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“ Energía para el crecimiento y matriz energética.” Alberto Enrique Devoto Universidad de Rosario Curso de Infraestructura Regional para la Integración.

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Presentación del tema: "“ Energía para el crecimiento y matriz energética.” Alberto Enrique Devoto Universidad de Rosario Curso de Infraestructura Regional para la Integración."— Transcripción de la presentación:

1 “ Energía para el crecimiento y matriz energética.” Alberto Enrique Devoto Universidad de Rosario Curso de Infraestructura Regional para la Integración Septiembre de 2014

2 Breve historia  Hacia el año 1887 en la ciudad de Buenos Aires se inicia el proceso de electrificación, con peso en el Alumbrado Público y de servicio a algunos particulares, mediante el traspaso de unidades de generación de las empresas de tranvías a las empresas prestadoras del servicio de electricidad.  En el año 1901 la Compañía Alemana Transatlántica de Electricidad. (CATE ) absorbe compañías pequeñas de Buenos Aires. Se trata de gestiones en el ámbito municipal.  En el año 1907 el Municipio de la ciudad otorga una concesión a CATE S.A.  En el año 1912 la Compañía Italo Argentina de Electricidad SA (CIADE) obtiene una concesión municipal para abastecer parte de la ciudad de Buenos Aires  En el año 1921 la CATE se transfiere a la Compañía Hispano Argentina de Electricidad SA (CHADE) con el objeto de evitar el pago de reparaciones a los aliados, dispuestas luego de la Gran Guerra (o Primera Guerra Mundial)  En el año 1936 la CHADE se convierte en Compañía Argentina de Electricidad (CADE) cuyo capital era del grupo SOFINA. Ese mismo año se produce la renovación de las concesiones municipales a la CADE y CIADE por 40 años, lo que suscita un conocido escándalo, dada la certeza del pago de coimas en el ámbito del Concejo Deliberante de la ciudad.

3 Breve historia  En el interior del país el grupo ANSEC concentra la mayor parte de las empresas prestadoras, así como la American and Foreign Power; surgen también numerosas cooperativas.  La caída de las inversiones privadas provocó en 1940 - 1950 un proceso de nacionalización de los servicios públicos y la aparición de las empresas estatales. Este período es coincidente con las nacionalizaciones de Europa resultantes de la crisis del sistema liberal, manifiesta en el período entre guerras y la situación de las economías europeas en la segunda posguerra, que lleva al uso de herramientas de intervención del Estado en la Economía.  El 14 de febrero de 1947 mediante el dictado del Decreto N° 3.967 nacía la Dirección General de Agua y Energía Eléctrica, como fusión de la Dirección General de Centrales Eléctricas del Estado y la Dirección General de Irrigación.  Mediante la sanción de la Ley N° 14.772 de 1958 se transfirieron parte de los servicios del Noroeste del Gran Buenos Aires a A. y E.E. Finaliza la concesión (1908/1958) de la Compañía Argentina de Electricidad (CADE) y no se renueva.  A fines de los años 50 hay una crisis de abastecimiento en el Gran Buenos Aires que lleva a la creación de Segba S.A. por la nacionalización de la CADE, aunque a la empresa se le da forma mixta, pero la participación de capital privado en 1962 se transfiere al Estado Nacional.

4 Breve historia  La sanción de la Ley N° 15.336 marcó un hito fundamental en el sector. A partir de ella se reglamentan todas las actividades de la industria eléctrica destinadas a la generación, transformación y transmisión, o a la distribución de la electricidad. Define que el Despacho Nacional de Cargas (DNC) y la Red Nacional de Interconexión (RNI) estarán en manos de A.y E.E. y reconoce el ámbito provincial en las tareas de distribución y comercialización.  La Ley 15.336 facilitaba la inversión privada en el Sector Eléctrico, sin embargo los sectores privados solo tienen interés en proveer tecnología, de manera que el Estado centraliza todas las prestaciones, con excepción de la Compañía Ítalo Argentina de Electricidad (CIADE) que recién será nacionalizada durante el gobierno militar surgido con el golpe de 1976.  En el año 1962, A. y E.E. transfirió a SEGBA los 14 partidos del Gran Buenos Aires que tenía a su cargo.  Por Resolución conjunta del Ministerio de Economía N° 1.332 de 1979 y del Ministerio del Interior N° 9 del '79, ratificada por el Decreto N° 258 de 1980, se decidió la transferencia de los servicios de distribución de energía eléctrica y de riego de A y E.E. a las provincias, con la excepción de La Rioja, Santiago del Estero, Tucumán, Río Negro y Mendoza.

