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PROYECTO MUNICIPAL AGUA POTABLE

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Presentación del tema: "PROYECTO MUNICIPAL AGUA POTABLE"— Transcripción de la presentación:

1 PROYECTO MUNICIPAL AGUA POTABLE
HONORABLE AYUNTAMIENTO MUNICIPAL SAN MIGUEL XOXTLA

2 SUSTENTADOS EN LAS SIGUIENTES LEYES:
MARCO JURÍDICO SUSTENTADOS EN LAS SIGUIENTES LEYES: 1.- CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. 2.-LEY DE COORDINACION FISCAL. 3.-CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. 4.-LEY DE COORDINACION HACENDARIA DEL ESTADO DE PUEBLA Y SUS MUNICIPIOS. 5.-LEY DE AGUA Y SANEAMIENTO DEL ESTADO (CEAS PUEBLA). 6.-LEY ORGANICA MUNICIPAL. 7.-LEY HACENDARIA MUNICIPAL. 8.-CODIGO FISCAL MUNICIPAL. 9.-LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO SAN MIGUEL XOXTLA 10.-CONVENIO MARCO DE COORDINACION ADMINISTRATIVA EN MATERIA HACENDARIA.

3 ANTECEDENTES El articulo 115 de la Constitución General de la Republica concibe al Municipio como un Orden de Gobierno con Libertad y Autonomía plenas, precepto que en materia fiscal se expresan al establecer que estos administraran libremente su Hacienda. Esta Autonomía debe entenderse como una mayor Responsabilidad del Municipio en proveer eficientemente los “SERVICIOS PUBLICOS”, así como garantizar la transparencia y rendición de cuentas a sus gobernados. Sin Embargo las transferencias Federales y Estatales entregadas a los Municipios, através del RAMO 33, 28 y otros Fondos han generado que las autoridades municipales descuiden las fuentes de los Ingresos Propios. Tenemos para el caso dos ejemplos claros: 1.-El Primero es el Impuesto Predial, del cual en los últimos 20 años se tiene una captación de apenas un 35% en el Municipio. 2.-El Segundo es el Derecho por consumo de agua, la referencia para el caso es de los últimos 15 años, la captación es del 0.5% en el Municipio.

4 ANTECEDENTES Se observara por lo tanto que la captación por ambos conceptos es muy pobre en la primera y casi nula en la segunda. Esto significa que la expansión del Gasto Publico en los Municipios debe financiarse con el aumento de su esfuerzo tributario , con el objetivo de mantener “el equilibrio fiscal”, ya que si los Ayuntamientos no pudieran cubrir sus compromisos de pago, tampoco podrán ser absorbidos por el Gobierno del Estado. Hasta el año del 2007, la recaudación del Impuesto Predial y los Derechos por consumo de Agua solo influían en la determinación del Fondo de Fomento Municipal. A partir del 2008, esta recaudación también se utiliza para calcular los recursos del Fondo General de Participaciones. Así mismo en el caso del estado de Puebla, esos conceptos se incluyen en la formula de distribución del Fondo de Fiscalización para los Municipios. Esta casi nula captación que tiene el Gobierno del Estado de Puebla, también le afecta en la Distribución de Recursos que la Federación entrega anualmente al mismo, esta situación coloca a Puebla en el lugar 28 en captación de Cobro de Predial y en el lugar 26 por Ingresos de Derechos de Agua.

5 ANTECEDENTES Al 2009 del Total Nacional de recaudación del Impuesto Predial Puebla aporto solo el 1.7%, en tanto que por Derechos de Agua participo con el 2.4%. Como podrán observar “El aumento de las Participaciones Anuales Municipales (Ramo 28) dependen de la eficacia en la recaudación del Impuesto Predial y de los Derechos por Consumo de Agua”. A partir de esta radiografía , el actual Gobierno Estatal viene impulsando iniciativas que conlleven a las Autoridades Municipales a trabajar en el impulso de su propia Ley de Ingresos. Es ahí donde los Ayuntamientos tienen la oportunidad para detonar un Desarrollo verdaderamente sustentable, a corto , mediano y largo plazo. Para llevar a cabo esta tarea que indudablemente beneficia no solo a los Ayuntamientos, sino a todo el Gobierno Estatal, el 27 de Septiembre del 2010 se propuso la firma del “Convenio Marco de Colaboración Administrativa en Materia Hacendaria” que celebran el Gobierno del Estado y los H. Ayuntamientos de los Municipios del Estado, con la participación del Instituto Catastral.

