Master de Secundaria 2011 Tecnología e Informática

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Transcripción de la presentación:

Master de Secundaria 2011 Tecnología e Informática Asignatura Bases y Fundamentos Absentismo Escolar Departamento de Sistemas Informáticos - UCLM

Educación Secundaria Obligatoria Se considera absentismo escolar la falta de asistencia regular y continuada a clase del alumnado en edad de escolaridad obligatoria, sin motivo que lo justifique. Orden de 09-03-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia y de Bienestar Social: Se establecen los criterios para la prevención, intervención y seguimiento sobre el absentismo escolar.

Criterios de actuación I 1. La situación de absentismo escolar a detectar y corregir se refiere al alumnado menor de edad que cursa la ESO. 2. Las prevención y, en su caso, corrección de la ausencia habitual e injustificada del alumno requiere la actuación coordinada de: Las administraciones regional y local, Los servicios sociales de la localidad. El centro educativo. 3. La necesidad de intervenir globalmente sobre el alumnado y su contexto requiere la actuación coordinada de los servicios sociales básicos y del Instituto mediante planes comunes de actuación donde deben concretarse las actuaciones a realizar y las responsabilidades de cada uno. Se trata, por tanto, de una responsabilidad compartida.

Criterios de actuación II 4. Las actuaciones tendrán un carácter prioritariamente educativo y no sancionador, sin perjuicio de lo que indiquen al respecto las Normas de convivencia del Centro. 5. Las actuaciones se pondrán en marcha cuando surja la problemática concreta. 6. Para comprobar el funcionamiento de los planes comunes de actuación, se realizará un seguimiento periódico de sus resultados. 7. La responsabilidad del Centro educativo se concreta en: El control riguroso de la asistencia a clase. La comunicación inmediata a las familias o tutores legales de las situaciones irregulares. La actuación coordinada con los servicios sociales básicos si fuera necesario.

Procedimiento de actuación I Conocida la situación de absentismo escolar, el Equipo Directivo, con el asesoramiento del Departamento de Orientación y, en su caso, de los servicios sociales, pondrá en marcha las siguientes actuaciones: a) El tutor, mediante el control de la asistencia diaria, detectará la situación de absentismo, la comunicará a la familia o tutores legales inmediatamente e informará al Equipo Directivo quien, en su caso, trasladará la información al resto de instituciones implicadas. b) De persistir la situación, el tutor –si es preciso con el concurso del Equipo Directivo- citará a una entrevista a la familia o los tutores legales para corregirla. c) Si no se resuelve la situación, el Departamento de Orientación del Instituto realizará una valoración personal y escolar del alumnado. Si de ella se deduce que predominan los factores socio-familiares en la situación, se solicitará la correspondiente valoración a los servicios sociales.

Procedimiento de actuación II d) Tras las anteriores valoraciones, se acordarán entre el Departamento de Orientación y los servicios sociales citados las medidas a tomar, que se concretarán en un Plan de intervención socioeducativa con el alumnado su familia. e) La inspección de Educación será informada del proceso con el fin de garantizar el cumplimiento de los derechos y obligaciones del alumnado y las familias implicadas. f) El tutor realizará un seguimiento periódico de la situación de absentismo, en colaboración con las familias y los servicios sociales, cuando intervengan, con un plazo fijo inicialmente y variable a partir de la desaparición de la situación. Para el seguimiento del alumnado que presente una situación prolongada de absentismo el Instituto solicitará colaboración al Ayuntamiento.