5. CÓDIGO DE CONDUCTA AMDEE Se solicita a la Asamblea la ratificación del Código de Conducta aprobado en su momento por el Consejo Directivo.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS.
Advertisements

Artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas para:
CEDH ZACATECAS CÓDIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY.
P ROPUESTA C OMITÉ C ONSULTIVO M IXTO. ¿ POR QU É UN CCM? Como sociedad civil no s ó lo nos interesa garantizar nuestra incidencia en el plano de las.
CÓDIGO DE ÉTICA CORPORATIVO ,,, PRIVACIDAD
PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL
REQUISITOS A CUMPLIR PARA SER UNA ASOCIACIÓN ACREDITADA ANTE LA ASOCIACIÓN ACTUARIAL INTERNACIONAL 22 Noviembre
PROYECTO DE CONMUTACIONES
POLÍTICAS DE INTERVENCIÓN CON LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FUNDACIÓN LAS GOLONDRINAS.
CONVENIO 169 DE LA O.I.T. SOBRE PUEBLOS INDIGENAS Y TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES 1989 (Ratificado por Bolivia en 1991)
MISION DE INGESOCOL SAS
ÈTICA EN LA ADMINISTRACIÓN
Acuerdo entre dos o más grupos sociales o instituciones por el que ambas partes aceptan una serie de condiciones y derechos.
Participante: Emwid E. Castillo D. C. I.: Profesor: Cecilia Trejo VICERRECTORADO DE ESTUDIOS A DISTANCIA COHORTE HID CR: 081 LIC. EN.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL (SGA), ISO y 14001
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Marzo de 2003 Ing. Horacio Antonelli Matterson Diapositiva Nº 1 Código de Ética El Instituto de Auditores Internos creó un Código.
 EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD ASUME LA RESPONSABILIDAD DE ACTUAR EN INTERÉS PUBLICO.  ESTE CÓDIGO CONSTA DE 3 PARTES: PARTE A: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES.
INTEGRANTES: ANYELA TORRES SANDRA CIFUENTES STIVEN GARCIA NYFER
Esta presentación es una interpretación normativa actual sobre la Ley de Habeas Data hecha por el Departamento Jurídico de Bancóldex, razón por la cual,
LA REGULACIÓN DEL CABILDEO Nicolás Hernández González Observatorio Legislativo ICP Foro “Hacia un Nuevo Congreso” Universidad Javeriana Marzo 23 de 2004.
ANGIE PAOLA SOLANO CASTIBLANCO DAR SOPORTE A LOS PROCESOS NORMAS ISO DOC. JOHANA LÓPEZ CHAVEZ SENA 2010.
EJERCICIO DE LA PROFESIÓN BAJO LA TUICIÓN DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES A.- Rol del Colegio profesional. B.- La Colegiatura como condición indispensable.
♥Todo ser humano debería tener garantizados los derechos más básicos para su subsistencia como la alimentación, la salud, seguridad, vivienda, educación,
Prevención y Protección frente a riesgos profesionales
Código de ética de los ingenieros.. Se considera contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la profesión, para un miembro del colegio.
LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE LOPNA.
Asociación de Abogados SUD, A.C.. Misión SER EL FORO Y MEDIO DE REUNIÓN, CONSULTA, ESTUDIO, OPINIÓN, ANÁLISIS, DEBATE Y DIFUSIÓN DE LOS ABOGADOS Y ESTUDIANTES.
Ética y responsabilidad del funcionario público. Año
Antecedentes y Análisis Sinóptico de la Ley de Acceso a la Información Pública LAIP Eduardo Cordero Q. Escuela de Derecho Pontificia Universidad Católica.
Alcanzar la equidad sanitaria actuando sobre los determinantes sociales de la salud. Alicia Baldeón y Alonso Mata Blanco Subsanar las desigualdades en.
ESTIGMA Y DISCRIMINACIÓN EN LUGARES DE TRABAJO. PAISES CON LEYES ANTI- DISCRIMINACIÓN (2012).
Seminario Taller de Nivelación y Conformación de Equipos Técnicos Sindicales En Materia de Seguridad Social para Organizaciones Sindicales. Montevideo,
La relación laboral y el contrato de trabajo Índice del libro.
Los Sindicatos y el Teletrabajo Una mirada desde Colombia.
Cuestionario CP-IDEA: conclusiones y perspectivas de aplicación 2013 Equipo de Coordinación GTplan.
ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL - FONCODES