5 Breve historia  La Ley N° 23.696 de 1989 y su Decreto Reglamentario N° 1.105, del mismo, año dispuso la emergencia administrativa de la prestación de los servicios públicos. En lo atinente al sector eléctrico fijó el ordenamiento institucional empresario en una Empresa Federal de Energía Eléctrica (EFEE) que involucraba a Agua y Energía Eléctrica S. A., Hidronor S. A. y la generación de energía de otras empresas nacionales.  En el año 1992 y ante la falta de resultados concretos se sancionó la Ley N° 24.065 y su Decreto Reglamentario N° 1.398, estableciendo el nuevo Marco Regulatorio Eléctrico y declarando sujeta a privatización total la actividad de generación, transporte y distribución a cargo de Agua y Energía Eléctrica S.E., Segba S.A. e Hidronor S.A.

6 LA ORGANIZACIÓN DEL SECTOR ELÉCTRICO  1. Desde el origen hasta 1947. Esta etapa se caracterizó por la presencia de capitales privados para el desarrollo de la actividad y su prestación. En general, el modelo era un sistema de concesiones dadas en la mayoría de los casos por las autoridades municipales. También fueron surgiendo cooperativas para la prestación del servicio. Hay que tener en cuenta que se trataba de monopolios con generación y distribución, puesto que la tecnología no permitía la transmisión de electricidad. En términos económicos, era una constelación de mercados aislados. El poder concedente establecía las tarifas y el modelo prevaleciente era el de la Tasa Interna de Retorno. Lo que aseguraba al prestador una tasa predeterminada de beneficio.

7 LA ORGANIZACIÓN DEL SECTOR ELÉCTRICO 2. Desde 1947 hasta 1992. Como se mencionara antes, las dificultades del sector privado para mantener las inversiones llevó a las autoridades a la nacionalización del sector eléctrico. De manera que todo el sistema pasó a ser estatal, con la única excepción de la Compañía Italo Argentina de Electricidad (CIADE) que recién fue nacionalizada en la década del setenta, y una gran cantidad de pequeñas cooperativas, a lo largo y ancho del país. Las principales empresas fueron: * Agua y Energía Eléctrica, * Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires (Segba), e * Hidronor A ellas hay que sumarles luego, las centrales nucleares Atucha y Embalse y las empresas binacionales Salto Grande y Yacyretá, hidroeléctricas en sociedad con Uruguay y Paraguay, respectivamente.

8 LA ORGANIZACIÓN DEL SECTOR ELÉCTRICO  3. De 1992 a la fecha.  Con motivo de la crisis de 1988/89 el recién asumido gobierno decidió encarar una profunda reforma del sector eléctrico. Primero se intentó la creación de una empresa única, de carácter estatal.  Posteriormente y ante la imposibilidad de concretar esa idea y frente al cambio en la conducción económica, la promulgación de la Ley de Convertibilidad, y las tendencias crecientes derivadas del llamado Consenso de Washington, se procedió a una reforma integral del sector, a partir de la sanción de la Ley N° 24.065, conocida como Marco Regulatorio Eléctrico, que entre los aspectos más salientes se destaca, la desintegración vertical del sector, la introducción de reglas de mercado y de competencia, la aparición de la función regulatoria y también las privatizaciones.  Este modelo funcionó razonablemente hasta 2002, pero la Ley de Emergencia Económica primero, y las acciones del nuevo gobierno después la desnaturalizaron, a pesar de seguir vigente la ley.

9 LAS PRINCIPALES CRISIS DEL SECTOR  1. Finales de los años 50.  Se trató de una crisis de oferta. El parque de generación no estaba en condiciones de abastecer una demanda creciente, sobre todo por las políticas de desarrollo generadas por la administración Frondizi.  Si bien no se llegó a cortes del servicio demasiado prolongados, el efecto más visible era la notable caída de tensión (una forma de aumentar la oferta es reducir la tensión o voltaje) Era muy común la instalación de elevadores de tensión en las casas.  Para remediarla, se dispuso la construcción de la usina de San Nicolás, la creación de Segba y la compra de nuevas máquinas para esta empresa. Surgen las primeras líneas de transmisión en alta tensión.  Posteriormente se decide encarar un viejo proyecto de Agua y Energía, el de Chocón-Cerros Colorados, ahora accesible por el desarrollo de las tecnologías de transmisión. Para ello se crea una empresa estatal ad hoc: Hidronor.