6 ANTECEDENTES Este Convenio Marco plantea entre otras tareas:
Una sana Administración del Impuesto Predial, emisión , recaudación y cobranza Coactiva del impuesto por parte del Estado. Administración del Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles,calculo,determinacion y cobro del impuesto, así como modificaciones al padrón por parte del Estado. Asistencia técnica en el ejercicio de las facultades de recaudación de los Derechos, Aprovechamientos ,Productos y Contribuciones de Mejoras que el Ayuntamiento tiene que percibir en el uso de sus facultades Administrativas y Tributarias, como son: Derechos por Ejecución de Obras Publicas, Derechos por los Servicios de Agua y Drenaje, Derechos por el Servicio de Alumbrado Publico, de Panteones, etc.. Colaboración Administrativa en materia de REPECOS. Colaboración Administrativa en Materia de Tenencias de determinados vehículos.

7 ANTECEDENTES De manera mensual los Ayuntamientos deben de proporcionar a la Secretaria de Finanzas del estado de Puebla, información respectiva al cobro del Impuesto Predial y de la captación por los Derechos de Servicios de Agua y Drenaje. En la actualidad y hacia atrás , hablando concretamente del segundo Rubro(Agua y Drenaje) , todas las Administraciones hemos realizado este reporte en cero. La respuesta a esto es que ninguna Administración que ha pasado , ha tenido acceso a datos que nos indiquen lo que mensualmente se capta por cobranza del agua, de ahí el vacio que se genera en la información mensual que se reporta, como hemos visto en diapositivas atrás, esto no permite a las Autoridades Municipales trabajar para que en el futuro el Fondo de Participaciones (Ramo 28) se vea incrementado. Hasta aquí esta parte que nos habla sobre el “Marco Jurídico General” que nos indica el porque los Ayuntamientos tienen el Derecho y la Obligación de administrar los Servicios de Agua y Drenaje. Esto es aplicación de la Ley y no atribuciones personales.

8 ANTECEDENTES LEY ORGANICA MUNICIPAL:
ARTICULO 1.-La presente Ley es de orden publico y de observancia general en los Municipios que conforman el Estado Libre y Soberano de Puebla. ARTICULO 2.-El Municipio Libre es una Entidad de derecho publico , base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Puebla, integrado por una comunidad establecida en un territorio , con un gobierno de elección popular directa, el cual tiene como propósito satisfacer, en el ámbito de su competencia, las necesidades colectivas de la población, inducir y organizar la participación ciudadana en la promoción del desarrollo integral de la comunidad. ARTUCULO 78.- Atribuciones del Ayuntamiento: FRACCION I.-Cumplir y hacer cumplir en los asuntos de su competencia, las leyes, decretos y disposiciones de observancia general de la Federacion,del Estado así como los ordenamientos Municipales. FRACCION V.-Inducir y organizar la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidad. FRACCION XLVII.-Fomentar la creación de empleos en el Municipio, acorde a los programas que para tal efecto se implementen con el Gobierno Federal, Estatal, Municipal y Particulares, pretendiendo con lo anterior las siguientes finalidades:

9 ANTECEDENTES a.-Fomentar el desarrollo urbano del Municipio mediante la construcción y mantenimiento de obras de infraestructura que mejoren los servicios municipales. ARTICULO 91.-Facultades y Obligaciones del Presidente Municipal: I.-Difundir en su Municipio, las Leyes, Reglamentos y cualquier otra disposición de observancia general que remita Gobierno del Estado o acuerde el Ayuntamiento. II.-Cumplir y hacer cumplir la Leyes, reglamentos y disposiciones administrativas. XXXIX.-Procurar el entubamiento y limpieza de las aguas potables, así como la conservación de los manantiales, fuentes, pozos, aljibes, acueductos, ríos y los demás que sirvan para el abastecimiento de la población. ARTICULO 102.-La Planeación Municipal es Obligatoria y debe llevarse a cabo como un medio para hacer mas eficaz el desempeño de la Responsabilidad del Ayuntamiento, sus dependencias y entidades administrativas.

