COMO ENFRENTAR UNA FISCALIZACION

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
COMO ENFRENTAR UNA FISCALIZACION Cámara Comercio de Santiago Agosto 3, 2011 Adolfo Sepúlveda Zavala.
Advertisements

Ciclo de vida del Contribuyente
REGIMENES ADUANEROS.
1 TRIBUTACIÓN COMITÉ DE AGUA POTABLE RURAL Temuco, 09 de Agosto 2016.
FACULTADES DE COMPROBACIÓN Y ECONÓMICO ACTIVAS. Notificaciones Garantía de seguridad jurídica (Art. 16 CPEUM) En materia fiscal debemos considerar sólo.
DELITOS FISCALES. Delitos Fiscales Artículos 92 AL 115 BIS CFF Fiscus Los delitos fiscales son el resultado de las infracciones con agravantes que afectan.
 Consiste en remitir desde un país a otro, por vía aérea, terrestre o acuática, mercancías destinadas a un uso, consumo, reparación o cambio en otro.
1. ¿Qué es el derecho de acceso a la información pública? Es el derecho que permite a cualquier persona tener conocimiento de la información que se encuentra.
“Rol de Participación de la Comunidad en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental según la ley 19300” 1.
FACULTADES DE COMPROBACION ART. 42 CFF Rectificar errores aritméticos, omisiones u otros Declaraciones solicitudes avisos Solicitar la contabilidad para.
INTEGRACIÓN DE CARPETA DE INVESTIGACIÓN
Digitaliza Tuempresa Foro Conexión Junio 2017
TIPOS DE PERSONAS MORALES
Cámara de Comercio de Santiago Adolfo Sepúlveda Zavala Junio 23, 2017
CONSULTORÍA CONTRATACIÓN DIRECTA 0,0 hasta ,91 LISTA CORTA
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Formulario de Consultas Ciudadanas
Proveedor de Certificación de Recepción de Documentos Digitales
Derechos de los Contribuyentes
Conciliación ante Tribunales Tributarios y Aduaneros.
División de Gestión de Fiscalización
GESTIÓN DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA
NUEVO PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIONES DE IVA POR CAMBIO DE SUJETO
REGISTRO DEL BENEFICIARIO FINAL EN EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY
Tributación Municipal
Informe Comisión Jurídica Nacional CDN 02 de agosto 2013
TLC CHILE – USA Sección B – Procedimientos de origen
Agente Aduanal.
Artículo 97.- Las siguientes infracciones a las disposiciones tributarias serán sancionadas en la forma que a continuación se indica:
DEVOLUCIONES DE SALDOS A FAVOR
Aspectos legales Dolores Godoy Flores
1. Nombre del Ente Público al que se solicita la información
I.V.A. - Impuesto al Valor Agregado
¿Qué se debe hacer si el contribuyente se equivocó al momento de pagar? AJGM.
DERECHOS ARCO PROCEDIMIENTO PARA EJERCER LOS
RECLAMACIONES La ley contempla diversos procedimientos a los que deben sujetarse los juicios tributarios : Procedimientos sobre aplicación de sanciones.
LEY SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N°
TÍTULO QUINTO DEL PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Capítulo I Del procedimiento de acceso a la información LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA.
Presenta: DR. EN D. J. Héctor M. Aparicio González
SUNAT RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA Y SUSPENSIÓN DE RETENCIONES Y/O PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA.
TRÁMITES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE UNA MPRESA
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA
Registro de Software REALIZADO POR: ANDRÈS BARRETO.
DERECHOS ARCO PROCEDIMIENTO PARA EJERCER LOS
Título III LGT: LA GESTIÓN DE LOS TRIBUTOS (III)
Entrega – Recepción Transparencia y Acceso a la Información
FORMATOS TIPO DE RENDICIÓN
Solicitud de Permiso de División
CONDONACIÓN CRÉDITOS FISCALES
Registro Funcionarios
COMITÉ DE ASUNTOS LABORALES 2017 LAB-TWITTER NO.1
DERECHOS ARCO PROCEDIMIENTO PARA EJERCER LOS
Inmunidad de arresto Artículo 69.- Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de.
Requisitos generales       a) Estar inscrito en el RUC en estado activo y no tener la condición de no habido. b) De encontrarse obligado, haber presentado.
ACTOS DE LA ADMINISTRA CIÓN TRIBUTARIA. FORMAS DE NOTIFICACIÓN.
OMIE OFRECE SERVICIOS DE INFORMACIÓN REMIT Madrid, julio de 2015.
Entrega- Recepción para el Estado de Jalisco y sus Municipios
DECRETO LEY Nº 830 SOBRE CODIGO TRIBUTARIO
Casación Quebrantamiento de formas procesales en menoscabo del derecho de defensa.
PROCEDIMIENTO PARA TRÁMITE DE TÉRMINO DE SERVICIO SOCIAL
DETERMINACIÓN DE MULTAS ASM
El pago FORMAS DE EXTINGUIR LA OBLIGACION TRIBUTARIA ¿Quién debe efectuar el pago? El pago en materia tributaria consiste en que el sujeto pasivo ponga.
Cotizaciones para Trabajadores Independientes
El pago FORMAS DE EXTINGUIR LA OBLIGACION TRIBUTARIA ¿Quién debe efectuar el pago? El pago en materia tributaria consiste en que el sujeto pasivo ponga.
Proceso de Elecciones CPA 2016 COLEGIO COYA
Ley Nº : Bono a los Cónyuges que cumplan 50 años de matrimonio
IVA DIFERIDO A LA IMPORTACIÓN
Contribuyente No Localizado LD Arturo Baltazar Valle
PROCESOS ELECCIONARIOS DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
CONTROL INTERNO D.A.E.M. Temuco – 13 de Junio 2019.
Transcripción de la presentación:

COMO ENFRENTAR UNA FISCALIZACION Cámara Comercio de Santiago Agosto 25, 2017 Adolfo Sepúlveda Zavala

Deberán practicarse en días y horas hábiles ACTUACIONES DEL SII Deberán practicarse en días y horas hábiles

En procedimientos administrativos son inhábiles: DIAS * Los no feriados En procedimientos administrativos son inhábiles: Sábado Domingo y Festivos

HORAS HABILES Las que median entre: las 8 y las 20 horas

SII Puede efectuar actuaciones en días u horas inhábiles ? Sí Cuando la naturaleza de los actos fiscalizados deban realizarse en esos días y horas

Desde el día siguiente a aquel en que se notifique o publique COMPUTO DEL PLAZO Desde el día siguiente a aquel en que se notifique o publique

COMPUTO DEL PLAZO Si en el mes de vencimiento no hubiere equivalente al día del mes en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día de aquel mes

COMPUTO DEL PLAZO Cuando el último día de un plazo de mes o de año sea inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente

PRESENTACIONES - PLAZO Si penden de un plazo fatal Podrán ser entregadas hasta las 24 horas del último día del plazo fatal En el domicilio de un funcionario habilitado especialmente para estos efectos

OBLIGACION DEL SII Los domicilios – del funcionario habilitado – se encontrarán expuestos al público en un sitio destacado de cada oficina institucional

Por correo electrónico NOTIFICACIONES Personalmente Por cédula Por carta certificada Por correo electrónico

Deben dirigirse al domicilio del interesado NOTIFICACIONES Deben dirigirse al domicilio del interesado

DOMICILIO Se tendrá como domicilio el que indique el contribuyente en su declaración de iniciación de actividades

DOMICILIO o el que indique el interesado en su presentación o actuación que se trate

o el que conste en la última declaración de impuesto respectiva DOMICILIO o el que conste en la última declaración de impuesto respectiva

NOTIFICACION PERSONAL Se hará entregando personalmente, copia íntegra de la resolución o del documento que debe ser puesto en su conocimiento En cualquier lugar donde éste se encuentre o fuere habido

NOTIFICACION POR CEDULA Deberá contener copia íntegra de la resolución o actuación de que se trata, con los datos necesarios para su acertada inteligencia

NOTIFICACION POR CEDULA Debe ser entregada en el domicilio del notificado A cualquier persona adulta que se encuentre en él Si no hubiere persona adulta que la reciba, se dejará la cédula en el domicilio

NO SE ENCONTRO PERSONA ADULTA Se debe enviar, el mismo día, aviso al notificado, mediante carta certificada La omisión de la carta certificada o extravío, no anulará la notificación

CARTA CERTIFICADA Podrá ser entregada, en el domicilio del notificado, a cualquier persona adulta que se encuentre en él

CARTA CERTIFICADA Si existe domicilio postal debe ser remitida a la casilla o apartado postal o a la oficina de correos que el contribuyente haya fijado como tal

DOMICILIO POSTAL El contribuyente podrá fijar un domicilio postal para ser notificado por carta certificada: Casilla Apartado postal Oficina de correos

