La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Barcelona, 23 de diciembre de 2010 ICAB Juan Reyes Herreros Abogado ACCIDENTES DE TRABAJO.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Barcelona, 23 de diciembre de 2010 ICAB Juan Reyes Herreros Abogado ACCIDENTES DE TRABAJO."— Transcripción de la presentación:

1 Barcelona, 23 de diciembre de 2010 ICAB Juan Reyes Herreros Abogado ACCIDENTES DE TRABAJO

2 Marco normativo

3 Marco Normativo –Directivas Europeas, singularmente la Directiva Marco 89/391/ CEE. –Constitución Española de 1978: artículos 15, 40.2... –Convenio 155 OIT. –Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL): Ley 31/1995, de 8 de noviembre y Ley 54/2003 de 12 de diciembre, de reforma. –Disposiciones reglamentarias (R.D. 39/1997, de 17 de enero, de Servicios de Prevención, modificado por el RD 604/2006, de 19 de mayo; R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, Seguridad y Salud en las obras de Construcción).

4 –R.D. 171/2004, de 30 de enero, de desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales. –Convenios Colectivos. –Estatuto de los Trabajadores: arts. 4 y 19. –Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). –Ley General de Seguridad Social (LGSS): arts. 115, 116 123... –Código Penal: delitos de riesgo y delitos de resultado: arts. 316, 317... –Código Civil (CC): responsabilidad contractual y responsabilidad extracontractual: arts. 1101 y 1902.

5 Actividad preventiva

6 Deber de protección del empresario: –El empresario tiene la obligación de garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores en el trabajo (art. 14 LPRL). –El empresario deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias del trabajador (art. 15 LPRL).

7 Actividad preventiva Obligaciones del trabajador: –Obligaciones del trabajador en materia preventiva (art. 29 LPRL). Información, formación, cooperación y uso adecuado de los equipos de trabajo, medios de protección y dispositivo de seguridad existentes. –Incumplimiento: sanción por el empresario y posible graduación a la baja de las responsabilidades empresariales.

8 Consecuencias laborales de los accidentes de trabajo

9 Contingencias profesionales Tipos de contingencias cubiertas por la Seguridad Social: –Comunes: no relacionadas con el trabajo. –Profesionales:  Accidente de trabajo.  Enfermedad profesional.

10 Contingencias profesionales  Accidente de trabajo: –Artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social: toda lesión corporal que sufra el trabajador en el lugar de trabajo o como consecuencia del desempeño de su trabajo. Presunción de existencia de accidente de trabajo que ocurre en el lugar de trabajo (i.e. STS de 23 de julio de 1999 y STS de 23 de noviembre de 1999)

11 Contingencias profesionales “In itinere”: accidente ocurrido al trabajador durante el desplazamiento desde su domicilio al lugar de trabajo, y viceversa. Elementos que concurren, según la jurisprudencia (i.e. STSJ del País Vasco de 6 de julio de 2004 y STS de 26 de febrero de 2008) en el accidente de trabajo “in itinere”: a)Teleológico (finalidad del desplazamiento); b)cronológico (la proximidad temporal a las horas de entrada o salida del trabajo); c)topográfico (relación entre domicilio, centro de trabajo y trayecto); y d)mecánico (el medio de transporte utilizado).

12 Contingencias profesionales Enfermedades no profesionales derivadas única y exclusivamente del trabajo desarrollado por el trabajador.

13 Contingencias profesionales  Enfermedad profesional: Enfermedad adquirida en el puesto de trabajo. Requisitos: La enfermedad profesional debe estar incluida en una lista. La enfermedad profesional debe estar provocada por ciertos elementos o substancias enumerados en una lista.

14 Consecuencias laborales de los accidentes de trabajo Responsabilidades: a)Administrativa Sancionadora. b)Recargo de prestaciones de la Seguridad Social. c)Responsabilidad civil. d)Responsabilidad penal artículos 316 (norma penal en blanco) y 317 CP.

15 Consecuencias laborales de los accidentes de trabajo El Empresario frente al accidente: Comunicación parte de accidente: mutua y autoridad laboral. Comunicación al seguro de responsabilidad civil de la Empresa. Comprobación seguros de la Empresa a favor de trabajadores. Compensación a tanto alzado de la Mutua en caso de fallecimiento. Investigación del accidente. Obtener, agrupar y clasificar toda la información / documentación para la Inspección de Trabajo.

16 Consecuencias laborales de los accidentes de trabajo  Responsabilidad administrativa Procedimiento sancionador: –Instrucción por la Inspección de Trabajo. –Multas desde 40€ hasta 819.780€, según la graduación de la infracción (de leve a muy grave) en la LISOS (art. 40). –Preferencia del orden jurisdiccional penal. Suspensión del procedimiento administrativo. –Principio non bis in idem. –Prescripción de la infracción (art. 4 de la LISOS), leves 1 año, graves 3 años y muy graves 5 años.

17 Consecuencias laborales de los accidentes de trabajo  Recargo de prestaciones (i): –Recargo de 30% a 50% sobre prestaciones económicas de la Seguridad Social por accidente de trabajo o enfermedad profesional, en base al artículo 123 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), –Prestaciones (incapacidad temporal o permanente, viudedad, orfandad,...). –Suma no asegurable. –Compatibilidad con las responsabilidades de todo orden, incluso penales. –Naturaleza: ¿sancionadora, indemnizatoria?.

18 Consecuencias laborales de los accidentes de trabajo Requisitos jurisprudenciales (Recargo de prestaciones): –Empresario infractor; –Nexo causal entre la falta y el resultado producido; –Culpa o negligencia del empleador (TS 11/07/93).

19 Consecuencias laborales de los accidentes de trabajo c)Responsabilidad Civil: –Requisitos: relación de causalidad entre acción u omisión culpable y daño (art. 1902 / 1101 CC). –Cuantificación: i.Aplicación orientativa baremo accidentes circulación. ii.STS de 17 de julio de 2007. STSJ Cataluña de 14 de noviembre de 2007  No procede detraer prestaciones.  Hay que compensar el daño moral.


Descargar ppt "Barcelona, 23 de diciembre de 2010 ICAB Juan Reyes Herreros Abogado ACCIDENTES DE TRABAJO."

Presentaciones similares


Anuncios Google