Instituto Interamericano de Derechos Humanos-IIDH

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
5ª SESIÓN QUE SON LAS POLITICAS DE IGUALDAD Y SUS ESTRATEGIAS
Advertisements

Curso de Capacitación sobre la Estructura y Funcionamiento de la OEA
CEDAW Gobierno y Sociedad Civil 2 INFORMES Durante siglos la violencia se ha ejercido en el ámbito de la familia sin provocar reacciones.
Grupo de Trabajo Número Dos Estructura y Tecnología: creación de un entorno de transparencia Este grupo analizó el entorno estructural necesario para establecer.
Temas a desarrollar: La tutela internacional de la VS Algunas buenas prácticas existentes en el abordaje de la VS, especialmente relacionadas con reformas.
Agenda legislativa de igualdad de género
FORMULACIÓN Y RESULTADOS
Estrategias transversales del PDHDF
INTRODUCCION A LOS PRESUPUESTOS PÚBLICOS CON ENFOQUE DE GÉNERO
Principios de Derechos Humanos
Presentación de Resultados
Subsistema de Estadística sobre Violencia
DERECHO ADMINISTRATIVO
Observatorio del Derecho de las Mujeres a una vida sin violencia Reunión de Observatorios de Género y Salud, y el Sector Salud Santiago, Chile 2-3 Noviembre.
Instituto Interamericano de Derechos Humanos-IIDH
ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO: LA RESPUESTA DES DE EL ÁMBITO JURÍDICO María Naredo Molero Jurista e investigadora.
Estatuto del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la.
1. Derechos Humanos de las Mujeres
Derecho a vivir sin violencia REFORMA DE LA LEY BONAERENSE.
“Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género”
OBSERVACIÓN GENERAL 5 DEL COMITÉ DE DERECHOS DEL NIÑO
Derechos Humanos Los DH son aquellos que posee cada ser humano. Representan las mínimas condiciones para vivir con dignidad. En su conjunto son: Indivisibles.
1 Introducción Créditos Indicadores de violencia de género Ámbito nacional Ámbito internacional Importancia de las estadísticas Derechos humanos Sistema.
BIENVENIDOS Y BIENVENIDAS Jornadas de autoformación Instituto de estudios humanitarios Nodo - Pasto.
Mecanismos de Participación Ciudadana Secretaría de las Mujeres.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN PROCESOS JUDICIALES Armando Guevara Gil
Acceso a la Justicia Valéria Pandjiarjian Programa Litigio InternacionalCLADEM 4ª Reunión del Comité de Expertas (CEVI) Seminario sobre Estrategias para.
EL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Junio del LAS POLÍTICAS PÚBLICAS APOYAN LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA.
Deber de justicia penal
“Experiencias en la construcción de la institucionalidad en temas de interculturalidad en el Estado" Programa de Pueblos Indígenas Adjuntía del Medio Ambiente,
Procuraduría Regional Cundinamarca
“INCORPORACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA CULTURA INSTITUCIONAL" Diagnóstico sobre la perspectiva de género en la cultura institucional de las dependencias.
CURSO INTERNACIONAL DE ALTA FORMACIÓN 2014 Transversalización de la obligación de igualdad y no discriminación en el quehacer público.
MINISTERIO DE LA JUVENTUD, LA MUJER, LA NIÑEZ Y LA FAMILIA REUNIÓN DE SEGUIMIENTO DEL SEGUNDO CONGRESO MUNDIAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL DE.
LOS DERECHOS DE LAS MUJERES VICTIMAS DE VBG Y VIOLENCIA SEXUAL
Informes de la CIM 2011 Presentación a la Comisión General 6 de marzo de 2012.
LEY 1146 DE 2007 Por medio de la cual se expiden normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes.
