1 TEMA 5 DELITOS RELATIVOS A LA MANIPULACIÓN GENÉTICA
2 ESQUEMA DE LOS DELITOS DE MANIPULACIÓN GENÉTICA Art CP: Manipulación de seres humanos con alteración del genotipo Art CP: Manipulación realizada por imprudencia grave Art CP: Utilización de ingeniería genética para la creación de armas biológicas o exterminadoras de la especie humana Art CP: Fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la procreación humana Art CP: Creación de seres humanos idénticos por clonación Art CP: Practicar reproducción asistida a una mujer sin su consentimiento Art CP: Requisito de procedibilidad. Necesidad de denuncia Art. 162 CP: Posibilidad de imponer alguna de las consecuencias accesorias del art. 129 CP Nexus 6 (BLADE RUNNER)
3 1. INTRODUCCIÓN Se agrupan actividades relacionadas con la genética y con las técnicas de reproducción asistida y la utilización de ingeniería genética para producir armas biológicas y exterminadoras del ser humano. Su común denominador es la dignidad y el futuro del ser humano.
INTRODUCCIÓN Sólo se prohíben las experimentaciones con seres humanos que pongan en riesgo a la humanidad (Finalidad genocida o selección de la raza frente a aspectos terapéuticos)
5 2. ASPECTOS GENERALES 1. BIEN JURÍDICO: A) Vida y salud de las personas (cuando la manipulación genética pueda afectar a éstas) B) La parte que se transmite hereditariamente del genotipo - Patrimonio genético hereditario como bien jurídico colectivo. (ROMEO CASABONA)
ASPECTOS GENERALES Otros bienes jurídicos: Art CP: Derecho a la individualidad o a la identidad genética (Para no ser un patrón genético artificial) Art CP: El propio género humano capaz de ser deteriorado, exterminado exterminado
ASPECTOS GENERALES ART CP: El bien jurídico es el derecho de la mujer a no ser fecundada en contra de su voluntad. Conclusión: Se criminalizan las técnicas genéticas o de reproducción asistida incompatibles con la salvaguarda de la dignidad y otros derechos reconocidos en la CE
ASPECTOS GENERALES Derecho penal con carácter subsidiario (Carácter fragmentario del DP) Las normas de DP dependen de una legislación específica: (Marco de juridicidad) A) Ley 35/1988, de 22 de noviembre sobre técnicas de reproducción asistida (LTRA) B) Ley 42/1988, de 28 de diciembre, de donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos (LDUEF)
9 3. ALTERACIÓN DEL GENOTIPO (ART. 159 CP) Art CP: Prisión de 2 a 6 años e inhabilitación especial de 7 a 10 años GENOTIPO: Es el patrimonio genético (genoma humano). Su manipulación correcta permite diagnosticar enfermedades (sida, hemofilia). Castiga la manipulación genética con finalidad distinta a la terapéutica (alteración del genotipo) La admisibilidad de estas Técnicas se reduce a las que Tengan una clara finalidad tera- péutica con relación a una enfermedad
ALTERACIÓN DEL GENOTIPO (ART. 159 CP) La LTRA prohíbe la recombinación de genes: Mezcla de genes de diversos donantes para inseminar a la mujer. * También utilizar óvulos de distintas mujeres para la fecundación in vitro Estas medidas comprenden Una alteración del genotipo Modificando la información Hereditaria sin ánimo terapéutico
ALTERACIÓN DEL GENOTIPO (ART. 159 CP) Tipicidad: No cabe hablar de error. Los que realizan estas técnicas conocen las posibilidades terapéuticas, atendiendo a las recomendaciones de expertos y la normativa jurídica: se solventa por el error de prohibición (art CP)
ALTERACIÓN DEL GENOTIPO (ART. 159 CP) Alteración del genotipo imprudente (Art CP): Multa de 6 a 15 meses e inhabilitación especial de 1 a 3 años. - Cuando la técnica terapéutica se utilice incorrectamente por imprudencia grave
13 4. UTILIZACIÓN DE INGENIERÍA GENÉTICA (BIOTERRORISMO) Art. 160 CP: Prisión de 3 a 7 años. Inhabilitación especial de 7 a 10 años Tres apartados: A) Producción de armas biológicas o exterminadoras de la especie humana. -No es necesario producir un resultado (tipo de peligro abstracto). -Bien jco. Protegido: la supervivencia de la raza humana.
