia, rendición de cuentas y acceso a información, propiciando participación ciudadana, modernización de la gestión municipal y los procesos de integración. Desarrollan planes y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades, asistencia técnica e investigación tecnológica en convenio con universidades, institutos superiores y entidades educativas públicas y privadas.

Esta ley Nº 29029 de Mancomunidad Municipal se modifica mediante Ley N° 289341 que establece finalidades y precisa procedimientos e incentivos. FINES DE LA MANCOMUNIDAD: 1.- Promover y fomentar el desarrollo local e integral en materia económica, social y medioambiental. 2.- Incrementar la cobertura y mejorar calidad en la prestación de los servicios locales públicos. 3.- Fortalecer la coordinación entre las municipalidades en base a la óptica territorial y multisectorial. 5.- Generar espacios y medios de participación y concertación ciudadana.

Incentivos a las Mancomunidades Art. 8 Incentivos a las Mancomunidades Art. 8.- LEY DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL LEY Nº 29029 Prioridad en su evaluación en el marco de las disposiciones del SNIP y demás normas vigentes. Comprometer recursos del canon y sobre-canon, regalías, aduanas, FONCOMUN, etc. Los proyectos de mancomunidades distritales serán prioridad en el presupuesto participativo provincial. De la provincial en el presupuesto regional. Asistencia técnica y desarrollo de capacidades por universidades públicas de la región, que pueden utilizar fondos de regalía minera y del canon. Los proyectos tienen prioridad en jerarquía y ponderación para la asignación del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL).

Artículo 9.- Prioridad en proyectos de cooperación internacional La Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) prioriza las solicitudes de las mancomunidades formadas para la canalización, preparación y ejecución de planes, programas y proyectos de Cooperación Técnica Internacional.

Constitución de la Mancomunidad La constitución de una mancomunidad municipal y su estatuto se aprueba con ordenanza de las municipalidades intervinientes. El estatuto de la mancomunidad municipal debe establecer su denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas para la disposición de sus bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento.

Constitución de la Mancomunidad Verificados estos requisitos, la PCM dispone su inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales. La inscripción otorga derecho de personería jurídica a la mancomunidad municipal y la hace beneficiaria de los incentivos establecidos en las Ley de la Mancomunidad Municipal. El Registro de Mancomunidades Municipales, cuenta con 176 mancomunidades inscritas, que involucran la participación de cerca de 850 municipalidades provinciales y distritales.

Mancomunidades Municipales inscritas en el Registro Presidencia del Consejo de Ministros PCM 9 3 4 13 18 22 20 12 17 16 Cajamarca Arequipa Moquegua 1 Ucayali 1 Amazonas 7 Tumbes Madre de Dios 2 Tacna 176 Mancomunidades Municipales inscritas en el Registro 844 municipalidades Ayacucho – 22MM Cusco – 20 MM Lima – 18 MM Puno – 17 MM Huancavelica -17 MM Apurímac – 13 MM Pasco1 06 en Lima Metropolitana: Lima Norte, Lima Este, Lima Este CC, Lima Centro, Lima Rímac y Lima Sur

Reglamento de la Mancomunidad Municipal Mancomunidad Municipal Provincial Mancomunidad Municipal Distrital Principales caracteres jurídicos Tipología Entidad de tratamiento especial Condición presupuestal En la prestación de servicios En la ejecución de proyectos Competencias Consejo Directivo Gerencia General Estructura Orgánica Decreto Supremo N° 046-2010-PCM Reglamento de la Mancomunidad Municipal

Consejo Directivo Gerente General Designa al Gerente General Aprueba la modificación del Estatuto Aprueba la adhesión de municipalidades Supervisa la gestión de la MM y el desempeño del Gerente General Elabora la propuesta de aportes Aprueba el presupuesto Aprueba el Plan operativo Es el representante legal – responsable de la gestión en materia presupuestal. Implementa los sistemas administrativos Celebra convenios y contratos Elabora la memoria de gestión anual Cumple los acuerdos del Consejo Directivo Consejo Directivo

Servicios y Tipología de Proyectos de Inversión Las Mancomunidades Municipales en el Perú han establecido contenidos para su objeto, con mayor incidencia en los siguientes servicios y tipología de proyectos de inversión: Gestión integral de residuos sólidos y saneamiento básico. Fomento del turismo, la inversión privada y la competitividad productiva. Mejoramiento y rehabilitación de infraestructura vial. Construcción, mejoramiento y ampliación de sistemas de riego. Seguridad Ciudadana Gestión Ambiental y Gestión de Riesgos Construcción y gestión de Terminales Terrestres

