QUINTA RONDA DE ANÁLISIS DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CICC - MESICIC.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
QUINTA RONDA DE ANÁLISIS DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CICC - MESICIC.
Advertisements

LEY DE SERVICIO CIVIL.
Subdirección de Recursos Humanos Misión de la Subdirección de RR.HH. “Desarrollar el Recurso Humano de la Red Asistencial de la Región de Coquimbo a.
PROFESIONALIZACIÓ N DEL COMPRADOR PÚBLICO PROYECTO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY.
DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO. Administrar y gestionar el desarrollo, la estabilidad y permanencia del Talento Humano. MISIÓN.
Administración de Salarios Presentación del Curso Administración de Salarios ECBTI Periodo Académico
Anexos. Informe Unidad Control Interno Informe de Gestión Asesor de Control Interno Planes Y Auditorías Se han realizado los seguimientos a los diferentes.
PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO DE CAPACIDADES DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA FUNCIONARIOS Y SERVIDORES QUE TRABAJAN EN EL OEC.
Procedimiento para la contratación administrativa.
LA ACREDITACIÓN Presentation Title Subheading goes here.
AUDITORIA EN SALUD Dirección General de Salud de las Personas Dirección de Calidad en Salud.
MARIBEL MUÑOZ KITTSTEINER Dirección de Transferencia Tecnológica
Unidad Nacional de Gestión de Medicamentos
Administración de Personal Mantenimiento de Personal
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
México, D.F. a 4 de diciembre de 2014
CONTROL FISCAL.
1er. Congreso Internacional de Contralores Municipales
BUENA PRACTICA: ENTIDAD: PRESENTADO POR:
AVANCES GpRD PRESUPUESTO BASADO EN RESULTADOS Fernando Soria Balseca Subsecretario de Presupuesto Cuidad del Este noviembre
1ª Sesión del Consejo de Calidad
AUDITORÍA INTERNA MINISTERIO AGRICULTURA Y GANADERÍA
CONTRATACIONES DE UNIVERSIDADES PÚBLICAS
GESTIÓN DE TALENTO HUMANO.
Gestión del Riesgo Proceso Evaluación Independiente
LEY ORGÁNICA 5/2002 Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE)
Reformas a la Ley Orgánica de Educación Superior
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
PROPUESTA DE BASES GENERALES Concursos Internos de Encasillamiento Ley
Sistema laboral en chile
PROGRAMA TECNOLOGO EN GESTION DEL TALENTO HUMANO
Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal
1 CONCEPTOS Y CLASES AUDITORÍA. 2 AUDITORIA “En tiempos históricos, auditor era aquella persona a quien le leían los ingresos y gastos producidos por.
POR: VIVIANA PERALTA MENDEZ
UNIDAD NORMATIVA DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (UNAC) Esta unidad organizativa es la encargada de realizar todas las actividades.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF). INSTRUMENTOS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL ACTIVIDADES OBJETIVOS PRESUPUESTO ESTRUCTURA CARGOS FUNCIONES PROCEDIMIENTOS.
Ley de Servicio profesional de carrera de la Administración Pública Federal.
REGLAMENTO GENERAL DE LOS CENTROS ACADÉMICOS DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO Aprobada con RCU N° /UNT.
Secretaria de Coordinación
Disposiciones legales aplicables al personal en formación
Normatividad Aplicable a la Contraloría Social
ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS DE HONDURAS AMHON
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
Estudio de Demanda de Puestos Docentes
Proyecto de Análisis de Procesos
FUNCION PÚBLICA.
Prof. Julio Pazmiño V. MÁSTER EN PSICOPEDAGOGÍA
Lineamientos para la formulación del plan de trabajo 2019
PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO DE CAPACIDADES DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA FUNCIONARIOS Y SERVIDORES QUE TRABAJAN EN EL OEC.
REGLAMENTO ORGÁNICO MARCO (ROM) REGLAMENTO ACADÉMICO MARCO (RAM) ISFDCyT “El Espinillo”
PLAN DE DESARROLLO PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
Concurso interino Profesional 5- Ingeniero Industrial
Administración de Talento Humano Subsistema de Alimentación: Reclutamiento y Selección Subsistema de Control: Bases de datos; Auditoría de Subsistema.
PARÁMETROS DE EVALUACIÓN PARA AUTORIDADES PÚBLICAS
AUTORIDADES DE ELECCIÓN POPULAR
INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR
8va. Semana Régimen Laboral de los Servidores Públicos Ley Marco del Empleo Público Regimen Especial de Contratación Administración de Servicios La Autoridad.
DIÁLOGO SOCIAL CON RESULTADOS: LA EXPERIENCIA DE CASTILLA Y LEÓN
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional Región Central Sur.
UNIDAD DE GESTIÓN DE POSGRADOS
GENERALIDADES DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN CAPITULO II.
plan de acción 2019 – marzo 2020 en defensa del empleo público
PRINCIPIO DE LA OBLIGATORIEDAD DE ADMINISTRAR JUSTICIA VERBOS RECTORES: Interpretar, integrar y aplicación del ordenamiento legal. Análisis: Ningún caso.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
RENDICIÓN DE CUENTAS 2018 Gerencia de Planificación Estratégica 1.
El trabajo sindical de ANDIME ante
LA PERSONALIDAD Y REPRESENTACIÓN ORGÁNICA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Mgs. Emy vilchez cerna.
Transcripción de la presentación:

QUINTA RONDA DE ANÁLISIS DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CICC - MESICIC

“Seguimiento de las recomendaciones de la Segunda Ronda relativas a los sistemas para la contratación de funcionarios públicos”

RECOMENDACIÓN “Fortalecer los sistemas para la contratación de los funcionarios públicos en la Función Legislativa”

DISPOSICIONES LEGALES QUE REGULAN EL INGRESO DE LAS Y LOS SERVIDORES LEGISLATIVOS

DERECHO DE LAS ECUATORIANAS Y LOS ECUATORIANOS: Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un sistema de selección y designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y participación intergeneracional. Art. 61, num. 7 Constitución de la República CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA

INGRESO, ASCENSO Y PROMOCIÓN EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA Se realizará mediante concurso de mérito y oposición, en la forma que determine la ley, con excepción de las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción. Art. 228 Constitución de la República CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA

SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS “Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público (...) La remuneración de las y los servidores públicos será justa y equitativa, con relación a sus funciones, y valorará la profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia”. Art. 229 Constitución de la República CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA

La Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) aprobada el 08/07/2009, regula el funcionamiento de la Asamblea Nacional, establece su estructura, desarrolla sus obligaciones, deberes y atribuciones constitucionales. Art. 1 LOFL LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA

SERVIDORAS Y SERVIDORES LEGISLATIVOS Están sujetos a la LOFL, las y los Asambleístas que integran la Asamblea Nacional, el personal asesor, personal a contrato y los funcionarios a nombramiento de la Función Legislativa. Toda persona que trabaje para la Asamblea Nacional tendrá la calidad de servidor público y estará sujeto a las disposiciones de la LOFL, reglamentos específicos y resoluciones que expida el CAL para el efecto. Arts. 1 y 161 LOFL LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA

SERVIDORAS Y SERVIDORES LEGISLATIVOS: Personal Permanente: Es aquel que luego de un proceso de oposición y méritos obtiene nombramiento. Personal Ocasional: Es aquel que presta sus servicios mediante contrato en calidad de asesores, asistentes de los asambleístas, Secretario y Prosecretario de Comisiones Especializadas, entre otros. Art. 161 LOFL LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA

SERVIDORAS Y SERVIDORES LEGISLATIVOS: Servidores de Libre Nombramiento y Remoción, son: Secretario/a, Prosecretario/a, Administrador/a General, Directores/as, Asesor/a Jurídico, Asesor/a, Secretario/a Relator, Prosecretario/a Relator de las Comisiones Especializadas y demás titulares de las diferentes unidades administrativas, cualquiera sea la denominación del cargo que ocupen. Art. 161 LOFL LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA

PERSONAL PARA LAS Y LOS ASAMBLEÍSTAS: Cada asambleísta podrá solicitar la contratación de dos asesores y dos asistentes, cuya relación contractual terminará a solicitud de la o el asambleísta o por resolución del CAL. El CAL señalará el procedimiento y condiciones de estas contrataciones; así como los requisitos de formación y experiencia. Art. 159 LOFL LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA

NORMATIVIDAD INSTITUCIONAL QUE REGULA LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN

REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE ASESORES, SECRETARIOS RELATORES, PROSECRETARIOS RELATORES, CONSULTORES, TÉCNICOS ADMINISTRATIVOS Y ASISTENTES ADMINISTRATIVOS ASAMBLEA NACIONAL Codificación aprobada en sesiones del CAL de 19/02/2013 y 08/04/2014. Reforma con Resolución CAL (18/12/2015). INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

RESOLUCIÓN No. MRL (R.O. No.182 (12/02/2014), determina los requisitos mínimos de Formación y Experiencia necesarios para el desempeño de los puestos de la Asamblea Nacional y fija el techo de las remuneraciones mensuales unificadas. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

RESOLUCIÓN CAL No (16/03/2016), Establece la reforma en la determinación de los requisitos mínimos de Formación y Experiencia necesarios para el desempeño de los puestos de la Asamblea Nacional y roles de los puestos. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

RESPECTO DE LAS MEDIDAS SUGERIDAS

DESARROLLO DE INSTRUMENTOS TÉCNICOS DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL

REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL POR PROCESOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL Aprobado con Resolución CAL (15/03/2016) Permite definir una estructura organizacional por procesos en la Asamblea Nacional, a través de la innovación, racionalización y mejora de la gestión, para responder a las demandas de la ciudadanía. Art. 229 Constitución de la República INSTRUMENTOS DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL

MANUAL DE DESCRIPCIÓN, VALORACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE PUESTOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL. (Por expedir) Permitirá fundamentar el subsistema de reclutamiento y selección de personal, así como desarrollar políticas de desarrollo de carrera y trayectoria laboral. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

REGLAMENTO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE TALENTO HUMANO PARA LA ASAMBLEA NACIONAL. (En elaboración) Permitirá normar y regular el sistema de administración del talento humano de la Función Legislativa, a través de la aplicación de los subsistemas de reclutamiento y selección de personal; planificación de talento humano; clasificación de puestos; evaluación del desempeño; capacitación, formación y desarrollo de carrera; y, bienestar laboral. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

INFORMACIÓN ADICIONAL

CREACIÓN DE PUESTOS CON SUSTENTO EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS OCASIONALES EXISTENTES Con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento y la continuidad en la prestación de los servicios de la Asamblea Nacional, se hace necesaria la creación de puestos del personal que se encuentra laborando mediante contratos de servicios ocasionales (que no constituyen de libre nombramiento y remoción), cuyas actividades desempeñadas tienen la característica de permanentes. INFORMACIÓN ADICIONAL

CREACIÓN DE PUESTOS CON SUSTENTO EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS OCASIONALES EXISTENTES - No se incrementará la masa salarial institucional. - El financiamiento provendrá de las asignaciones destinadas para contratos de servicios ocasionales. INFORMACIÓN ADICIONAL

CREACIÓN DE PUESTOS CON SUSTENTO EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS OCASIONALES EXISTENTES - Los puestos serán llenados por concursos de méritos y oposición. - Se realizará la planificación de los concursos de méritos y oposición. - Se otorgarán nombramientos provisionales mientras se desarrollan los concursos de méritos y oposición. INFORMACIÓN ADICIONAL

GRACIAS SU ATENCIÓN