CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN

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Transcripción de la presentación:

CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN 1.- Origen y rasgos esenciales de COREP (“COmmon REPorting”) 2.- La estructura de COREP 3.- La implantación de COREP para las entidades de crédito españolas según la nueva Circular de solvencia del Banco de España

Marzo-Junio 2004: Estudio de viabilidad (9 países UE). Esfuerzos de CEBS para un reporte común de la solvencia: COREP (COmmon REPorting) Marzo-Junio 2004: Estudio de viabilidad (9 países UE). Junio 2004: CEBS crea un grupo de trabajo (COREP) para desarrollar un marco común de información a reportar sobre solvencia Septiembre 2004: COREP establece un Grupo Técnico para desarrollar el mandato. Comienzan los trabajos con un encuentro de 2 semanas en Madrid Enero-Abril 2005: Proceso consultivo Septiembre-Octubre 2005: Nuevos contactos con la industria e identificación de dos niveles de información: NÚCLEO y DETALLES Noviembre 2005: COREP se hace aplicable por las empresas de inversión y se incorporan los cambios debidos a las enmiendas del Parlamento Europeo Enero 2006: Finalizan los trabajos y COREP se hace público como estándar (“Guideline”) recomendado aunque no imperativo (ajustado en octubre 2006): http://www.c-ebs.org/standards.htm COREP se compone de 18 estados Con un NÚCLEO de elevada utilización (uso esperado 80-90%) Con unos detalles de uso razonable (uso esperado 60%) Consistencia con la Directiva de capital (y otros documentos como las directrices de CEBS) y la interna del marco COREP está apoyada en la inclusión de referencias legales y comentarios para casi todas las filas, columnas y otros elementos (p.ej. Dimensiones) de cada estado. La distinción en niveles aumenta la flexibilidad del marco informativo para acomodarse a las diferentes prácticas supervisoras. Muchos estados incluyen información de ambos niveles, aunque hay estados puramente de detalle NÚCLEO: Recoge la información esencial para supervisores Sirve de referencia para aquellos países que harán un uso limitado de este marco, lo que “de facto” debería permitir la convergencia en torno al NÚCLEO DETALLES: Incluye información adicional para una más correcta y profunda interpretación de los datos del Núcleo, así como del perfil de riesgo oculto tras el ratio de solvencia. Identificación: filas y columnas con títulos sombreados; las dimensiones diferentes de la TOTAL; y todos los estados apellidados “Details” Esta distinción deviene irrelevante una vez que cada supervisor decide sus opciones de implantación de COREP.

Mantenimiento e interpretación de COREP El papel de la COREP ON Septiembre 2006: Se constituye la red operativa (Operational Network) para el mantenimiento y resolución de consultas en la aplicación de COREP. La relación de dependencia de COREP ON es: CEBS EGFI (Expert Group on Financial Information) Reporting sub working group COREP ON ha trabajado en: Resolución de consultas Otras cuestiones http://www.c-ebs.org/implementationquestions/

El alcance de COREP en la estructura de Basilea II

COREP como marco de información también válido para Basilea I Este cuadro reproduce (en términos relativos) los importes reales agregados de las entidades de crédito españolas aún bajo la normativa emanada de Basilea I. Este reporte fue introducido en 2005 siguiendo el borrador de la tabla CR SA de COREP (método estándar de riesgo de crédito)

CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN 1.- Origen y rasgos esenciales de COREP 2.- La estructura de COREP 3.- La implantación de COREP para las entidades de crédito españolas según la nueva Circular de solvencia del Banco de España

COREP: Bloque 1 – Perspectiva general 2 Estados: CA: Perspectiva general de la adecuación de capital Estado de resumen que contiene la información fundamental de los recursos propios (solo en este estado) y de los requerimientos de los mismos Aplicable al margen de las normas contables que se sigan Los requerimientos de recursos propios, distribuidos según el método de cálculo aplicable, están generalmente asociados a los correspondientes estados de desarrollo Incluye los datos básicos del Pilar 2 GROUP SOLVENCY Details: Información sobre EC consolidadas Información sobre el cumplimiento de los requerimientos de recursos propios de los bancos y restantes entidades financieras consolidadas sujetas a requerimientos de solvencia a nivel individual o subconsolidado Sintetiza la información de las grandes categorías de recursos propios y sus requerimientos, incluyendo la cifra de superávit o déficit de capital