10 LAS PRINCIPALES CRISIS DEL SECTOR  2. Año 1973.  También se trató de un problema de oferta. Las medidas e inversiones de la década de los 60 no se habían completado plenamente. Así, la primera de las seis turbinas de El Chocón comenzó a operar en 1972, pero la obra recién se completó en 1977.  Fue particularmente crítico el segundo semestre de dicho año, pero como las obras necesarias estaban encaminadas, la única solución posible fue la del racionamiento. Entre las medidas más recordadas se destacan la prohibición de iluminar vidrieras de comercios, y la supresión de la televisión en las horas pico nocturnas.  En abril de 1974 se iniciaron las obras de la Central Hidroeléctrica de Salto Grande sobre el río Uruguay, obra binacional que se completó en 1979. Ya en 1973 se había firmado el Tratado de Yacyretá con Paraguay para encarar esta otra obra. Sin embargo, la primera máquina de esta central, recién comenzó a operar en septiembre de 1994.

11 LAS PRINCIPALES CRISIS DEL SECTOR  3. Año 1988/89  Esta posiblemente haya sido la crisis más grave. Nuevamente se trató de un problema de oferta, pero en este caso no solo incidió un aumento en la demanda, sino que la causa principal fue la obsolescencia del parque térmico, por años con falta de inversión, a lo que se sumó una etapa de baja hidraulicidad, lo que también redujo la capacidad de las centrales hidroeléctricas.  La única solución posible fue el racionamiento, por lo que se establecieron cortes programados y rotativos, de varias horas de duración por día. Un ligero paliativo fue la importación de algunas máquinas de reducida potencia. Era usual observar en las calles equipos generadores portátiles, encarados por particulares.  En 1989, la mejora en los ríos atenuó el impacto, pero en la sociedad quedó instalado que el sistema estatal, sin capacidad de invertir, estaba llegando a un punto crítico.

12 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  ELEMENTOS PRINCIPALES  Desintegración vertical de la industria:  Generación  Transporte  Distribución  Creación de un mercado de competencia en el segmento de Generación.  Libre acceso de terceros a las redes.  Transporte y Distribución, por ser monopolios naturales serán sujetos de regulación.  Mecanismo de Price Cap para las tarifas.  Creación del organismo regulador  Privatización de las empresas estatales.

13 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  CARACTERÍSTICAS DE LA GENERACIÓN.  FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO. Máquinas no empresas.  DETERMINACIÓN DE PRECIOS.  Sistema de Costo Marginal de Corto Plazo  ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO.  Cammesa, su papel, forma societaria y accionistas. PERO, ¿PORQUÉ PUEDE EXISTIR UN MERCADO?

14 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  CARACTERIZACIÓN DEL TRANSPORTE.  Monopolio Natural sujeto a regulación.  Servicio Público sin obligación de expandir la red.  Se entrega en concesión  Remuneración (cómo se fija)  Normas de Calidad y penalizaciones.  Libre Acceso de Terceros a las redes (open access)  Limitaciones (en generación y distribución)  Método para extender la red. ES LA BASE FÍSICA DEL MERCADO, SIN TRANSPORTE NO HABRÍA MERCADO DE COMPETENCIA

15 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  LA DISTRIBUCIÓN.  Servicio Público obligado a atender toda la demanda que se presente en su área de concesión.  Monopolio Natural sujeto a regulación.  Tarifas bajo el método Price Cap.  Normas de Calidad y Penalizaciones.  Debe comprar la Energía que distribuye y no puede tener generación propia.  Libre acceso de terceros a las redes (open access).  Pass-trough de la compra de energía. LA FACTURA DEL DISTRIBUIDOR COMBINA PRECIO Y TARIFA

16 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  LOS GRANDES USUARIOS.  Se trata de una categoría especial de consumidores, definidos en la ley.  Son aquellos autorizados a celebrar contratos directamente con los generadores.  La energía les llega a través de las redes de los transportistas y distribuidores y por ese servicio deben pagar una tarifa de peaje, que está regulada.  Acá se ve la importancia del open access o libre acceso de terceros a las redes.  Para ser Gran Usuario hay que tener una demanda de potencia mínima, fijada por la Secretaría de Energía.