Ejemplo de Mancomunidad y sus Objetivos Asociación Objetivos Coordinadora de Desarrollo de la Cuenca del Jequetepeque Integrantes: 06 Municipalidades Provinciales y 24 Distritales (Cajamarca y la Libertad). Promover la competitividad económica de la cuenca. Articular las intervenciones de los actores sociales. Contribuir al fortalecimiento institucional de sus integrantes. Asociación de Municipalidades para la Concertación Interdistrital de Desarrollo del Valle Sur del Cusco Integrantes: Municipalidades Distritales de: Lucre, Oropesa, Saylla, San Jerónimo y San Sebastián (Cusco) Propiciar la concertación de actores sociales. Impulsar la realización de estudios y diagnósticos integrales para identificar las potencialidades y debilidades de los distritos. Generar planes integrales de desarrollo.

LINEAS ESTRATEGICAS Articulación Vial Desarrollo Turístico Articulación Comercial y Desarrollo Productivo. Articulación Vial Muchos de los distritos se encuentra desarticulados vialmente por lo que aspiramos a interconectarnos Desarrollo Turístico: El ámbito de la Mancomunidad es accidentada y volcánica con cañones valles andenería, bosques de piedra y hermosos parajes, zonas arqueológicas, la cultura viva de la Mancomunidad sus tradiciones, Articulación Comercial y Desarrollo Productivo. Se aspira a un desarrollo productivo por líneas de producción en palta, lima de olor, tuna orégano, piscos, vinos, lácteos, camélidos sudamericanos, proyectando colocar nuestros productos a mercados nacionales e internacionales

MANCOMUNIDAD MUNICIPAL EN HUANUCO MUNICIPALIDADES PROVINCIALES MUNICIPALIDADES DISTRITALES CONSEJO DIRECTIVO DEPARTAMENTO RESOLUCIÓN SD PUBLICACIÓN 2 MANCOMUNIDAD MUNICIPAL POR LA CARRETERA INTEROCEÁNICA Huari *   PRESIDENTE ANCASH Resolución Nº 023-2008-PCM/SD 29.MAR.2008 Municipalidades de: HUÁNUCO Monzón DIRECTOR Jircán Arancay 17 MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE LA MICRO CUENCA DEL VIZCARRA, DE LA PROVINCIA DE DOS DE MAYO - HUÁNUCO Resolución Nº 059-2008-PCM/SD 13.NOV.2008 Pachas Shunqui 18 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPALIDADES DE CHURUBAMBA Y UMARI Resolución Nº 061-2008-PCM/SD 14.NOV.2008 Umari Churubamba 46 MANCOMUNIDAD MUNICIPAL SALHUANA Resolución Nº 125-2011-PCM/SD 11.MAR.2011 Marías* Jacas Chico Yarowilca 156 MANCOMUNIDAD MUNICIPAL CHINCHAYSUYO Resolución Nº 084-2012-PCM/SD 05.ENE.2013 Dos de Mayo Chuquis Marías Ripán Sillapata

Inversión Descentralizada en Mancomunidades Municipales CONVOCATORIA 2012 02 propuestas de estudios, por S/. 304 028,67 RECURSOS ASIGNADOS POR FONIPREL S/ 42 498 006,69 2014 2013 05 propuestas de estudios y 02 de proyectos, por S/. 8 306 927,41 16 propuestas de estudios y 01 de proyectos, por S/. 12 769 473,16

Sistema Nacional de Inversión Pública Se consideran estudios de pre inversión y proyectos de inversión pública los de alcance intermunicipal, cuando benefician a la jurisdicción de dos o más municipalidades que la integran. Aprueba formatos de proyectos de inversión pública de mancomunidades municipales Resolución Directoral N° 006-2010-EF/68.01 Junio - 2010 Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal Art. 26.1 Unidad Formuladora Unidad Evaluadora La misma MM es reconocida como Unidad Formuladora Una de las municipalidades de la MM que esté incorporada al SNIP 73 mancomunidades municipales ya están incorporadas al SNIP

La Asociatividad Municipal PLATAFORMA DE GOBIERNOS DESCENTRALIZADOS AMPE- REMURPE- ANGR