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ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO ESCOLAR DE PRIMARIA: ETAPAS

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Presentación del tema: "ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO ESCOLAR DE PRIMARIA: ETAPAS"— Transcripción de la presentación:

1 ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO ESCOLAR DE PRIMARIA: ETAPAS
Ley sobre Educación Primaria (1945) * Orden (67): Aprueba el Reglamento de Centros Estatales de Enseñanza Primaria. * Decreto (67): Aprueba el Reglamento del Cuerpo de Directores Escolares. LEGISLACIÓN I E T A P L.E.P. (1945) Grandes poderes y responsabilidades. Dirección centralizada, jerárquica y autoritaria. FUNCIONES dirigidas a tareas administrativas. Dedicación completa, no impartía clases. Se crea el “Cuerpo” de directores DIRECTOR Inexistencia de funciones auxiliares técnicas o administrativas. Secretario: No cobraba sueldo aparte (en 1967 posibilidad de nombrarlo sin curso aunque no se aplicó). Junta económica ÓRGANOS UNIPERSONAL. Consejo Escolar: Director y maestros. * Órgano consultivo, de estudio y de comunicación de todo lo relacionado con la función educativa. ÓRGANOS COLEGIADOS No hay ninguna estructura que facilite la relación centro-entorno. No hay participación de los padres. PARTICIPACIÓN Por la Administración educativa. 1967: Oposición al Cuerpo de Directores Escolares. ACCESO Y SELECCIÓN Clara preponderancia del estamento profesional y falta de participación. RESUMEN

2 ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO ESCOLAR DE PRIMARIA: ETAPAS
Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (1970). * Decreto (74): regula el ejercicio de la función directiva en los Colegios Nacionales de E.G.B. LEGISLACIÓN II E T A P L.G.E. (1970) Supresión del “Cuerpo de Directores”. Funciones poco definidas. Periodo de ambigüedades. Función directiva poco eficaz. DIRECTOR Secretario: profesor de menor antigüedad; si hay igualdad, el más joven. * Horas extras de trabajo sin compensación económica. ÓRGANOS UNIPERSONAL. Claustro y Consejo Asesor, sólo con funciones de asistencia y asesoramiento. Claustro: Director (presidente) y maestros (los no numerarios con voz y sin voto). Consejo Asesor: Director, miembros de los padres y de la Comunidad. Para cuestiones no académicas y relaciones del Centro con la Comunidad social. A.P.A.: los padres excluidos del terreno educativo. ÓRGANOS COLEGIADOS El Claustro tiene competencias que implican participación del profesorado en la dirección y gestión del Centro. El Consejo Asesor aparece y será un órgano colegiado de los Centros escolares. La presencia de padres y alumnos se hace mayor y más significativa. Las A.P.A.s tuvieron un papel relevante. PARTICIPACIÓN Nombrado por la Administración educativa, oído el Claustro y el Consejo Asesor, por un periodo de 5 años renovables. ACCESO Y SELECCIÓN Etapa de indefinición legal: * Los directores ejercían funciones otorgadas por la tradición. * Falta de definición práctica RESUMEN

3 ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO ESCOLAR DE PRIMARIA: ETAPAS
Ley Orgánica del Estatuto de Centros Escolares (1980) * Real Decreto (81): aprueba el Reglamento de selección y nombramiento de directores y regula el procedimiento de constitución de los órganos colegiados. LEGISLACIÓN III E T A P L. O. E. C. (1980) Pierde relevancia y nivel de autoridad, será llamado “gestor del Centro”. FUNCIONES: ambiguas. Es el jefe de personal y responsable inmediato de la Administración de los recursos económicos que ni fija ni decide. DIRECTOR Jefe de estudios, Secretario, Vicedirector y los que se determinen reglamentariamente. Seleccionados a propuesta del Director. Sus funciones se determinarán posteriormente, pero se aborta la Ley. ÓRGANOS UNIPERSONAL. Consejo de dirección: padres, profesores y alumnos. FUNCIONES: aprobar, definir, resolver, supervisar... Su renovación es anual. Claustro: reducido al ámbito de la enseñanza y el asesoramiento. Junta económica: director, secretario, dos del Claustro y 3 de la A.P.A.; es el órgano de gestión del Centro. ÓRGANOS COLEGIADOS A través de las A.P.A.s. y del C.Dirección La comunidad educativa tiene una función rectora en el funcionamiento y orientación de la enseñanza de los Centros escolares. PARTICIPACIÓN Nombrado por la Administración educativa (criterios de mérito, capacidad y publicidad), por un periodo de 3 años prorrogables por dos periodos más Perfil técnico y profesional pero sin verdaderas competencias para ejercer técnicamente la gestión del Centro. ACCESO Y SELECCIÓN Etapa breve. Estilo directivo poco definido. RESUMEN

