Concepto: CONTINUIDAD PEDAGÓGICA

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Transcripción de la presentación:

Concepto: CONTINUIDAD PEDAGÓGICA MARCO NORMATIVO   Concepto: CONTINUIDAD PEDAGÓGICA

Leyes-Resoluciones Ley nacional 26206 Ley provincial 13688 D.G.C y E. Resolución 3160/07 Diseños Curriculares para la Educación Primaria. D.G.C y E. Resolución 81/13 Unidad Pedagógica. Reglamento Gral de Escuelas D.G.C.y E Resolución 1057/14 Primaria D.G.C y E. Resolución Régimen Académico del Nivel Secundario. D.G.C y E. Resolución 1269/11 Marco General de Educación Especial.

Leyes-Resoluciones IMPLICANCIAS

Resolución 3160/07 Establece que el Nivel de Educación Primaria es Obligatorio, de seis años de duración, organizado como una unidad pedagógica, define sus diseños curriculares, en articulación con los diferentes Niveles y Modalidades y que resulta fundamental lograr la inclusión, permanencia y acreditación de todos los alumnos y las alumnas bonaerenses.

Los lineamientos curriculares permitirán a las instituciones educativas realizar propuestas de contextualización y especificación curricular para responder a las particularidades y necesidades de los alumos/as y su contexto.

Ley de educación provincial n° 13688 Establece que: “ La Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad y la justicia social, con la participación del conjunto de la comunidad educativa.

Promover el derecho a la educación, atendiendo los aspectos pedagógicos, administrativos y socio-comunitarios que inciden en la calidad de los procesos escolares asegurando la plena inclusión, la continuidad y la terminalidad de los estudios.

UNIDAD PEDAGÓGICA Establece que el Nivel de Educación Primaria constituye una unidad pedagógica y organizativa para los niños, a partir de los 6 años de edad cumplidos al 30 de junio, con una duración de seis años.   El Proyecto Institucional debe incluir las propuestas institucionales que corresponden a la contextualización de los diseños curriculares, los criterios de evaluación y los planes de continuidad pedagógica. Aparece como consideración central, para la contextualización referida, la construcción de los acuerdos que asuman la elaboración del Plan de Continuidad pedagógica.

Establece que el primer y segundo año del Nivel de Educación Primaria conformarán una Unidad Pedagógica de dos (2) años de duración que deberá sostenerse la continudad de las prácticas de enseñanza.

Las prácticas de enseñanza mejoran los aprendizajes Organización Institucional La evaluación en la Unidad Pedagógica Alumnos con diferentes tiempos de aprendizaje

Marco General de Educación Especial La Educación Especial es la Modalidad responsable de garantizar la integración de los alumnos con discapacidades temporales o permanentes, en todos los niveles, según las posibilidades de cada persona.   Se rige por el principio de inclusión.

Reglamento General de las instituciones educativas de la provincia de Buenos Aires Plan de contingencia pedagógica

Régimen Académico de Nivel Primario De la Articulación en el marco de la continuidad pedagógica entre Niveles y/o Modalidades

Régimen Académico de Nivel Secundario. Acompañamiento pedagógico