17 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  LAS PRIVATIZACIONES  GENERACIÓN  Térmica (venta de activos)  Hídrica (Concesión uso del río)  Nuclear (ninguna)  TRANSPORTE  Extra Alta Tensión ( hasta 500 KV) (Concesión)  Alta Tensión (132 KV o menos)(Concesiones)  DISTRIBUCIÓN  Empresas Federales (ex Segba, concesiones)  Empresas Provinciales (concesiones y estatales)

18 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  LAS PRIVATIZACIONES  PRINCIPALES ELEMENTOS  Venta de activos. Limitaciones.  Concesiones.  Duración  Elementos Económicos.  Fijación de Tarifas. Procesos de Revisión.  Normas de Calidad. Sanciones.  Rasgos diferenciales para:  Centrales Hidraúlicas.  Transporte  Distribución.

19 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  OBJETIVOS  a) Proteger adecuadamente los derechos de los usuarios;  b) Promover la competitividad de los mercados de producción y demanda de electricidad y alentar inversiones para asegurar el suministro a largo plazo;  c) Promover la operación, confiabilidad, igualdad, libre acceso, no discriminación y uso generalizado de los servicios e instalación de transporte y distribución de electricidad;  d) Regular las actividades del transporte y la distribución de electricidad, asegurando que las tarifas que se apliquen a los servicios sean justas y razonables;  e) Incentivar el abastecimiento, transporte, distribución y uso eficiente de la electricidad fijando metodologías tarifarias apropiadas;  f) Alentar la realización de inversiones privadas en producción, transporte y distribución, asegurando la competitividad de los mercados donde sea posible.

20 LA REFORMA DE 1992 (LEY N° 24.065)  LA REGULACIÓN  La función del regulador  El ente regulador (ENRE)  Organización  Misiones y funciones:  a) Hacer cumplir la presente ley, b) Dictar reglamentos, c) Prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias, d) Establecer las bases para el cálculo de tarifas, e) asegurar el libre acceso a los servicios de transportistas y distribuidores; f) Determinar las bases y condiciones de selección para el otorgamiento de concesiones de transporte y distribución; g) Llamará a participar en procedimientos de selección y efectuará las adjudicaciones correspondientes, firmando el contrato de concesión; h) Propiciar ante el Poder Ejecutivo, cuando corresponda, la cesión, prórroga, caducidad o reemplazo de concesiones; i) Autorizar las servidumbres de electroducto; j) Organizar y aplicar el régimen de audiencias públicas previsto en esta ley.

21 MATRIZ ENERGÉTICA ARGENTINA

22 HIDROCARBUROS  De Comodoro Rivadavia al Presente.  La búsqueda del autoabastecimiento. La batalla del Petróleo de Arturo Frondizi.  Los contratos petroleros y su anulación.  El Plan Houston.  El logro del autoabastecimiento.  La política de hidrocarburos desde el 2003 a la fecha.  La decadencia del sector.

23 HIDROCARBUROS  El papel de YPF. Idas y vueltas.  La venta a REPSOL y la recompra de Eskenazi.  La “estatización” de YPF.  Los yacimientos no convencionales.  La relación con las provincias.  ¿Se necesita una nueva ley?  Ley 17.319, no contempla los cambios legales y estructurales de las últimas décadas, ni tampoco da respuesta a los grandes desafíos que la Argentina enfrenta de cara al futuro en el sector de los hidrocarburos para volver a ser autosuficiente.

24 HIDROCARBUROS  “Se reformulará la estructura legal vigente en función de las nuevas realidades jurídicas institucionales y geológicas. Las leyes que surjan de ese nuevo ordenamiento, incluida una nueva ley de hidrocarburos, deberán contar con amplio consenso de las fuerzas políticas para que pueda ser aplicada en todo el territorio nacional. Esa nueva legislación deberá conciliar los intereses de las provincias y la Nación, facilitar el pleno desarrollo de los recursos del país y posibilitar la exploración en el Mar Argentino hasta el talud oceánico. También preverá la adecuación institucional para que el Estado pueda ejercer en forma adecuada su rol de fiscalización”.  Estos objetivos solo se conseguirán con una nueva ley, que debe ser debatida en profundidad en el Congreso Nacional, involucrando y conciliando una amplia gama de intereses nacionales y de todas las provincias. De ninguna manera el debate se puede circunscribir exclusivamente, tal como se pretende, a lo acordado entre un gobierno nacional que finaliza próximamente su mandato y gobernadores de provincias petroleras, cuyo mandato también finaliza en un año.

