 RAMÓN CASTILLA: En 1861 crea el 1er. Estatuto Magisterial  FERNANDO BELAÚNDE : En 1964 aprueba la Ley de Estatuto y Escalafón Magisterial N° 15215.

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Transcripción de la presentación:

 RAMÓN CASTILLA: En 1861 crea el 1er. Estatuto Magisterial  FERNANDO BELAÚNDE : En 1964 aprueba la Ley de Estatuto y Escalafón Magisterial N°  MORALES BERMUDEZ: Dicta el Decreto Ley N°  FERNANDO BELÚNDE: En su 2do. gobierno promulga La Ley del Profesorado N°  ALAN GARCÍA: En 1990 aprueba la Ley N° modificando la Ley N° 24029

LEY Carrera Pública, Profesores al servicio del Estado y del sector privado, incluye a Cesantes y Jubilados. (Art. 2º ) y también regula a los interinos y Aux. de Educación LEY  Comprende sólo a los profesores al servicio del Estado, en actividad. (Art. 2º)

 “Vía que regula la movilidad del profesorado dentro del sistema educativo con la finalidad de: .  incorporar a cada puesto de trabajo y posibilitar que profesor se sitúe en el sector”(Diccionario de las ciencias de la educación de Santillana )

LEY Y INGRESO COMO DOCENTE AL SERVICIO DEL ESTADO Y SE INICIA A PARTIR DEL NOMBRAMIENTO CON TÍTULO - - ESTRUCTURADO EN 5 NIVELES Y 2 ÁREAS. LEY INGRESO COMO DOCENTE AL SERVICIO DEL ESTADO EN EL PRIMER NIVEL MAGISTERIAL. - - ESTRUCTURADO EN 5 NIVELES Y 3 ÁREAS.

 LEY Y  LEY Ley Niveles y áreas. -- Ingreso, reingreno, evaluación y ascenso. -- Remuneraciones. --Reasignación y permuta. -- Derechos y deberes -- Jornada laboral. -- Estímulos y sanciones - Cese Ley Niveles y áreas --Ingreso y reingreso. -- Evaluación -- Ascenso y permanencia. - Derechos, deberes y sanciones. -Remuneraciones, incentivos y estímulos. -- Situaciones administrativas: reasignaciones, permuta, encargo y licencias -- Jornada de trabajo y vacaciones. -Término de la relación laboral.

 Ley  Ley LEY Remuneraciones, estabilidad laboral, participación, vacaciones, ascensos, reasignaciones, licencias, reconocimientos, respeto a procedimientos, sindicalización, licencias, reasignaciones, (Art.13)Etc. LEY Remuneraciones, estabilidad, evaluación, ascender, liecncias, vacaciones, reconocimiento, (Art. 31) Etc.

LEY Desempeñar funciones, orientar al educando, respetar los valores, velar por el mantenimiento del local, Etc. ( Art. 14º)  LEY  - Cumplir con las disposiciones legales, atender al aprednizaje, orientar al educacndo, respetar a los estudiantes, someterse a las evaluaciones, cumplir con la asitencia, Etc.( Art. 32)

Ley Directivos: 40 horas cronológicas. -- Docentes inicial y primaria : 30 horas pedagógicas. --Docentes secundaria: 24 horas pedagógicas.  LEY  - Directivos : 40 horas cronológicas.  - Docentes: 30 horas cronológicas  (Art. 63º)

LEY Es permanente e integral (Art. 37º) -- Se consideran aspectos: Antecedentes profesionales y méritos. -En forma desconcentrada y por el Comi- té de evaluación, con participación del Representante del gremio magisterial -Ascenso del II nivel es previa evaluación obligatorio. -Para ascender haber aprobado cursos de perfeccionamiento y especializa ción.  LEY  - Para ingreso: obligatorio  - Para permanencia: obligatorio ( arts. 28 y 29).  - Para ascenso: voluntario.  - Para gestión o investigación: voluntario.  - A cargo de comisiones sin participación del gremio magisterial

LEY Criterios : a igual nivel y jornada laboral, igual remuneración básica; aumento proporcional y remuneraciones básicas sin disminución. -- Por preparación de clases y evaluación: 30 %. - Por cargos: 35%  LEY  - No hay criterios específicos. Salvo que sean permanentes y temporales, determinadas por el Gobierno Central.  - Prep. de clases y evaluación,de acuerdo a la RTP ( ahora es S/65)  (Art Regto.)

LEY Actualmente está congelado la R.B. perciben solo bonificaciones. Congelado desde el CTS: Un básico por cada año trabajado ( actualmente más reunificado). -- Luto y sepelio; 2 remuneraciones totales c(u. -- por 20, 25, y 30 años de servicios: 2 ‘0 3 remuneraciones totales. -- Por cumplir 5 años: 10 % de la básica  LEY  - Establece RIM, RM y TRP.  - Por niveles: 15%( II nivel), 20 % ( III nivel), 50% ( IV nivel) y 100% ( V nivel).  - CTS: dos RTP ( Art. 54)  - Otras: Directivo, asesoría y desempeño.

Ley Establece diversas faltas y se apoya en la norma general. - - Las sanciones son desde la amonestación hasta cese o separación definitiva. - - Toda sanción es previo proceso administrativo.  LEY También estable diversas faltas. - -Las sanciones son : amonestación, suspensión temporal y destitución. - - por abandono de cargo y maltrato: Destitución.

LEY A SU SOLICITUD. -- Abandono injustificado. -- Incapacidad mental y física. -- Límite de edad. - Aplicación de sanción disciplinaria. -- Muerte -- Voluntariamente a los 25 y/o 30 años de servicios.  LEY  - Renuncia.  - Destitución.  - No haber aprobado la evaluación.  Límite de edad.  Fallecimiento.