CA Extracto de los recursos propios

CA Extracto de requerimientos de recursos propios (1/2)

CA Extracto de requerimientos de recursos propios (2/2)

CA Ratio de solvencia e información del Pilar 2

COREP: Bloque 2 – Requerimientos de recursos porpios por riesgo de crédito 7 Estados: CR SA: Riesgo de crédito, contraparte y entrega: método estándar CR IRB: Riesgo de crédito, contraparte, dilución y entrega: método IRB CR EQU IRB: Riesgo de crédito de acciones: método IRB CR SEC SA: Riesgo de crédito en posiciones de titulización: método estándar CR SEC IRB: Ídem.: método IRB CR SEC Details: Información detallada sobre las titulizaciones en que participan originadores y promotores CR TB SETT: Riesgo de liquidación en la cartera de negociación

CR SA El núcleo del estado

COREP: Bloque 3 – Requerimientos de recursos propios por riesgos de mercado 6 Estados: MKR SA TDI: Riesgo de mercado por posiciones en instrumentos de deuda: método estándar MKR SA EQU: Riesgo de mercado por posiciones en renta variable: método estándar MKR SA FX: Riesgo de tipo de cambio del conjunto de posiciones en divisas: método estándar MKR SA COM: Riesgo de mercado del conjunto de posiciones en mercaderías: método estándar MKR IM: Riesgo de mercado por aplicación de modelos internos MKR IM Details: Información diaria de detalle de los modelos internos

COREP: Bloque 4 – Requerimientos de recursos propios por riesgo operacional 3 Estados: OPR: Riesgo operacional: métodos del indicador básico, estándar y modelos avanzados OPR Details: Pérdidas brutas por riesgo operacional registradas en el último año clasificadas por líneas de negocio y tipos de eventos OPR LOSS Details: Mayores pérdidas por riesgo operacional cerradas en el último año o que aún estén pendientes de cierre al finalizar el ejercicio No se consideran cerradas las pérdidas operacionales de cuantía o recuperación aún incierta

CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN 1.- Origen y rasgos esenciales de COREP 2.- La estructura de COREP 3.- La implantación de COREP para las entidades de crédito españolas según la nueva Circular de solvencia del Banco de España

Cuestiones generales sobre implantación de COREP en España (1/3) USO DEL NÚCLEO Y LOS DETALLES La nueva Circular de solvencia del BE ha transpuesto la práctica totalidad del Núcleo. En cuanto a los Detalles se han transpuesto: La mayor parte de los detalles de cada estado (filas y columnas sombreadas) Solo muy limitadamente las dimensiones presentes en varios estados (clases de exposiciones, divisas, mercados, etc.) La totalidad de los estados puros de detalle (“…Details”) salvo el estado MKR IM Details

Cuestiones generales sobre implantación de COREP en España (2/3) AMPLIACIONES SOBRE COREP. A destacar: Desglose por nivel de prelación de las exposiciones de fuera de balance que como inversor se mantengan en titulizaciones tradicionales o sintéticas Información sobre el uso de técnicas de mitigación y sus efectos en: Las exposiciones sujetas al método estándar distribuidas por las distintas ponderaciones de riesgo (no solo para el total) Las exposiciones sujetas a métodos IRB distribuidas por los distintos grados de los deudores o conjuntos de exposiciones o “pools” (no solo el total), cuando ello sea aplicable. Las exposiciones, tanto como originadores como inversores, de las titulizaciones tradicionales y sintéticas distribuidas por nivel de prelación (no solo para el total). Ver http://www.transparencia.cnmv.bde.es/RG/sd_general_information_COREP-ES-BE.xls :

Cuestiones generales sobre implantación de COREP en España (2/2) CONVENCIÓN DE SIGNOS El BE sigue la convención de COREP: Cualquier importe que incrementa los recursos propios o los requerimientos de recursos propios se informará como positivo. Se informará como negativo en caso contrario. REFERENCIAS LEGALES Y COMENTARIOS El BE, a través de la correspondiente Aplicación Técnica, informará sobre las referencias legales de la Circular de solvencia relevantes para la correcta interpretación del contenido de los estados (filas, columnas). Con este mismo objetivo, así como para facilitar los procesos de validación, dicha Aplicación incluirá también cuadres y otros comentarios adicionales. OTRAS CUESTIONES GENERALES DE APLICACIÓN EL BE ha procedido a concretar los aspectos de aplicación sobre los que COREP no se manifestaba: Códigos, nombres, ámbito de aplicación, frecuencia de información, unidades monetarias (miles de euros), etc.