ESCUELA SUPERIOR DE POLICÍA
Caso: Violación sexual
Taller de trabajo: “ Taller de trabajo: Género y Cambio Climático Género y Cambio Climático ” “ Sesión: Vínculos entre Gestión de Riesgos, Género y Cambio.
La Convención Interamericana contra la Corrupción, su Mecanismo de Seguimiento (MESICIC) y el Programa Interamericano de Cooperación Comisión de Asuntos.
Manual de legislación sobre la violencia contra la mujer
1 “Feminicidio en el Perú : Estudio de expedientes judiciales” Adjuntía para los Derechos de la Mujer.
Ley 1257 de 2008 Por una vida libre de violencias contra las mujeres.
González y otro vs. México
Marco Normativo y Principios generales
Las Reglas de Brasilia en el marco del Nuevo Sistema de Justicia Penal de la Provincia de Santa Fe Gabriel Unrein 1.
MARCO JURÍDICO Prof. Carmen Demárquez Bibliografía: Prats, Martín, presentación curso de Formación Docente. Blengio, Mariana, Código de los Derechos Humanos.
PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS La orientación y formación en derechos humanos fortalece la identidad y la autonomía personal.
PROPUESTA DE CREACIÓN DE UN PROGRAMA INTERAMERICANO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA SESIÓN ESPECIAL DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS.
La violencia es una acción ejercida por una o varias personas en donde se somete de manera intencional al maltrato, presión sufrimiento, manipulación.
Violencia sexual.
Consuelo Moreno RED MAYOR Puntos a tratar ¿Qué son los Derechos Humanos? Persona Mayor como sujeto de DDHH Necesidad de una Convención Convención Interamericana.
ESCUELA SUPERIOR DE POLICÍA
Proyecto de Ley que regula entrevistas videograbadas en video y otras medidas de resguardo a menores de edad víctimas o testigos de delitos contra la integridad.
Foro Infosegura 2015 Los indicadores de violencia contra las mujeres. Observatorio de igualdad de género de América Latina y el Caribe San Salvador, abril.
Acciones de combate en la lucha contra la corrupción administrativa ACCIONES DE COMBATE EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA.
INSTRUMENTOS Y MECANISMOS JURIDICOS DE PROTECCION ESPECIAL A LA MUJER ISABEL CRISTINA ESPAÑA VILLOTA DIPLOMADO: GENERO, DERECHO Y SOCIEDAD. SEPTIEMBRE.
Instituto de Investigaciones Jurídicas Núcleo Multidisciplinario sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “Cecilia Loria Saviñón”
Derechos en Salud, Equidad de Género e Interculturalidad Asist. Soc. Lucinda Herencia Canales Resp. UNIDAD TECNICA FUNCIONAL DE DERECHOS HUMANOS, EQUIDAD.
Derechos Humanos y la Salud Concepto y Mecanismos Internacionales de Promocion y Proteccion.
JORNADA DE TRABAJO INTERINSTITUCIONAL MALTRATO INFANTIL Y DELITOS SEXUALES Coyhaique, 5 Noviembre 2013 Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Violencia.
Acceso a la información Judicial Argentina, Chile y Perú CEJA y Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH.
PROYECTO DE LEY PARA REFORMAR EL CÓDIGO PENAL PARA INSERTAR EL FEMINICIDIO COMO CIRCUNSTANCIA CALIFICADORA DEL DELITO DE HOMICIDIO COMISIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD,
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LA MUJER BELEM DO PARA.
Protección Legal frente a la Violencia Familiar Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Convención Interamericana.
Seguimiento a los mandatos de la Resolución AG/RES (XLIV-O/14) - Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción y del Programa.
Transcripción de la presentación:

Instituto Interamericano de Derechos Humanos-IIDH Informe CIDH-OEA “Acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Américas”

Metodología: participativa y descentralizada Cuestionario a Estados Miembros OEA: 23 respuestas, el número más alto obtenido en la historia de la CIDH a un cuestionario. Cuestionarios y consultas a personas expertas de la sociedad civil, organismos internacionales y sector académico. Cinco reuniones de personas expertas el año 2005 en Washington, D.C., Perú, Costa Rica, Argentina y Jamaica: 130 personas representantes de sectores del gobierno, administración de justicia, sociedad civil, organismos internacionales y academia. Diversidad de aproximaciones y experiencias. Se complementa con labor del Sistema Interamericano: jurisprudencia, audiencias temáticas, informes temáticos, capítulos de país sobre mujeres y visitas in loco organizadas por CIDH y la Relatoría.

Contenidos del informe Estándares Obstáculos Esfuerzos Recomendaciones

¿Qué se entiende por acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia y discriminación? La violencia contra las mujeres y su raíz -la discriminación- es un problema grave de derechos humanos, con repercusiones negativas para las mujeres y la comunidad que las rodea, constituyendo un impedimento al reconocimiento y goce de todos sus derechos humanos, incluyendo el respeto a su vida e integridad física, psíquica y moral (Convención Belém do Pará).

¿Qué se entiende por acceso a la justicia? Es un derecho. Un indicador de ciudadanía efectiva. La justicia como un bien público del que deben gozar por igual todos los seres humanos, sin discriminación. No se circunscribe a la existencia formal de recursos judiciales, sino a que éstos sean idóneos para investigar, sancionar y reparar las violaciones denunciadas.

¿Qué se entiende por acceso a la justicia? Acceder es obtener una respuesta judicial efectiva frente a actos de violencia contra las mujeres. Comprende la obligación de hacer accesibles recursos judiciales sencillos, rápidos, idóneos e imparciales de manera no discriminatoria, para investigar, sancionar y reparar estos actos y prevenir la impunidad. Indispensable el acceso a la justicia de jure y de facto.

¿Qué se entiende por acceso a la justicia? Estados tienen la obligación de actuar con debida diligencia frente a violaciones a derechos humanos: Prevención, Investigación, Sanción y Reparación. La Convención de Belém do Pará afirma que obligación de actuar con debida diligencia adquiere una connotación especial en casos de violencia contra las mujeres (Art. 7). El acceso va más allá del sistema de justicia, se complementa con políticas públicas integrales e intersectoriales, todo el territorio nacional. Práctica muestra que mujeres víctimas de violencia no logran un acceso expedito, oportuno y efectivo a recursos judiciales / impunidad.

Obstáculos determinados por la CIDH Patrón de impunidad sistemática en las actuaciones y en el procesamiento judicial. Baja utilización del sistema de justicia por parte de las mujeres víctimas de violencia (maltrato que pueden recibir víctimas y sus familiares al intentar acceder a recursos judiciales; persistente desconfianza que las instancias judiciales sean capaces de remediar los hechos perpetrados). Sensación de inseguridad, indefensión y desconfianza en la administración de justicia por parte de las víctimas.

Obstáculos determinados por la CIDH Estados carecen de una visión y de una política integral institucionalizada para prevenir, sancionar, investigar y reparar actos de violencia contra las mujeres. Percepción del asunto por el sistema de justicia como de baja prioridad. Mayoritariamente las personas funcionarios de las instituciones del sistema de justicia: No consideran prioritarios los casos de violencia. Descalifican a las víctimas. No efectúan pruebas que resultan claves para el esclarecimiento de responsables. Asignan énfasis exclusivo a las pruebas físicas y testimoniales. Otorgan poca credibilidad a las aseveraciones de las víctimas. Brindan tratamiento inadecuado a ellas y a sus familiares cuando intentan colaborar en la investigación de los hechos.

Obstáculos determinados por la CIDH Medidas cautelares no funcionan. Problemas estructurales que afectan procesamiento de casos de violencia contra las mujeres y de otras violaciones dh: Ausencia de instancias de la administración de la justicia en zonas rurales, pobres y marginadas. Falta de abogados de oficio para las víctimas de violencia que no cuentan con recursos económicos. Debilidad de los ministerios públicos así como de las instancias policiales involucradas en la investigación de delitos. Falta de unidades especiales de fiscales y de policía con los conocimientos técnicos especiales requeridos para abordar temas de violencia. Cultura patriarcal, estereotipos.

Obstáculos determinados por la CIDH Invisibilización: Precariedad y falta de coordinación en los sistemas de información para obtener estadísticas sobre incidentes y casos de violencia contra las mujeres, indispensables para examinar causas y tendencias. Dificultad para obtener estadísticas uniformes a nivel nacional sobre casos de violencia contra las mujeres, se traduce en una invisibilización del problema y obstaculiza el desarrollo de políticas públicas en el área judicial que correspondan a su gravedad y magnitud. Costo económico de los procesos judiciales. Falta de información de las víctimas y sus familiares sobre la forma de acceder a instancias judiciales de protección, el procesamiento de los casos y cómo contribuir a la investigación y esclarecimiento de los hechos.