UTILIZACIÓN DE INGENIERÍA GENÉTICA… -Podía haberse utilizado la técnica de “norma penal en blanco” (Tratados y normativas internacionales) -¿Principio de justicia universal? -Quizá puede ser un delito contra la comunidad internacional
UTILIZACIÓN DE INGENIERÍA GENÉTICA… Art CP: Prisión de 1 a 5 años e inhabilitación de 6 a 10 años. Acción: Fecundar óvulos humanos (Independientemente de la técnica utilizada) con fin distinto a la procreación humana (investigación o experimentación) -Delito de resultado material -Bien jco. Protegido: el embrión resultante resultante
UTILIZACIÓN DE INGENIERÍA GENÉTICA… Objeto material: el óvulo humano fecundado. Elemento subjetivo: la fecundación ha de tener una finalidad distinta a la procreación humana
UTILIZACIÓN DE INGENIERÍA GENÉTICA… Art CP: Prisión de 1 a 5 años e inhabilitación de 6 a 10 años Acción: creación de seres humanos idénticos por clonación (dirigidos a la selección de la raza) Se trata de un tipo con un marcado carácter preventivo Delito de resultado
UTILIZACIÓN DE INGENIERÍA GENÉTICA… Bien jurídico protegido: la identidad e irrepetibilidad del ser humano y la inalterabilidad e intangibilidad del patrimonio genético (genotipo propio del individuo) Sujeto activo: puede ser cualquiera (cualificación técnica e instrumental concreta)
UTILIZACIÓN DE INGENIERÍA GENÉTICA… Sujeto pasivo: el individuo nacido por clonación u otro procedimiento/ la especie humana Tipo subjetivo: Dolo; cabe dolo eventual Consumación: nacimiento de al menos un ser genéticamente igual a otro ya existente. - cabe la tentativa: cuando los embriones clonados son transferidos a la mujer (aunque no sea viable)
20 5. REPRODUCIÓN ASISTIDA EN LA MUJER SIN SU CONSENTIMIENTO Art CP: Prisión de 2 a 6 años e inhabilitación especial de 1 a 4 años Delito de mera actividad No es posible la comisión por omisión Bien jurídico protegido: La libertad procreativa de la mujer que ha quedado embarazada sin consentimiento Posibilidad de considerarlo delito contra la libertad ??? contra la libertad ???
REPRODUCIÓN ASISTIDA EN LA MUJER SIN SU CONSENTIMIENTO Objeto material: la mujer sometida a cualquiera de esas técnicas sin consentimiento Sujeto activo: Puede ser cualquiera (aunque se requiere cierta capacitación profesional) Sujeto pasivo: la mujer que reúna las condiciones fisiológicas para poder gestar Cabe la tentativa inacabada
REPRODUCIÓN ASISTIDA EN LA MUJER SIN SU CONSENTIMIENTO Concurso de delitos: A) Coacciones: se le obliga a la mujer a hacer algo contra su voluntad B) Lesiones: La acción puede provocar determinadas lesiones en la mujer
REPRODUCIÓN ASISTIDA EN LA MUJER SIN SU CONSENTIMIENTO Art CP: condición objetiva de procedibilidad a)naturaleza semiprivada b)denuncia agraviado o representante legalMenor c)Ministerio fiscalIncapaz Persona desvalida
24 6. Consecuencias accesorias del 129 CP Art. 162 CP: Se impone por la autoridad judicial alguna consecuencia accesoria cuando: SociedadOrganización El culpable pertenece asociación *Pueden ser de carácter transitorio pero se han de dedicar a tales actividades + Se imponen además de las correspondientes penas para cada uno de los delitos de este título