– Alfredo Velásquez Acosta

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Transcripción de la presentación:

sute3rimac@hotmail.com – sute3rimac@gmail.com Alfredo Velásquez Acosta SUTE III SECTOR RIMAC sute3rimac@hotmail.com – sute3rimac@gmail.com Alfredo Velásquez Acosta Sec. General

Por eso no les interesa que se mejore la EDUCACION ¨... El único modo eficaz de mejorar los males sociales presentes, por medios naturales y efectivos, es el perfeccionamiento de la educación”. Por eso no les interesa que se mejore la EDUCACION

El gobierno continua con la confrontación, continua con el ataque frontal al magisterial y un mar de concesiones para sus aliados. Como se conoce, los 3 mejores mecanismos de control y sometimiento en el Perú republicano, han sido y siguen siendo las leyes y en particular las “evaluaciones”. No es extraño por ello que un viejo adagio diga: “a mis amigos todo, a mis enemigos la ley”.

«La educación pública debe ser objeto de políticas de Estado con orientación de largo plazo, […] más cerca de los consensos plurales y de los objetivos permanentes que de las preferencias del partido de turno en el poder» CNE

Según Mejía Jiménez, el neoliberalismo propone que el estado reduzca sus funciones para lo cual las medidas a tomar serian: Disminución del gasto por alumno Aumento del número de alumnos por aula Transferencia de la educación a gobiernos regionales. Pase de la gestión educativa a las ONGs priva das Reducción de la numeración docente. ESTO ES EL TEMA DE FONDO

SE AHOGARON EN LA FORMALIDAD LEY 29062 IMPOSICIÒN NEOLIBERAL ANTECEDENTES LA VIEJA REPÙBLICA: LOS PROBLEMAS DE LA EDUCACIÒN Y DEL MAGISTERIO CUMPLIMIENTO PARCIAL SE AHOGARON EN LA FORMALIDAD LEY 29062 IMPOSICIÒN NEOLIBERAL LEY 25212 (CONQUISTA DEL MAGISTERIO) LEY 24029 (CONQUISTA DEL MAGISTERIO) LEY 15215 LEY DEL ESTATUTO Y ESCALAFÒN MAGISTERIAL (BELAUNDE TERRY 1964) ESTATUTO MAGISTERIAL (RAMÒN CASTILLA 1861)

¿Por qué tanto apresuramiento en incorporar a los maestros? «La nueva Carrera Pública Magisterial requiere legitimarse ante la opinión pública y el propio profesorado como un instrumento que beneficia a los docentes

CARRERA PÙBLICA MAGISTERIAL ES SINÒNIMO DE EVALUACIÒN, SEGÚN SUS VOCEROS, ESTA CARRERA PÙBLICA MAGISTERIAL ES SINÒNIMO DE EVALUACIÒN, EVALUACIÒN SINÒNIMO DE CALIDAD ¿?

¡PRESTA MUCHA ATENCION!

D.S. 003-ART. 8 EVALUACION 8.1.- “Es un proceso integral, permanente participativo y transparente que permite valorar sistemáticamente la calidad personal, social y profesional del profesor teniendo en cuenta el contexto, antecedentes profesionales, capacidades, desempeño, superación profesional, méritos y los resultados de los aprendizajes de los estudiantes”

¿Se pierde la estabilidad laboral con la Ley 29062? Renuncia. Destitución. No haber aprobado la evaluación de desempeño laboral en tres oportunidades SI, Así lo establece el ART. 65 El profesor comprendido en los alcances del literal c no pueden reingresar al servicio docente”. CAPITULO XII TERMINO DE LA RELACION LABORAL EN LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL

¿Todo lo que se gana con la Ley 29062 es pensionable? NO El D.S. Nº 079-2009-EF, establece en su Art. 1º.-…. El 65% de la Remuneración Integra Mensual esta afecta a cargas sociales. Las asignaciones por cargo directivo, función docente, excelencia profesional, asesoría, desempeño destacado, preparación de clases, subsidio por luto y sepelio, cts, y remuneración personal no tienen carácter ni naturaleza remunerativa ni pensionable. (Además estas asignaciones son temporales según Art. 44º Ley 29062)

MODIFICACIÒN : D.S. 079-2009-EF Artículo 1.- Fija Remuneración Integra Mensual de profesor del Primer Nivel (I) Magisterial de la Ley Nº 29062 Fíjese en S/. 1 993,20 (Un mil novecientos noventa y tres y 20/100 Nuevos Soles), el monto de la Remuneración Íntegra Mensual - RIM correspondiente al Primer (I) Nivel Magisterial dispuesto por la Ley Nº 29062. Dicho monto es aplicable a la Jornada Ordinaria de Trabajo equivalente a treinta (30) horas cronológicas o cuarenta (40) horas pedagógicas semanal - mensual. El valor de la hora pedagógica es de S/49,83 (Cuarenta y nueve y 83/100 Nuevos Soles).

