FLUJO DE DATOS TRANSFRONTERIZOS el flujo de datos transfronterizos (FDT) es "la circulación de datos' e información a través de las fronteras nacionales.

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Transcripción de la presentación:

FLUJO DE DATOS TRANSFRONTERIZOS el flujo de datos transfronterizos (FDT) es "la circulación de datos' e información a través de las fronteras nacionales para su procesamiento, almacenamiento y recuperación".'

Implicaciones generales En las economías posindustriales, en las cuales el manejo de información representa hoy en día entre 40 y 50% del valor agregado, es natural que los intercambios internacionales de información estén destinados a desempeñar un papel muy importante. Con base en ello se sustenta en gran medida el adecuado funcionamiento de la economía mundial, en el que la especialización y la interdependencia de los Estados se acentúa aún más.

Implicaciones generales IMPLICACIONES POSITIVAS Favorecimiento de la paz y la democracia. Deben recordarse los vínculos estrechos existentes entre libertad de circulación de información, derechos del hombre y valores fundamentales de la humanidad. Favorecimiento en el progreso técnico y el crecimiento. La cooperación entre los científicos que constituyen una comunidad a escala mundial y la competencia de industriales y empresarios han hecho gala de su aptitud al difundir los conocimientos y técnicas. La vulnerabilidad social en términos, por ejemplo, de una eventual "descompostura" de la red telemática con irrupción de los flujos con entorpecimiento en los tratamientos o la alteración de archivos y programas derivados de una falla técnica, catástrofe natural o intervención humana (sabotaje, terrorismo, crisis política, etc.) Incidencia económica notoria. El desarrollo y la pérdida de nuevas tecnologías de la información traen consigo una gran cantidad de inversiones económicas, con notorias desproporciones a nivel de los verdaderamente beneficiados y aquellos que ingenuamente consideran estar en el cuadro

Diferentes flujos de información La información comercial, la cual se manifiesta según una lógica mercantil de distribución (olle-way) aun si los usos comerciales no están del todo consolidados en este aspecto. La información empresarial, como aquella sustentada cn rasgos distintivos, por ejemplo: pedidos, existencias, control de producción, consolidación financiera, gestión del personal, etc., La información especial, corno aquella que, sin estar necesariamente vinculada con intereses comerciales o empresariales, se convierte en intercambio de conocimientos que permiten un mejor desarrollo de las actividades educativas o de investigación a nivel técnico o científico.

Diferentes clases de redes L.1S redes por las que pueden circular dichas informaciones suelen ser muy variadas, lo cual depende del tipo de datos que fluyan en ellas la red de la Sociedad Internacional de Telecomunicaciones Aeronáuticas (SITA) que permite controlar las telereservaciones aéreas a nivel mundial, la Red Bancaria de Intercambio de Mensajes Financieros (SWIFT, por sus siglas en inglés) que facilita la comunicación a nivel mundial entre las institucioncs bancarias y financieras, la Red de la Policía Internacional (NICS, por sus siglas en inglés) que favorece el intercambio de información referida a criminales perseguidos por Interpol

PROBLEMÁTICAS JURÍDICAS PARTICULARES Utilización ilícita de datos transmitidos al extranjero. El envío de información a otro país, en el estado actual de derecho, permite a aquélla escapar a la reglamentación a la que pudiera estar sometida en el país de origen. Atentá contra la soberanía de los Estados. La teleinformática, al igual que otras manifestaciones tecnológicas, trae consigo una serie de repercusiones que en última instancia inciden en uno de los valores más importantes de toda nación: su soberanía (entendida no sólo en lo político, sino también en lo social, cultural y otros órdenes),

Organismos gubernamentales y no gubernamentales interesados en el tema. l. Organización para la Cooperación del Desarrollo Económico (OCDE) interesada en la problemática derivada de la protección y seguridad de datos. 2. Centro de Corporaciones Transnacionales de las Naciones Unidas (UNCTC) interesado en el problema de las tarifas y el régimen fiscal aplicable a este tipo de información. 3. Comisión deComercio y Desarrollode las Naciones Unidas (UNCTAD) interesada en la problemática contractual y propiedad de la información. 4. Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) interesada en el problema de la propiedad de la información y el registro de nombres de dominio, al igual que el ICANN. 5. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) interesada en la trascendencia social, cultural y educativa del FDT

6. Unión Europea (UE) en cuanto a las implicaciones que pueda traer consigo a los países miembros de la Unión. 7. Organización Mundial del Comercio (OMC) respecto a las tarifas y régimen fiscal aplicable. S. Organización Internacional de Telecolllunicaciones Vía Satélite. (INTELSAT) en referencia a los problemas jurídicos por la transmisión de información vía satélite. 9. Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) respecto a que sean transmitidas por medios que no usen satélites. 10. Banco Mundial, la privacidad y confidencialidad de datos.

Convenio de Estrasburgo Este acuerdo internacional del 28 de enero de 1981, denominado Convención para la Protección de las Personas Respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, y más conocido con el rubro de Convenio de Estrasburgo, suscrito por Austria, República Federal de Alemania; Dinamarca, España, Francia, Luxemburgo, Suecia y Turquía, aún no ratificado, y'abierto a la firma de todos los países interesados, contiene una serie de disposiciones (27 artículos integrados en siete capítulos) relativas a objetivos, definiciones, ámbitos de aplicación, obligaciones de las partes, derechos, excepciones, sanciones, autoridades, consignas generales y específicas no sólo en materia de protección de datos personales, sino también a nivel del flujo de datos transfronterizos, sin lugar a dudas un cuerpo normativo muy interesante, aunque ilimitado en la resolución del problema.