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS FINANCIEROS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN FINANCIERA 1.
Presentación Recopilación de buenas prácticas de transparencia en la gestión pública y privada 1 Equipo de transparencia: Dayra Valle Tamara.
DESAFÍOS Y PROPUESTAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE VIGILANCIA DE MERCADOS EN SEGURIDAD DE PRODUCTOS FUTUROS PASOS.
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y LOS ADMINISTRADOS
LA CORRUPCIÓN NO SE CREA, NI SE DESTRUYE, SÓLO SE CONTROLA.
Principios generales de Derecho Internacional aplicables a la acción de los Estados en el ciberespacio: Tallin 2.0. Capitán Auditor Ana P. Velázquez.
Contacto de los Reclusos con el Mundo Exterior Derechos Humanos y cárcel Normas, garantías y perspectivas Montevideo, 8 al 12 de Agosto.
“ Taller sobre legislación sanitaria para la protección contra la exposición al humo de tabaco en la región Sur Sureste. Cuernavaca, Estado de Morelos,
Erradicación del Trabajo Infantil El tema que se abordará en este encuentro ocupa un lugar de prioridad en la agenda de los empleadores ya que consideramos.
El sistema normativo de la OIT: Adopción, Sumisión, Ratificación y Sistema de Control Formación Sindical para el Sector Pesca Promoción y Ratificación.
Mecanismos de Control Normativo OIT. El mecanismo de ratificación y posterior desarrollo legislativo de los Convenios Fundamentales por parte de los Estados.
Iniciaci ó n DDHH Grupo 1: Metropolitano Los Derechos Humanos Derechos Civiles Participante: Lic. Luis Pérez Caracas, Noviembre de 2013.
Transparencia Activa y el Derecho de Acceso a la Información Pública.
Isabel Gutiérrez (CATIE, Costa Rica) Mayo KOYOKA Project2 Introducción El papel del investigador De observador objetivo a participante subjetivo.
Perú: El MEF y el cambio climático (Institucionalidad) Javier Roca Fabian Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad.
EXPERIENCIA DEL DPTJI DEL GOBIERNO DE ARAGÓN EN LA ASESORÍA EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL La Protección de Datos de Carácter Personal.
Corte Constitucional Sentencia No. T- 569/94 Derecho A La Educación Deberes De Los Estudiantes Reglamento Educativo Cumplimiento Limites.
CONCLUSIONES GRUPO No. 2 TEMA MODELOS Y SISTEMAS DE AUDITORIA INTERNA.
GESTION DE LA EMPRESA INMOBILIARIA
La Rendición de Cuentas en el BID - Un reflejo de la Innovación Social XV Reunión BID Sociedad Civil en Honduras: Foro sobre Innovación Social Tegucigalpa,
PREVENCION Y CONTROL ELECTORAL POR LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN.
Contraloría Municipal de Itagüí LEY 1757 DEL 6 DE JULIO DE 2015 Promoción y protección del derecho a la participación democrática.
Constituir los Comités de Contraloría Ciudadana Adelante “…como instrumentos de participación social, que favorezcan la transparencia, eficiencia y correcta.
Dr. Marcelo Julio Marinelli.  Establecer las Políticas de Seguridad de la Información es una de las acciones proactivas que ayudan a disminuir los riesgos.
Normas Generales de Control Interno para el Sector Público Nacional Resolución N° 172/2014 SGN República Oriental del Uruguay Montevideo - Marzo de 2016.
R E S G U A R D O D E D E R E C H O S CAPACITACIÓN OFICINA 600 Octubre 2006.
¿QUÉ ES LA GESTIÓN AMBIENTAL EMPRESARIAL ? Es un proceso, dentro de la Gestión Empresarial, de planeación, ejecución, control y mejoramiento continuo,
Empresa del sr Gordillo Por Paulo Cesar Alvarez Universidad Minuto de Dios.
El Código de Conducta de Cruz Roja Española Reunión de Miembros de los Comités Locales, Toledo 19 de febrero de 2011.
PROGRAMA ILS/FPR, CIF-OIT de TURÍN El rol de los sindicatos en los sistemas normativo y de control: acción nacional e Internacional Ginebra, octubre de.
1 UD 6: LA PARTICIPACIÓ DELS TREBALLADORS A L’EMPRESA.
Módulo de Gestión de la Empresa Inmobiliaria Curso ADMINISTRACIÓN PARA AGENTES INMOBILIARIOS.
Transcripción de la presentación:

5. CÓDIGO DE CONDUCTA AMDEE Se solicita a la Asamblea la ratificación del Código de Conducta aprobado en su momento por el Consejo Directivo.

CÓDIGO DE CONDUCTA La AMDEE tiene por objetivo la representación de sus miembros como integrantes de la industria eólica y la promoción de la energía eólica en México. La energía eólica es una fuente de generación competitiva, valiosa para mitigar los efectos adversos de las emisiones relacionados al cambio climático y a la salud y con la que aprovechamos los recursos naturales de manera sustentable, contribuyendo a la seguridad energética de nuestro país. Este Código de Conducta establece los principios y estándares básicos que todos los miembros de la AMDEE deben de observar. Adhesión al Código de Conducta Todos los miembros de la AMDEE deberán acatar y cumplir en todo momento con este Código de Conducta, lo que ratifican en el momento mismo de convertirse en miembros de la Asociación.

CÓDIGO DE CONDUCTA Cumplimiento con Leyes Los miembros deben cumplir con todas las leyes y disposiciones aplicables, en particular en materia de trabajo, salud, seguridad, medio ambiente, regulación, licitaciones, impuestos y contribuciones. Conducta Profesional y Honesta La conducta de negocios de cada miembro debe de basarse en principios de profesionalismo, honestidad e integridad y actuarán bajo principios de no discriminación. Esto incluye un estricto cumplimiento de las disposiciones para combatir la corrupción en la relación con entidades y funcionarios del sector público. Se sugiere que cada miembro cuente con un documento interno que detalle sus políticas en materia de anticorrupción en la conducta de sus negocios.

CÓDIGO DE CONDUCTA Respeto a las Comunidades En el contacto, negociación y contratación de derechos de tierra con comunidades, propietarios, ejidatarios y/o comuneros, cada miembro debe actuar con respeto a las costumbres del lugar y de los demás miembros que hayan contratado previamente sobre las mismas tierras, informar y consultar en forma correcta sobre el proyecto de que se trate, promover el desarrollo de las comunidades y pagar contraprestaciones justas considerando las circunstancias y casos similares. Los miembros no deben adquirir derechos inmobiliarios con el fin de especular con ellos ni buscar obtener un beneficio a costa de derechos de terceros previamente adquiridos.

CÓDIGO DE CONDUCTA Relación entre Miembros Los miembros no usarán prácticas desleales de competencia. En la medida en que instalaciones de transmisión del proyecto de un miembro pretendan construirse en tierras contratadas por otro miembro, sin afectar las instalaciones de este último, éste debe otorgar las anuencias requeridas, sin compensación económica para los miembros. En caso de discrepancias de opiniones entre miembros, el Comité Ejecutivo (sin participación de las partes respectivas) podrá mediar. Ningún miembro interferirá en las relaciones de otros miembros con sus arrendadores o terceros, incluyendo autoridades, ni pretenderá apropiarse de los derechos de arrendamiento de otros miembros. De igual forma ningún miembro buscará contratar a personal en activo de otros miembros sin previa consulta.

Relación con la AMDEE Ningún miembro puede hablar en nombre de la AMDEE. Solo las personas nombradas por los órganos de la AMDEE pueden representar la AMDEE dentro de sus respectivas atribuciones. Los miembros deben apoyar las labores de la AMDEE y pagar puntualmente sus cuotas. Divulgación de este Código La AMDEE divulgará este Código en forma adecuada. Cada miembro se obliga a divulgar este Código entre sus directivos y empleados y exhortarlos a evitar conductas que desacrediten a la AMDEE o afecten negativamente la reputación de esta. CÓDIGO DE CONDUCTA

Administración del Código de Conducta Este Código de Conducta es un documento que reitera el compromiso voluntario de cada uno de los miembros de la AMDEE para contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Asociación, por lo cual su observancia y cumplimiento se considera esencial y la violación del mismo debe de ser sancionada en beneficio de todos los Asociados. El cumplimiento de este Código de Conducta no tendrá ninguna excepción en cuanto a su aplicación, salvo que sea plenamente legal y justificado. La vigilancia del cumplimiento de este Código estará a cargo del Consejo Directivo. Todos los miembros, tienen la obligación de cooperar con cualquier investigación interna y de mantener la confidencialidad de la misma, así como de la documentación relacionada, para garantizar el adecuado cumplimiento de los principios establecidos en este Código.

1. Comisión de Vigilancia El Consejo Directivo nombrará de entre sus miembros una Comisión de Vigilancia que será integrada por 5 (cinco) miembros de dicho Consejo. Esta Comisión será la encargada de recibir las quejas o denuncias al cumplimiento del Código de Conducta y en su caso llevar a cabo las indagaciones que estime convenientes. La Comisión de Vigilancia reportará al Consejo Directivo las violaciones al Código de Conducta que se le presenten y los resultados de las indagaciones que realice a fin de que se tomen las medidas disciplinarias que procedan. CÓDIGO DE CONDUCTA

2. Aplicación de acciones disciplinarias Las acciones disciplinarias por violaciones al Código de Conducta serán las siguientes: Llamada de atención verbal Llamada de atención escrita Exclusión de la Asociación. La severidad de las sanciones estará en función de la gravedad de las faltas cometidas y estas serán resueltas por la Comisión de Vigilancia, la cual las someterá para su aplicación al Consejo Directivo y éste a la Asamblea en caso de que la conducta a sancionar amerite la exclusión del miembro de la Asociación.