Obstáculos en normatividad civil y penal Lenguaje y contenido de legislación con deficiencias, vacíos, falta de armonización; presencia de conceptos discriminatorios que actúan en detrimento y desventaja de las mujeres. Existencia de legislación anacrónica y disposiciones discriminatorias basadas en concepciones estereotipadas del papel social que desempeñan las mujeres; valores como honra, pudor y castidad de la víctima. En algunos países todavía existen disposiciones jurídicas que eximen al agresor de actos de violación si contrae matrimonio con la víctima. Las leyes en general todavía se concentran primordialmente en violencia doméstica e intrafamilar; no abarcan diversas manifestaciones de violencia que se cometen contra las mujeres.

Otros obstáculos que limitan correcta aplicación de las leyes por parte de autoridades estatales Falta de reglamentaciones y procedimientos claros. Ausencia de programas de capacitación destinados a fomentar adecuada interpretación y aplicación de leyes en el procesamiento de casos de violencia contra las mujeres por parte de funcionariado público. Sobrecarga de trabajo de instancias encargadas de implementar la ley. Presupuestos exiguos o inexistentes para lograr correcta aplicación e implementación de la legislación existente en el área de justicia y para hacer sostenible su funcionamiento. Fallas en funcionamiento-coordinación de programas de gobierno destinados a prestar servicios multidisciplinarios a víctimas de la violencia.

Esfuerzos reconocidos por CIDH Elaboración de diagnósticos sobre tratamiento de casos de violencia contra las mujeres por la administración de la justicia a nivel nacional. Creación de tribunales especializados y unidades dentro Ministerio Público y Policía para abordar de manera específica y especializada aspectos de género. Creación de programas de capacitación para operadores de justicia y para la policía. Iniciativas para provisión de acompañamiento a las víctimas cuando utilizan el sistema judicial. Fallos jurisprudenciales que apuntan a protección de los derechos de las víctimas de violencia. Adopción de marcos jurídicos. Creación políticas públicas.

Recomendaciones generales Orientadas al diseño de intervenciones y acciones estatales para garantizar una respuesta judicial idónea, inmediata, oportuna, exhaustiva, seria e imparcial frente a actos de violencia contra las mujeres. Objetivos: Que Estados diseñen una política estatal integral, respaldada con recursos públicos adecuados, para garantizar que víctimas de violencia tengan un acceso adecuado a la justicia y que los actos de violencia se prevengan, investiguen, sancionen y reparen en forma adecuada. Que Estados creen condiciones necesarias para que las mujeres puedan usar el sistema de administración de la justicia para remediar los actos de violencia sufridos y reciban un trato digno por parte de funcionariado al acudir a las distintas instancias judiciales. Motivar a Estados a adoptar medidas públicas para redefinir las concepciones tradicionales sobre el rol de las mujeres en la sociedad y promover la erradicación de patrones socioculturales discriminatorios que impiden su acceso pleno a la justicia.

Recomendaciones específicas: instancias judiciales de protección Proveer garantías efectivas para la denuncia de las víctimas. Ej: medidas eficaces de protección para denunciantes, sobrevivientes y testigos, medidas para proteger privacidad, dignidad e integridad al denunciar y durante el proceso penal. Difundir información sobre recursos judiciales existentes, considerando diversidad (razas, etnias, lenguas). Garantizar víctimas de violencia y familiares puedan obtener información sobre el proceso judicial.

Ejemplos recomendaciones específicas: instancias administración de justicia Crear instancias y recursos judiciales idóneos y efectivos en zonas rurales, marginadas y en desventaja económica. Crear instancias especializadas en dhm y otorgar recursos adecuados en MP, policía y tribunales. Impulsar diseño de formulario único para recopilar información que pueda ser utilizado por todos los sectores/ mecanismos y registros de información estadística uniformes.

Para cerrar: “La cultura patriarcal es parte de la formación de la mentalidad de muchos pueblos, de forma que la violencia contra las mujeres es en realidad el síntoma y no la enfermedad. Las mujeres sólo tendrán igualdad de acceso a la justicia -y la violencia contra la mujer sólo será eliminada-, cuando se construya una mentalidad que las conciba como iguales y no como inferiores, pues ésta es la causa estructural de la violencia contra las mujeres” Silvia Pimentel, Experta del Comité CEDAW