25 HIDROCARBUROS  El acuerdo YPF-Chevron.  “El acuerdo entre YPF y CHEVRON firmado el 16 de julio pasado y el decreto del poder ejecutivo 929 publicado en el Boletín Oficial el 15 de julio pusieron este tema en el centro del debate público.  Consideramos procedente que YPF y CHEVRON firmen un contrato o convenio para desarrollar en forma conjunta un proyecto piloto en un área de 390 Km2 en la zona de su concesión vigente en Vaca Muerta; sin embargo creemos que es improcedente desglosar esas áreas y otorgar sobre las mismas nuevas concesiones a 25 años prorrogables por 10 años (35 años). Esto estaría contrariando a la propia ley de hidrocarburos en los artículos 27 a 38 y, por lo tanto, sería nulo en los términos del artículo 79 de la misma.

26 EL PROYECTO DE LEY DE HIDROCARBUROS  Entendemos que el proyecto de ley que promueve en estos días el Poder Ejecutivo reitera los vicios subrayados en el acuerdo formalizado con Chevron en 2013. Además, procura generalizar un régimen de prórrogas discrecionales de las concesiones permitiendo así decisiones perjudiciales al interés público. Convalida intereses asociados a la urgencia y a las necesidades de una crisis que la propia política del gobierno generó, y vulnera facultades derivadas del dominio originario que hoy corresponde a las Provincias en su territorio.  (Documento de los Ex Secretarios)

27 EL PROYECTO DE LEY DE HIDROCARBUROS  En el proyecto que se intenta someter al Congreso se prorrogan por 10 años los plazos de todas las concesiones a cambio de un mayor porcentaje de regalías, que pasa en las áreas prorrogadas del 12 % al 15%. Esto extiende el statu quo de posesión de las áreas por parte de las empresas que hoy las detentan a partir de las privatizaciones de 1992. La prórroga es inadmisible para la actual ley de hidrocarburos, ya que esta procede solamente en el caso de que el concesionario haya dado fiel cumplimiento a todas sus obligaciones contractuales y viola la regla de la competencia licitatoria, que es siempre necesaria para identificar las mejores ofertas entre los inversores dispuestos a ofertar para acceder a la adjudicación de esos derechos

28 EL PROYECTO DE LEY DE HIDROCARBUROS El proyecto que se intenta sancionar da a todos los titulares de áreas convencionales “la opción exclusiva y sin licitación” “a solicitar a la autoridad concedente una concesión no convencional por 35 años”. Los plazos de concesiones ya prorrogadas que se solapen con el área de las concesiones no convencionales se extenderían en los hechos, en algunos casos, a 35 años a partir de 2027, lo cual llevaría los nuevos plazos al año 2062 sin necesidad de licitación o concurso alguno. Esto prácticamente da a las empresas que actualmente son titulares de las áreas que cuentan con recursos no convencionales el derecho de acceder en una adjudicación directa sin licitación y con compromisos de inversión aprobados discrecionalmente a la obtención de concesiones a perpetuidad; práctica muy negativa que reincide en el capitalismo de amigos que ha caracterizado a la gestión de la actual administración de gobierno. El proyecto da estatus legal a los beneficios otorgados al Contrato entre YPF y Chevron que fueron concedidos como excepción por el Decreto del Poder Ejecutivo 929/2013, ampliando los alcances a inversiones mayores de 250 millones de dólares. Sin embargo, aún no se conoce el contrato firmado con esa empresa con fundamento en el decreto citado, ni tampoco el éxito de las operaciones llevadas adelante bajo ese régimen que pretende elevarse a rango de ley. (documento ex secretarios)

29 LA MATRIZ ENERGÉTICA ACTUAL  a) Alta dependencia de los hidrocarburos, y en particular del gas.  b) La Argentina tiene uno de los más importantes consumos mundiales residenciales de gas natural  c) Importante consumo del gas como materia prima para la industria de fertilizantes, plásticos, etc.,  d) Una flota de vehículos ya convertidos al consumo de gas natural comprimido (GNC)  e) Fuerte consumo de combustibles líquidos en el transporte de pasajeros y de carga  f) Un altísimo porcentaje del parque térmico de generación de energía eléctrica consume gas como combustible prioritario.  g) Desarrollo nacional histórico de la energía nuclear con una contribución declinante.  h) Un 35% de generación hidráulica en un año de hidraulicidad media, pero con proyectos estancados por falta de financiación.  i) Energías renovables en estado incipiente.  j) Disminución de las reservas de hidrocarburos. Importación creciente.