El funcionario de correos debe entregar la carta al interesado, DOMICILIO POSTAL El funcionario de correos debe entregar la carta al interesado, o a la persona a la cual el contribuyente haya conferido poder para retirar la correspondencia

no se encontró al notificado no había persona adulta CARTA CERTIFICADA Que pasa si: no se encontró al notificado no había persona adulta se negaron a firmar la recepción no la retiraron dentro de los 15 días

NO RECEPCION DE LA CARTA CERTIFICADA El funcionario de correos y el Jefe de dicha oficina, deben dejar constancia de este hecho, y Deben devolver la carta certificada al Servicio de Impuestos Internos

EFECTOS DE LA DEVOLUCION DE LA CARTA CERTIFICADA Aumenta el plazo de prescripción del artículo 200 del Código Tributario: en tres meses contado desde la recepción de la carta devuelta

NOTIFICACION ELECTRONICA Procede efectuarla sólo cuando el interesado solicite para sí ser notificado por esta vía

Informando las modificaciones CORREO ELECTRONICO El contribuyente debe mantener actualizada la dirección electrónica ante el SII Informando las modificaciones

FECHA NOTIFICACION Lo importante es conocer cual es el día y hora en que el interesado debe entenderse que fue notificado

El día y hora de la notificación PERSONAL – POR CEDULA El día y hora de la notificación

El plazo empieza a correr tres días después de su envío CARTA CERTIFICADA El plazo empieza a correr tres días después de su envío Importancia del sobre Importancia del domicilio postal

Se entiende efectuada en la fecha del envío del correo electrónico ELECTRONICA Se entiende efectuada en la fecha del envío del correo electrónico Debe existir una certificación por parte de un ministro de fe

MINISTRO DE FE (Artículo 86 – Código Tributario) Los funcionarios del SII, nominativa y expresamente autorizados por el Director, tendrán el carácter de ministros de fe, para todos los efectos tributarios que contempla el Código Tributario y las leyes tributarias

CORREO ELECTRONICO Cualquier circunstancia ajena al SII por la que el contribuyente no reciba el correo electrónico, no anulará la notificación

CORREO ELECTRÓNICO El SII deberá mantener en su página WEB, y a disposición del contribuyente en su sitio personal, una imagen digital de la notificación y actuación realizada

Mediante representación (por cuenta de) COMPARECENCIA Personal, o Mediante representación (por cuenta de)

MANDATO - REPRESENTANTE Toda persona natural o jurídica que actúe por cuenta de un contribuyente, deberá acreditar su representación

El mandato no tendrá otra formalidad que la de constar por escrito

REPRESENTACION El SII aceptará la representación sin que se acompañe o pruebe el título correspondiente, pero

REPRESENTACION El SII podrá exigir la ratificación del representado o la prueba del vínculo dentro de un plazo que dicho Servicio determine

REPRESENTACION El SII puede exigir la ratificación, bajo el apercibimiento de tener por no presentada la solicitud, o por no practicada la actuación correspondiente

REPRESENTANTE La persona que actúe ante el SII como administrador, representante o mandatario del contribuyente, se entenderá autorizada para ser notificada a nombre de éste mientras

REPRESENTANTE No haya constancia de la extinción del título de la representación mediante aviso por escrito dado por los interesados a la Oficina del SII que corresponda

REPRESENTANTE El gerente o administrador de sociedades o cooperativas o el presidente o gerente de personas jurídicas, se entenderán autorizados para ser notificados a nombre de ellas

REPRESENTANTE Cualquier limitación establecida en los estatutos o actos constitutivos de dichas personas jurídicas no limitan al SII para notificarlos

Requerimiento de Información Artículo 60 – Inciso Primero Vía telefónica o por el la vía que sea más expedita Debe de todas maneras efectuarse “Notificación”, indicando: Materia consultadas Plazo para aportar información, no debe exceder más de un mes Indicar que no es una fiscalización

Requerimiento Información Si no se entregan los antecedentes Estos contienen errores, son incompletos o inexactos El contribuyente puede subsanarlos en el plazo que fije el SII; sin que se aplique el artículo 59 Antecedente para que el SII inicie una fiscalización

SII - FISCALIZACION Dentro de los plazos de prescripción, el SII podrá examinar y revisar las declaraciones presentadas por los contribuyentes

INVENTARIOS Confección - Modificación Pueden ser presenciados por los funcionarios del SII autorizados

INVENTARIOS Confección - Confrontación Los funcionarios del SII, también pueden confeccionarlos o confrontarlos en cualquier momento con las existencias reales

INVENTARIOS El examen, confección o confrontación deberá efectuarse con las limitaciones de tiempo y forma que determine el Servicio y …..