Estados de información de la solvencia Nueva Circular de solvencia: Norma 122.1 Enlace contabilidad-solvencia: RP00 (pendiente) ¡No COREP! Información General: RP10 y RP11 Recursos propios Requerimientos de recursos propios Definición de dos ratios de solvencia Mínima información de Pilar 2 Requerimientos de recursos propios por riesgo de crédito: RP21 a RP27 Requerimientos de recursos propios por riesgo de precio: RP31 a RP35 Requerimientos de recursos propios por riesgo operacional: RP41 a RP43 Pilar 2 – Riesgo de tipo de interés: RP51 a RP53 ¡No COREP! Límites a los grandes riesgos: RP60 y RP61 ¡No COREP! Conglomerados financieros y grupos mixtos RP 90 ¡No COREP!

Rendición de estados en XBRL Nueva Circular de solvencia: Norma 121.7 La rendición de estados deberá hacerse mediante transmisión telemática, de conformidad con las Aplicaciones Técnicas que se comuniquen y que, previsiblemente, contarán con las siguientes funciones: Envío de la información requerida en formato XBRL (eXtensible Business Reporting Language) a Banco de España y recepción de avisos y errores Consulta del estado de los envíos Conversión de información en formato de texto plano a formato XBRL Visualización de documentos XBRL en un formato amigable Validación previa de documentos XBRL Recepción de avisos por incumplimiento del envío de la información requerida en fechas determinadas La información una vez validada se volcará a la base de datos del BE para su consulta y análisis La rendición de estados al Banco de España deberá hacerse mediante transmisión telemática, de conformidad con las aplicaciones técnicas que se comuniquen al efecto. Con independencia de la responsabilidad de la entidad y de los miembros de su Consejo de Administración, u órgano equivalente, con respecto a todos los estados que se remitan al Banco de España, el estado RP10 deberá firmarse electrónicamente por el presidente o consejero delegado, o por el director general o cargo asimilado en el sentido del número 4 del artículo primero de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de disciplina e intervención de las entidades de crédito, siempre que el Consejo de Administración, u órgano equivalente, le haya designado expresamente como responsable a tales efectos. La persona que firme electrónicamente el estado RP10 deberá acreditar ante el Banco de España la delegación o el poder que le haya sido otorgado para ello, pudiendo cada entidad designar a más de una persona para que, de manera indistinta, puedan firmar electrónicamente la citada información. Adicionalmente, el Banco de España podrá solicitar de manera individual la confirmación en impreso, debidamente cumplimentado, de cualquiera de los estados remitidos mediante transmisión telemática.

XBRL Beneficios de su uso Banco de España: Mejora de la calidad de los datos recibidos minimizando los errores y las correcciones. Reducción en el tiempo de disponibilidad de la información depurada lo que permite destinar más tiempo al análisis y aumentar su relevancia. Uso de herramientas de mercado. Sinergias con otros organismos europeos y mundiales para el intercambio de información al basarse en una estandarización de conceptos y formatos. Entidades de crédito Minimización de los costes de preparación del reporte. Uso de desarrollos tecnológicos aplicables a nivel del grupo en la UE.