¿Los profesores de la nueva Ley 29062 van a trabajar mayor jornada? SI, así lo indica el Art. 63º.- La jornada ordinaria de trabajo de los profesores es de (30) horas CRONOLÓGICAS semanales. El Art. 93º del D.S. Nº 003-2008-ED-Reglamento de la Ley 29062, modificada por D.S. Nº 079-2009-EF en su Art. 2º jornada de trabajo 25 horas pedagógicas 30 horas pedagógicas 24 horas pedagógicas (Esto se ha modificado para incentivar la incorporación pero no se ha modificado el Art. 63º de la Ley 29062. ¿Quién tiene mayor jerarquía, una Ley o un Decreto Supremo?

Art. 4 JORNADA DE TRABAJO ADICIONAL Los profesores pueden trabajar hasta completar la JOT, equivalente a 40 horas pedagógicas, en caso lo permita la modalidad, la forma, Nivel, Ciclo o programa Educativo debidamente aprobado por el MED. El pago de horas laboradas adicionales se realiza en función al valor de la hora pedagógica, y son consideradas como parte de la Remuneración Integra Mensual y están afectadas en un 65% a cargas sociales.

¿Podrá un docente incorporado trabajar 40 horas pedagógicas? NO, solamente si es director o subdirector y la mayoría de ellos tienen encargatura interina en el cargo, por 5 años. 5. ¿Los profesores contratados ganan menos con la Ley 29062? SI, el D.S. Nº 104-2009-EF indica que la remuneración de docente contratados con jornada ordinaria de trabajo de 30 horas pedagógicas es de S/ 1 196; con 24 horas S/. 1 108 y con 25 horas gane S/. 1 154

¿Se margina a las profesoras de Inicial con la nueva Ley 29062?, SI, En la Ley del profesorado la jornada laboral de inicial es de 30 horas pedagógicas. Ahora de acuerdo al D.S. Nº 079-2009-EF se cambia a 25 horas pedagógicas con la finalidad de REDUCIR SU REMUNERACIÓN. Pero... ¿Estas docentes tendrán que cumplir la jornada de 30 horas cronológicas que manda la Ley 29062?

30% de la remuneración total. (Art. 48º) Art 93.3 del reglamento: 30 horas cronológicas (48) (24 H0RAS) (50 )(25 HORAS) (60) (30 HORAS (80) (40 HORAS) 30% de la remuneración total. (Art. 48º) LEY 29062 LEY DEL PROFESORADO Bonificación por preparación de clases Los docentes incorporados a la Ley 29062 pierden la bonificación del 30% de la remuneración total por preparación de clases establecida en la Ley 25212

¿Los docentes nombrados en la Ley 29062, pierden el tiempo de servicio? SI, La segunda disposición transitoria del reglamento de la Ley 29062 establece: Al computar los años de servicio oficial como profesor, para efectos de carrera, se les contarán los años de servicio realizados en función docente en virtud del nombramiento interino que tenían.

¿Los docentes incorporados en la Ley 29062 recibirán Bonificación por Navidad, Fiestas Patrias y Escolaridad? NO, La Ley 29062 y su Reglamento D.S. Nº 003-2008-ED lo ha eliminado.

¿Se reduce las asignaciones por cumplir 20, 25 y 30 años? SI; Se reduce de DOS a UNA remuneración al cumplir 20 años la mujer y 25 el varón; se reduce de TRES a DOS remuneraciones al cumplir 25 la mujer y 30 años el varón.

* Maestría concluida S/ 120 y este beneficio se pierde en la nueva Ley 29062 ** Sólo el 10% llegaría al IV nivel y el 5% al V nivel del total del magisterio nacional (Es decir Directores y Subdirectores) (Lo que pretende el gobierno es que la mayoría esté entre el I al III nivel de su nueva ley 29062 reduciendo los derechos pedagógicos, laborales y económicos a la mitad) 5% V 10% IV 15% III 30% II 40 % I

¿CUÁNTO GANA ACTUALMENTE UN DOCENTE NOMBRADO Y CUÁNTO GANARÁ SI SE CUMPLE LA LEY DEL PROFESORADO Nº 24029 y SU MODIFICATORIA LEY Nº 25212?