10 ANTECEDENTES Conforme a lo anterior , el Ayuntamiento debe conducir el Proceso de Planeación Municipal, fomentando la participación de los diversos sectores y grupos sociales, a través de FOROS de Consulta e Información . CAPITULO XII DE LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL ARTICULO 118.-La Administración Publica Municipal será Centralizada y Descentralizada. La Administración Publica Municipal Centralizada se integra con las dependencias que forman parte del Ayuntamiento, así como con órganos desconcentrados, vinculados jerárquicamente a las dependencias municipales (*)

11 ANTECEDENTES Con las facultades y obligaciones especificas que fije el acuerdo de su creación. La Administración Publica Municipal Descentralizada, se integra con las Entidades Paramunicipales , que son las empresas con participación municipal mayoritaria, los organismos públicos municipales descentralizados y los fideicomisos, donde el fideicomitente sea el Municipio. (SOAPAX). Sea que el servicio del agua fuera prestado por medio del SOAPAX ò Asociación Civil u otra figura , esta acción tendría que ser llevada a Cabildo y autorizada por el mismo, solicitarle al Congreso del Estado su aprobación y una vez aprobada, publicarla en el Diario Oficial del Estado. Bajo cualquier forma de Administración del Agua Potable, invariablemente por Ley hay que seguir este proceso, para darle sustento legal a las acciones que se emprendan , de esa manera se definen las Obligaciones y Derechos que el Administrador del servicio tendrá en todo el ámbito Legal, sea de carácter Civil, Mercantil, Fiscal , etc.

12 ANTECEDENTES Actualmente el Servicio de Agua Potable es deficiente y en muchos casos el abasto del vital liquido no cubre al total de la población , en cuanto a cantidad y calidad . Para ello la actual Administración hace los siguientes planteamientos de solución que trabajados en forma eficiente, han de ser la Norma bajo la cual trabajen las siguientes Administraciones por venir , en el entendido de que cada cual puede Enriquecer esta propuesta en beneficio de la comunidad total. 1.- Pagar el Derecho de Agua al Ayuntamiento, genera confianza entre los contribuyentes, pues al hacerlo se les entrega un recibo que reúne todos los requisitos fiscales que exige el caso, así la comunidad esta en pleno Derecho de hacerlo Deducible ò no de acuerdo a sus particulares intereses. 2.-Este esquema nos permitirá cobrar Derecho de Agua a todos, en los que se incluyen también a las empresas ubicadas en nuestra comunidad, con ello ganaremos en captación de recursos sobre contribuyentes que históricamente han estado alejados en este renglón. 3.-Estos Ingresos que se capten tienen la enorme ventaja de SER CIEN POR CIENTO AUDITABLES, por cualquier autoridad competente para estos casos, lo que garantiza hacia la comunidad que cada peso que se perciba será transparente y aplicado al rubro especifico de Agua.

13 REALIDADES Y SOLUCIONES
4.-Los cobros efectivamente captados por Derecho de Agua, serán canalizados hacia una cuenta bancaria especifica , para que el Principio de Auditabilidad sea real y fácil de realizar. En este sentido los gastos ò erogaciones que se realicen deberán apegarse estrictamente a este rubro. 5.-La aplicación del cobro de los Derechos de Agua Potable serán los vigentes en la actual Ley de Ingresos del Municipio de San Miguel Xoxtla. Cabe mencionar que en la propuesta de Ley que esta Administración realizo en Octubre del año pasado al Congreso del Estado , en nuestra exposición de motivos solicitamos a este Órgano Legislativo que el pago de estos Derechos de Agua en lugar de incrementarse, se fueran a la baja. La Ley de Ingresos que nos dejo la anterior Administración decía que el pago anual por este concepto debía ser de $ para casa habitación , nosotros propusimos que el pago para el 2012 fuera de $ anuales. Ponemos a disposición de la ciudadanía estas afirmaciones, contenidas en los Los documentos Legales citados líneas arriba.

