El ordenamiento jurídico máximo es la Constitución Política de la Republica, la cual data del año 1985 Esta consagra principios y garantías que protegen a todas las personas que se encuentran dentro del territorio nacional (nacionales y extranjeros) Además de contener la organización administrativa y política del Estado, consagra como principios constitucionales lo relativo a la materia de Derechos Humanos Los artículos del 93 al 100 contienen las normas relativas a la salud, seguridad y asistencia social Consagra el articulo 93 el derecho a la salud, indicando que “El goce de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna. “
El proceso de creación de la ley encuentra su fundamento legal en la Constitución Política de la Republica; establece que tienen la potestad para presentar proyectos de ley : Diputados al Congreso de la República El Organismo Ejecutivo La Corte Suprema de Justicia La Universidad de San Carlos de Guatemala El Tribunal Supremo Electoral
Dentro del proceso de creación de la ley, las iniciativas deben pasar por la Comisión de Salud y Asistencia Social; la cual es un órgano técnico de estudio y conocimiento de los diversos asuntos que les someta a consideración el Pleno del Congreso de la República, o que sean promovidas por su propia voluntad.
INICIATIVACONTENIDO CONOCIDO PLENO Iniciativa que dispone proteger la salud de la población infantil y adolescente que asista a establecimientos escolares públicos y privados de la República de Guatemala. 30/01/ Iniciativa que dispone aprobar ley para la disposicion y transplante de organos, tejidos y celulas humanas 21/01/ Iniciativa que dispone aprobar ley de medicamentos, bienes y servicios relacionados con la salud 21/01/ Iniciativa que dispone aprobar ley de atencion integrar a personas con sospecha o diagnostico de padecimiento de enfermedades raras 05/11/ Iniciativa que dispone aprobar ley de acceso a medicamentos y transparencia en su adquisicion 10/09/ Iniciativa que dispone aprobar ley sobre el uso de fosfatos en jabones y detergentes fabricados, importados, ditribuidos y comercializados en Guatemala 05/04/ Iniciativa que dispone aprobar ley para combatir la producción y comercialización de medicamentos falsificados, productos farmacéuticos falsificados, medicamentos adulterados, dispositivos médicos y material medico quirúrgico falsificado 12/10/ Iniciativa que dispone aprobar Ley para el Control y Regulación del Empaquetado y Etiquetado de los Productos de Tabaco 28/09/ Iniciativa que dispone aprobar la ley de cobertura universal y financiamiento para la atención integral en salud a las y los guatemaltecos 21/09/ Iniciativa que dispone aprobar Reformas al Decreto Número del Congreso de la República, Código de Salud 14/07/2010
La Constitución Política establece que la salud de los habitantes de la Nación es un bien público; que el goce de la misma es un derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna y que es obligación del Estado desarrollar, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementadas pertinentes a fin de procurarles a los habitantes el más completo bienestar físico, mental y social. Que el Estado de Guatemala ha ratificado instrumentos de derechos humanos como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW), y asumido compromisos con lo establecido en la Plataforma de Acción emanada de la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer, el Plan de Acción Mundial de Población y Desarrollo, la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas, que en su cuarto y quinto objetivos se refiere a reducir la mortalidad infantil y a mejorar la salud materna, por lo que el Estado de Guatemala debe armonizar su ordenamiento jurídico interno con estos compromisos.
Que en Guatemala, la razón de mortalidad materna es uno de los más altos de América Latina; que dos mujeres mueren cada día por causas relacionadas con el embarazo, parto o posparto, y que el Estado tiene obligación de proteger el proceso reproductivo, reconociendo que todo embarazo está en riesgo, y que es necesario garantizar a todas las mujeres el acceso a servicios de salud de calidad con calidez y pertinencia cultural, tomando en cuenta la diversidad etaria y ubicación geográfica para la resolución de su embarazo, sin el riesgo de daño o muerte para la madre, o su hijo o hija. Que las niñas y niños como sujetos de derecho, el Estado debe protegerles y garantizarles condiciones de vida saludable y un futuro prometedor, por lo que tomando en cuenta que todo embarazo representa un riesgo para las mujeres y neonatos, se hace necesario promulgar una ley que garantice a las mujeres el ejercicio del derecho a una maternidad saludable.
GRACIAS POR SU ATENCIÓN