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Instituto de Investigaciones Jurídicas Núcleo Multidisciplinario sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “Cecilia Loria Saviñón”

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Presentación del tema: "Instituto de Investigaciones Jurídicas Núcleo Multidisciplinario sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “Cecilia Loria Saviñón”"— Transcripción de la presentación:

1 Instituto de Investigaciones Jurídicas Núcleo Multidisciplinario sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “Cecilia Loria Saviñón” Dra. Alicia Elena Pérez Duarte y Noroña Mexicali, Baja California 2016

2 MÓDULO I: MÓDULO I: Marco conceptual ♀ ♀ Teoría de Género;  ♀ ♀ Sexo, género y patriarcado;  ♀ ♀ Construcción cultural de la  sexualidad; ♀ ♀ Igualdad, no discriminación;  ♀ ♀ Debido proceso;  ♀ ♀ Debida diligencia.

3 Conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales a efectos de que las personas estén en condiciones de defender adecuadamente sus derechos ante cualquier acto del Estado que pueda afectarlos.

4 Adjetivo: El debido proceso posee cierto carácter programático e implica la “existencia, suficiencia y eficacia de un sistema judicial y procesal idóneo para garantizar ese derecho fundamental a la justicia”. Sergio García Ramírez

5 “exige que todos los actos de poder, como normas jurídicas, actos administrativos o resoluciones judiciales inclusive, sean justos, es decir, que sean razonables y respetuosos de los valores superiores, de los derechos fundamentales y de los demás bienes constitucionalmente protegidos”

6 Elementos: A. El derecho al acceso real, libre, amplio e irrestricto al órgano jurisdiccional, a efecto de satisfacer determinadas pretensiones; B. El derecho a que la atención de las pretensiones se desarrolle conforme a las reglas del debido proceso, es decir, según las normas vigentes y los estándares aceptados como necesarios para hacer posible la eficacia del derecho; y, C. El derecho a la efectividad de la sentencia, es decir, a que la decisión final sea susceptible de ser ejecutada.

7 Artículo 8. Garantías Judiciales 1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter. 2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad. 3. La confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de ninguna naturaleza. 4. El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos. 5. El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar los interés de la justicia.

8 Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos Artículo 14.- A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho. En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata. En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho. Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23

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11 Consecuencias de los errores procesales desde el punto de vista de los derechos humanos de las personas inculpadas, de las víctimas; para la sociedad y para el Estado.

12 Sólo para puntualizar: Sí, la JUSTICIA es la función más importante en un Estado de Derecho; en situaciones de crisis, si ella falla, no tenemos mecanismos para rescatar a la sociedad, las comunidades, las familias, las personas…

13 Por hoy…


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