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Publicada porXimena Delfino Modificado hace 9 años
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Organizaciòndel Sistema Dominicano de Seguridad Social
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Responsabilidades El estado Direcciòn Regulaciòn Financiamiento Supervisiòn Entidades separadas Administraciòn de riesgo Prestaciòn de servicios
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Entidades pùblicas Consejo Nacional de Seguridad Social Tesorerìa de la Seguridad Social Direcciòn de Informaciòn y Defensa de los Asegurados Superintendencia de Pensiones Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales Seguro Nacional de Salud
4
Entidades pùblicas, privadas o mixtas Administradoras de Fondos de Pensiones Administradoras de Riesgos de Salud Proveedoras de Servicios de Salud Entidades complementarias
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Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) Regula el funcionamiento del Sistema Garantizar la cobertura Defiende a los beneficiarios Desarrolla las instituciones Mantiene el equilibrio financiero del SDSS Mantiene la integridad de los programas Sus actividades y las de sus dependencias directas deben estar en el presupuesto nacional
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Contralor General Es una persona dependiente del CNSS Vela por la aplicaciòn de los reglamentos, acuerdos y resoluciones Informa al CNSS sobre la situaciòn financiera Presentar un informe anual ante el CNSS Estos documentos son pùblicos
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Patronato de Recaudo e Informàtica de la Seguridad Social( PRISS ) Contratado por el CNSS Sin fines de lucro Administra el sistema electrònico de informaciòn y recaudar los recursos financieros del SDSS Representa a la tesorerìa, y la misma supervisa sus operaciones
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Direcciòn de Informaciòn y Defensa de los Afiliados Promueve el Sistema Informa acerca de derechos y deberes Maneja reclamaciones y quejas Asesora a los afiliados Realiza estudios sobre los servicios de las AFP, el SNS y las ARS Supervisa el funcionamiento del SDSS
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Tesorerìa del Seguro Social Recauda dinero, lo distribuye y paga Identifica a los empleadores en mora ( > 3 dìas ), o en evasiòn y aplicar la ley Debe transferir el dinero a las AFP en < 2 dìas habiles Diariamente se informa de los tràmites al CNSS y a la Superintendencia de Pensiones
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Cobertura Seguro Nacional de Salud Empleados pùblicos y sus familiares, sin contrato de Seguro o de autogestiòn Trabajadores informales del Règimen Contributivo-Subsidiado Beneficiarios del Règimen Subsidiado Trabajadores privados que seleccionen el Seguro Nacional de Salud
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Cobertura( 2 ) Las ARS toma a los trabajadores privados no subsidiados que la seleccionen Los afiliados al SNS afiliados al plan Contributivo o Contributivo-Subsidiado pueden elegir su PSS El SNS y las ARS reciben pago de la Tesorerìa antes del pròximo mes, y deben pagar a las PSS en < 10 dìas tras su pago
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Administradoras Administraciòn de fondos de pensiones Fondo de Pensiones del Estado Fondo de Pensiones de Instituciones Autònomas y Descentralizadas Las AFP SNS, ARS y PSS Riesgos y Provisiòn de Servicios de Salud Riesgos Laborales
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Perìodo de transiciòn A partir de la promulgaciòn de la ley ( 9 Mayo 2001 ), hay 10 años de transiciòn para planificar y ejecutar la transformaciòn del Seguro Social, reorganizar las instituciones afiliadas, afiliar a la poblaciòn gradualmente, y realizar los estudios requeridos por esta ley
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