I NIVEL MAGISTERIAL II NIVEL MAGISTERIAL 1 774 1 700 H O R A S LEY DEL PROFESORADO TOTAL SUELDO SI SE CUMPLE SENTENCIAS TC. Y JUDIC. LEY DE CPM 29062 SUELDO ACTUAL BONIFICACIÓN 30% PREPARACIÓN DE CLASES CON GRADO DE MAESTRIA* 30 1 234 370 170 1 774 1 555 24 1 177 353 1 700 1 244 II NIVEL MAGISTERIAL H O R A S LEY DEL PROFESORADO TOTAL SUELDO SI SE CUMPLE SENTENCIAS TC. Y JUDIC. LEY DE CPM 29062 SUELDO ACTUAL BONIFICACIÓN 30% PREPARACIÓN DE CLASES CON GRADO DE MAESTRIA* 30 1 248 374 170 1 792 1 779 24 1 188 356 1 714 1 423

III NIVEL MAGISTERIAL IV NIVEL MAGISTERIAL H O R A S LEY DEL PROFESORADO TOTAL SUELDO SI SE CUMPLE SENTENCIAS TC. Y JUDIC. LEY DE CPM 29062 SUELDO ACTUAL BONIFICACIÓN 30% PREPARACIÓN DE CLASES CON GRADO DE MAESTRIA* 30 1 266 379 170 1 815 2 003 24 1 203 360 1 733 1 603 IV NIVEL MAGISTERIAL H O R A S LEY DEL PROFESORADO TOTAL SUELDO SI SE CUMPLE SENTENCIAS TC. Y JUDIC. LEY DE CPM 29062 ** SUELDO ACTUAL BONIFICACIÓN 30% PREPARACIÓN DE CLASES CON GRADO DE MAESTRIA* 30 1 287 386 170 1 843 2 032 24 1 221 366 1 757 1 842

TOTAL SUELDO SI SE CUMPLE SENTENCIAS TC. Y JUDIC. V NIVEL MAGISTERIAL H O R A S LEY DEL PROFESORADO TOTAL SUELDO SI SE CUMPLE SENTENCIAS TC. Y JUDIC. LEY DE CPM 29062 ** SUELDO ACTUAL BONIFICACIÓN 30% PREPARACIÓN DE CLASES CON GRADO DE MAESTRIA* 30 1 313 393 170 1 876 3 050 24 1 238 371 1 779 2 440 PORQUE NO SE CUMPLE? REMUNERACIÓN INTEGRA (Art.51º, 53º y Ss) REMUNERACION TOTAL PERMANENTE (Art. 50º) Comprenden: Remuneración principal 50.00 Bonificación personal 7.90 Bonificación familiar 3.00 Remuneración transitoria para homologación 28.85 Bonificación por refrigerio y movilidad 5.00 Remuneración Total Permanente S/. 94.75 (Sirve de base para los cálculos de los subsidios y bonificaciones tanto con la Ley del Profesorado como con la Ley 29062 Ley de Carrera Pública Magisterial)

SIEMPRE QUE EXISTA VACANTE Y EN FUNCION A LA DISPONIBILIDAD ECONÓMICA Edmundo Murrugarra, miembro del Consejo Nacional de Educación, señaló que dicha ley no favorece a los profesores. “Porque los avances que tiene particularmente en la evaluación del desempeño no están articulados al mecanismo fundamental de gestión de un grupo humano, que lo reclama el proyecto Educativo Nacional -vincular el desempeño del maestro con su ascenso y remuneración- la ley de la Carrera Magisterial dice habrá evaluación del desempeño pero no para ascenso, no remuneración, sino simplemente para que no te voten”. SIEMPRE QUE EXISTA VACANTE Y EN FUNCION A LA DISPONIBILIDAD ECONÓMICA 5% V 10% IV 15% III 30% II 40 % I

QUE OTROS BENEFICIOS REDUCE LA LEY 29062 Desaparece la bonificación por maestría de 170 nuevos soles. Retira el derecho a la libre asociación y sindicalización. Elimina el derecho de día libre por el día del maestro. Desaparecen tres días de ley. Elimina el derecho por día de onomástico.

EJEMPLOS 83.- Arturo es colega de Ernesto, ambos comentan sobre la importancia de la planificación familiar en el ejercicio de la paternidad responsable. Ernesto le señala que es bueno utilizar métodos anticonceptivos para ejercer con responsabilidad y tranquilidad la experiencia de ser padres. Si fueras Ernesto, ¡Cuál sería el método que elegirías para recomendarle a Arturo. Óvulos espumas Dispositivos intrauterino La píldora Temperatura basal Ovulación