INVENTARIOS En cualquier lugar en que el interesado mantenga los libros, documentos, antecedentes o bienes, o

O en otros que el Servicio señale de acuerdo con él INVENTARIOS O en otros que el Servicio señale de acuerdo con él

INVENTARIOS El SII, en el caso de los inventarios, tiene facultad para requerir la ayuda de la fuerza pública, cuando exista oposición de parte del contribuyente

Y que incluya el valor de costo y fecha de adquisición de los bienes ESTADO DE SITUACION El Director Regional puede disponer que el contribuyente le presente un estado de situación Y que incluya el valor de costo y fecha de adquisición de los bienes

Excepto los vehículos terrestres, marítimos y aéreos ESTADO DE SITUACION No se incluyen los bienes muebles de uso personal ni los que forman parte del mobiliario de su casa habitación Excepto los vehículos terrestres, marítimos y aéreos

DECLARACION JURADA El SII puede pedir declaración jurada por escrito o citar a toda persona Para que proporcione datos o antecedentes relacionados con terceras personas

parientes por consanguinidad parientes por afinidad DECLARACION JURADA Están exceptuados: la o el cónyuge parientes por consanguinidad parientes por afinidad obligados a secreto profesional

Debe recurrir a la Justicia SECRETO BANCARIO El SII puede solicitar información sometidas a secreto o sujetas a reserva bancaria Debe recurrir a la Justicia

O la falta de declaraciones SECRETO BANCARIO Cuando resulten indispensables para verificar la veracidad e integridad de las declaraciones de impuestos O la falta de declaraciones

SECRETO BANCARIO Para dar cumplimiento a intercambio de información con SII extranjeros en Convenios de dicha naturaleza

SECRETO BANCARIO Cuando corresponda a intercambio de información con SII extranjeros pactados en Convenios de doble tributación

INICIO DE UNA FISCALIZACION Importancia del artículo 59 del Código Tributario en: Requerimiento de la información Prescripción

NOTIFICACION DEL REQUERIMIENTO El requerimiento deberá ser notificado formalmente al contribuyente

INFORMACION AL CONTRIBUYENTE El funcionario deberá informar al contribuyente el origen y los motivos de la fiscalización Detallando las materias que se revisarán, sus contenidos y fundamentos

ANTECEDENTES El funcionario deberá hacer un requerimiento expreso de los antecedentes requeridos

CERTIFICACION Una vez entregados todos los antecedentes, el contribuyente tiene derecho a solicitar la certificación del cumplimiento

CERTIFICACION El funcionario a cargo de la fiscalización está obligado a otorgar la certificación, bajo su nombre, firma y timbre

DOCUMENTOS Los funcionarios no podrán exigir la presentación de documentos o antecedentes que ya fueron aportados, incluso cuando se hubieren aportado en otra actuación frente al SII

EFECTOS DE LA CERTIFICACION Le fija al SII los plazos para efectuar la fiscalización

Artículo 8 bis, N° 8 Las actuaciones del SII deben llevarse a cabo sin dilaciones, requerimientos o esperas innecesarias

Artículo 8 bis – Inciso Penúltimo Vulneración de los derechos Artículo 155 y siguientes Procedimiento Especial Ante el Juez Tributario y Aduanero

PLAZO – LIMITACIONES TEMPORALES Los plazos son de 9 o 12 meses El SII debe abstenerse de proceder al margen de estos plazos Salvo de casos fortuitos o de fuerza mayor Circular N° 33 - 2015

Este plazo corresponde a la regla de carácter general PLAZO DE 9 MESES Este plazo corresponde a la regla de carácter general

PLAZO DE 12 MESES Casos en que la determinación de la RLI, corresponda a contribuyentes con ventas o ingresos superiores a 5.000 unidades tributarias mensuales (UTM)

PLAZO DE 12 MESES Fiscalización en materia de precios de transferencia

PLAZO DE 12 MESES Casos en que se revisen los efectos tributarios de procesos de reorganización empresarial

PLAZO DE 12 MESES Casos en que se revise la contabilización de operaciones entre empresas relacionadas

SII – Circular N° 33 - 2015 Como el plazo ahora no es “fatal”, implica que lo obrado más allá de su vencimiento será válido Esto no significa que no exista el deber de efectuar las actuaciones de fiscalización, dentro de los plazos

ABSORCION DE PERDIDAS El SII, dentro de los plazos de prescripción, podrá revisar las declaraciones que presenten los contribuyentes en una petición de devolución relacionadas con absorciones de pérdidas