14 REALIDADES Y SOLUCIONES
6.-Se han realizado los pagos por las deudas que se heredaron de Administraciones pasadas por los conceptos de Descargas de Aguas Residuales y Extracción de Agua , el cumplimiento a este pasivo nos ha permitido obtener beneficios, pues CONAGUA nos ha incorporado a un Programa donde el Ayuntamiento recibirá Recursos para habilitar Infraestructura Hidráulica en la Red de Agua Potable , Drenaje y Alcantarillado, estos recursos están etiquetados y no aceptan desviación alguna. 7.-Tenemos ya un Convenio de Trabajo con el CEAS Puebla, donde recibiremos toda la Asesoría Técnica que este proyecto requiere. El objetivo de este convenio es contar con un primer Diagnostico sobre los elementos que se tienen y lo que se requiere para hacer EFICIENTE este Servicio a favor de la comunidad, tanto en el campo como en lo administrativo. 8.-Conformar el Padrón de Contribuyentes es la primera tarea , para de ese modo ir afianzando el Compromiso de las Autoridades Municipales con sus conciudadanos. En este sentido y como punto inicial el Ayuntamiento no cobrara ADEUDOS DE AÑOS ANTERIORES.

15 REALIDADES Y SOLUCIONES
9.-De cara a la Población Entera, queremos manifestarles que bajo situación alguna , sea en Foros, Asambleas de Cabildo, Mesas de Trabajo ò Mesas de Negociación en el CEAS Puebla ò en la Secretaria de Gobernación, en ningún momento JAMAS nosotros las Actuales Autoridades Municipales hemos planteado Instalar Medidores de Agua Potable a la comunidad. Esa es una distorsión de la realidad, acerca de los planteamientos que hemos hecho. 10.-Queremos solicitarle a la población , que se Conforme el CONSEJO CIUDADANO MUNICIPAL, que habrá de ser un órgano Plural , Incluyente e Independiente. Este Organismo que proponemos deberá integrarse con 9 gentes representativas de nuestra comunidad, donde ellas sean Garantes hacia todas y todos en global , de los quehaceres de las autoridades locales. Hoy reafirmamos: No Nos Dejen Solos, Somos los Primeros Servidores Públicos de nuestro Municipio, como tal necesitamos del Primer y mas valioso Auditor con el que podamos contar y ese es la Gente de San Miguel Xoxtla. Esto que estamos planteando habla de una sola Meta: Insertar a San Miguel Xoxtla dentro de los Municipios que están Trabajando para Modernizar toda su Estructura Organizacional , queremos ser Protagonistas de un cambio de cultura

16 REALIDADES Y SOLUCIONES
En la forma de Administrar y hacer Política, llevar a cabo esta tarea será complicada si las fuerzas reacias al cambio no lo permiten, en el pasado hemos dejado ir oportunidades para alcanzar un mejor desarrollo de nuestro Pueblo y la Historia que todo lo juzga dice que hemos perdido mucho mas de lo que hemos logrado, por ese mal entendido sentido de la defensa que tenemos. Si se nos permite detonar este cambio, estaremos marcando a futuras Administraciones , para que trabajen realmente en el beneficio de la comunidad , através de la Transparencia y la Participación Ciudadana, que los aspirantes a puestos públicos no vengan con la idea de ver que se llevan o cuanto negocian en lo oscurito buscando solo el beneficio personal. En este nuestro segundo año de Gobierno tenemos mucho por realizar, pues en el primero hemos dejado la Angustia de pagar deudas que nos dejaron y que gracias a los buenos manejos financieros y a un plan de austeridad propuesto nos permitieron salir adelante, no queremos mas en el futuro que estas formas antisociales de administrar se repitan.

17 REALIDADES Y SOLUCIONES
Los tiempos han cambiado, las leyes se han ido perfeccionando a favor de una sana Relación Gobierno-Ciudadanos, hay que hacer prevalecer el Estado de Derecho y las Autoridades Estatales están dispuestos a colocar a nuestro Estado de Puebla en el lugar que realmente le corresponde en el Concierto de los Estados de la Nación Mexicana, para llevar a cabo esta tarea es Prioritario su trabajo con los 217 municipios que conforman la cartera municipal del mismo. No olvidemos que la Historia habrá de juzgarnos a todos por nuestros actos, por nuestro hechos , es por ello que les decimos VIVA EL RESPETO, LA DIGNIDAD, VIVA MEXICO, VIVA PUEBLA, VIVA SAN MIGUEL XOXTLA. GRACIAS.


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