30 DEFICIENCIAS DE LA SITUACION ACTUAL  Reconversión de las destilerías.  se dejó de producir fuel oil para favorecer la producción de naftas. El fuel oil que hoy se quema en las calderas de las turbo vapor debe ser importado, lo que también se extiende al Gas Oil que queman las turbo gas, porque tampoco alcanza la producción nacional. . La política de importar y subsidiar la importación tiene un doble efecto negativo : el superávit fiscal y el externo.

31 PROBLEMAS Elevado retraso de las tarifas y precios de la energía eléctrica y gas natural.   La enorme diferencia entre los precios internos y los precios internacionales de la energía eléctrica y el gas natural (fundamentalmente para el sector residencial) tiene varios efectos: i) el desvío de miles de millones de dólares del presupuesto nacional para subsidiar la importación de combustibles alternativos, ii) la disminución de las inversiones en exploración en gas convencional con la consiguiente caída de reservas, iii) la imposibilidad de implementar programas de ahorro energético o energías alternativas sin subsidios directos, iv) la incentivación de demanda innecesaria con el consiguiente despilfarro de recursos agotables que no estarán disponibles para las generaciones futuras y v) la mayor producción de gases de efecto invernadero como consecuencia de la generación innecesaria de energía. Por otra parte, la corrección de la enorme diferencia acumulada entre los precios internos y los valores internacionales es un problema social y político de muy difícil resolución.

32 PENSANDO EN EL FUTURO  El objetivo final del planeamiento estratégico consiste en lograr que nuestro país mantenga una matriz energética sostenible en el largo plazo.  No obstante la importancia que el gas tiene y suponemos que tendrá en el futuro se deberá pensar en una matriz de recursos múltiples.  Fuentes de energía.  Petróleo en tierra y costa afuera: en reservorios convencionales y no convencionales (shale oil)  Biocombustibles, fundamentalmente los de la segunda generación.  Energía nuclear: definición de la tecnología a utilizar..  Energía hidráulica: actualizar el catálogo priorizado de proyectos, definir la eventual participación privada en los mismos y lanzar los proyectos con los estudios finalizados y financiaciones acordadas.  Energía eólica.

33 PENSANDO EN EL FUTURO  La matriz energética en el largo plazo deberá ser consecuencia de una planificación consensuada y abierta y de las reglas del mercado.  Las regulaciones en el mercado de la energía deberán ser claras y estar dirigidas a introducir competencia, a aumentar la oferta, a reducir el precio de la energía y a encontrar soluciones sostenibles de abastecimiento.  La hidroelectricidad y la energía nuclear deberían cubrir en el futuro el orden del 40% y el 15% respectivamente del total de la oferta de energía eléctrica para el año 2030, mientras que sería deseable que las energías no convencionales alcanzaran una participación cercana al 10%.  Los proyectos hidroeléctricos tienen que ser evaluados a partir de un enfoque global en el uso del recurso hídrico. Los aprovechamientos de pequeña escala (PCH) constituyen alternativas de gran impacto local.

34 PENSANDO EN EL FUTURO  Los proyectos hidroeléctricos binacionales constituyen un capítulo especial. En el marco del proceso de integración económica en marcha en la Región, estos proyectos, como los de Corpus Christi, Garabí, Panambí, etc.  La aparición comprobada de grandes reservas de gas en reservorios no convencionales podría modificar el grado de participación del gas en la matriz energética impactando en el transporte, como insumo industrial y fundamentalmente en la generación termoeléctrica.  PERO, EN TODOS LOS CASOS, ES NECESARIO TENER PRESENTE LA NECESIDAD DE PRESERVAR EL AMBIENTE, LO QUE EXIGIRÁ ESTUDIOS PREVIOS QUE GARANTICEN LA SUSTENTABILIDAD DE LOS PROYECTOS Y DE LA POLÍTICA ENERGÉTICA EN GENERAL.


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