DS 079-2009-EF. ESTABLECE LA REMUNERACION INTEGRA MENSUAL EN LA CPM 29062 NIVEL/ JORNADA DE TRABAJO REMUNERACION INTEGRA MENSUAL (RIM) RIM ASIGNACIÓN POR PREPARACION DE CLASE TOTAL RTP. (ASEGURABLE) Remuneración ASEGURABLE Remuneración no ASEGURABLE V 40 H 268,09 2324,07 1395,24 3986,40 80.00 4066,40 IV 200,32 1743,05 1046,43 2989,80 3069,80 III 173,61 1510,65 906,91 2591,16 2671,16 II 153,58 1336,34 802,26 2292,18 2372,18 I 133,54 1162,04 697,62 1993,20 2073,20 EL Art. 2 DEL DS 079-2009-EF NOS DEMUESTRA QUE NO EXISTE LA JORNADA LABORAL DE 40 HORAS, SÓLO EXISTE DE 24, 25 Y 30. EL Art. 4 DE LA MISMA PRECISA QUE ESTA JORNADA ES ADICIONAL, SÓLO SE DARÁ EN CASOS EXTREMOS Y AUTORIZADOS POR EL MED. POR OTRO LADO LAS REMUNERACIONES SON PENSIONABLES SOLO EL 65%

VI. METAS 25 000 Incorporaciones

LA CAMPAÑA RESULTÒ SIENDO UNA MENTIRA LA CPM 29062 NO TIENE PRESUPUESTO

PLANTEAMIENTOS DEL SUTEP PROPUESTAS DEL SUTEP DEBE COMPRENDER A TODOS LOS PROFESORES EN SERVICIO Y TAMBIEN A CESANTES Y JUBILADOS SISTEMA DE FORMACION CONTINUA EN SERVICIO SISTEMA DE REMUNERACION CON PISO SALARIAL DE 60% DE LA UIT DEFENSA DE LA ESTABILIDAD LABORAL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS SINDICALES RECONOCIMIENTO DE LA LABOR PEDAGOGICA VIGENCIA DEL STATUS PROFESIONAL PEDAGOGICO POLITICA DE PREVISION SOCIAL SISTEMA DE EVALUACIÒN INTEGRAL Y FORMATIVA LEY DE CPM 29062 ATROPELLA EL CARÁCTER PUBLICO DE LA CPM SOLO PROGRAMA DE FORMACION Y CAPACITACION CONGELA SUELDOS EN FUNCION DEL ASCENSO PLANTEA LA INVALIDEZ DE TITULOS VIA EVALUACION ELIMINA LOS DERECHOS PROFESIONALES Y CIUDADANOS IMPONE JORNADA LABORAL DE 30 HORAS CRONOLOGICAS LIBERALIZA LA CARRERA PUBLICA REDUCE SUBSIDIOS Y BENEFICIOS IMPONE PRUEBAS ESCRITAS MANIPULADAS

PLANTEAMIENTO FINAL POR TODO LO EXPUESTO EL SUTEP Y SUS BASES PLANTEAN LA DEROGATORIA DE ESTA ILEGAL, ILEGITIMA E INVIABLE LEY, QUE HA MERECIDO EL RECHAZO DEL 98% DE 300 MIL DOCENTES A NIVEL NACIONAL NADA DE MODIFICATORIAS

¡Basta de maltrato al magis terio y la profesión docente ¡Basta de maltrato al magis terio y la profesión docente! ¡No a la estafa de la incorporación, No renuncies a tus derechos!

INCAUTOS: porque algunos docentes siguen creyendo que la ley 29062, LES VA A DUPLICAR EL SUELDO, y, supuestos ESTAFADORES los del Ministerio de Educación, porque salen a decir a través de los medios de comunicación SEMEJANTE MENTIRA. PRUEBAS AL CANTO: según el Decreto Supremo Nro. 079-2009-EF, publicado en el diario El Peruano el 2 de abril del 2009.

La concentración de riqueza en pocas manos, conformándose con la explotación de los recursos naturales como en la época del oro y de la plata colonial, del guano y del salitre, del caucho o de la pesca El Neoliberalismo No es capaz de generar industria, trabajo ciencia y tecnología, investigación y conocimiento

El Neoliberalismo Ha profundizado la crisis moral y la corrupción en la sociedad peruana, ha acentuado las condiciones en que reposa la violencia social, ha introducido el estilo mafioso del gobierno con Montesinos y Fujimori, ahora con García, ha reforzado el cinismo y la mentira como estilo de gobierno y devaluado la educación, la cultura, los valores morales , etc.

Eliminada la estabilidad laboral se ha impuesto el sistema de services sin derechos para los trabajadores, se precariza el trabajo, caen los salarios reales, acelerando con ello el debilitamiento de sus organizaciones sindicales

¿Qué Necesitamos? Construir los cimientos firmes de una Nueva República, de cara a las exigencias del siglo XXI

¿Qué Necesitamos? Peruanizar al Perú Nueva República Un nuevo estado Gobierno democrático de ancha base social Planificación macroeconómica La economía estará al servicio del ser humano y la nación.

¡Muchas Gracias!