La inspección del trabajo frente al trabajo infantil.

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Transcripción de la presentación:

La inspección del trabajo frente al trabajo infantil

TRABAJO INFANTIL Es toda actividad física o mental realizada por niños y niñas por debajo de la edad mínima de admisión al empleo. El PERU cuenta con una población de 29,132,013 habitantes, (INEI). De 0 a 17 años 10,589,496 habitantes De 0 a 5 años 3,557,113 habitantes De 6 a 11 años 3,527,371 habitantes De 12 a 17 años 3,505,013 habitantes La ciudad de Lima cuenta con 7,605,742 habitantes. La PEA es 5.46% (Octubre 2010), es decir 15,909,391 1

NORMATIVA INTERNACIONAL Convención sobre los Derechos del Niño 1989 (Artículo 32°) no explotación económica de los niños. Convenios 81 Sobre la Inspección del Trabajo– 138 Sobre la edad mínima, 1973 – 182 Sobre las peores formas de trabajo infantil, de OIT (Ratificados por el Gobierno Peruano). Recomendaciones 146 y 190 de OIT. NORMATIVA NACIONAL Constitución Política del Perú (1993) art.2° y 3°. Código de los Niños y Adolescentes (2000)art. 48° ” los adolescentes que trabajan en forma dependiente o por cuenta ajena están amparados por el Código”. Decreto Supremo N° PCM. Define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional. D ecreto Supremo Nº MIMDES “Relación de Trabajos y Actividades Peligrosas o Nocivas para la salud integral y la moral de las y los adolescentes”. Ley Ley General de Inspección Del Trabajo y su Reglamento (Incluye el TI y TA como infracciones muy graves). 2

¿A quiénes se considera niños y adolescentes? La legislación peruana define como niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los 12 años de edad, y como adolescente, desde los 12 años hasta cumplir los 18 años de edad. Se reconoce que los niños y los adolescentes son sujetos de derecho, libertades y de protección específica. 3

Posición del Estado Peruano en relación al trabajo infantil Protege el desarrollo de nuestra infancia, prohibiendo el trabajo de NN y protege el trabajo de adolescentes, de modo que no se realice por debajo de la edad mínima estipulada por Ley, ni que impliquen afectación a su salud, integridad física, integridad moral y/o su asistencia regular a la escuela, en concordancia con los Convenios 138 y 182 de la OIT. De igual manera, el Estado ha asumido el compromiso de erradicar las peores formas de trabajo infantil y el empleo de menores de 18 años en actividades peligrosas o nocivas para su desarrollo físico, psicológico, moral y espiritual. 4

¿ Qué tipo de trabajo es urgente erradicar en Perú? En nuestro país y en cumplimiento a los convenios ratificados con la OIT, es urgente erradicar: a.El trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del NNA, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, al cual se denomina trabajo peligroso. b.El trabajo realizado por debajo de los 14 años. c.Cualquiera de las incuestionablemente peores formas de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, como el reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados, explotación sexual comercial y pornografía, y actividades ilícitas. 5

Acciones para enfrentar el trabajo infantil. 1.Ratificación de instrumentos internacionales (Convenios de OIT, TLC, Convención de los Derechos del Niño). 2.Incorporación del trabajo infantil y adolescente en la legislación nacional, orientada principalmente a la erradicación en primer lugar de las peores formas de trabajo infantil. 3.Creación del CPETI y aprobación del Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil. 4.Incorporación del trabajo infantil y su erradicación en las normas legales regionales. 5.Atención de NNA que trabajan a través de programas sociales públicos y privados (ONGs), INABIF, Juntos, Construyendo Perú, Pro Joven, Revalora (programas del MTPE que brinda atención preferente a familias con hijos trabajando, condicionando que los NNA dejen el trabajo, sobretodo el trabajo peligroso y vayan a la escuela). 6.Alianzas municipales para la atención multisectorial de los casos de NNA que se encuentren realizando trabajos peligrosos, con el objetivo que dejen el trabajo y opten por la educación. 7.Se viene desarrollando un programa estratégico de lucha contra el trabajo infantil, el mismo que estará a cargo del MTPE, bajo la condición de presupuesto por resultado. 6

Acciones para enfrentar el trabajo infantil 8.- Desarrollo focalizado de experiencias positivas de ONGs, especialmente en trabajo de picapedrero, selección de residuos sólidos, minería informal, agricultura, elaboración artesanal de ladrillos, en algunos casos apoyados por la OIT, etc. 9.-Incorporación del trabajo infantil en la Ley de Inspecciones y su Reglamento, como una infracción muy grave, la cual es sancionada con S/. 108,000.00, aprox. $72,000 Reales. 10.-Inspección para verificar el trabajo infantil durante el 2010 (visitas inspectivas y operativos). 11.-Elaboración de la lista de trabajos peligrosos, en las que no se puede ocupar a los NNA, que por su naturaleza o por sus condiciones representan riesgo para su salud y seguridad. 12.-Se viene elaborando el lineamiento para la inspección del TI, que incluye la paralización de las labores del menor y la derivación a los programas sociales y autoridades competentes. 13.-Capacitación a inspectores en DDFF. 14.-Conformación de un equipo de inspectores de trabajo para inspeccionar el TI, efectuado por la Cooperación. 7

ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE INSPECCION DEL TRABAJO EN PERU 8

FISCALIZACIONES EN MATERIA DE TRABAJO INFANTIL 9

AUTORIZACIONES PARA TRABAJO ADOLESCENTE POR ACTIVIDAD ECONOMICA SEGÚN GÉNERO

ORIGEN DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS orden de las autoridades competentes solicitud de otro órgano del sector público o el órgano jurisdiccional. Por denuncia de hechos presuntamente constitutivos de infracción decisión interna del sistema de inspección iniciativa del inspector pedido de empleadores o trabajadores en las actuaciones de información y asesoramiento técnico. de oficio ante violación flagrante de normas sociolaborales 11

Proceso de Inspección del trabajo de menores 12

Visita al centro de trabajo 13

Comprobación de datos 14

Culminación de actuaciones inspectivas 15

Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Decreto Supremo Nº TR ( ). 16

RETOS Desarrollar especializaciones y capacitaciones para la mejora continua del Inspector. Ampliar las actuaciones inspectivas de trabajo a sectores no estructurados y trabajos independientes. Realizar operativos en sectores donde se utiliza con mayor magnitud la mano de obra infantil (Minería artesanal, ladrilleras, agrarias, otras). Paralización de labores del menor y traslado a los programas sociales y autoridades competentes. Elaboración de Convenios Interinstitucionales para abordar el trabajo infantil desde el MTPE. Labor inspectiva coordinada y ejecutada multisectorialmente 17

Muchas gracias …