Ley Nacional Nº Decreto Nº 603/2013

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Transcripción de la presentación:

Ley Nacional Nº 26.657 Decreto Nº 603/2013 La Salud Mental atraviesa en la actualidad un proceso de transformación que implica el pasaje de lo patológico a lo salutogénico. No se agota en los servicios de salud específicos tradicionales ASPIRA AL DESARROLLO DE ACCIONES TERRITORIALES AL ALCANCE DE TODA LA POBLACIÓN DESDE LA MIRADA COMUNITARIA Y LA INCLUSIÓN SOCIAL.

Salud Mental como un Proceso Determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramientos implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los DDHH y sociales de las personas” Capítulo II, Artículo 3 COMPLEJIDAD

Se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas Se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas. La Ley ya no hace mención a la expresión “enfermedad mental”, sino que se refiere a “personas con padecimiento mental” a la palabra “tratamiento”, sino “procesos de atención”.

Des-institucionalización Cuando en las formulaciones políticas de Salud Mental se habla de des-institucionalización se hace referencia a la tarea de deconstruir esas producciones institucionales existentes y constitutivas de los imaginarios culturales compartidos.

Entre ellas, tiene un lugar privilegiado la cultura de acallar y/o hacer desaparecer los síntomas y/o encerrar a las personas que los portan, más que entenderlos como pedidos de ayuda, buscando las causas más allá de la caracterización de anormalidad o alienación personal, o en la biología o en los prejuicios.

Deconstrucción que coincide con la creación y sostenimiento de experiencias alternativas, que se van convirtiendo en dispositivos e instituciones nuevas y, aun así, en constante transformación Así, se pasa de la tutela, la punición y/o la exclusión a asumir las complejidades en juego en cada situación, buscando comprenderlas y ayudando a entenderlas. A crear redes donde existe desolación. A descubrir o inventar sentidos. A recuperar o lograr un lugar en el mundo para los que están aislados en su dolor.

El Artículo 4 de la Ley instituye que “las adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental”. Y reconoce a “las personas con uso problemático de drogas, legales e ilegales” como sujetos de derecho “en su relación con los servicios de salud”. “EL EJE DEBERÁ ESTAR PUESTO EN LA PERSONA, EN SU SINGULARIDAD MÁS ALLÁ DEL TIPO DE ADICCIÓN QUE PADEZCA”.

En el campo de las adicciones, se tiende a superar la lógica ético-jurídica y médico-sanitaria, propugnando la adopción de los principios éticos sociales de inclusión comunitaria. Todo lo expresado implica un Estado presente, rector y promotor, donde en cada problema participen todas las instancias competentes, permitiendo y alentando a la vez el protagonismo dinámico de la sociedad civil.

DERECHOS DE LAS PERSONAS CON PADECIMIENTOS MENTALES a recibir atención sanitaria y social integral y humanizada; a conocer y preservar su identidad y sus grupos de pertenencia; a recibir el tratamiento más conveniente y que menos restrinja sus derechos y libertades; a ser acompañadas por sus familiares u otros afectos; a que, en el caso de internación involuntaria o voluntaria prolongada, las condiciones de la misma sean supervisadas; a no ser identificadas ni discriminadas; a ser informadas de manera adecuada y comprensible de los derechos que las asisten, y de todo lo inherente a su salud y tratamiento, según las normas del consentimiento informado; a que el padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable.

OBJETIVOS DEL PLAN Es el trabajo permanente en la desestructuración de los prejuicios (personas con padecimientos tildadas de locas y peligrosas; el adicto visto como delincuente y dañino) que propician y regeneran la discriminación.

Abordajes interdisciplinarios e intersectoriales, integrados por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados para la atención en Salud Mental, por fuera del ámbito de internación hospitalario monovalente (manicomios), basado en los principios de la Atención Primaria de la Salud (APS), y su componente de Salud Mental, orientándose al reforzamiento, restitución y promoción de los lazos sociales.

RESISTENCIAS Y DESAFIOS La interdisciplina es uno de los aspectos más resistidos por las corporaciones de profesionales y técnicos, y por las perspectivas judiciales centradas en la tutela y en el control de la “peligrosidad” de “los enfermos”. La estigmatización y discriminación de las poblaciones y personas en situación de vulnerabilidad; una Red de Salud/Salud Mental inadecuada, cuando no inexistente,

Las adicciones no están adecuadamente incluidas en el campo de la Salud/Salud Mental; La formación y capacitación de los recursos humanos; El escaso desarrollo de la Epidemiologia en Salud Mental; El insuficiente desarrollo de un sistema de monitoreo y evaluación de la calidad de la atención; La investigación que no responde de modo adecuado a las necesidades de los servicios y sistemas de salud; y la deficiente cobertura en salud mental en el abordaje de emergencias y desastres.

El Plan Nacional de Salud Mental reconoce los aportes de la comunidad organizada y establece, con el objetivo de fortalecerla, la acción en el territorio, apoyando el proceso de construcción y articulación de redes, deconstruyendo el discurso único y dando lugar a los aportes provenientes de otras disciplinas.