Estados de información general Alcance y periodicidad de información Norma 122. Información periódica a rendir sobre recursos propios, requerimientos de recursos propios y grandes riesgos Norma 122 apartado 2: Para la remisión trimestral se atenderá al Tamaño Perfil de riesgo y su variabilidad Aplicación de métodos IRB y/o AMA Magnitud del superávit/déficit de recursos propios En el estado RP11 se incluirá información individualizada sobre todas las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y restantes entidades financieras que se integren en la «Entidad» sometidas a requerimientos de recursos propios a nivel individual o subconsolidado para la cobertura de los riesgos de crédito, precio y/u operacional. Cualquiera que sea su nacionalidad, domicilio, naturaleza jurídica o el país donde desarrollen sus actividades. Cualquier requerimiento de recursos propios asociado al volumen de actividad se asimila a requerimiento por riesgo operacional. En particular son declarables: sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y de fondos de pensiones. Si integración proporcional: se incluirá la información correspondiente a la proporción que represente la participación

Estados de riesgo de crédito Alcance y periodicidad de información

Estados de riesgo de crédito Detalles de la información a rendir RP22 se remitirá separadamente: Por un lado, esté referida al uso de estimaciones propias de las pérdidas en caso de impago (LGD) y/o de los factores de conversión, esto es, se aplique el IRB avanzado (AIRB) Por otro lado, el IRB básico (FIRB) En ambos casos con los siguientes detalles: Administraciones centrales y Bancos centrales, Instituciones, Empresas y Minoristas (solo IRB avanzado) Detalles adicionales de Empresas y Minoristas RP24 y RP25 se remitirán por separado para las titulizaciones: Sintéticas Tradicionales RP26 se rendirá exclusivamente por Entidades originadoras de titulizaciones que mantienen posiciones en las titulizaciones originadas o han titulizado en el último año

Estados de riesgo de precio Alcance y periodicidad de información

Estados de riesgo de precio Detalles de la información a rendir El estado RP31 se remitirá para Total posiciones en renta fija (en cualquier divisa) Posiciones en renta fija denominadas en euros El estado RP32 se remitirá para Total posiciones en acciones y participaciones Posiciones en acciones y participaciones negociadas en el mercado español El estado RP34 se remitirá para Total posiciones en materias primas El estado RP35 se remitirá para Total posiciones sujetas a riesgos de precio y cálculo VAR

Estados de riesgo de operacional Alcance y periodicidad de información El estado RP42 se rendirá Cuando se apliquen los métodos estándar, estándar alternativo o los métodos avanzados de riesgo operacional. Recogerá: Información de pérdidas brutas por riesgo operacional registradas en el año que, individualmente, superen: 3000€, cuando el límite interno =< 3000€ Límite interno cuando este > 3000€ El estado RP43 se rendirá por cualquier “Entidad”, independientemente del método que aplique, cuando: Existan eventos de pérdidas operacionales con un impacto bruto > 1 millón € o el 0,5% de los recursos propios que Al cierre del ejercicio no se hayan “cerrado” Hubieren sido cerrados durante el último ejercicio (año natural) Impacto bruto: No tiene en cuenta las recuperaciones propias o por coberturas. Evento de pérdida no cerrado: cuando el impacto final del evento es aún incierto, o cuando existe la expectativa de recuperación de pérdidas operacionales pendientes de liquidación.

Estados de riesgo de tipo de interés Alcance y periodicidad de información El Estado RP51 lo declararán los grupos consolidados de EC y las EC no integradas en grupos. También lo declararán las EC individuales españolas integradas en grupos consolidados si son relevantes (>5%) y no predominantes (>95%) Los estados RP52 y RP53 lo declararán todas las entidades de crédito españolas a nivel individual, salvo aquéllas integradas en un grupo consolidado declarante del estado RP51 que no sean relevantes No obstante, el Banco de España podrá requerir los estados RP52 y RP53 a nivel consolidado a los grupos que cuenten con la información solicitada en dichos estados a nivel consolidado

En conclusión COREP… Es un marco flexible para un reporte de solvencia común (que no necesariamente único) Con un ámbito de aplicación válido para: Entidades individuales y grupos consolidados Bancos y empresas de servicios de inversión Basilea II, pero también válido para Basel I (ver siguiente diapositiva) Cubre Pilar 1 y los importes fundamentales del Pilar 2 Está complementado por una taxonomía XBRL Incorpora una gran cantidad de trabajo y costes Se encuentra disponible en http://www.c-ebs.org/standards.htm Ofrece una oportunidad de estandarización válida para cualquier país que aplique el Acuerdo de Basilea