4 ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO ESCOLAR DE PRIMARIA: ETAPAS
Ley Orgánica que regula el derecho a la Educación (1985) * Decreto (88): sobre funcionamiento y órganos de gobierno LEGISLACIÓN IV “A” E T A P L. O. D. E. (1985) Pérdida de significado del rol directivo en el gobierno del Centro a favor de una dirección colegiada (El Consejo Escolar). FUNCIONES: 16, pero queda un espacio vacío: la toma de decisiones y el control. Pierde poder en el Centro. Escasez de candidatos. Es el representante del Centro en la Administración y viceversa. DIRECTOR Designación por el Consejo Escolar a propuesta del Director. 3 años. Secretario, responsable dela gestión de los recursos. Jefe de estudios, coordinación y control de la actividad académica. Vicedirector y Vicesecretario, para Centros que lo necesiten con funciones de apoyo y suplencia. ÓRGANOS UNIPERSONAL. Consejo Escolar: director, jefe de estudios, profesores, padres, alumnos, P.A.S., secretario y concejal. * Funciones que dan capacidad de gobierno del Centro (elige director). Claustro: vía secundaria de participación, con funciones reducidas a aspectos académicos y pedagógicos. ÓRGANOS COLEGIADOS Se lleva a su máximo extremo la participación y democratización, teniéndose más en cuenta que la eficacia y la calidad. Todo el poder se desplaza hacia el Consejo Escolar. PARTICIPACIÓN Elegido por el Consejo Escolar (3 años). * Debe ser profesor con destino definitivo, con un año de antigüedad en el Centro y -al menos- 3 de docencia en ese nivel. * No necesita perfil profesional previo. * En ausencia de candidatos lo nombra la Administración (1 año). ACCESO Y SELECCIÓN Prevalece el Consejo Escolar sobre los restantes órganos. El director es mero gestor o ejecutor de las decisiones del Consejo. Resta eficacia a la acción directiva la ausencia de requisitos profesionales para la elección y designación del director RESUMEN

5 ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO ESCOLAR DE PRIMARIA: ETAPAS
Ley Orgánica de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes (1995) y su desarrollo LEGISLACIÓN IV “B” E T A P L. O. P. E. G. C. D. (1995) Apoyo a la figura del Director ante la falta de candidatos: * Aumento de 3 a 4 años el periodo del cargo. * Consolidación del complemento retributivo (vitalicio). * Compensaciones profesionales (méritos). * En ausencia de candidatos, nombramiento de un profesor de otro centro. * Creación de la acreditación. Refuerzo de las FUNCIONES: elaborar, redactar y coordinar los proyectos de tipo educativo y curricular. DIRECTOR Centros de Primaria: * 9 unidades o más: Director, Secretario, y J. de E. * unidades: Director (también ejerce de J.E.) y Secretario * Menos de 6 unids.: Director (también ejerce de J.E. y S.).) Jefe de Estudios: Se potencia su labor de coordinación académica con nuevas funciones. Secretario: No varía (Administrador en secundar.) Los órganos unipers. forman el Equipo Directivo. ÓRGANOS UNIPERSONAL. Consejo Escolar: dependiendo de las unidades varía la composición. Si hay alumnos es con voz pero sin voto. El representante del P.A.S. sólo en centros de más de 9 unidades. A las antiguas funciones se añaden algunas novedosas. Claustro: se amplía su ámbito de decisión y participación. Interviene en la elaboración del Proyecto Curricular.. ÓRGANOS COLEGIADOS Se lleva a su máximo extremo la participación y democratización, teniéndose más en cuenta que la eficacia y la calidad. (Igual que en la LODE) Todo el poder se desplaza hacia el Consejo Escolar. (Igual que en la LODE) PARTICIPACIÓN Elegido por el Consejo Escolar (4 años). Requisitos:* Antigüedad de 5 años * Debe ser profesor con destino definitivo, con un año de antigüedad en el Centro * Tener la acreditación. Acreditación: El/los candidatos deben poseerla. Se compaginan méritos y elección política. Si no se presenta nadie lo nombra la Administración por 4 años. ACCESO Y SELECCIÓN RESUMEN Se potencia la dirección escolar con medidas de apoyo.

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