NO APLICAN LOS PLAZOS INDICADOS En los casos en que se requiera información a alguna autoridad extranjera, Ni en procesos de recopilación de antecedentes a que se refiere el N°10 del artículo 161 del Código Tributario En los casos de Anti Elusión

NO APLICAN PLAZOS INDICADOS Aplicación de los artículos 41 G y 41 H, de la Ley de Renta Fiscalización de la Ley 18.320

Ley 18.320 Diario Oficial de fecha 17.07.1984 Modificaciones: a.) Ley 19.506 de fecha 30.07.1997 b.) Ley 19.578 de fecha 29.07.1998 c.) Ley 19.738 de fecha 19.06.2001 d.) Ley 19.747 de fecha 28.07.2001

Ley 18.320 Examinar exactitud de los “Impuestos” del Decreto Ley N° 825 Últimos 36 períodos mensuales Pudiendo verificar los períodos anteriores

Ley 18.320 El SII debe notificar al contribuyente Plazo: Aplica plazos del Artículo 63 i) Un mes para aportar antecedentes ii) Prórroga de hasta un mes

Ley 18.320 Presentado los antecedentes el SII tiene el plazo “fatal” de 6 meses para: i) Citar ii) liquidar iii) Girar

Ley 18.320 – Artículo 1°, N° 4, Inciso Segundo Podrán ser examinados y verificados, por parte del SII, alguno o algunos de los períodos ya examinados

Citación Artículo 63 – Código Tributario El jefe de la Oficina respectiva del SII Plazo de un mes Para presentar una declaración, rectifique, amplíe o confirme El SII puede ampliar el plazo hasta por un mes, por una sola vez Plazo prescripción se amplía en 3 meses, más días o mes de la prórroga

Liquidación – Artículo 24 Cuando no hubieren presentado una declaración, o se les determine una diferencia de impuestos Constancia de las partidas que dan origen a la liquidación Indicar el monto de los tributos adeudados, u las multas , reajustes e intereses

Liquidación - Compensación SII efectúa “Compensación” de impuestos de una Liquidación con Sumas a restituir

Giro de Impuestos Producto de una Liquidación Giro de inmediato respecto de los impuestos de recargo, retención traslación, sin otro trámite previo, cuando: sumas contabilizadas sumas devueltas o imputadas, cuando haya acción penal por delito tributario

Resolución Que incida en el pago de un impuesto o en los elementos que sirvan de base para determinarlos

RAV – Artículo 123 bis Será procedente el “Recurso de Reposición Administrativa”, según la Ley N° 19.880 El plazo es de 15 días hábiles Si el SII no se pronuncia, se entiende rechazada No interrumpe el plazo de 90 días para presentar la “Reclamación”

Artículo 6°, letra B), N° 5° Resolver administrativamente todos los asuntos de carácter tributario que se promuevan, incluso corregir de oficio, en cualquier tiempo, los vicios o errores manifiestos en que se haya incurrido en las liquidaciones o giros de impuestos

Requerimiento de Información Artículo 60 – Inciso Primero Vía telefónica o por el la vía que sea más expedita Debe de todas maneras efectuarse “Notificación”, indicando: Materia consultadas Plazo para aportar información, no debe exceder más de un mes Indicar que no es una fiscalización

Artículo 60 bis Facultad para el SII de acceso o conexión directa a los sistemas tecnológicos En forma presencial o remota En procesos de fiscalización En el marco del examen, verificación y obtención de información (objeto verificar el correcto funcionamiento de dichos sistemas)

Técnicas de Muestreo – Artículo 60 Quater El Director Regional podrá ordenar el diseño y ejecución de cualquier tipo de actividad o técnica de auditoria generalmente aceptada Sin afectar el desarrollo de las operaciones del contribuyente El SII podrá, en especial, realizar actividades de muestreo y puntos fijos

CODIGO TRIBUTARIO – ARTICULO 129 En las reclamaciones, sólo podrán actuar los contribuyentes por si o por medio de sus representantes legales o mandatarios

Inadmisibilidad - Antecedentes Artículo 132 – inciso 12 Cuando el SII los haya solicitado determinada y específicamente al reclamante por Citación Artículo 63 Cuando el contribuyente disponía de ellos y no los acompañó Excepto que pueda probar por causas no imputables a él

Inadmisibilidad - Antecedentes Si se solicitó prórroga, y el SII no la concedió, o el plazo solicitado fue de un mes y el SII dio menos de un mes Los antecedentes son admisibles