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El derecho a la salud en las constituciones avanzadas

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Presentación del tema: "El derecho a la salud en las constituciones avanzadas"— Transcripción de la presentación:

1 El derecho a la salud en las constituciones avanzadas
Asa Cristina Laurell abril, 2016

2 Contenido Derecho a la salud: derecho social y humano
Componentes constitucional para garantizar el derecho a la salud Experiencia en América Latina Brasil Venezuela Bolivia Chile

3 Derecho a la salud Garantía legal del derecho a la salud
¿Qué es el derecho a la salud Salud: Necesidad humana transhistórica que asume formas históricas específicas. Libertad positiva Derecho humano –Derecho del individuo ante el Estado Derecho social –Derecho general y colectivo de independiente de carácteristicas específicas Derecho exigible Garantía legal del derecho a la salud Necesita haber un sujeto obligado de garantizarlo Sólo puede ser la sociedad a través (incluso contra) del Estado No cuestionado hasta el advenimiento del pensamiento neoliberal: Premisa: Competencia promueve calidad y contiene costos No hay recursos suficientes Hay que racionar y priorizar Focalizar en los que no pueden acceder a través del mercado

4 Derecho constitucional a la salud
Las Américas Los EUA no garantizan este derecho Prácticamente todos los países latinoamericanos es un derecho constitucional Características constituciones avanzadas El Estado es el sujeto obligado de garantizar el derecho El derecho es exigible El sistema de salud es público, universal, gratuito, redistributivo y solidario Financiamiento público con recursos fiscales Generalmente descentralizado y con participación popular o control social

5 Experiencias en América Latina

6 Brasil, el pionero Nueva constitución 1988, regreso a la democracia representativa 9ª Conferencia Nacional de Salud El movimiento sanitario –movilización nacional preparativa Texto constitucional Art La salud es un derecho de todos y deber del Estado, garantizado mediante políticas sociales y económicas con objeto de reducir el riesgo de enfermedad y otros agravios y al acceso universal e igualitario a las acciones y servicios para su promoción, protección y recuperación Art Las acciones y servicios públicos de salud integran una red regionalizada e jerarquizada y constituyen un sistema único, organizado de acuerdo con las siguientes directrices: descentralización, con dirección única en cada esfera de gobierno; atención integral, con prioridad para las actividades preventivas, sin prejuicio de los servicios asistenciales y; participación de la comunidad. Art La atención a la salud es libre para la iniciativa privada…. Las instituciones privadas pueden participar de forma complementaria en el sistema único de salud, según las directrices de éste,….. Es prohibido destinar recursos público en las instituciones con fines de lucro … es prohibida la participación de empresa o capitales extranjeros Art SUS y su papel regulador y responsabilidad en salud pública y seguridad sanitaria

7 Venezuela, nueva constitución
Nueva constitución 1999, pacto social antineoliberal Análisis del sector salud y sus problemas Analisis documental nacional e internacional Consulta popular extensa Texto constitucional Art. 83 La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.

8 Texto constitucional 2 Artículo 84. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud. Artículo 85. El financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del Estado, que integrará los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. En coordinación con las universidades y los centros de investigación, se promoverá y desarrollará una política nacional de formación (RH)…. y una industria nacional de producción de insumos para la salud. El Estado regulará las instituciones públicas y privadas de salud.

9 Texto constitucional Bolivia
Bolivia Nueva constitución 2009 Artículo 18: Todas las personas tienen derecho a la salud. El Estado garantiza la inclusión y el acceso a la salud de todas las personas, sin exclusión ni discriminación alguna. El sistema único de salud será universal, gratuito, equitativo, intracultural, intercultural, participativo, con calidad, calidez y control social. El sistema se basa en los principios de solidaridad, eficiencia y corresponsabilidad y se desarrolla mediante políticas públicas en todos los niveles de gobierno. Artículo 35: El Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud. El sistema de salud es único e incluye a la medicina tradicional de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos. Artículo 36: El Estado garantizará el acceso al Seguro Universal de Salud. El Estado controlará el ejercicio de los servicios públicos y privados de salud y lo regulará mediante la ley.

10 Texto constitucional Chile 1980.
Artículo 19 § 9: El derecho a la protección de la salud. El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponderá asimismo, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud. Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea este estatal o privado.

11 Por su atención ¡Gracias!
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