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REGLAMENTO ORGÁNICO MARCO (ROM) REGLAMENTO ACADÉMICO MARCO (RAM) ISFDCyT “El Espinillo”

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Presentación del tema: "REGLAMENTO ORGÁNICO MARCO (ROM) REGLAMENTO ACADÉMICO MARCO (RAM) ISFDCyT “El Espinillo”"— Transcripción de la presentación:

1 REGLAMENTO ORGÁNICO MARCO (ROM) REGLAMENTO ACADÉMICO MARCO (RAM) ISFDCyT “El Espinillo”

2 Niveles de regulación que abarca la norma  Federal  Jurisdiccional  Institucional “Integración federal y convergencia de las políticas jurisdiccionales con la política nacional”

3 Primeras regulaciones marco -construcción a partir de una visión integral-  Reglamento Orgánico  Reglamento Académico  Concursos Docentes

4 Reglamento Orgánico Marco (ROM)  Antecedentes Normativos: Res. CFE 30/07 Res. CFE 72/08 Anexo I Anteproyecto de Ley de Educación Provincial

5 ROM nivel de concreción Criterios federalesROMROI  Proveen una base común para todas las jurisdicciones.  Orientan la construcción de los ROM.  Provee una base común para todas las instituciones.  Regula y aprueba la construcción de los ROI.  Plazo: 2 años  Aporta a una gestión democrática en el marco de la misión institucional.  Clarifica y hace público roles, funciones y reglas de juego.  Provee condiciones para el desarrollo institucional  Herramienta para la resolución de conflictos

6 ROM componentes  Identidad del ISFD  Principios generales  Misión  Funciones  Organización Institucional  Comunidad educativa  Reforma  Anexo: Reglamento Académico Marco

7 Reglamento Académico Marco (RAM)  Antecedentes Normativos Res CFE 30/07 Res. CFE 72/08 Anexo II Anteproyecto de ley de Educación Provincial

8 RAM nivel de concreción Criterios federalesRAMRAI  Proveen una base común para todas las jurisdicciones.  Orientan la construcción de los RA institucionales.  Provee una base común para todas las instituciones.  Regula la construcción de los RAI.  Plazo: 2 años  Define trayectorias formativas de los alumnos.  Referencia para alumnos actuales y potenciales.

9 RAM componentes  Ingreso  Trayectoria  Permanencia  Promoción

10 Definiciones que contemplan las normativas nacionales y provinciales - El ROM rige para la totalidad de los institutos de educación superior de la provincia, tanto públicos como privados. - Delimitación funciones y responsabilidades de la DES y los Institutos. - Conceptualizaciones en torno a la identidad del nivel y de las instituciones que lo conforman (ROM). - Definición de los espacios y mecanismos de gobierno institucionales, en el marco de principios estructurales. - Definición de las funciones según grupo institucional de pertenencia y responsabilidad en los procesos formativos. - Incorporación de las características institucionales a través de la construcción del ROI.

11 Definiciones que contemplan las normativas nacionales y provinciales -El RAM rige para la totalidad de los Institutos de Formación Docente, que se encuentran bajo la orbita del Ministerio de Educación de la Provincia de Formosa. (Resolución 4457/11) -Los Institutos deberán ajustar sus respectivas normas institucionales en la materia, atendiendo a las particularidades que las propuestas de formación imprimen en los recorridos formativos. -Ingreso : directo e irrestricto, contemplando las bases provinciales al respecto. -Condición de terminalidad de las carreras. -Acompañamiento y fortalecimiento a la trayectoria de los estudiantes. -Denominaciones : estudiante regular, libre, etc. -Regulaciones académicas de estudiantes y docentes. -Plazos y condiciones académicas de los estudiantes. -Pases, equivalencias, títulos, otros.

12 Relación ROM - ROI ROM Principios Generales  La educación Superior de la provincia de Formosa, se define como parte del Sistema de Educación Nacional y Federal, integrando en el nivel provincial las definiciones de política educativa para el conjunto del sistema y las características que le otorgan identidad a las instituciones que lo componen.  Son funciones básicas del subsistema de Educación Superior: la formación de profesionales para el ejercicio de la docencia en sus diferentes niveles y modalidades; el acompañamiento al desarrollo profesional de los docentes en ejercicio y la producción de conocimientos en torno a los saberes disciplinares y sus formas de enseñanza.  La planificación del desarrollo del sistema, como así también, de sus funciones básicas u otras que pudieran considerarse en el marco de lo contenido en la resolución CFE Nº 30/07, corresponde a la instancia de representación política del sistema, delegada a través de la DES

13 Relación ROM -ROI  ROI: Identidad (definir los rasgos de identidad de la institución pensando en las funciones de formación que la caracteriza)  ROI: Misión (definir su rol como institución formadora en el marco de las definiciones provinciales para el Sistema de Educación Superior en su conjunto, dentro del marco de la Res. Nº 30/08 CFE).  ROM: Criterios y definiciones generales del Sistema de Educación Superior Provincial.  ROI: Organización de los Institutos Superiores de Formación. (reglamento interno)

14 Relación RAM - RAI RAM Principios Generales  Ingreso: Concepto (igualdad de oportunidades)  Políticas Estudiantiles  Acompañamiento a los estudiantes durante el primer año(Cursos introductorios)  RAM: criterios generales, objetivos, duración  RAI: estructura del curso académico de acuerdo al RAM y a la organización institucional

15 Relación RAM - RAI  RAM: La agenda educativa/calendario académico para los institutos será establecido cada año por la DESyF.  RAI: Los institutos definirán sus calendarios académicos institucionales a partir del establecido por la jurisdicción. Podrán especificar aspectos como: organización y publicidad, quedando otras cuestiones menores para el ámbito administrativo de la secretaría (plazos, documentación, sistema de alumnos, inscripción a los espacios curriculares, etc.)  RAI: Regularidad en las unidades curriculares, notificación de la terminalidad.  RAM: Condición de alumno regular en cada unidad curricular. Escala numérica y conceptual.  RAI: Deberá especificar plazos, documentación y actores intervinientes (director, docente, otros) para los casos de excepcionalidad

16 MUCHAS GRACIAS¡¡¡ Lic. ALONZO TORRES, Manuel de Jesús


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